Ley de Say, 1 Parte
La ley de Say era, básicamente, la respuesta de la economía clásica al argumento de la insuficiencia de demanda agregada utilizado por Sismondi y Malthus para explicar la posibilidad de que una situación de sobreproducción generalizada y desempleo de recursos productivos se extendiera indefinidamente en el tiempo.
Esta ley es una pieza fundamental de la economía clásica. Lleva ese nombre en honor de Jean Baptiste Say, economista francés que vivió a caballo entre los siglos XVIII y XIX, que presentó esta ley en su Traité d’èconomie politique.75
Frecuentemente la ley de Say se resume en la expresión telegráfica la oferta crea su propia demanda como si el simple acto de ofrecer cualquier bien o servicio en el mercado garantizara la venta del mismo. Sin embargo, esta forma de expresarla puede llevar a confusiones. La ley de Say no dice que los productores puedan arriesgarse a ignorar las preferencias de los consumidores.
La idea que trata de transmitir esta ley es que los recursos productivos no permanecerán indefinidamente ociosos por falta de demanda agregada. A lo largo de este capítulo se tratará de aclarar esta idea. Para ello partiremos de lo que el propio Say y otros economistas clásicos escribieron al respecto.
Se plantearán las implicaciones de la ley de Say en relación con el carácter automático del pleno empleo de recursos productivos y se presentará esta ley como uno de los primeros intentos de aproximación al problema del equilibrio general en la economía (aunque desde una perspectiva agregada).
Smith, Say, James Mill y Ricardo: la identidad de Say
Algunos de los argumentos implicados por la ley de Say, tal y como Jean Baptiste Say la expuso en su Tratado, se encontraban ya en La Riqueza de las Naciones de Adam Smith. Sin embargo, puede decirse que Smith no los expuso de forma precisa ni tampoco llegó a plantear expresamente el argumento central de dicha ley.
En el capítulo titulado De la acumulación del capital, o del trabajo productivo e improductivo, del libro segundo de La Riqueza de las Naciones, Smith afirma lo siguiente :
“Los capitales se incrementan con la parsimonia y disminuyen con la prodigalidad y disipación
[…]Así como el capital de un individuo sólo puede incrementarse con lo que ahorre de sus ingresos o de sus ganancias anuales, el capital de una sociedad, que es el mismo de todos los individuos que la componen, sólo se puede incrementar de la misma forma
[…]Lo que anualmente se ahorra se consume regularmente de la misma forma que lo que anualmente se gasta, y ello ocurre casi en el mismo período, pero lo hace gente distinta
[…]La parte que anualmente se ahorra, se emplea inmediatamente como capital con el objeto de obtener beneficios, y se consume de la misma forma y aproximadamente en el mismo período de tiempo, pero por gente diversa, por trabajadores, manufactureros y artesanos que reproducen con un beneficio el valor de su consumo anual.
” Un poco más adelante, Smith afirma que “el único fin del dinero es permitir la circulación de los bienes de consumo.” 76
De este modo Smith establece tres ideas sobre las que Say insiste en todas las ediciones de su Tratado:
(a) el ahorro, más que el consumo, promueve la acumulación de capital y el crecimiento; (b) los ingresos se gastan o invierten en su totalidad; y (c) la única función del dinero es la de ser medio de cambio. Pero Say da un paso más: establece que los productos se pagan con productos y enfatiza la idea de que es la producción y no el consumo lo que crea riqueza.
A pesar de que Say expresó su ley de mercados de muy diversas formas, ninguna de ellas resulta más esclarecedora que la siguiente:
“[…] Un producto terminado ofrece, desde ese preciso instante, un mercado a otros productos por todo el monto de su valor. En efecto, cuando un productor termina un producto, su mayor deseo es venderlo, para que el valor de dicho producto no permanezca improductivo en sus manos.
Pero no está menos apresurado por deshacerse del dinero que le provee su venta, para que el valor del dinero tampoco quede improductivo. Ahora bien, no podemos deshacernos del dinero más que motivados por el deseo de comprar un producto cualquiera. Vemos entonces que el simple hecho de la formación de un producto abre, desde ese preciso instante, un mercado a otros productos.” 77
Casi por las mismas fechas en que Say escribía:
James Mill expresó el mismo argumento de forma más precisa centrándose en la idea de que el valor de la producción se iguala al poder de compra.
