Reglamentación cautelar y supervisión de las instituciones financieras

reglamentación cautelar

Con el fin de reforzar la estabilidad del sector financiero; toda institución financiera que realice actividades de intermediación financiera y gestione riesgos; necesita reglamentación cautelar y supervisión adecuada; reglamentación cautelar y la supervisión; son especialmente importantes en el caso de los bancos.

Puesto que la quiebra de una o varias instituciones puede ocasionar una crisis sistémica debido a la pérdida de confianza y provocar una retirada súbita y masiva de los depósitos de los bancos.

Esto, a su vez, puede socavar la estabilidad macroeconómica y la actividad económica.

La existencia de una reglamentación cautelar y una supervisión adecuadas reviste particular importancia en los mercados financieros abiertos. La interdependencia entre la estabilidad macroeconómica y la estabilidad financiera aumenta en un entorno liberalizado.

Al mismo tiempo, la competencia erosiona las rentas que antes ayudaban al sector a absorber los errores de gestión o de política. Con un comercio de servicios financieros liberalizado, una supervisión eficaz ayuda a mejorar el gobierno de las instituciones financieras y a detectar los problemas en sus comienzos.

Ello permite que se adopten medidas correctivas en el momento más oportuno; con lo que se reduce la probabilidad de que al sector financiero se le planteen dificultades y se limita; en su caso, la magnitud de esas dificultades.

Son muchos los estudios en los que se ha llegado a la conclusión de que la existencia de una reglamentación cautelar y una supervisión adecuadas aumenta la estabilidad del sistema financiero. (Goldstein y Turner, 1996; Caprio y Klingebiel, 1996; UNCTAD, 1996).

No obstante, la experiencia demuestra también que la existencia de normas apropiadas no es por sí sola suficiente: deben también aplicarse con eficacia. Puede hacerse una interesante comparación entre Dinamarca y los demás países escandinavos. Los cuatro países siguieron na evolución macroeconómica similar en los últimos años del decenio de 1980.

La adhesión a principios básicos encaminados a una supervisión eficaz coloca a la liberalización en el buen camino.

Una buena supervisión, acompañada de normas cautelares rigurosas y aplicadas eficazmente, impidió que se produjera una crisis en Dinamarca; pero las deficiencias existentes en esta esfera en Finlandia, Noruega y Suecia contribuyeron a que el sector financiero se viera en dificultades a principios del decenio de 1990. (Edey y Hviding, 1995).

La mejora de la reglamentación cautelar y la supervisión (junto con reformas estructurales y macroeconómicas) ha sido de importancia crucial para resolver las dificultades del sector financiero en muchos países (recuadro 5).

Se han elaborado una serie de principios básicos (los llamados «principios de Basilea») para promover una eficaz supervisión bancaria.18 El Comité de Supervisión Bancaria (Comité de Basilea) ha sido de gran proponen normas mínimas para la concesión de licencias, la transferencia de propiedad y la liquidación.

Sugieren también prescripciones y normas cautelares, métodos de supervisión y prescripciones en materia de información y divulgación tanto en lo que se refiere a las actividades internas como a las transfronterizas. Aunque los principios se han adaptado a los bancos, son básicamente aplicables a todos los tipos de instituciones financieras.19

Los principios básicos tienen el beneplácito de muchos gobiernos y bancos centrales de países industrializados y países en desarrollo. Son también totalmente compatibles con las obligaciones y compromisos multilaterales.

Una supervisión internacional basada en los mercados puede complementar la supervisión gubernamental (véase también Banco de Pagos Internacionales, 1996, 1997 y 1997b; y Crockett, 1996).

La existencia de normas adecuadas de entrada y salida aumenta la solidez del sector financiero

Las normas en materia de licencias, transferencia de propiedad y quiebra son muy importantes para mantener a las empresas incompetentes fuera del sector financiero. Si los bancos no reciben la debida licencia o no pueden abandonar sus actividades, es probable que surjan instituciones deficientes.

Ello puede crear un problema de «riesgo moral»; para proteger a los depositantes, los gobiernos se ven tentados a sacar de apuros a las instituciones, lo que a su vez puede animar a éstas a descuidar la vigilancia en sus actividades.

Las normas en materia de licencias deben permitir a las autoridades de supervisión denegar la entrada en el mercado a candidatos potencialmente deficientes. El Comité de Basilea es partidario de que, al considerar las solicitudes de licencia se realice un examen riguroso de la idoneidad, solvencia financiera, estructura jurídica y operativa, y competencia e integridad en materia de gestión bancaria del solicitante.

