Normas de Conducta Militar

Ley Nº 1862 – 4 Agosto 2017

Por la Cual Se Establecen las Normas de Conducta Del Militar Colombiano y se Expide el Código Disciplinario Militar.

EL CONGRESO DE COLOMBIA

DECRETA:

Libro Primero: Normas de Conducta y Actuación Militar, Medios para Mantener y Encauzar la Disciplina.

Título Primero: Conducta y Actuación del Militar

Capítulo I Normas de Conducta Militar

Artículo 1. Deber fundamental del militar.

Es deber fundamental del militar por su honor la disposición permanente para defender a Colombia. Incluso con la entrega de la propia vida cuando sea necesario, cumpliendo la Constitución Política, las leyes y los reglamentos. Respetando los preceptos, principios, valores y virtudes inherentes a la carrera militar.

Artículo 2. Comportamiento militar. 

El militar ajustará su comportamiento a la ética, disciplina, condición, principios, valores y virtudes característicos de las Fuerzas Militares.

Parágrafo.

La formación en ética militar es obligatoria y corresponde al Comando General de las Fuerzas Militares. Liderar, orientar y desarrollar planes de formación permanente. Programas de capacitación, actualización y profundización en ética militar.

Recomendamos leer también:

  1. Normas de Actuación Militar
  2. Normas Militares de Conducta en el Ejercicio del Mando
  3. De los Estímulos, Normas de Conducta y Actuación Militar

Artículo 3. Disciplina dentro de las Normas de Conducta Militar.

Es el conjunto de normas de conducta que el militar debe observar en el ejercicio de su carrera. Condición esencial para la existencia de las Fuerzas Militares.

Es el factor de cohesión que obliga a mandar con responsabilidad y a obedecer lo mandado. Será practicada y exigida en las Fuerzas Militares como regla de actuación. Tiene su expresión colectiva en el acatamiento a la Constitución y su manifestación individual en el cumplimiento de las órdenes recibidas. Contrarresta los efectos disolventes de la lucha.

Asimismo, crea íntima cohesión y permite al superior exigir y obtener del subalterno que las órdenes sean ejecutadas con exactitud y sin vacilación. Además, implica la observancia de las normas y órdenes que consagra el deber profesional.

Artículo 4. Condición del militar.

Atributo del militar que le permite desempeñarse y comportarse ceñido a principios, valores y virtudes, propios de su ética. Que le permiten ser líder y conseguir la máxima eficacia en su acción.

Artículo 5. Principios de la condición militar.

La condición del militar se sustenta en el acatamiento de la Constitución y las leyes. La total convicción por el respeto de la dignidad humana, la transparencia, veracidad y efectividad de sus actos. La unión, el mejoramiento continuo y la búsqueda de cooperación e integración interinstitucional.

Artículo 6. Valores militares.

Se constituyen en el conjunto de creencias construidas en forma colectiva que sustentan la organización y actividades que adelantan las Fuerzas Militares. Son valores, entre otros, los siguientes y se entienden así:

1. Honestidad:

Primero, actuar con rectitud, sinceridad, transparencia y legalidad. Cumplimiento espontáneo y estricto de los deberes y obligaciones militares.

2. Veracidad:

La palabra del militar debe ser veraz para inspirar confianza en superiores, compañeros, subalternos.

3. Solidaridad:

Actuaciones humanitarias ante situaciones que pongan en peligro la vida, la paz, el orden y la seguridad de los colombianos, fomentando la cooperación ciudadana.

4. Justicia:

También, reconocer a cada uno lo suyo, lo que le corresponde según sus derechos, sus aportes o sus méritos.

5. Responsabilidad:

Asumir o aceptar las consecuencias de nuestros actos libres y conscientes; es cumplir con los deberes.

6. Compañerismo:

Prestar la ayuda y colaboración espontánea a superiores, compañeros y subalternos. Prescindiendo del egoísmo personal, para conseguir el entendimiento indispensable entre quienes comparten la vida militar.

7. Compromiso:

Conocer y cumplir con empeño, profesionalismo y sentido de pertenencia: Ios deberes y obligaciones.

8. Valentía:

Actuar con coraje, arrojo, intrepidez y prudencia en cada situación que sea necesario.

9. Honor:

Característica del militar que lo hace consistente con la esencia de su ser. Y de los principios, valores y virtudes que ha prometido defender, respetar y acatar.

10. Obediencia:

Cumplir la voluntad de quien manda.

11. Servicio:

Satisfacer las necesidades de la comunidad en los fines que la Constitución y la ley ha establecido.

12. Disciplina:

Cumplir con las normas y órdenes establecidas, reconociendo la autoridad.

13. Familia:

El equilibrio en las relaciones familiares satisface las necesidades básicas del militar de sentirse protegido, también amado y confiado para encontrar la realización personal e institucional.

14. Seguridad:

Además, actuar con conciencia del riesgo tomando las medidas necesarias para mitigarlo y cumplir la misión con las menores pérdidas posibles.

15. Mística:

Grado máximo de perfección y conocimiento del servicio militar, consagración total a la institución.

16. Abnegación:

Renuncia voluntaria a todas las pasiones, comodidades y gustos, cuando quiera que ellas se interpongan al cumplimiento del deber.

17. Espíritu de cuerpo:

Devoción que se profesa a la institución militar, que obliga a que todas las actividades que se desarrollen busquen aumentar su prestigio y buen nombre.

