Lo que Debes saber del Tribunal de Arbitraje Deportivo de Panamá

Una de las grandes ventajas que tiene el Derecho Deportivo respecto de otras áreas del Derecho, es que sus órganos y normas tienen una aplicación internacional. En concordancia con lo anterior, este año el Comité Olímpico de Panamá (COP) en conjunto con el Centro de Conciliación y Arbitraje de Panamá (CECAP) firmaron un acuerdo para implementar el Tribunal de Arbitraje Deportivo, Mediación y Conciliación de Panamá (TADPAN). El cual se espera que inicie funciones para este mes de agosto lo cual significa que el TADPAN será el primer tribunal de arbitraje en derecho deportivo que operará en este país.

Es por esto que en el presente blog explicaremos los aspectos más importantes de este tema para que los tengas en cuenta a la hora de asesorar a clientes en asuntos de derecho deportivo.

Tribunal de Arbitraje Deportivo de Panamá

1. ¿Qué órgano tramitará las disputas de arbitraje en Derecho Deportivo?

Como se mencionó anteriormente, el órgano encargado para tratar asuntos de arbitraje en derecho deportivo será el TADPAN. El cual lo administra la Comisión de Arbitraje Deportivo (CAD).

Dentro de sus funciones principales está promover la solución de conflictos en materia deportiva por arbitraje, mediación y conciliación. También salvaguardar la independencia del TADPAN, designar la lista de árbitros del TADPAN y proponer al COP la creación de un fondo con recursos económicos para facilitar el acceso al arbitraje, entre otros aspectos administrativos.

Este punto es de gran relevancia ya que el TADPAN solo tratará disputas en temas de derecho deportivo. Y a través del mecanismo de resolución de conflictos del arbitraje.

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2. ¿Cómo acudir al TADPAN?

Por cláusula compromisoria mediante la cual las partes por escrito sometan sus controversias en asuntos deportivos al TADPAN y dicho arbitraje se regule bajo el procedimiento del Reglamento General del Tribunal de Arbitraje Deportivo, Mediación y Conciliación del TADPAN del COP y de la ley 131 de 31 de diciembre de 2013, mediante la cual se regula el arbitraje nacional e internacional en Panamá.

De acuerdo con el reglamento, el único instrumento que habilitará la jurisdicción al TADPAN es la existencia de una cláusula compromisoria o acuerdo de arbitraje. Este acuerdo lo firman las partes, por lo que es importante establecer en todos los contratos o documentos que se celebran en esta cláusula compromisoria. Ya que de lo contrario no existirá jurisdicción para acudir al TADPAN.

¿Cómo se decidirán los arbitrajes en el TADPAN?

En derecho o en equidad, según acuerdo de las partes. En caso de desacuerdo o falta de estipulación, el arbitraje será decidido en derecho, es decir, bajo las normas jurídicas aplicables al caso en particular. Respecto de los arbitrajes decididos en equidad, es importante resaltar que no se estudiarán bajo las normas o leyes aplicables para el caso. Sino que se decidirán a través de principios jurídicos tales como pacta sunt servanda, entre otros.

3. ¿Qué requisitos deberán cumplir los árbitros del TADPAN?

Pueden ser abogados o personas que no sean abogadas. De todas formas, todos los árbitros del TADPAN deben tener conocimiento en Derecho Deportivo. Respecto de los árbitros abogados, deberán ejercer la abogacía en Panamá o en el exterior. Tendrán la responsabilidad de decidir sobre los casos que se tramitarán en derecho.

Sobre las personas no abogadas, solo decidirán de asuntos en equidad y tendrán que cumplir requisitos de cumplimiento al reglamento del TADPAN. Estar en ejercicio de sus derechos civiles y no tener antecedentes judiciales, entre otros.

El periodo de los árbitros será por 4 años y deberán estar inscritos en la lista de árbitros del TADPAN. La lista estará conformada máximo por 12 árbitros y al menos 8 que deben ser abogados.

Este aspecto es interesante en el derecho deportivo ya que una persona que no sea abogada pero que posea conocimientos en el área puede decidir de una controversia presentada ante el TADPAN. Adicionalmente, esta medida la consideramos responsable en el sentido que las personas idóneas para decidir en casos de derecho sean solamente las que tengan las facultades profesionales para el efecto, es decir, abogadas.

4. ¿Cómo se conformarán los Tribunales arbitrales del TADPAN?

El Tribunal se conformará con la designación y aceptación de los árbitros (1 o 3), previo cumplimiento de los siguientes requisitos:

  • Presentación de solicitud por la parte interesada de la cláusula compromisoria e indicando el objeto, la cuantía y la pretensión del arbitraje.
  • El pago de la provisión de fondos por cada una de las partes los cuales serán indicados por la Secretaría del CAD.
  • Luego del pago, el CAD otorgará un plazo a las partes para que designen el (los) árbitro (s) de la lista del TADPAN.
  • Al vencimiento de éste término y en caso que no exista acuerdo entre las partes sobre el número y designación de árbitros. El CAD designará los árbitros y ordenará a las partes comparecer.
  • En caso de vencer este término y no haya acuerdo de las partes sobre el número y designación de árbitros, el CAD elegirá 1 árbitro y solicitará la comparecencia de las partes.
  • En la comparecencia inicial de partes, se presentará el árbitro designado y en caso que las partes estén de acuerdo con esta designación, la Secretaría del CAD la confirmará dentro de los 3 días siguientes a la comparecencia.
  • Si persiste este desacuerdo ente las partes y transcurren 15 días después de la comparecencia, la Secretaría del CAD designará el número de árbitros, teniendo en cuenta la cuantía y la complejidad del caso y en efecto, lo (los) designará.

El Tribunal arbitral se disolverá hasta que el laudo que hace tránsito a cosa juzgada quede en firme o las partes hayan renunciado al arbitraje. En caso que los árbitros no resuelvan los casos asignados, las partes podrán reclamar directamente ante ellos los daños y perjuicios que puedan sufrir por esta omisión.

Respecto del reglamento, resaltamos la posibilidad de las partes de reclamar daños y perjuicios a los árbitros que no cumplan la función de decidir los casos asignados.

Consideramos este un gran aspecto a favor de las partes para que en casos urgentes no se presenten dilaciones injustificadas sobre la emisión de los laudos.

¿Será una buena herramienta el arbitraje del TADPAN?

Consideramos que la implementación del arbitraje del TADPAN para resolver asuntos litigiosos de derecho deportivo representa un gran avance para el ejercicio de esta área en Centroamérica.

Igualmente podría representar seguridad jurídica para los clubes, atletas y demás personas involucradas en derecho deportivo en Colombia las cuales pueden acudir a este mecanismo, en el sentido que en el país no contamos con tan importante herramienta específica en el área y también podría significar un mecanismo favorable para contrarrestar los grandes problemas que tienen nuestros países para recurrir al Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS, por sus siglas en francés) con sede en Lausana, Suiza, en especial por su lejanía, poco conocimiento de la realidad que afrontan nuestros países y los altísimos gastos económicos que se generan.

Para mayor información contactarnos al correo electrónico egonzalez@gherasociados.com

Elizabeth González Bustos
GHER Asociados
Twitter: @gher_asociados

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