Declaración del Consejo Técnico Nacional de Enfermería

“Sobre el Deterioro de las Condiciones Laborales del Profesional de Enfermería en Colombia”

STATEMENT BY THE NATIONAL TECHNICAL NURSING COUNCIL ON “DETERIORATION OF THE WORKING CONDITIONS OF THE PROFESSIONAL NURSE IN COLOMBIA”
MAYO 20 DE 2010

Rosaura Cortes de Téllez*, Alba Lucía Ramírez R.**,
María del Pilar Restrepo*, Blanca Cecilia Vargas G**(1)

Teniendo como referencia la revisión bibliográfica rea­lizada sobre las condiciones laborales del Profesio­nal de Enfermería en Colombia, que repercuten en la prestación de los servicios, en el cuidado de la persona, la familia y la comunidad, y en su crecimiento personal y profesional (documento publicado en Actualizaciones de Enfermería 2010;13(3):28-34); el Consejo Técnico Nacional de Enfermería –CTNE- evidencia las siguientes condiciones que contribuyen al deterioro del ejercicio de los profesio­nales de Enfermería:

• No hay un adecuado reconocimiento del papel funda­mental que cumplen los servicios de enfermería en el sistema de salud, a pesar de que esta profesión tiene el perfil ocupacional con menor nivel de sustitución en el conjunto de profesiones del área de la salud en Co­lombia.

• El desempeño del profesional de enfermería está de­terminado por la prevalencia en el sistema de salud, de enfoques basados en la enfermedad y en aspectos cu­rativos, en desmedro de la promoción de la salud y de la prevención de la enfermedad.

• Predominio institucional del rendimiento financiero sobre la calidad de los servicios. Los recursos finan­cieros no están alineados con los objetivos y necesida­des de salud de la población.

• Aunque en el país, la disponibilidad de profesionales de Enfermería y la relación enfermera/médico por cada 100.000 habitantes, indican que se requiere profesio­nales de Enfermería; resulta paradójico que su remu­neración sea baja respecto a la de otras profesiones, y que exista desempleo; situación que obliga a identificar las causas y a generar acciones para avanzar en solu­ciones concretas

• No existe información suficiente ni mecanismos de pros­pectiva que permitan la autorregulación, de las insti­tuciones educativas y de las prestadoras de servicio de salud, frente a la necesidad de profesionales de enfer­mería del país, según las características de salud de la población y del Sistema de Salud. Tampoco se tiene información precisa sobre la migración de enfermeras, los factores que la motivan, las condiciones de trabajo en el país receptor, la cantidad de migrantes, y su im­pacto frente a las necesidades del país.

• Inexistencia de estándares que regulen la proporción de profesionales de Enfermería por pacientes o sujetos de cuidado, según áreas de desempeño, complejidad de la situación de salud de las personas, servicios y com­plejidad de los mismos, y la proporción de enfermeros por auxiliares de enfermería; que garanticen la calidad de la atención en salud, y las condiciones adecuadas para el desempeño laboral.

• Predominio del nivel auxiliar en la fuerza de trabajo de enfermería, y existencia de niveles de formación dife­rentes a los aprobados; situación que ha causado asig­nación inadecuada de funciones e incluso sustitución profesional – contratación adversa. Esta situación afec­ta las condiciones laborales e ingresos de los profesio­nales de enfermería e impacta negativamente la calidad de la atención en salud.

• Distorsión del perfil ocupacional de las enfermeras por la delegación progresiva de funciones de carácter ad­ministrativo, lo cual reduce el tiempo para asumir la esencia de su rol profesional, es decir, el cuidado de la vida y de la salud de las personas.

• Precarización de las condiciones laborales de los pro­fesionales de enfermería determinada por flexibiliza­ción laboral, tercerización de los servicios de salud, baja remuneración, reestructuración institucional especial­mente del sector público; ocasionando inestabilidad la­boral, deterioro de la seguridad social, y desconocimien­to del ejercicio de la libre asocia­ción y negociación.

• Presencia de factores que afectan las condiciones laborales para el ejercicio adecuado de la profesión, como: sobrecarga laboral, jornadas de trabajo extensas, cambios y ro­taciones frecuentes del sitio de tra­bajo, limitaciones en materiales, in­sumos e infraestructura, exposición a riesgos ergonómicos, biológicos, físicos, y psicológicos; que pueden afectar la seguridad propia y la de los sujetos de cuidado, incidiendo en la calidad del cuidado.

• Las instituciones de salud donde se desempeñan los profesionales de enfermería, por lo general, no ofrecen oportunidades y facilida­des requeridas para su formación continuada y posgraduada, en des­medro de la calidad de los servicios y de su desarrollo personal y pro­fesional. De igual forma se eviden­cia que no hay un adecuado reco­nocimiento, salarial ni profesional, de la formación post-graduada.

• Bajo apoyo institucional a la inves­tigación, la cual es requerida en las áreas disciplinar y profesional.

