Requisitos Uniformes para los Manuscritos Enviados a Revistas Biomédicas (Parte I )

Comité Internacional de Editores de Revistas Médicas

Versión en español basada en el International Committee of Medical Journal Editors. Uniform requeriments for manuscripts submitted to biomedical journals. Ann Intern Med 1997; 126: 36-47. Traducido por Eugenio Matijasevic, redactor asistente, Acta Médica Colombiana.

Publicado: Acta Med Colomb 1997; 22: 199-211. Los miembros del Comité Internacional de los Editores de Revistas Biomédicas son:Linda Hawers Clever, Western Journal of Medicine; Lois Ann Colaianni, US National Library of Medicine; Frank Davidoff, Annals of Internal Medicine; Richard Horton, The Lancet; George Lundberg.

JAMA; Magne Nylenna, Tidss- krift for Den Norske legeforening; Richard G. Robinson, New Zealand Medical Journal; Richard Smith, BMJ; Bruce P. Squires, Canadian Medical Association Journal; Robert Utiger, The New England Journal of Medicine; Martín VanDer Weyden, The Medical Journal of Australia; and Patricia Woolf, Princeton University.

En 1978 un pequeño grupo de editores de revistas de medicina general se reunió informalmente en Vancouver, Columbia Británica, con el fin de establecer guías para el formato de los manuscritos enviados a sus revistas. Dicho grupo llegó a ser conocido posteriormente como el Grupo de Vancouver.

Sus requisitos, que incluían los formatos de referencias bibliográficas desarrollados por la Biblioteca Nacional de Medicina de los Estados Unidos, fueron publicados por primera vez en 1979.

El Grupo de Vancouver se expandió y evolucionó hasta convertirse en el Comité Internacional de Editores de Revistas Médicas, el cual se reúne anualmente y ha publicado, con ésta, cinco ediciones de los Requisitos Uniformes para los Manuscritos Enviados a Revistas Biomédicas. Con el paso del tiempo han ido surgiendo temas que van más allá de la preparación de los manuscritos.

Algunos de éstos se analizan en la presente edición de los Requisitos Uniformes, otros han sido abordados en declaraciones separadas, publicadas en diversas revistas científicas.

Esta quinta edición (1997):

Es un esfuerzo por reorganizar y reescribir la cuarta edición, para aumentar su claridad y abordar ciertas preocupaciones con respecto a los derechos, la privacidad, la descripción de los métodos y otros asuntos.

Contenido total de los Requisitos Uniformes para los Manuscritos Enviados a Revistas Biomédicas

El contenido total de los Requisitos Uniformes para los Manuscritos Enviados a Revistas Biomédicas puede ser reproducido con propósitos educativos sin ánimo de lucro y sin tener en cuenta los derechos de autor. El comité recomienda impulsar la distribución de este material.

A las publicaciones que hayan acordado utilizar los Requisitos Uniformes (más de 500) se les solicita citar en sus instrucciones a los autores el documento de 1997.

Es importante hacer énfasis en lo que los presentes requisitos implican y lo que no implican.

En primer lugar, son instrucciones para los autores sobre cómo preparar los manuscritos,no son instrucciones para los editores sobre el estilo de la publicación (sin embargo, muchas revistas han tomado de ellos los elementos para sus estilos de publicación).

En segundo lugar, si los autores preparan sus manuscritos con base en el estilo especificado en estos requisitos, los editores de las publicaciones participantes no devolverán los manuscritos para modificaciones en el estilo antes de considerarlos para publicación.

Durante el proceso de edición, sin embargo, las publicaciones pueden modificar los manuscritos aceptados para que estén de acuerdo con los detalles de su estilo particular de publicación.

En tercer lugar, los autores que envíen manuscritos a una revista participante, no deben prepararlos de acuerdo con el estilo particular de la revista en cuestión, sino ceñirse a los Requisitos Uniformes.

Instrucciones a los Autores

Por lo demás, los autores deben ceñirse a las “Instrucciones a los Autores” de la revista en cuestión con respecto a los tópicos apropiados para publicación y a los tipos de manuscritos que pueden ser enviados (por ejemplo: artículos originales, revisiones o informes de casos).

Fuera de ésto, es probable que las instrucciones a los autores de la revista contengan otros requisitos exclusivos para dicha revista. Tales como el número requerido de copias del manuscrito, los idiomas aceptables, la longitud de los artículos y las abreviaturas aceptadas.

Concordancia con los Requisitos Uniformes para los Manuscritos Enviados a Revistas Biomédicas

Se espera que en sus instrucciones a los autores las revistas participantes hagan constar que sus requisitos se encuentran en concordancia con los Requisitos Uniformes para los Manuscritos Enviados a Revistas Biomédicas y que citen una versión ya publicada de los mismos.

Aspectos a considerar antes de enviar un manuscrito

(Lea También: Requisitos para el Envío de Manuscritos)

Publicación redundante o duplicada

Publicación redundante o duplicada es la publicación de un manuscrito que,en lo esencial se superpone con otro ya publicado.

Los lectores de fuentes periódicas de primera mano merecen poder confiar en que lo que están leyendo es original. A menos que exista una declaración precisa de que el artículo en cuestión es una reimpresión, bien sea por decisión del autor o del editor.

