Código de Ética Medica para Cirujanos Ortopedistas (AAOS)
Academia Americana de Cirujanos Ortopedistas
Dr. Jochen Gerstner B.*
*Profesor titular de Ortopedia, Universidad del Valle. Cali, Colombia.
Relación Medico Paciente
1A. La profesión ortopédica tiene como propósito primario el cuidado del paciente. La relación médico-paciente es el foco central de todas las consideraciones éticas.
1B. La relación médico-paciente tiene bases contractuales y está basada en el secreto, la confianza y la honradez. Tanto el paciente como el cirujano Ortopedista son libres de iniciar o suspender la relación, si existe cualquier coacción en un contrato por una tercera parte interesada. Un Ortopedista tiene la obligación de brindar cuidado sólo para las condiciones para las cuales el o ella están capacitados para tratar. El Ortopedista no debe rechazar pacientes solamente en base a su raza, color, sexo, religión o nacionalidad o cualquier otra base que pueda constituir discriminación ilegal.
1C. El cirujano Ortopedista puede escoger a quienes él o ella atenderán, aunque los pacientes y los cirujanos Ortopedistas pueden aceptar limitaciones en la libre escogencia, al participar en un sistema de cuidado manejado. En una emergencia, un cirujano Ortopedista debe brindar sus servicios al mejor nivel de su capacidad. Habiendo tomado a su cargo a un paciente, el cirujano Ortopedista no puede abandonarlo. A menos que sea despedido por el paciente, el cirujano Ortopedista solo puede descontinuar sus servicios después de notificarle adecuadamente al paciente, de manera que éste pueda asegurarse un cuidado alternativo.
1D. Al obtener el consentimiento del paciente después de informarle sobre el tratamiento, el cirujano Ortopedista está obligado a presentar al paciente o a la persona responsable del paciente en términos entendibles, los hechos médicos relacionados y las recomendaciones compatibles con una buena práctica médica. Esta información debe incluir las alternativas de tratamiento, las posibles complicaciones de tal tratamiento y las complicaciones y consecuencias de no tratarse. La explicación debe describir los riesgos y los resultados anticipados que se esperan con cada posible escogencia.
Conducta Personal
2A. El cirujano Ortopedista debe mantener una reputación de honradez y seriedad en la comunidad. En todas las conductas profesionales, se espera que el cirujano Ortopedista provea un cuidado competente y compasivo al paciente, ejercite el respeto apropiado hacia los demás profesionales de la salud y cuide de los intereses del paciente.
2B. El cirujano Ortopedista debe comportarse moral y éticamente, de manera tal que merezca la confianza de los pacientes confiados a su cuidado, brindando a cada cual la medida completa de su servicio y dedicación.
2C. El cirujano Ortopedista debe ser fiel cumplidor de todas las leyes, elevar la dignidad y el honor de la profesión y aceptar su disciplina autoimpuesta. Dentro del marco legal, si el cirujano Ortopedista tiene bases razonables para creer que otro cirujano Ortopedista u otros profesionales de la salud han sido envueltos en cualquier actividad ilegal o antiética, él o ella, deben intentar prevenir la continuación de esta actividad, comunicándose con esa persona y /o identificándola a las autoridades correspondientes. Además, el cirujano Ortopedista debe cooperar con las autoridades en sus esfuerzos por prevenir la continuidad de una conducta ilegal o antiética.
3D. A causa de la responsabilidad del cirujano Ortopedista con la vida y el futuro bienestar de su paciente, la dependencia química es una amenaza que debe ser reconocida y tratada. El cirujano ortopedista debe evitar el abuso personal de estas sustancias, y cuando se a necesario, buscar rehabilitación para sí mismo o para los colegas que sean químicamente dependientes.
Conflictos de Interés
3A. La práctica de la medicina inherentemente presenta conflictos potenciales de interés. Si se presenta un conflicto de interés, este debe resolverse siempre en favor del paciente y, si no puede resolverse, el cirujano Ortopedista debe retirarse del cuidado del paciente.
3B. Cuando hay intereses financieros envueltos como en la propiedad de una farmacia, centros de rehabilitación, equipos de imagenología, centro quirúrgico o facilidades de cuidados de salud donde el interés financiero del médico no es inmediatamente obvio, el cirujano Ortopedista debe revelar este interés financiero a sus pacientes y sus colegas.
3C. Cuando un cirujano Ortopedista reciba cualquier cosa de valor, incluyendo regalías, de un fabricante, el cirujano Ortopedista debe revelar este hecho a sus pacientes y colegas. Es antiético para un cirujano Ortopedista recibir compensaciones (excluyendo regalías) de un fabricante por utilizar una medicación o un aparato. Sin embargo, si es aceptable recibir reembolsos por costos administrativos al dirigir o participar en un ensayo o investigación científica.
3D. Un cirujano Ortopedista que informa sobre una experiencia o investigación clínica con un determinado procedimiento o aparato, debe revelar cualquier interés financiero en aquel procedimiento o aparato, si el cirujano Ortopedista o cualquier institución con la cual esté conectado el cirujano Ortopedista, ha recibido cualquier cosa de valor del inventor o del fabricante.
3E. El cirujano Ortopedista tiene el derecho de prescribir medicamentos dispositivos de ayuda, aparatos ortopédicos, y artículos similares relacionados con el cuidado del paciente, mientras no tome ventaja financiera sobre el paciente. Finalmente el paciente debe tener la oportunidad de aceptar los medicamentos o artículos dispensados para su cuidado, u obtenerlos fuera del consultorio médico.
