De la Vida Judicial que Yo Conocí y Otras Calamidades
Jorge Enrique Valencia Martínez 1
Palabras dichas ante el señorPresidente del Consejo Superior de la Judicatura y demásMagistrados y los señoresMagistrados de los ConsejosSeccionales de la Judicatura,en el Conversatorio Nacionalde Salas Jurisdiccionales Disciplinariase Implementacióndel Campus Virtual, celebradoen Santiago de Cali el día5 de noviembre de 2009.
1. Vaya por delante mi más sentidasgracias al H. Consejo Superiorde la Judicatura, y a sus distinguidosmagistrados, que se han acordadode mí para que me haga presente eneste acto solemne –aquí en mi solarnativo–, situación que valoro en altogrado porque cuando uno no tienenada que dar u ofrecer –por aquello dela pensión vitalicia–, nadie se acuerdade uno, ¡ni para bien ni para mal! Asíha sido siempre y así seguirá siendo,esto nunca cambiará. Conociendo elmedio, y especialmente a los hombres–que son la moneda de nuestro tratosocial–, esto se comprende fácilmente.No vengo a fatigar a nadie haciendoexposiciones de largo aliento con biencomplicadas lecturas, y con citas y referencias de nunca acabar acerca de la dogmática penal, de sus reglas,y teorías, que es lo que yo medianamente conozco, o de acusaciones disciplinariasque ustedes bastantemente dominan, o de la ética profesionalde jueces y abogados que es tema harto sensible y complicado, como losabemos los del oficio. Quiero simplemente mostrar aspectos institucionalesy humanos de nuestra justicia y de quienes lo integran. Permítaseme,entonces, con voz baja y no aumentada, pergeñar y repetir unas cuantasideas, que corren por ahí publicadas y otras reflexiones escritas nuncadivulgadas, y unas más que se me han ocurrido.
La Prensa y los Jueces, la Filosofía Imperante
2. Siempre creí, y lo sigo creyendo, que las decisiones judiciales sonpura intimidad y no para estarlas ventilando, aquí y allá, una vez y otra,ante los periódicos y los micrófonos, lo que de por sí es una desventaja,así nuestros jueces ensayen diversas posturas y actitudes, con ciertasmodulaciones y tonos ligeramente distintos, para mostrar su sabiduría ycompetencia. Todo es uno, y es igual, y es lo mismo. Desconozco por quéatrofia o manía muchos no resisten el protagonismo de hacer bombo –depronto es su mayor mérito–, y de asiento los escucha uno en terrenos queno son sus cauces naturales, contendiendo los asertos y proposiciones delos fallos y sentencias de los demás ante los medios de información, conquienes hacen un fondo común de hablillas y rumores para lanzar apercibimientos,bravatas y represiones públicas a diestro y siniestro contraquienes no comulgan con sus enseñanzas y doctrinas. Yo, que no conciboque las cosas puedan ser sino del modo que son, y respetando mis hábitosantiguos, creo celosamente que la labor judicial debe ser modesta, reposaday silenciosa, callando en todos los puntos. Los de trascendencia y los otros.Así es y así debe ser sin estridencias ni ruidos. Hay expresiones felices yesta es una de ellas. Otros no piensan igual. De todo hay en la viña.
Me he preguntado por estos días, si el tino de viveza excesiva queemplean los magistrados ante los medios ¿los hará más grandes jurisconsultos,o se harán acreedores al reconocimiento social, o van a potenciaral límite su reputación jurídica, o se van a mostrar como figuras paradigmáticasdel derecho y la justicia? No lo se, y no arriesgo ningún juicio. Laocupación de juez enseña –escribió nuestro ilustre coterráneo y magistradode la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, doctor Ricardo JordánJiménez–, a cuidarse de emitir opiniones prematuras acerca de ningunacuestión, porque se comprende más claramente lo que un perjuicio es capazde perturbar. Quizá el recién iniciado sea propenso a tales brotes… Peroel buen Juez es otro. Y a propósito de esto, creo que rendirían más en eltrabajo judicial, dedicándose a lo suyo, que a ejercer actividades mediáticas,aunque no descarto –y por ello es válido saber escoger a tiempo laprofesión–, que podían haber sido por de fuera sobre todo, excelentes periodistas, porque su clase de talento alcanza para esto y eso, y muchomás. Todo puede ser. Justo es, pues, que guardaran silencio y discreción,con lo cual respetarían la línea de conducta insobornable de imparcialidad,ecuanimidad, objetividad u rectitud de juicio, como corresponde asu augusta y muy respetable misión. Y todo, para que no se denunciensospechas de parcialidad o desafecto hacia determinados letrados (Juezinhabilis), materia no del todo indiferente o impasible para la administraciónde justicia. ¿Será mucho pedir que se ponga un poco de orden, nadamás que un poco, para que los temas judiciales marchen por los debidoscarriles y no por rutas alejadas de sistema legal?