La adopción de esta posición se basa en las leyes internacionales sobre derechos de autor. La conducta ética y el empleo eficaz de los recursos con respecto a los costos.

La mayoría de las publicaciones no aceptan artículos sobre trabajos que previamente han sido informados. Incluso en parte, en otra publicación, y tampoco aceptan artículos cuyo material ya está contenido en otra publicación. Ni artículos que han sido enviados o aceptados para publicación en otra revista bien sea impresa o en medios electrónicos.

Este principio, sin embargo, no prohíbe que una revista considere para publicación un artículo rechazado por otra revista o el informe completo de un trabajo luego de la publicación de un informe preliminar. Tal como un resumen o un cartel exhibido para los colegas en una reunión profesional.

Tampoco prohíbe que las revistas consideren para publicación un manuscrito que haya sido presentado en una reunión científica. Pero que no haya sido publicado en forma completa o que está siendo considerado para publicación en los resúmenes de un congreso o en un formato similar.

Los informes de prensa de reuniones científicas por lo general no se consideran como contravenciones a esta regla. Pero tales informes no deben ser ampliados mediante datos adicionales o copias de las tablas y las ilustraciones.

Al enviar un manuscrito el autor:

Debe siempre declarar de manera específica al editor si previamente ha realizado envíos o informes del mismo trabajo o de un trabajo muy similar que pudieran ser tomados como publicación redundante o duplicada.

El autor debe, además,alertar al editor con respecto a si su trabajo incluye temas con respecto a los cuales ya ha publicado informes previos.

Cualquier trabajo de tal naturaleza debe ser mencionado y referenciado en el nuevo manuscrito y se deben incluir copias de tal material junto con el trabajo enviado. Con el fin de ayudar al editor a tomar una decisión sobre cómo manejar el asunto.

En aquellos casos en los que se intente llevar a cabo publicación redundante o duplicada o en los que ésta ocurra sin tal notificación. Los autores deben atenerse a que se tomen acciones editoriales, por lo menos el rechazo fulminante del manuscrito enviado.

Si el editor no tiene conocimiento de las violaciones a esta norma, pero el artículo ya fue publicado. Se publicará en una edición posterior de la revista una nota con respecto a la publicación redundante o duplicada con o sin la aprobación o una nota aclaratoria por parte del autor.

La difusión preliminar, por lo general a los medios de información pública. De la información científica contenida en un manuscrito que ya ha sido aceptado. Para publicación pero que aún no ha sido publicado viola las normas de muchas revistas.

En algunos pocos casos y sólo mediante un arreglo previo con el editor. Es posible aceptar la difusión preliminar de datos científicos, como por ejemplo si se trata de una emergencia en salud pública.

Publicaciones secundarias aceptables

Las publicaciones secundarias son justificables y pueden ser benéficas, en el mismo o en otro idioma y especialmente en otros países. Siempre y cuando se reúnan las siguientes condiciones:

  • Los autores deben haber recibido aprobación de los editores de ambas revistas. El editor encargado de la publicación secundaria debe tener una fotocopia, un reimpreso o el manuscrito de la versión original.
  • La prioridad de la publicación original debe ser respetada por un intervalo de publicación de al menos una semana (a menos que, específicamente, se lleve a cabo una negociación diferente entre ambos editores).
  • El material para publicación secundaria debe estar dirigido a un grupo diferente de lectores y, en tal caso, podría ser suficiente una versión abreviada.
  • La versión secundaria debe reflejar de manera fidedigna los datos y las interpretaciones de la versión original.
  • En el pie de página de la página del título de la versión secundaria se debe informar a los lectores y a las agencias de documentación que el artículo ya ha sido publicado íntegra o parcialmente en otra revista. Y se debe, así mismo, consignar la referencia primaria. Un posible pie de página diría: “Este artículo se basa en un estudio ya publicado en (título de la revista con referencias completas)”.

El permiso para tal publicación secundaria debe ser libre de costos.

Protección del derecho de los pacientes a la privacidad

Los pacientes tienen derecho a la privacidad y esta norma no debe ser infringida sin su consentimiento informado.

No se debe publicar información que permita identificar a los pacientes en descripciones escritas, fotografías y árboles genealógicos. A menos que la información sea esencial para los propósitos científicos y el paciente (o el padre o el guardia legal) autorice por escrito su publicación.

El consentimiento informado requiere, en este sentido, que el paciente vea el manuscrito tal como va a ser publicado.

Se deben omitir todos los detalles que permitan identificar al paciente si no son esenciales. Pero los datos del paciente nunca deben ser alterados o falsificados en un intento por mantener el anonimato.

El anonimato completo es difícil de conseguir, y si existen dudas, debe obtenerse consentimiento del paciente.

Por ejemplo,la costumbre de enmascarar la región de los ojos en las fotografías de los pacientes es un método inadecuado de protección del anonimato.

El requisito del consentimiento informado debe ser incluido en la revista en las instrucciones a los autores y cuando se obtenga el consentimiento informado se debe indicar dicha circunstancia en el artículo publicado

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