Ante esta realidad, El Consejo Técni­co Nacional de Enfermería considera necesario y prioritario, reafirmar la im­portancia de preservar los derechos laborales de los profesionales de en­fermería y eliminar las condiciones que deterioran el ejercicio profesional, te­niendo en cuenta que el cuidado de la vida y de la salud, por ser un dere­cho fundamental de la población, exi­ge que todas las personas reciban los cuidados comprensivos, culturalmen­te adaptados, seguros, y científicamen­te fundamentados, que ofrece el pro­fesional de enfermería; razón por la cual formula las siguientes recomen­daciones:

1. Promover el reconocimiento del cuidado de enfermería como la contribución esencial y particular del Profesional de Enfermería, para mantener y preservar la salud de las personas y de las comunidades, el funcionamiento eficaz del siste­ma y de los servicios de salud, y alcanzar las metas y objetivos de salud.

2. Instar a los empleadores de los Pro­fesionales de enfermería para que se cumpla con el derecho funda­mental al trabajo en condicione dignas, justas, y seguras; en pro­cura del mejoramiento de la pres­tación de los servicios de salud y del cuidado, y de las condiciones laborales; como está consagrado en la Constitución Política Nacio­nal, los Convenios internacionales de la OIT, y las leyes laborales y de Enfermería.

3. Reconocer el Cuidado de Enferme­ría como un servicio esencial y per­manente para asegurar la calidad de la atención en los servicios de salud, por lo cual la vinculación del Profesional de Enfermería debe ase­gurar su estabilidad, permanencia y formación continua, bajo condi­ciones laborales adecuadas y en­tornos de trabajo seguros; con “un escalafón salarial, que tenga como base una remuneración equitativa, vital y dinámica, proporcional a la jerarquía científica, calidad, respon­sabilidad, y condiciones de trabajo que su ejercicio demanda”, como lo establece el artículo 21, numeral 9, de la Ley 266 de 1996 que re­gula su ejercicio en Colombia.

4. Aunar esfuerzos para lograr la ra­tificación del Convenio 149 de 1977 en concordancia con la Resolución 157 de 1977, de la Organización In­ternacional del Trabajo –OIT-, que hace referencia al empleo y a las condiciones de trabajo y de vida del personal de enfermería.

5. Trabajar conjuntamente con el Mi­nisterio de la Protección Social para desarrollar las resoluciones ema­nadas por la Asamblea Mundial de la Salud: WHA 42.27, WHA 45.5, WHA 491, WHA 54.12; referidas al fortalecimiento de la Enfermería y la Partería, reconociendo su con­tribución esencial a los sistemas de salud, a la salud de las personas, y a los esfuerzos por alcanzar los Objetivos del Milenio.

6. Promover entre los Profesionales de Enfermería el conocimiento y ejercicio de sus derechos y debe­res laborales, y de libre asociación; establecidos en las leyes naciona­les y en los convenios y recomen­daciones internacionales.

7. Instar a la apertura de espacios de participación y negociación colec­tiva que contribuyan a garantizar las condiciones laborales de la Pro­fesión de Enfermería.

8. Acompañar, como organizaciones de Enfermería, las acciones indivi­duales y colectivas orientadas a preservar los derechos laborales de los Profesionales de Enfermería.

9. Concertar criterios para determinar la asignación adecuada de personal profesional y auxiliar de enferme­ría, requerido para asegurar la ca­lidad y cobertura del cuidado de enfermería.

10. Caracterizar la migración de enfer­meras de Colombia, para estable­cer mecanismos que favorezcan su retención, como respuesta a la ne­cesidad de este recurso en el país.

11.Adoptar procesos de educación continua y de formación avanza­da, que contribuyan al mejoramien­to del cuidado y al crecimiento personal y profesional, con inciden­cia en el reconocimiento salarial, y en la ubicación laboral.

12. Integrar y apoyar, desde la docen­cia y la asistencia, procesos inves­tigativos que contribuyan al creci­miento en la disciplina profesional, a mejorar los servicios, y a respon­der a las necesidades de la pobla­ción.

Para el logro de estos propósitos y en función de las recomendaciones de­claradas se proponen las siguientes LINEAS DE ACCION, frente a las cua­les se definirán las acciones y respon­sabilidades de todos los actores que intervienen en el desarrollo de la pro­fesión de Enfermería en Colombia:

• Reconocimiento del cuidado de en­fermería como servicio esencial
• Promoción del trabajo digno
• Fortalecimiento de la calidad del servicio de enfermería.


* Enfermeras, Representantes de la Asociación Colombiana de Facultades de Enfermería ACOFAEN.
** Enfermeras, Representantes de la Asociación Nacional de Enfermeras de Colombia ANEC.
Correspondencia: rcortes@javeriana.edu.co
aramirez@areandina.edu.co
mrestre@unicauca.edu.co
vargas.blanca@gmail.com
consejotecniconaldeenfermeria@yahoo.es
Recibido: junio de 2010
Aceptado para publicación: junio de 2010
Actual. Enferm. 2010;13(3):29-30

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