Pienso que hablar a bocanadas, o hablar por no callar, son signos dedesequilibrio en las personas que no se resignan a la discreción, o a pasarinadvertidos, y están con la verdad quienes dicen estas cosas, con todas susenseñanzas, porque más que formas de hablar, son formas de ser, y todossabemos lo que esto quiere decir. Para no discurrir más, y lo escribo conel mejor ánimo, apenas digo, que no vi nunca a los doctores Luis EnriqueRomero Soto, ni a Pedro Elías Serrano Abadía, ni a Lisandro Martínez Zuñiga,ni a Luis Enrique Aldana Rozo, ni a Edgar Saavedra Rojas, ni a GustavoGómez Velásquez, ni a Juan Manuel Torres Fresnada, ni a José María VelascoGuerrero, ni a Luis Carlos Pérez, ni a Rodolfo Mantilla Jácome, ni a FernandoArboleda Ripoll, ni a otros más, ni a mí mismo, en la oportunidad quepresidí la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, posar para los medios,especialmente para la televisión, y lo peor aún, en plena calle, para con lastramoyas del caso, hablar de lo divino y humano, como que se corre el riesgode traer a cuento, cosas impensadas y otras más contrariedades, pues losasuntos quedan, como se dice, a prueba. Si de dar noticias judiciales se trata,¿por qué no se hace un comunicado, deliberadamente sencillo y escueto,y se entrega a los medios, evitando someterse a mezquinas escaramuzas,apresuradas estimativas y encontrados impulsos, que solo problemas acarrean?Con fijarse en esto quedan a extramuros, otros comentarios.
Nombramiento y Promoción de Magistrados
3. Tengo para mí, que en esto de la designación de los jueces de lasAltas Corporaciones, –sea que el acceso se logre por elección popular, opor el Ejecutivo, o por los Colegios de abogados, o por la Academia, o porun colegio elector, o por el Congreso, o por concurso de oposición, –y esque todos quieren sus magistrados–, los tales sistemas tienen sus bemolesy sus fallas, bien que los males son demasiado conocidos para detenernosen su examen2. Justo es, pues, que la magistratura defendiendo su mejorgarantía, sea independiente de los nominadores y que la escogencia de los administradores de justicia se haga entre los mejores juristas, másallá del alcance de simpatías y amistades, o de falsos prestigios, o deconsideraciones especiales, o de hechos circunstanciales, que nada deesto tiene presentación. A mí me parece que el sistema de elección por elpropio organismo judicial al cual se va a pertenecer tiene más ventajasque inconvenientes, y para bien de la justicia, conocemos la experienciade muchos años que le es ampliamente favorable. Y hoy que lo medito,siempre creí que la cooptación era un mal sistema, o si se quiere, unpésimo sistema para acceder a los cargos judiciales, pero nunca nadieme convenció, y lo tenía y tengo por mucho, que exista un mejor sistemaque el de la cooptación para llegar a tales destinos. A lo que recuerdo – yhago una especie de paréntesis de vocación sentimental –, la cooptaciónque se estilaba en la Corte Suprema de Justicia, con la excepción mía, porsupuesto, llevó a su seno a grandes jurisconsultos de excelentes virtudesy merecimientos académicos, casi todos maestros y casi todos escritoresy publicistas que legaron al derecho su cultura y su sapiencia, a más deuna vasta producción jurídica, con sus libros y textos de estudio, culturaque no puede ser ajena a la vida interior de los magistrados, porque aquíreside la otra aristocracia de la ilustración y del talento.
