Medidas contra la Influenza aviar
El ICA extrema blindaje para impedir el ingreso de esta enfermedad a territorio colombiano.
ANTE LA PRESENCIA DE INFLUENZA AVIAR EN VARIOS PAÍSES CENTROAMERICANOS Y EN LOS ESTADOS DE VIRGINIA Y CAROLINA DEL NORTE (ESTADOS UNIDOS), el Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, expidió los días 7 y 8 del mes pasado, dos resoluciones: la 00950 y la 00963, por medio de las cuales se pretende crearle un blindaje al país contra tan peligrosa patología. Por medio de la primera se mantiene la suspensión “de la expedición de documentos zoosanitarios para la importación de pollitos de un día, aves adultas, demás especies susceptibles y sus productos, que representen fuentes de peligro de transmisión del virus de la Influenza aviar, hasta tanto no se evalúe el riesgo in situ de introdución de la enfermedad desde los siguientes países: Honduras, Guatemala, Nicaragua, El Salvador, Bélice y México”. Esto quiere decir que se levantan las restricciones que en este sentido se imponían a Panamá y Costa Rica (Resolución 3593 del 13 de diciembre del 2001), luego de que se determinara que es insignificante la probabilidad de que desde estos dos países ingrese el virus a territorio colombiano.
Y por medio de la segunda resolución se “suspende la expedición de documentos zoosanitarios para la importación de pollitos de un día, aves adultas, demás especies susceptibles y sus productos, que representen riesgo de transmisión del virus de la Influenza aviar, provenientes de Estados Unidos” (…) “Para los Estados de Virginia y Carolina del Norte la suspensión de la expedición de documentos zoosanitarios para importación, se aplica, sin excepción, a todas las aves y sus productos”.
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