Higiene y Salud pública
Higiene y Salud pública
La salud pública estaba normada, como en todo el territorio nacional, por los diferentes códigos de policía y salubridad que emanaban del gobierno central, pero que a su vez debían ser expedidos también en el ámbito municipal.
La policía de salubridad estaba definida en sus funciones desde la vicepresidencia del General Francisco de Paula Santander, en sus leyes de 8 de diciembre de 1821 y 11 de marzo de 1825. La primera otorgaba a los cabildos las funciones de policía de aseo, salubridad y comodidad.
La policía de salubridad también era la encargada de vigilar que no hubiera vagos, prostitución o juegos de azar, además de tener funciones de aseo y ornato. La salubridad estaba a su cargo en lo tocante a la vigilancia para el entierro de cadáveres y prevención y control de enfermedades y epidemias.
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En 1832 se expidieron normas nacionales para el control del cólera. En 1840 se creó en Bogotá una oficina de vacunación contra la viruela. La Sanidad Pública, como rama del Gobierno Nacional, se organizó en el año de 1887 y se expidió la Ley 30, por medio de la cual se creó la Junta Central de Higiene, integrada por tres médicos y un profesor de ciencias naturales.
Así mismo, se crearon las Direcciones Departamentales de Higiene, cuyas disposiciones debían ser acatadas por las autoridades respectivas.
El Poder Ejecutivo dictó el Decreto número 210 de 1896, por medio del cual se creó el parque de vacunación, bajo la dirección y vigilancia de la Junta Central de Higiene, cuyo objeto era el de producir en terneras, linfa destinada a la profilaxis de la viruela (12).
A nivel municipal, la Policía de Sanidad desempeñaba un papel protagónico en la salud pública y en la organización local.
El Jefe Municipal tenía a su cargo las funciones de policía con responsabilidades tan disímiles como vigilar que no hubiera vagos ni desocupados, así como velar por las buenas costumbres y el decoro que debían guardar los ciudadanos.
Los desocupados eran reclutados para servir como policías rasos por tres meses. La policía tenía bajo su control otorgar permisos para los juegos de azar, además de vigilar que en las calles de la ciudad no hubiera altercados, riñas, ni borrachos.
En consonancia con lo anterior, en Ibagué se expide un Código de Policía por parte del Cabildo Municipal, firmado el 17 de septiembre de 1847, el cual iniciaba así: “Salubridad.
No se permitirá sepultar cadáveres fuera del cementerio y los que no tengan deudos o sean muy pobres los conducirán al cementerio los que vivan en las inmediaciones. La contravención a este artículo será sancionada de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 7º de la ordenanza sobre policía de la Cámara de esta provincia de 10 de octubre de 1843 con una multa de cuatro a veintiocho pesos i un arresto de cuatro a veinte días.
La sepultura tendrá una profundidad de por lo menos vara i media quedando perfectamente pisada. El sepulturero que no cumpliere con este deber sufrirá un arresto hasta de treinta días conforme al artículo 60 de la ordenanza ya citada.
Si acaeciere alguna enfermedad epidémica o contagiosa los jefes de policía tomarán las medidas que aconsejare la Junta de Sanidad que será convocada aun extraordinariamente si fuere necesario. La sepultura de los que murieren por enfermedad contagiosa tendrá dos varas de profundidad y será señalada con un poste de madera.
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Si se descubriere que alguna persona pudiere estar enferma, será separado del resto de los individuos previo informe de la Junta de Sanidad. En caso de resistencia será remitida al lazareto.
Ninguna persona podrá arrojar inmundicias ni basuras dentro de la población o será sancionado por la jefatura de policía” (13).
Por lo que se refiere a la salubridad en la alimentación y nutrición, la contaminación de alimentos por bacterias, especialmente salmonellas, era causa de enfermedad y muerte. Los estafilococos también eran causa frecuente de infección. La siguiente noticia relacionada con el consumo de carne, fue publicada en agosto de 1891 en el diario El Tolima, y ayuda a ilustrar lo dicho:
“Circula la especie de que a los vecinos de Ibagué nos han hecho comer carne de novillo que fue mordido por un perro hidrofóbico y de una res, que se ahorcó y fue encontrada casi en descomposición.