Mantenerse Competente
4A. El cirujano Ortopedista debe esforzarse continuamente por mantenerse actualizado, mejorar sus conocimientos y destrezas médicas y asequible la información relevante a los pacientes y colegas. Cada cirujano Ortopedista debe desarrollar una manera organizada y explícita de mantenerse actualizado para asegurarse de que el contenido está actualizado esté dirigido a todas las áreas en las cuales provee cuidado a los pacientes. El o ella deben hacerlo asistiendo a congresos científicos, estudiando revistas y textos, haciendo la auditoria de su práctica, completando auto evaluaciones periódicas y participando en cursos de instrucción y otros cursos educativos.
Relaciones con Cirujanos Ortopedistas, Enfermeras y Personal de Salud
5A. El vínculo primario entre Médicos, enfermeras y otros profesionales de la Salud es una mutua preocupación por el paciente. El cirujano Ortopedista debe promover el desarrollo de un equipo de salud experto, que debe trabajar en conjunto, armoniosamente, para proveer el cuidado óptimo del paciente.
5B. La conducta profesional de los cirujanos Ortopedistas debe ser investigada preferiblemente por las asociaciones profesionales y comités de revisión de los hospitales. Estos grupos deben obtener la colaboración plena de los cirujanos Ortopedistas.
5C. Los cirujanos Ortopedistas son llamados frecuentemente para dar testimonio médico experto en cortes legales. Al proporcionar testimonio, el cirujano Ortopedista debe ejercer extrema precaución para asegurarse que el testimonio proporcionado no sea parcializado, sino científicamente correcto y clínicamente exacto. El cirujano Ortopedista no debe testificar sobre temas en los cuales no sea experto. no es ético para el cirujano Ortopedista aceptar compensación cuando el litigio ha tenido éxito.
Relaciones con el Publico
6A. El cirujano ortopedista no debe publicitarse a sí mismo a través de cualquier medio o forma de comunicación pública, en forma engañosa, errónea o mentirosa. La competencia entre cirujanos y otros proveedores de salud es ética y aceptable.
6B. Los honorarios por servicios ortopédicos deben ser comparables a los servicios prestados. No es ético para los cirujanos Ortopedistas cobrar individualmente por servicios que se consideren parte de un paquete de “servicio global”, por ejemplo, servicios que son parte necesaria del procedimiento quirúrgico. Es antiético para los cirujanos Ortopedistas enviar códigos de cobro que reflejen niveles más altos de servicio o de complejidad de los que realmente se requirieron. No es ético para cirujanos Ortopedistas cobrar servicios no suministrados. Los cobros ilegales son antiéticos.
6C. Los médicos deben dedicar algún tiempo y esfuerzo para suministrar cuidado a los pacientes que no tienen medios para pagar.
6D. El cirujano Ortopedista puede entrar en una relación contractual con un grupo, plan de práctica prepagada o con un hospital. Sin embargo, las decisiones médicas profesionales no deben estar sujetas a interferencias profanas o interferencias con otros profesionales de la salud. El médico tiene la obligación de servir como abogado del paciente y asegurarse que el bienestar del paciente sea el objetivo primordial.
Principios Generales de Cuidado
7A. Un cirujano Ortopedista debe practicar dentro del ámbito de la educación, entrenamiento y experiencia del cirujano Ortopedista.
7B. Es antiético prescribir, suministrar o buscar compensación por servicios innecesarios es antiético prescribir sustancias controladas cuando no están médicamente indicadas. Es también antiético prescribir sustancias por el sólo propósito de realzar el desempeño atlético.
7C. El cirujano Ortopedista no debe realizar una operación quirúrgica bajo circunstancias en las cuales la responsabilidad del diagnóstico o el cuidado de un paciente es delegado a otro que no esté calificado para realizarla.
7D. Cuando un paciente presenta una solicitud apropiada para un resumen de la historia médica, al paciente se le debe dar una copia de tal historia ya que pertenece al paciente como individuo. No deben cobrarse costos distintos al de la copia. Alguna correspondencia de los corredores de seguros o abogados al solicitar conclusiones de parte de cirujanos Ortopedistas, permite el cobro de estipendios razonables por los servicios profesionales.
Responsabilidad Académica e Investigativas
8A. Toda actividad académica y de investigación debe conducirse bajo condiciones de completa sumisión a las pautas gubernamentales, institucionales y éticas. Los pacientes que participan en programas de investigación deben haber dado su consentimiento, previa información completa y retener el derecho de salirse del protocolo de investigación en cualquier momento.
8B. Los cirujanos Ortopedistas no deben reclamar como propiedad intelectual propia lo que no les pertenece. El plagio o el uso del trabajo de otros, sin atributos, es antiético.
8C. El principal investigador de un proyecto de investigación científicas o proyecto de investigación clínica, es el responsable de proponer, diseñar e informar sobre la investigación . El investigador principal puede delegar partes del trabajo a otros individuos, pero esto no libera al investigador principal de la responsabilidad del trabajo realizado por ellos.
8D. El principal investigador o el autor mas antiguo de un informe científico, es el responsable de dar el crédito apropiado a las contribuciones de la investigación descrita.
Responsabilidad ante la Comunidad
9A. Los honrosos ideales de la profesión médica implican que la responsabilidad del cirujano Ortopedista no solo se extiende al individuo sino también a la sociedad. Las actividades que tienen propósito de mejorar tanto la salud como el bienestar del individuo y de la comunidad, merecen el interés, el apoyo y la participación del cirujano Ortopedista.
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