De un tiempo a esta parte se piensa de manera distinta y aunque unoscuantos estén conformes con el mecanismo que se estila actualmente, quizámañana – cuando la cooptación, como antaño, vuelva a la Corte Supremade Justicia – que es mal agüero hablar del presente (y yo soy, como muchagente de mi tierra, supersticioso) –, se vean, tomando las cosas de másarriba, a los mejores y más destacados hombres de leyes, administrandojusticia. Para que no ocurra lo que acaece en otros países donde se permiteel ingreso de “doctos” juristas que antes no lo eran tanto y de “esclarecidos”letrados que siempre pasaron por incompetentes e ineptos, y además de“primera clase”, para encumbrarlos en los altos puestos de la justicia. Pordonde se ve que todo puede ocurrir en los cargos públicos en atencióna los métodos imperantes en los diversos ordenamientos jurídicos, y enotros, que aunque se consideran preparados para la función pública, noaciertan en una. Y mirando todo desde fuera, digo con pena, que he vistopor allí a excelentes magistrados de los Tribunales de Colombia, conexperiencia e instrucción bien dicentes, y con verdadera vocación paralas tareas judiciales –para no hablar de sus antecedentes en la cátedra yde su producción intelectual–, en plan ya de retiro, porque se han dadocuenta que nunca llegarán a la culminación de su carrera. Y también hevisto a abogados y profesores, con excelente desempeño profesional yacadémico que honraron la Abogacía y que aspiraron a tan elevadas dignidadesque jamás fueron tenidos en cuenta, y no se por qué motivos, quea esto yo no encuentro explicación bien que éstos y no los otros, son losque deben ocupar los sillones de las Cortes. De estar en la judicatura – yasí procedí siempre –, y con arreglo a los dictados de mi conciencia, conlegítimo orgullo habría votado por aquellos, que bien lo merecen, porque la cooptación, con sus etapas ideales y su estilo bien dispuesto, tiene sussatisfacciones, y también, sus compensaciones. Por lo demás, he dicho enmuchas ocasiones, y lo diré cuantas veces sea necesario, que para ser Juezo Magistrado de la República de Colombia, no se requiere ser depositariode todos los conocimientos jurídicos que se presume todos tienen (iuristantum), ni ostentar títulos de especialización o maestría en la ciencia delderecho, que de esto hay bastante, cuando tener independencia y personalidad,atributos sin los cuales no hay justicia, ni conciencia, ni probidad,ni nada. Es bueno que estas ideas anden publicadas – todos lo piensan,pero nadie las escribe –, y más que sean ciertas. Pero mientras se decidenestas cuestiones, usando de mis prerrogativas, creo que me hago entenderen esto de mis meditaciones, y así, unos acertarán en su sentido, y otrosen su razón, porque el discernimiento y las circunstancias se encuentranhechos, como escribía y pensaba un ilustre crítico español.
De las Medallas
4. Desde hace muchos años se creó la medalla José Ignacio de Márquezpara las mejores inteligencias del poder judicial, según se oye decir. Dentrode nuestra extraña y nunca bien comprendida realidad nacional, ignoroy desconozco las normas existentes ahora para el susomentado homenaje.De pronto unos la merecen, y otros no tanto, bien que éstos últimos sonmuchedumbre. No recuerdo que la hayan otorgado a jueces de provinciacon veinte o más años dedicados a administrar justicia, amenazadas desiempre y siempre olvidados de Estado, que nunca ascendieron y queejercen su sacerdocio en condiciones tan precarias como deplorables.Para ellos nunca brilla la luz clara, potente, poderosa que sí alumbra paraotros. He aquí el epicentro de su drama. No me alcanzará la vida para vercumplidos mis sueños de que se les haga reconocimiento algún qué bienlo merecen, con las medallas o sin las medallas. A ellos, mi reverencia ymis respetos y mis trabajos.
Si hemos de hablar claro, alguna vez lo dije, el reparto de botones,galardones y coronas a los servidores públicos por asuntos de poca omucha monta, o por la caída de una piedra en medio del agua, lo que sueleser el mejor asunto de la comedia, encarna un conocido espectáculo enColombia. El desfile es cotidiano y no siempre con los hombres de másvirtudes y méritos. Algunos entendemos que por el cumplimiento delos deberes públicos, o por la ejecución de un acto oficial, no hay razónninguna para repartir al agraciado, día y noche, como pan bendito, condecoraciones,banda y cruz, honores nacionales e internacionales y otrossainetes por el estilo, sin que falte su obligada presencia en los mediosde comunicación. No veo la necesidad de tanto vocerío si eso está dentrode las funciones oficiales de cada quien y si quien lo hace escasamentecumple con el rol asignado. A nadie se le ocurrirá cavilar, in exemplis, que cada vez que un Juez de la República dicta sentencia de condena, o cadavez que un uniformado captura al delincuente, o cada vez que un magistradodel Consejo Seccional de la Judicatura sanciona a un abogado porfaltas disciplinarias, tengan que prodigárseles a unos y a otros ofrendasy felicitaciones sin fin. Sin embargo, hay gentes que les gustan las cosasque nunca dan fruto ni producen nada. Dios me libró siempre de semejantetentación. Sépase antes que debe desconfiarse de los que inspirantales servicios, casi siempre interesados y utilitaristas, quienes por haberentendido mejor el mundo de la farsa regularmente hacen fortuna. En lomío – y por una debilidad humana – conservo aún mis diplomas de aprovechamientoy conducta, como solía decirse en mis épocas del colegioy uno que otro pergamino que de pronto creo merecer. Entiéndese estofácilmente. Replicarán los interesados que no está en mano del hombrerechazar tales distinciones, lo cual puede ser exacto bajo un par de ideas:que el agraciado sea merecedor a tal preeminencia y que la acepte una vezse desvincule del servicio público.
