Estructura del Sector Justicia
SECTOR CENTRAL
CABEZA DEL SECTOR
Artículo 1.1.1.1. El Ministerio de Justicia y del Derecho:
El Ministerio de Justicia y del Derecho tendrá como objetivo dentro del marco de sus competencias. Formular, adoptar, dirigir, coordinar y ejecutar la política pública. En materia de ordenamiento jurídico, defensa y seguridad jurídica. Drogas, acceso a la justicia formal y alternativa. Lucha contra la criminalidad, mecanismos judiciales transicionales. Prevención y control del delito, asuntos carcelarios y penitenciarios. Promoción de la cultura de la legalidad, la concordia y el respeto a los derechos. La cual se desarrollará a través de la institucionalidad que comprende el Sector Administrativo.
Además, El Ministerio de Justicia y del Derecho. Coordinará las relaciones entre la Rama Ejecutiva, la Rama Judicial, el Ministerio Público, los organismos de control y demás entidades públicas y privadas. Para el desarrollo y consolidación de la política pública en materia de justicia y del derecho.
Recomendamos leer también:
- Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho
- Régimen Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho
- Reglamentaciones del Régimen Carcelario y Penitenciario
FONDOS ESPECIALES
Artículo 1.1.2.1. Fondo de infraestructura carcelaria, FIC.
Asimismo, para la financiación y generación de la infraestructura penitenciaria y carcelaria. El Ministerio de Justicia y del Derecho contará con el Fondo de Infraestructura Carcelaria. Regulado por la Ley 55 de 1985, modificado por la Ley 66 de 1993 y demás normas que la adicionan o modifican.
Artículo 1.1.2.2. Fondo para la Lucha Contra las Drogas.
Para el fortalecimiento del sistema de justicia y de la lucha contra las drogas. El Ministerio de Justicia y del Derecho contará con un fondo o sistema especial de manejo de cuentas. Sin personería jurídica, ni estructura administrativa, ni planta de personal, de que trata el Decreto-ley 200 de 2003. Y denominado Fondo para la Lucha contra las Drogas.
El Fondo tiene por objeto exclusivo promover y financiar los planes y programas que se adelanten. En materia de fortalecimiento y promoción del Sistema de Justicia y la Lucha Antidrogas. A través de diferentes organismos del Estado.
ÓRGANOS DE ASESORIA Y COORDINACIÓN
Artículo 1.1.3.1. Órganos Internos de Asesoría y Coordinación.
Comisión de Personal de la Estructura del Sector Justicia
Comité:
Primero, Sectorial de Desarrollo Administrativo
Segundo, Institucional de Desarrollo Administrativo
Tercero, Coordinación del Sistema de Control Interno
Además, Gerencia
Y finalmente, Género
Artículo 1.1.3.2. Órganos Sectoriales de Asesoría y Coordinación
Política Criminal y Justicia Restaurativa
Consejo Nacional de Estupefacientes.
Consejo Superior de Política Criminal
Comisión de Coordinación Interinstitucional para el Control de Lavado de Activos.
Consejo Directivo del INPEC.
Consejo Directivo de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios.
Comisión Asesora para la Desmonopolización de la Acción Penal.
Comité Técnico Interinstitucional de Coordinación y seguimiento. A la ejecución de las normas penitenciarias y carcelarias aplicables en el marco de la Ley de Justicia y Paz.
Comité de Coordinación Interinstitucional de Justicia y Paz.
Comisión de Seguimiento a las Condiciones de Reclusión del Sistema Penitenciario y Carcelario
Comité de Evaluación de las Personas en Condición de Inimputabilidad
Comisión Interinstitucional contra las Bandas y Redes Criminales
Consejo Nacional de lucha contra el hurto de vehículos, partes, repuestos y modalidades conexas
Promoción de la Justicia
Comisión de seguimiento a la implementación del Código General del Código
General del Proceso
Comisión del Proceso Oral y Justicia Pronta.
Consejo Directivo de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado.
Comisión Intersectorial para la Armonización Normativa.
Comisión Intersectorial de Seguimiento al Sistema Penal Acusatorio CISPA.
Consejo Nacional de Conciliación y Acceso a la Justicia
Finalmente, el Comité Nacional de Casas de Justicia
Notariado y Registro
Consejo:
Primero, Directivo de la Superintendencia de Notariado y Registro.
Segundo, Superior de la Carrera Registral.
Tercero, Superior de la Carrera Notarial
SECTOR DESCENTRALIZADO
ENTIDADES ADSCRITAS DE LA ESTRUCTURA DEL SECTOR JUSTICIA
Artículo 1.2.1.1 Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario.
El Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, INPEC. Tiene como objeto ejercer la vigilancia, custodia, atención y tratamiento de las personas privadas de la libertad. La vigilancia y seguimiento del mecanismo de seguridad electrónica. Y de la ejecución del trabajo social no remunerado. Impuestas como consecuencia de una decisión judicial. De conformidad con las políticas establecidas por el Gobierno Nacional y el ordenamiento jurídico. En el marco de la promoción, respeto y protección de los derechos humanos.
Artículo 1.2.1.2 Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios.
La Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios – SPC. Tiene como objeto gestionar y operar el suministro de bienes y la prestación de los servicios. La infraestructura y brindar el apoyo logístico y administrativo requeridos para el adecuado funcionamiento de los servicios penitenciarios y carcelarios. A cargo del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario – INPEC.
Artículo 1.2.1.3 Unidad Administrativa Especial Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado.
La Agencia tendrá como objetivo el diseño de estrategias, planes y acciones. Dirigidos a dar cumplimiento a las políticas de defensa jurídica de la Nación y del Estado definidas por el Gobierno Nacional. La formulación, evaluación y difusión de las políticas en materia de prevención de las conductas antijurídicas por parte de servidores y entidades públicas. Del daño antijurídico y la extensión de sus efectos. Y la dirección, coordinación y ejecución de las acciones que aseguren la adecuada implementación de las mismas. Para la defensa de los intereses litigiosos de la Nación.
Artículo 1.2.1.4. Superintendencia de Notariado y Registro.
La Superintendencia de Notariado y Registro. Tendrá como objetivo la orientación, inspección, vigilancia y control de los servicios públicos que prestan los Notarios y los Registradores de Instrumentos Públicos. La organización, administración, sostenimiento, vigilancia y control de las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos. Con el fin de garantizar la guarda de la fe pública , la seguridad jurídica y administración del servicio público registral inmobiliario. Para que estos servicios se desarrollen conforme a la ley y bajo los principios de eficiencia, eficacia y efectividad.
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