Equivocaciones Judiciales
Bien se sabe que la ciencia del Derecho es cambiante y relativa por naturaleza, y que por tanto no se puede aspirar a que todos los abogados, jueces, fiscales y magistrados enfoquemos los problemas de la misma manera o tengamos idéntica visión acerca del alcance y entendimiento de las normas jurídicas.
Pero una cosa es reconocer que no hay verdades absolutas en el Derecho, y otra permitir que se entronice la total inseguridad jurídica, con determinaciones contradictorias y mal fundamentadas.
Pero una cosa es reconocer que no hay verdades absolutas en el Derecho, y otra permitir que se entronice la total inseguridad jurídica, con determinaciones contradictorias y mal fundamentadas.
Hay principios jurídicos mínimos, que quienes administran justicia tendrían que aplicar, para no estar equivocándose día por día.
Debe existir, cuando menos, una mediana coherencia en la administración de justicia. (Lea También: Metodología Jurídica y Consideraciones de Filosofía del Derecho)
En este aspecto, sería valioso aporte de los tribunales la observancia de unos criterios mínimos, como por ejemplo aquel según el cual la acción de tutela contra providencias debe ser extraordinaria, y reservada exclusivamente para casos de evidente y manifiesta vía de hecho, no para sustituir los procesos ordinarios, y menos para satisfacer pretensiones políticas.
Ayer mismo ha vuelto a estallar un conflicto, a causa de la inaplicación del enunciado criterio, ahora entre la Corte Suprema de Justicia y el Consejo Superior de la Judicatura.
Éste concedió una tutela contra una sentencia de casación, de la Sala Penal, relativa a una condena por cohecho.
La Corte Suprema se niega a cumplir el fallo de tutela que quitó validez a su sentencia, y formula denuncia por prevaricato contra los magistrados de la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura:
Ante la Comisión de acusaciones de la Cámara de Representantes, aduciendo que aquéllos se apartaron ostensible y groseramente de la realidad probatoria acreditada en el proceso.
Recientemente la Corte Constitucional revocó otra sentencia de tutela del mismo Consejo, que en el caso de la condena por cohecho contra Yidis Medina, ordenaba a la Corte Suprema de Justicia suprimir de la sentencia correspondiente todas las alusiones al Ministro de Protección Social Diego Palacio.
Algo completamente exótico y manifiestamente improcedente.
A esto hay que ponerle fin.
Se está creando un clima insoportable de inseguridad jurídica.
Ya el ciudadano no sabe para dónde van los fallos de los tribunales, ni entiende fundamentos absolutamente contradictorios y contraevidentes.
Recordemos el caso reciente en que el mismo día una Fiscal llamó a proceso a los organizadores del referendo, y el Fiscal General decidió lo contrario sin ninguna explicación. (Febrero 17 de 2009).
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