En la Corte de mis tiempos – porque seguramente todos, con excepciónmía, eran derechosos a la tal distinción – se zanjó el problema muysabiamente, confiriendo la condecoración a quienes eran ungidos comoPresidentes de la Corte Suprema de Justicia. Algunos, acaso muchos, yestaban en su derecho, aspiraban al reconocimiento y otros, muy pocos,no teníamos interés en esto. Quiero recordar, y hablo con un espíritu deverdad, que ni el doctor Gustavo Gómez Velásquez, ni yo mismo, así loexpresamos a la Sala Penal, aspiramos a ser Presidentes de la Suprema,y por eso nunca nos preocupamos por estas ceremonias. Nada más, perotampoco nada menos.
La Casación
5. Escribí en el prólogo de un libro de casación penal lo siguiente3:
… Paciencia y no poca, hace falta para ir de la mano de la extrañatécnica y del fantástico aparato que se llama casación – tema tabú porexcelencia –, cuyos desafíos y atascamientos apenas los entienden unoscuantos doctores y otros igualmente ilustrados que se toman la licenciade meternos en la cabeza, las incógnitas y entresijos, y qué se yo cuántosmisterios más de la casación, sin resultados aprovechables a juzgar porlo que conozco y por mi propia experiencia. ¡Lo sabré yo…!
Nuestro modelo casacional, debo decirlo con franqueza, se nutre decomplejas respuestas técnicas, y de criterios formalistas y estrechos, sinacabar de morirse, que es lo peor, el culto a las formas y al rito. Menos mal,que el aire, el espacio y el ambiente no pagan rentas ni tributos, factoresimportantísimos que sin duda ninguna se escaparon a la perspicacia del legislador y a lo que adiciona y suma, por cuenta propia, el Tribunal deCasación. Lo que constituye – sin exageración lo afirmo –, una verdaderaprueba mental.
Ya por acá sabemos que el rumbo jurídico es harto impredecible, comotodo lo que ocurre en el mundo. La ciencia y la razón de los antiguos magistrados– que pronto quedará inscrita en el pretérito para ulteriormenteresurgir – se ve superada, o si se prefiere, descalificada, por nuevos juristas– algunos del mismo corte académico y otros no tanto –, que trazanplurales derroteros y rutas distintas, nomenclaturas y otras direccionestécnicas. Es, sin cierto mal sabor de ironía, la flamante jurisprudencia. Desu perspicacia, penetración y acierto se habla por doquier con proporcionesexcesivas y hasta enfadosas. Y como las cosas son como las quierenver los demás, que son casi todos, con desenfrenada obsesión ensalzansu encumbramiento, convirtiéndola en el máximo del ideal teórico. Y asípurgada de lo sobrante, la novísima doctrina se impone arrasando contodo lo conocido. Es el gran punto de vista con el sentido trascendentalde la revelación. Todo esto me suena a sacrilegio.
Pero las ideas no se van para siempre. Y sin que yo pueda decir porqué – si por fe, por razón, o por conciencia –, se retorna casi siempre ala verdad anterior. Hay un tiempo en que la jurisprudencia es señal demadurez y otro tiempo en que está olvidada y al trasluz de la cual nadase ve. Pero a qué más, si en oras horas una nueva generación impone supropia cultura y otra vez… a desandar los pasos. ¿Cuál, entonces, la posturacorrecta? La derogada que de pronto es la más exacta o acreditada,o la última que siempre se mira como autentica y precisa. No lo se, puestodos toman carrera en pos de las lecciones de la Corte que en el momentonada ni nadie la contradice y que se repiten como estribillo. De misedecir que escojo una u otra opinión según mis creencias o simplementeme quedo sin ninguna.
Un Caso Concreto
6. Descendiendo a lo práctico, nada se pierde con recordar unas reflexionespropias de la materia, ya olvidadas, pero que por aquella época,lo digo con respeto y consideración, me causaron pasmo y asombro. Enun fallo de casación (27 de septiembre de 1994), donde salvé parcialmentemi voto, escribí,
“Es cierto y exacto que el casacionista en ninguna parte de suenrevesada demanda menciona, in concreto, la causal tercerade casación y es de ver, que tampoco utiliza todo el eruditoaparato de la técnica para mencionar la palabra nulidad.Pero también, lo es, que en el literal g) se agitan y planteanalgunas falencias y yerros que conspiran contra la validez de ladiligencia que se cuestiona. Esto merece ligera mención y algún comentario. Aunque con la imprecisión de lo abstracto denunciairregularidades en torno al monto de los perjuicios causadoscon la infracción, advera que se posesionó al perito “sin que sehubiesen agotado los procedimientos”, y que éste no motivó consuficiencia su dictamen. Sobre lo primero, da a entender que no secumplieron en debida forma los presupuestos exigidos por la leypara tales menesteres. Con ello persigue, a no dudarlo, restarlevalidez al informe, al cuestionar la idoneidad del experto y conello, la porción de la condena atinente a los daños y perjuicios.Resulta clara su alusión a una irregularidad sustancial aunque– claro está – sin vocación de éxito…”
Y terminé expresando:
“Mirando menos un diletantismo superior y sí la verdadencarnada en el reproche, coruscantemente advierto que el actoragita problemas propios de la nulidad, a buen seguro no con lapureza de la técnica –que puede ser cosa muy buena y excelenteaunque yo no lo entienda así, pues a veces me parece que es lomenos puro que hay–, pero sí con el esbozo y la agitación derealidades que me convencen del todo. Lo que es muy cierto. Porlo demás, he entendido siempre que la técnica es un trámite también intencionado como inútil, si no vemos más allá del aspectoformal. Al menos a mí me agrada el espíritu rebelde a la lógicaformal, no a la otra, la fundamental”.
