Proceso de Liquidación Forzosa Administrativa
Capitulo III.
Artículo 293. Naturaleza y Normas Aplicables de la Liquidación Forzosa Administrativa.
-
Naturaleza y objeto del proceso.
El proceso de liquidación forzosa administrativa de una entidad vigilada por la Superintendencia Bancaria es un proceso concursal y universal. Tiene por finalidad esencial la pronta realización de los activos y el pago gradual y rápido del pasivo externo a cargo de la respectiva entidad hasta la concurrencia de sus activos. Preservando la igualdad entre los acreedores sin perjuicio de las disposiciones legales que confieren privilegios de exclusión y preferencia a determinada clase de créditos.
-
Normas aplicables.
Los procesos de liquidación forzosa administrativa de entidades vigiladas por la Superintendencia Bancaria serán adelantados por los liquidadores y se regirán en primer término por sus disposiciones especiales.
En las cuestiones procesales no previstas en tales normas que correspondan a actuaciones orientadas a la expedición de actos administrativos se aplicarán las disposiciones de la parte primera del Código Contencioso Administrativo y los principios de los procedimientos administrativos.
La realización de activos y de los demás actos de gestión se regirán por las normas del derecho privado aplicables por la naturaleza del asunto.
(Lea También: Liquidador designado por el Fondo de Garantías de Instituciones Financieras)
Parágrafo.
Los instructivos que fueron expedidos por la Superintendencia Bancaria y el Fondo de Garantías de Instituciones Financieras en relación con los procesos de liquidación. Servirán de criterios auxiliares a los liquidadores en su gestión.
Artículo 294. Competencia Para La Liquidación.
De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 19 de la Ley 35 de 1993. A partir de la vigencia de dicha Ley es competencia de los liquidadores adelantar bajo su inmediata dirección y responsabilidad los procesos de liquidación forzosa administrativa de entidades vigiladas por la Superintendencia Bancaria.
CLIC AQUÍ Y DÉJANOS TU COMENTARIO