Ojalá que el señor alcalde hiciera examinar por medio de los agentes de policía, la calidad de los ganados que se benefician en cada ciudad para evitar que los expendedores abusen de los consumidores.
No hay ninguna parte en donde se consuma peor ganado que en Ibagué. Convendría que los compradores abandonasen ciertos compromisos con los matanceros cuando estos no benefician buen ganado, para obligarlos así a que lo compren gordo” (14).
Ahora bien, las bebidas alcohólicas consumidas preferentemente por la población, eran la chicha, el guarapo y el aguardiente. Hasta la primera mitad del siglo XX, en Ibagué se le ponía una herradura al recipiente en donde se fermentaba la chicha, porque según los expendedores, siendo la chicha un gran alimento, requerían del hierro contenido en la herradura para que fuera completo.
La chicha preparada en casa o “chicha dulce”, se tomaba en familia con los demás alimentos. A la chicha reservada para emborracharse se le llamaba “chicha madura”. La chicha dulce, mezclada con algunas yerbas, se usaba también para tratar la diarrea. Las personas pudientes bebían brandy, whisky y ginebra. En las casas se preparaban mistelas para atender a las visitas (15).
No obstante la difundida y amplia práctica de la bebida dentro y fuera del ámbito familiar, el Código de Policía del Tolima del 8 de enero de 1859, heredero del de Cundinamarca en sus artículos 12 y 13, sancionaba a quien se encontrara bajo los efectos del licor en el espacio público con dos días de encierro y 0,50 centavos de multa; si era reincidente, con seis días de encierro y $5 pesos de multa.
Sobre los problemas del alcoholismo y la embriaguez, en 1889 el diario El Tolima de Ibagué llamaba la atención al respecto. Un comentario de prensa anotaba lo siguiente:
“Calculando que en Ibagué se consumen mensualmente 500 cántaras de aguardiente, o sea 13.000 botellas (adredo hornos puesto 500 cántaras; muy bien sabemos que pasan de 800 al mes, sin contar el contrabando), resulta un consumo anual de 144.000 botellas que, a 0,30 cada una, valen la enorme suma de $43.200!!, y suponiendo que la población de la ciudad y sus campos tenga 15.000 habitantes de una proporción de 9.60 botellas por cabeza, cantidad mucho mayor que el consumo de los Estados Unidos (8,50 por cabeza) y apenas inferior a la de Rusia (10,69 litros por id).
De modo que un habitante de este capital bebe relativamente, tres veces más que un parisiense (3 litros 80 por cabeza). Los cálculos son completamente desconsoladores” (16).
De igual modo, Salvador Camacho Roldán se refiere a la embriaguez en el Tolima (La Cuartilla del Lector), así:
“La segunda es una enfermedad crónica en casi todo nuestro país, pero que en ninguna parte había presentado caracteres tan agudos como en el Tolima, y especialmente en Ambalema: la embriaguez.
El aguardiente de caña es la bebida popular de nuestras poblaciones de tierra caliente y el abuso de ella alcanza ya las proporciones de una cuestión social de primer orden; pero que ninguna otra parte ha presentado la intensidad que desplegó en aquella comarca de 1850 a 1870 cuando la abolición del monopolio levantó el precio del tabaco en rama de 0,90 a 5 o 6 pesos la arroba y cuadruplicó casi de un golpe la tasa de los jornales.
Ya no se bebía el aguardiente de caña sino coñac, ginebra y otros licores extranjeros, a precios altos; tampoco se le tomaba en dosis pequeñas de cinco centilitros a lo más, como de antaño, sino en vaso y aún en totuma.
La perversión de vicio fue más lejos todavía; ya no se bebía el licor puro y sin mezcla, sino una combinación extraña de licores y vinos; de aguardiente, brandy, vino tinto, de Málaga y de Oporto, con el nombre calumnioso de matrimonio y después con el más expresivo de “tumbaga”. La noche del sábado presentaba en las calles de Ambalema el teatro de la más espantosa orgía” (17).
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