Y digo entonces:
Convengo con la Corte que en estricto rigor el escrito de casación alque debió enfrentarse la Sala, no guardaba ninguna virtud con la rigidezde lo convencional, ni tampoco poseía a perfección, ni el pulimento queen parecidos casos exigen el legislador y las opiniones más establecidas.Hago juicio bastante seguro que el actor no menciona, expressisverbis,la causal 3 de casación, ni tampoco la voz nulidad como formas propiaso técnicas del lenguaje procesal, bien que sus argumentos divulgan, viciosde fondo (“irregularidades sustanciales”, “falta de motivación”), quemerecieron ser examinados por la Corporación, independientemente queestuvieron destinados al éxito o al fracaso ante la necesidad de asegurara las partes la defensa de sus derechos y una sentencia justa. Al menos amí, me tienen sin cuidado las plumas algo sueltas de la técnica, si por contraste,los fundamentos expuestas en la demanda de casación, permitena los señores Magistrados –en un plano superior a lo formal–, compenetrarsecon la esencia de las censuras en orden a declarar la procedenciao no de la nulidad que se sostiene y alega. Creo de mí deber decir, quesin el apergaminado aparato de lo formal y sin el detalle que abruma –encuyo género de disputas siempre me he ejercitado–, debió la Sala entrara resolver lo pertinente, como se hizo en el proyecto derrotado.
Se atribuye a un ex magistrado vallecaucano haber dicho por allá enla década de los 40 (nunca conocí su nombre), con burla fina y bien disimulada, o si se quiere, con razonamientos poco estimulantes, quelas fórmulas legales y aparatosas de la casación solamente se aprendencuando el jurisconsulto llega a la Sala Penal de la Corte y que una vezretirado, tan estragado está, que todo olvida y nada quiere saber de suciencia y sus modos de expresión. De mi sé decir – tal vez porque vivofuera del tiempo –, que el día después de haberme jubilado (con la debidaprudencia que merece el término), advertí, en esto de la casación,que no sabía si era de noche o de madrugada, si me encontraba en undesnivel o en un despeñadero, si la justicia de casación trata igual alos iguales y desigual a los desiguales y más sensaciones de ideas yemociones, que difícilmente puedo explicar porque la sensibilidad essuperior a la erudición. Sospecho que estos pensamientos tienen unvalor importante y hasta elevado, para el que los quiera entender, claroestá. Conste así.
En compendio: después de mi tránsito por la Sala Penal, no creo, nohe creído, y no voy a creer en las bondades del recurso extraordinariode casación, que además de someterse, según la sabiduría actual, a ladiscrecionalidad y a todos sus crepúsculos indecisos, que de seguro norepresentan el buen camino, se volvió elitista4. Y nada más quiero decira la manera de cura de silencio. Considero entonces que una tercera instanciasin los prodigios y misterios que abruman la técnica de casación(violación directa e indirecta, mezcla indebida de las causales, cargosexcluyentes, conveniencia de concretar el error de hecho y de derecho ylas subdivisiones que se dan entre los mismos, principios de taxatividad,autonomía, subsidiariedad, no contradicción, dispositivo, limitación, etc.,tergiversación del contenido fáctico de la prueba y equivocación del valordel elemento de convicción, precisión y fundamento de las causalesinvocadas para introducir el recurso la casación discrecional, interés quelegitima el recurso, reglas fundamentales que debe acatar un escrito decasación etc. y un infinito etcétera, para no hablar de falsos juicios deidentidad o falsos juicios de existencia por suposición y distorsión y todala jerga que aquí se maneja y que solamente la entienden los iluminados,lo que encarna, para ir a una conclusión de certeza, toda una lógica demanicomio), es la llamada a definir ante el órgano colegiado superior,y en sentencia definitiva, el análisis de una decisión estimada injustapara que se modifique o revoque, según el caso. Para nosotros sobra elrecurso rogativo, como ahora se estila decir, y los agravios y los reprochesque se alegan tanto de las cuestiones de derecho cuanto las de hechopueden dirimirse ante la Sala Penal del Alto Tribunal al través de unaúltima instancia. Apenas expongo la idea, casi en volandas, y quizá enotro instante, con miras más ambiciosos, me pronuncie sobre el tema.Qué bien lo merece.
