La Lista de Humedales de Importancia Internacional

La Lista de Humedales de Importancia Internacional

Visión para la Lista de Ramsar

6. La Convención sobre los Humedales ha adoptado la siguiente visión para la Lista de Humedales de Importancia Internacional:

Crear y mantener una red internacional de humedales que revistan importancia para la conservación de la diversidad biológica mundial y para el sustento de la vida humana debido a  las funciones ecológicas e hidrológicas que desempeñan.

7. Esta red internacional de humedales ha de ser creada a partir de redes coherentes y amplias de humedales de importancia internacional establecidas en el territorio de cada Parte Contratante en la Convención.

Objetivos para la Lista de Ramsar

8.       Para hacer efectiva la visión citada de la Lista de Ramsar, las Partes Contratantes, las Organizaciones Internacionales Asociadas de la Convención, los interesados directos (“stakeholders”) locales y la Oficina de Ramsar cooperarán entre sí para alcanzar los cuatro objetivos siguientes (cuyo orden de enunciación no indica necesariamente prioridades).

Objetivo 1. Establecer redes nacionales de sitios Ramsar en cada Parte Contratante que sean plenamente representativos de la diversidad de los humedales y de sus funciones ecológicas e hidrológicas clave.

9.       1.1) Que la Lista de Ramsar incluya por lo menos un humedal idóneo (es decir, de importancia internacional) representantivo de cada uno de los tipos de humedales naturales o casi naturales (véase el espectro de tipos en el apéndice A) existentes en cada región biogeográfica (véase la definición de “región biogeográfica” en el apéndice B). Estas regiones biogeográficas se definen a nivel mundial, supranacional/regional o nacional y cada Parte Contratante aplica esta clasificación según estime pertinente.

10.     1.2) Asignar prioridad en la determinación de sitios idóneos en relación con los tipos de humedales que desempeñen una función ecológica o hidrológica apreciable en el funcionamiento natural de una cuenca hidrográfica o de un sistema lacustre o costero importante.

Objetivo 2. Contribuir a mantener la diversidad biológica mundial mediante la designación y el manejo/gestión de humedales idóneos.

11.     2.1) Revisar el desarrollo de la Lista de Ramsar y refinar más aún los Criterios para identificar y seleccionar sitios Ramsar, cuando proceda, para promover de forma óptima la conservación de la diversidad biológica y el uso racional de los humedales a nivel local, subnacional, nacional, supranacional/regional e internacional.

12.     2.2) Incluir en la Lista de Ramsar humedales que alojen comunidades ecológicas amenazadas o sean críticos para la supervivencia de especies endémicas clasificadas como vulnerables, amenazadas o críticamente amenazadas en consonancia con la legislación/programas nacionales para especies amenazadas o designaciones internacionales tales como la Lista Roja de la UICN y los apéndices de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Flora y Fauna Silvestres (CITES) y la Convención sobre las especies migratorias (CEM o Convención de Bonn).

13.     2.3) Incluir en la Lista de Ramsar humedales críticos para la conservación de la diversidad biológica en cada región biogeográfica (véase la definición en el Glosario).

14      2.4) Incluir en la Lista de Ramsar humedales que proporcionen hábitat importantes a especies vegetales y animales en etapas críticas de su ciclo biológico o en períodos en que reinen condiciones adversas.

15.     2.5) Incluir en la Lista de Ramsar humedales que revistan importancia directa para especies de aves acuáticas y de peces o existencias de peces, según los criterios pertinentes de selección de sitios Ramsar (véase la sección V).

Objetivo 3. Promover la cooperación entre las Partes Contratantes, las Organizaciones Internacionales Asociadas de la Convención y los interesados directos locales en la selección, designación y manejo/gestión de los sitios Ramsar.

16. 3.1) Aprovechar las posibilidades de que dos (o más) Partes Contratantes concierten acuerdos de “hermanamiento” de humedales Ramsar situados a lo largo de las rutas utilizadas por especies migratorias, transfronterizos o con tipos o especies de humedales parecidos (Resolución VII.19).

17.  3.2) Impulsar otras modalidades de cooperación entre dos o más Partes Contratantes que puedan demostrar o facilitar el logro de la conservación y el uso sostenible a largo plazo de los sitios Ramsar y de los humedales en general.

18. 3.3) Alentar y apoyar, cuando sea procedente, una función más decidida y una mayor contribución por parte de organizaciones no gubernamentales y de base comunitaria en el desarrollo estratégico de la Lista de Ramsar y el manejo/gestión ulterior de los sitios Ramsar en los planos local, subnacional, nacional, supranacional/regional e internacional.

Objetivo 4. Emplear la red de sitios Ramsar como instrumento para promover la cooperación nacional, supranacional/regional e internacional en relación con los tratados relativos al medio ambiente complementarios.

19. 4.1) Emplear los sitios Ramsar como áreas de referencia para el monitoreo nacional, supranacional/regional e internacional del medio ambiente a fin de detectar las tendencias de la pérdida de diversidad biológica, del cambio climático y de los procesos de desertificación.

20. 4.2) Ejecutar proyectos de demostración de la conservación y el uso sostenible en sitios Ramsar que sirvan también de ejemplos concretos de cooperación con tratados internacionales relativos al medio ambiente aplicables, tales como el Convenio sobre la Diversidad Biológica, la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, la Convención de lucha contra la desertificación, la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Flora y Fauna Silvestres, la Convención del Patrimonio Mundial, la Convención sobre las especies migratorias y los Acuerdos concertados en su marco, tales como el Acuerdo afro/euroasiático sobre las aves acuáticas, y acuerdos regionales e iniciativas de cooperación tales como el Plan de manejo de las aves acuáticas de América del Norte, la Red de reservas de aves costeras del hemisferio occidental, la Estrategia de conservación de las aves acuáticas migratorias de Asia y el Pacífico 1996-2000, la Iniciativa para los Humedales Mediterráneos (MedWet), el Programa regional de medio ambiente del Pacífico Sur, la Comunidad de Desarrollo del África Meridional (SADC), la Asociación de Naciones del Asia Sudoriental (ASEAN), la red Natura 2000 de la Unión Europea, la Red Esmeralda del Convenio de Berna sobre la conservación de la fauna y flora y los hábitat naturales de Europa, la Estrategia paneuropea de diversidad biológica y de los hábitat, el programa de Humedales Altoandinos, el Tratado de Cooperación Amazónica, y la Comisión Centroamericana de Ambiente y Desarrollo (CCAD), etc.

Meta a corto plazo para la Lista de Ramsar hasta el año 2005

21. La Convención destaca la importancia de los humedales como centros de gran productividad y diversidad biológica y sistemas de sustento de la vida de poblaciones humanas, y ve con preocupación la pérdida y degradación continuas de humedales en muchas partes del mundo. En respuesta a esta preocupación, la Convención ha fijado la siguiente meta a corto plazo para la Lista de Ramsar.

Garantizar que la Lista de Humedales de Importancia Internacional contenga por lo menos 2000 sitios cuando se celebre la 9a. Reunión de la Conferencia de las Partes Contratantes en Ramsar el año 2005, teniendo en cuenta que en esta expansión se habrán de tomar en consideración la visión, los objetivos estratégicos y las metas a largo plazo para la Lista de Ramsar adoptados por la Convención.

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