18. Espíritu militar:

Convencimiento sobre la nobleza de la profesión de las armas decisión irrevocable de servir en ella consagradamente con entusiasmo y sano orgullo. Por lo mismo, renuncia a toda actividad que pueda perjudicar los asuntos del servicio.

19. Lealtad:

Consiste en la firmeza de sentimiento, no traicionando la confianza depositada por superiores, compañeros y subalternos.

20. Control:

Supervisión permanente de las órdenes y deberes.

21. Disciplina de cuerpo:

Pleno acatamiento a las órdenes y deberes impartidos para alcanzar los fines de la Institución militar.

22. Cortesía militar:

Reglas protocolarias de comportamiento militar, demostrado en la atención, respeto o afecto hacia superiores, compañeros y subalternos. El saludo es la manifestación de cortesía más importante por cuanto es la más evidente y la más empleada. La forma correcta y enérgica del saludo distingue al militar.

El saludo tiene dos objetos, el reconocimiento entre los miembros de la organización militar y la indicación de respeto por la autoridad. Por esta razón, el saludo no es un serial de servilismo, es una indicación de que aquellos que lo rinden conocen la disciplina y la cortesía militar.

El saludo militar es realizado entre militares en servicio activo de acuerdo con la reglamentación existente o que se establezca.

Artículo 7. Virtudes militares.

Constituye virtud militar la disposición para hacer lo que es bueno y aceptado institucionalmente en la carrera de las armas; son entre otras las siguientes y se entenderán así:

1. Prudencia:

Primero, discernir y distinguir lo que es bueno o malo, para seguirlo o apartarse de ello.

2. Templanza:

Segundo, moderar la inclinación a los intereses o gustos, conteniéndola dentro de los límites de la razón y del servicio.

3. Fortaleza:

Tercero, soportar factores adversos, persistir en el empeño, acometer retos y perseverar en los buenos propósitos y en la práctica de principios, valores y virtudes.

4. Iniciativa:

Además, tomar o proponer acciones para mejorar la calidad o prestación del servicio.

5. Comunicación:

Intercambio de información, opiniones o sentimientos mediante habla, escritura u otro tipo de señales. La comunicación dentro de las Fuerzas Militares adquiere un carácter jerárquico, basado en órdenes y mandatos y aceptación de políticas. Por esta razón destaca la importancia de la persona, facilita el control y promueve la cooperación entre comandantes y subalternos.

6. Respeto:

También, guardar y garantizar la dignidad de la persona y el crédito o prestigio de la Institución.

7. Ejemplo:

Comportamiento intachable e irreprochable, tanto en su conducta profesional como personal.

8. Constancia:

Firmeza y fortaleza de ánimo en las resoluciones y en los propósitos. Las dificultades deben inspirar diligencia, mas no producir abatimiento.

9. Liderazgo:

Asimismo, ser estratega, un organizador y un ejecutor que debe marcar su desempeño y comportamiento. En el conjunto de principios, valores y virtudes que se consagran en esta ley.

Artículo 8. Probidad militar.

Toda actuación de los miembros de las Fuerzas Militares debe ajustarse a la disciplina, principios, valores y virtudes militares que hacen parte de la condición militar.

Artículo 9. La orden militar.

Es la manifestación externa del superior con autoridad que se debe obedecer, observar y ejecutar. Por lo mismo, la orden debe ser legítima, lógica, oportuna, clara, precisa, concisa y relacionada con el servicio o función.

Artículo 10. Orden ilegítima.

La orden es ilegítima cuando excede los límites de la competencia o conduce manifiestamente a la violación de la Constitución Política. La ley, las normas institucionales o las órdenes legítimas superiores. Si la orden es ilegítima, el subalterno no está obligado a obedecerla.

Finalmente, en caso de hacerlo la responsabilidad recaerá sobre el superior que emite la orden y el subalterno que la cumple o ejecuta.

Artículo 11. Oportunidad de la orden.

Las órdenes deben cumplirse en el tiempo y del modo indicado por el superior. Cuando al ejecutar la orden aparecieren circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito que modificaren el tiempo o el modo previstos para su ejecución. Su cumplimiento puede ser dilatado o modificado. Siempre que no pudiere consultarse al superior, a quien se comunicará la decisión tomada tan pronto como fuere posible.

Artículo 12. Conducto regular.

Es un procedimiento que permite acceder en forma ágil a las líneas jerárquicas de la institución para exponer ante el inmediato superior de manera verbal o escrita asuntos del servicio o personales que afecten el mismo, con el propósito que les sean resueltos. Por lo tanto, en caso que la solicitud sea negativa o desfavorable podrá acudir ante el inmediato superior de este.

Artículo 13. Restablecimiento del conducto regular.

Cuando un subalterno reciba directamente una orden, instrucción o consigna de una instancia superior a su comandante. Deberá cumplirla, quedando obligado a informar inmediatamente a este último.

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VER 5 comentarios

  1. Torai dice:

    Cual de todas las conductas son las peores?

    Y la conducta sobresaliente que tipo de conducta es?

  2. CS FIGUEROA dice:

    Bogotá Agosto de 2020
    Excelente normas de Conducta MILITAR, pero a mí me las han vulnerado todas, desde el registró MILITAR hasta las normas sancionatorios.

  3. adalberto naranjo dice:

    necesito el duplicado de mi conducta militar

    1. Diana Rueda dice:

      Adalberto este es un portal de información, debes consultar directamente. Feliz día!

  4. Alexander dice:

    Es muy buena esta ley