El Elemento Humano en la Administración de Justicia
7. En la administración de justicia – ya lo expresamos hace rato5–, elelemento humano es fundamental y decisivo, lo que debería ser normal,pero no lo es, por el desusado estilo que hoy se respira en la oficinas públicas,mal que va para largo, si esto no mejora, y dudo mucho que mejore.Importa sobremanera a los destinos humanos que el trato ordinario delos hombres se caracterice por una discreta y recíproca moderación. Lacuestión no es baladí ante el grosero y desusado estilo que hoy se respiraen los despachos oficiales. Desde su creación, pero más en los últimostiempos, una buena parte de las personas que atienden las dependenciasde la Fiscalía General de la Nación y los juzgados, más aquellas que estas,carecen de la cultura mínima necesaria (incluidos los buenos modales), paraatender al público y a los abogados que desfilan ante ellos. Si no es esto laverdad, casi lo es. Pregúnteles algún dato o información que atañe a las visicitudesde su proceso, y de inmediato la soberbia o los resquemores no seharán esperar, degradando el apostolado que deben cumplir. Lo importantees humillar, con la voz, el gesto y el mirar, dando la sensación de fuerzay poderío, para no hablar de más agrias censuras y de otros empeños delmismo tenor, cuando se imponen la sobriedad, el respeto y una inalterableserenidad. Con presunción y altanería no atienden a los letrados ni a losciudadanos que ante ellos concurre, sin que yo sepa bien las causas, perocualquiera se las imagina. O anterior para no hablar de las reacciones yresistencias contra aquellos abogados que por sus antecedentes intelectuales,o por tener el vicio de pensar, han ocupado posiciones en el foro, o enla academia, o en la judicatura… habrá que encomendarse a la proteccióndivina porque en estos casos los que traen la sangre derramada cobranmala voluntad y se portan como lo que son, marcando el nivel cultural aque están acostumbrados, parea no hablar de hostilidades, ojerizas, y algomas, que dejan a cualquiera sin aliento. Así me lo han contado, poco máso menos, varios colegas y debo entender que esto es veraz, por cuantoalguna vez lo viví en carne propia. La experiencia, créanlo, es dolorosa perouno se acostumbra a todo. En mi caso personal, voy por pura necesidad,o por un acto de fe, a las dichas oficinas, y para ser del todo feliz, deboconfesar que evito hacerlo. Es este uno de mis pocos méritos y desde antesde jubilarme estuve conscientemente preparándome para eso días, aunquesi uno razona lúcidamente debería dejar esta ocupación. Naturalmente quenadie pide que se responda con finura de corte pontificio, o cosa que sele parezca, pero algo va de la ordinariez, a la educación, los buenos usosde urbanidad y los provechos del bien decir. Equivocado o no, digo yoahora, que no sería mala regla, por la doctrina saludable de civilidad queencierra la adopción de unas mínimas conductas de cortesía y corrección, lo cual mejoraría un poco el ambiente que allí se respira. No creo vivirpara ver sentada esta experiencia, que por lo demás buena, falta nos hace.Diré más, que el tema lo amerita: puede instaurarse en Colombia el máscompleto sistema de enjuiciamiento penal, con la implementación de losmejores principios inmutables y fijos que pongan límites al poder estatal.Pueden proclamarse estos asertos, y muchos más, para preservar elprincipio de legalidad penal y la vigencia de los principios superiores delEstado de Derecho. Pero mientras no cambie y madure la mentalidad denuestros empleados públicos y no se modifiquen sus patrones de irrespetoe irreverencia hacia la acción profesional del abogado, habrá que huir delmiedo y de la oscuridad. ¿Qué más decir?