En su obra Commerce Defended, publicada por primera vez en 1808, James Mill se expresaba en los siguientes términos:
“[..]Cada porción del valor de la producción anual de un país se distribuye en forma de ingreso de algún individuo. Y cada individuo del país hace compras, o algo que es equivalente a hacer compras, con cada céntimo que llega a sus manos. La parte que se destina al consumo se emplea, evidentemente, en hacer compras. Y la parte que se emplea en capital también. O bien se paga en forma de salarios a los trabajadores, que inmediatamente compran alimentos y otros bienes necesarios, o bien se emplea en la compra de materias primas.
La totalidad del producto anual del país es, de este modo, empleado en hacer compras. Como la totalidad de la producción anual del país se pone en venta, entonces toda la renta nacional se emplea en comprar la totalidad de la producción; por grande que pueda ser la producción anual, siempre creará un mercado para ella. ” 78
Esta cita se puede resumir diciendo que la propensión al gasto es igual a uno para todo el mundo. En otras palabras, los planes de gasto de cada individuo coinciden siempre y en todo momento con sus expectativas de ingreso. Esto, automáticamente, implica la identidad entre la oferta y la demanda agregadas. Dicha identidad se conoce habitualmente como identidad de Say.
La identidad de Say no excluye la posibilidad de excesos de oferta (o de demanda) de carácter local.
Puede ocurrir que la gente deje de demandar un artículo y que quiera sustituirlo por otro. Como consecuencia de ello nos encontraríamos con un exceso de oferta en un mercado determinado y con un exceso de demanda en otro mercado. Pero estos desajustes acabarían corrigiéndose a través de cambios en los precios relativos.
Ricardo reflejó sus opiniones sobre esta cuestión en el capítulo 21 de sus Principios y en la voluminosa correspondencia que mantuvo con Malthus. Como ya se ha adelantado en el capítulo anterior, Ricardo admite la posibilidad del atesoramiento, lo cual implica la desigualdad entre oferta y demandas agregadas. Ricardo apunta incluso en sus Principios un proceso de ajuste cuando la demanda y la oferta agregadas no coinciden.
El siguiente pasaje resulta ilustrativo al respecto:
“Cuando los precios de las mercancías bajan en un mercado debido a una oferta abundante, a una disminución de la demanda o a un alza del valor del dinero, un industrial acumula naturalmente una extraordinaria cantidad de artículos manufacturados, y no está dispuesto a venderlos a precios depreciados.
Para hacer frente a sus pagos ordinarios, a los cuales atendía con la venta de sus mercancías, trata ahora de tomar el dinero en préstamo, y a menudo se ve obligado a pagar por él un interés elevado. Pero esto sólo es temporal, pues o bien las esperanzas del industrial estaban bien fundadas, o bien descubre que la demanda ha disminuido de modo permanente y no se resiste más al curso de las cosas: los precios bajan y el dinero y el interés recobran su valor real.” 79
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75 En vida de Say se publicaron cinco ediciones de esta obra: la primera en 1803 y la última en 1826. A lo largo de estas cinco ediciones Say introdujo algunas modificaciones en el capítulo sobre los mercados (Des Débouchés), en el que expone su ley de los mercados. Debido sobre todo a la polémica que mantuvo con Sismondi sobre la posibilidad de un general glut, este capítulo pasó de un pequeño número de páginas en la primera edición del Traité a convertirse en un capítulo sustancial en la cuarta y quinta ediciones. (Véase Thomas Sowell, Say´s Law: An Historical Analysis, op. cit., p. 18.) Una edición digital en castellano del Traité, traducida en 1821 a partir de la cuarta edición en francés, puede consultarse a través de la página web de la Biblioteca Virtual Miguel de Cervantes: https://cervantesvirtual.com/servlet/SirveObras/07593407102704830315924/portada.JPG.Más reciente es la edición en castellano (traducción de una edición en francés de 1841) publicada por el Fondo de Cultura Económica en el año 2001.
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76 Smith, La Riqueza de las Naciones, op. cit., vol. I, pp. 393-96.
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77 J.B. Say, Tratado de Economía Política, op. cit. p. 124.
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78 James Mill (1808), Commerce Defended en D. Winch (Ed.) Selected Economic Writings, Univertiy of Chicago Press, 1966. Véanse las páginas 136 y 137.
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79 David Ricardo, Principios de Economía Política y Tributación, op. cit, p.60.
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