EL RESPETO DE UNOS Y OTROS. ESPÍRITU Y CULTURA
8. Y hechas estas aclaraciones, y sin que esto se tome a desconsideración,me permito formular un ruego a los litigantes –aquí públicamenteen este Conversatorio–, que mucha culpa tienen de lo que ocurre, por supasividad extraña y deplorable, pero así es el mundo: háganse respetardentro y fuera del recinto judicial (el respeto mutuo tiene sus ventajas parano abrir sendas desconocidas), no llamen más “doctores” a los subalternos(por mucho mejor, cada cual en su puesto), denuncien valerosamente ycon nombre propio las corruptelas, los vicios, las deshonestidades, y aúnla negligencia e irresponsabilidad de los funcionarios (lo que es definitivoen nombre de la ética de la ética de la profesión que lastimosamentemuchos olvidan). Obligado es recordar – como lo enseñó Carnelutti – queel papel del jurista es defender la inocencia y hacer valer el derecho. Sehace entonces necesario reflexionar críticamente sobre el protagonismode la Abogacía, y su ejercicio, haciendo constar, definitivamente, que esla más bella y la más hermosa de las profesiones liberales, porque sesustenta en la defensa de la libertad y en el sentimiento de justicia, enla legalidad y en el derecho, no obstante los desengaño, las amarguras ylos sinsabores de siempre. Y puestos a debatir los sucesos, traigamos aeste documento otras inquietudes del mayor interés, que son hechos detoda notoriedad, sin hacer ningún esfuerzo para hablar de ellos. Acasoesté yo equivocado, o algo menos, pero qué difícil es conseguir en horaslaborables a los funcionarios judiciales de todos los grados y de todas lascategorías. Casi nunca se encuentran en sus despachos por estar atendiendodiligencias personales impostergables (las más de las veces, créanlo, noson tales), o por encontrarse dictando clase (al presente todos son sabiosy catedráticos, lo que está bien dentro de claros límites temporales), o porhallarse en cursos de actualización (que es lo más efímero que conozco denuestra vida intelectual). Sin desbordar mi capacidad intuitiva me atrevoa sugerir que los quehaceres domésticos podrían concretarse en un tiempoque no perturbe la marcha del despacho, la cátedra podría atenderseen las primeras horas de la mañana, antes de iniciar la jornada laboral, o depuse de terminada, y para los cursos de especialización, qué mejorque los sábados o los domingos, o los días de fiesta, que a punto fijo noson escasos en nuestro país. Y aunque el ambiente nacional es otro, elConsejo Superior de la Judicatura, como me ha dicho a mí mismo, podríadespachar estas dificultades, con el sentido del orden y el imperio de lanecesidad. Este es el ejemplo que se debería seguir y la conducta a imitar.¿Será mucho pedir?
La Actividad Forense
9. Los que hemos sido jueces de carrera no estamos familiarizados conel ejercicio profesional ni con la gente de toga que por allí se desempeña,ni con la otra tampoco. Según me cuentan los colegas qué difícil es ejercerel derecho penal en la praxis, y a lo que me imagino, porque no measombro de nada, en algunas oficinas, no en todas, es un submundo hartocomplejo y bastante desdibujado. Lo peor que a uno le puede pasar es quelo reconozcan como ex magistrado, me contaba, con radical simplicidad,un querido compañero y amigo retirado. Los empleados –que navegan porsecretas corrientes– desnudan al nuevo pero viejo letrado, con su filosobisturí y no faltará quien observe que con la prueba de autos, sin la pruebade autos o aún contra la prueba de autos –y recuerdo a Coauture–, hayque condenar a toda costa al sindicado que el antiguo juez representa. Loscomplejos y los resentimientos salen a flote y en la sentencia adversa sedarán tantas y tantas razones, y tantas y tantas disertaciones académicasy ateneístas para mostrar lecturas y aptitudes y teorías, porque hay queenseñarle que aún puede aprender y cultivarse más y así infinitamente.Sobra decir que aquello de académico y ateneísta está solo en la imaginaciónmía, que está visto ya no responde espiritualmente a mis llamados,como en otras jornadas, señal inequívoca de que todo está llegando a sufin… Venturosamente en mi caso personal he dado conceptos y conceptosy más conceptos y muy excepcionalmente he ido a estrados. Por eso,sobrevivo aún. Y como no tengo autoridad para dar consejos a nadie,porque yo mismo los necesito, apenas digo a los señores magistradosaquí presentes, y en trance de jubilación, que hagan caso de mis suplicasy exhortaciones y traten de no ejercer la profesión, a no ser que se tratede consultas, o de dar dictámenes jurídicos, como se llaman en España,o de atender algún negocio donde nítidamente se percibe la justicia de lacausa por haberse cometido injusticias y atropellos contra los derechosfundamentales. Créanme que es una de las mejores maneras de estar conel Derecho y su intimidad. Discurro que esto es así.
Para Pensar
El carácter improrrogable de la competencia penal se entiende en elsentido de que el juez debe actuar en los procesos asignados por ley a suexamen y escrutinio. El poder –deber de juzgar, que es un criterio cualitativo, tiene sus límites precisos y su propia disciplina. Si la persona aforadarenuncia a su fuero la Corte pierde competencia en el expediente sometidoa su vigilancia, cualquiera sea el estado o grado del procedimiento, y deberáremitir, sin dilaciones, la actuación a las autoridades correspondientes.Aceptada aquella con la consolidación jurídica correspondiente, todo siguesu rumbo y dirección, según la liturgia procesal pertinente. A no serque los delitos por ellos cometidos tengan algún nexo o relación con lasfunciones del cargo o por comprometer sus deberes oficiales, hipótesisen la cual retiene la competencia, que fue el criterio jurisprudencial demi tiempo. Si el parlamentario violó con su comportamiento prohibidola normativa penal deberá responder por esta conducta criminal ante laCorte, mientras se trate de delitos propios y no comunes. Dígase que enestas hipótesis, la competencia no se fija por la naturaleza o gravedadde los delitos, o por la materia, o por el territorio, y menos, muchísimomenos, por razones de conveniencia social o por coyunturas meramentepolíticas, sino por la función pública que desempeña el aforado. En otrasconjeturas, el objeto de dimisión debe acatarse, sin interferencias ni intromisionesajenas. Más que una facultad es un derecho subjetivo que tiene elcongresal y no puede ningún juez, en un Estado de Derecho, sin incurrir enarbitrariedad o abuso, suplantar la voluntad jurídica protegida, ni anularla decisión particular, a no ser que se enseñe que hay derechos subjetivossin sujeto. Por cierto que sería impertinencia notoria, por no decir más,que se descalifique de entrada a los funcionarios de la Fiscalía Generalde la Nación por asumir el conocimiento de esos cuadernos, sobre todoporque así lo dicta y manda la ley procesal. Hay que respetar el derechoal juez predeterminado por la normatividad y sus notas absolutas. LosFiscales son tan importantes como los jueces y magistrados. Pero comola Sala Penal tiene la competencia de las competencias, me estoy preguntandolo que harían los fiscales y los jueces de la República que estén endesacuerdo con la actual sabiduría penal ¿? No lo sé. Siempre pensé quemás allá de la decencia y la honestidad es fundamental que los servidorespúblicos tengan carácter. Está por verse.
Volviendo a lo nuestro, no pueden los magistrados –con un celo malentendido–, ignorar o desconocer la renuncia al fuero, ya aceptada porellos mismos, y deshacer todo, máxime cuando –como consecuencia deesta aprobación judicial–, el proceso se encuentra en otras sedes. La competenciano puede ser instrumento de dominación, o de conveniencia, ode circunstancias. Recuerdo a Carnelutti cuando en sus correctos trabajossobre el proceso penal, hablaba de la competencia y del prejuicio en laopinión del juez, que juzga a las partes, preguntándose si la primera vezhabía juzgado bien o mal. Todo está sobreentendido.
En lo demás, es preocupante –y esto es de máximo volumen–, que losfallos de los Altos jueces, vayan de aquí para allá y de allá para acá, unasveces sí y otras no, con tanteos de pesquisas vacilantes, en temas tan delicados y sensibles como éste de la competencia. Punto que preocupaa los juristas, y a la sociedad colombiana, por perturbar la seguridadjurídica y las garantías constitucionales en materia penal, que debensiempre preservarse, por encima de prejuicios y prevenciones. Recordabaun autor español que Voltaire, ya con muchos años, escribió un tremendopanfleto –por aquello de la competencia–, contra los tribunales francesesen defensa de un ciudadano, condenado por filicidio, acusándolos dehomicidio judicial y mucho más. El parlamento de París que lo rehabilitójamás aceptó la evidente incompetencia del Parlamento de Toulusse, ypor ello puso la cuestión en su congruo lugar, con acatamiento fiel a losprincipios del proceso penal. De vivir el egregio iluminista, ¿qué pensaríahoy? La explicación no es difícil: se volvería a morir, con retroactividad,por supuesto.
Para terminar: es opinión muy extendida que la Sala Penal de Casaciónlo puede todo, porque su poder es inmenso y omnipotente para variar lajurisprudencia, y en ocasiones, sin acordarse de sí misma. Lo único quefalta, si no aparece atrevida mi afirmación, es que se le de carácter propraeterito a dicha “jurisprudencia”¸ para que regule situaciones y relacionesjurídicas surgidas con anterioridad a sus fallos. Como están las cosas,todo puede ser y todo puede ocurrir. Para bien del derecho y la juridicidadaún tenemos en Colombia la acción constitucional de tutela para enderezarlos desaguisados y los extravíos. De esto otra vez.Muchas gracias.
* Ex magistrado de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia.
2 Por cierto que debe prohibirse por el reglamento interno de los Tribunales y las Cortes,la penosa antesala de los aspirantes a jueces o magistrados, que para poner nombrea las cosas, a veces son bien recibidos, pero casi siempre no. Venturosamente para elmagistrado, cae rápidamente el telón, tanto que ni se acordará del interlocutor, no asípara el aspirante que nunca olvidará el episodio, como a mí me ocurrió una vez en misépocas de Juez Penal del Circuito. Y ya está dicho todo.
3 Humberto Fernández Vega, Ediciones Librería El Profesional, Bogotá, 1997.
4 Se plantean y agitan casos concretos.
5 Vid., Prólogo al libro de Wanda Fernández, Procedimiento Penal Acusatorio y Oral, EdicionesLibrería del Profesional Ltda., Bogotá, 2005.
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