Cuando se trate de solicitudes presentadas por bancos extranjeros deberá obtenerse información adecuada y autorización previa de la autoridad de supervisión del país de origen. Las autoridades de supervisión deberán poder impedir la transferencia de bancos con licencia a accionistas inadecuados. Por otra parte, las adquisiciones e inversiones importantes no deberán exponer a un banco a riesgos indebidos.

Si los bancos u otras instituciones financieras se hallan en dificultades; debe ordenarse la aplicación de medidas correctivas o, en el peor de los casos, la liquidación.

Las autoridades de supervisión deben poder solicitar la aplicación de medidas correctivas que protejan a los depositantes y acreedores. Si las medidas y reformas internas no tienen éxito y la institución no es ya viable; las autoridades de supervisión han de poder exigir la absorción, fusión o cierre definitivo de la institución.

La existencia de normas cautelares y la divulgación de información deberán fomentar una «buena» banca

Las normas cautelares ayudan a las instituciones financieras a medir y administrar su exposición al riesgo. Para medir esa exposición se ha elaborado una serie de importantes normas e indicadores. La norma más conocida es el coeficiente mínimo de suficiencia de capital del 8 por ciento; recomendado por el Comité de Basilea.

Muchos observadores argumentan, sin embargo; que ese oeficiente debería ser mucho más elevado en algunos países en desarrollo con altos niveles de volatilidad del mercado e inseguridad política (Goldstein, 1997).

En el cuadro 7 se muestra que los coeficientes mínimos de suficiencia de capital suelen ser del 8 por ciento o superiores

Cabe señalar; que los coeficientes de capital reales basados en los riesgos exceden considerablemente del nivel del 8 por ciento en muchos países industrializados y países en desarrollo; y llegan a ser de cerca del 20 por ciento en la Argentina o Singapur.

Coeficiente de capital de los bancos, exigidos y reales


18 Los principios de Basilea son normas mínimas de aplicación voluntaria que permiten una gran diversidad. Es posible adaptarlos para que se ajusten a las circunstancias de un país y permitan cierto grado de experimentación sobre «lo que funciona mejor» (Lewis, 1993). En White (1996) se examinan los pros y los contras de la regulación internacional frente al reconocimiento mutuo o «competencia reguladora». 19 La Organización Internacional de Comisiones de Valores (OICV) y la Asociación Internacional de Supervisores de Seguros están realizando esfuerzos análogos en las esferas de los valores y los seguros.

Recuadro 5. Cinco estudios de casos prácticos de crisis bancaria y reformaEn los dos últimos decenios son muchos los países, en todas las etapas de desarrollo, que han sufrido crisis del sector financiero. La causa de esas dificultades no ha sido la liberalización en sí misma, pero a veces las ha agravado. La culpa suele ser de un marco de política inadecuado: gestión macroeconómica mediocre, excesivas intervenciones gubernamentales, una supervisión cautelar ineficaz, o una combinación de estos factores.

A veces, las conmociones exteriores agravan la crisis. Sin embargo, muchos países han superado sus dificultades y han estabilizado su sistema financiero mediante la aplicación de buenas políticas.a) Chile (1981-1983). Las políticas macroeconómicas, acompañadas de una supervisión inadecuada, facilitaron la rápida expansión del crédito y una excesiva adopción de riesgos por las instituciones financieras tras la liberalización financiera que tuvo lugar en el decenio de 1970.

Una gran proporción de los créditos fue a parar a empresas subcapitalizadas y muy endeudadas. El rápido crecimiento del crédito hizo también que aumentaran los precios de los valores y los activos entre 1977 y 1981.

Hacia finales de este período la fuerte apreciación del tipo de cambio efectivo real y los elevados tipos de interés empezaron a socavar la capacidad del sector privado para reembolsar su deuda.

Cuando surgió la crisis de la deuda en 1981, aumentaron los tipos de interés mundiales, se derrumbaron los precios del cobre, descendieron las entradas de capital y bajaron los precios de los activos.

La economía se hundió en una profunda recesión y se desencadenó una crisis financiera.

El gobierno ayudó a los bancos en dificultades con subvenciones y recapitalizaciones, y liquidó tres de ellos. Las mejoras introducidas en la reglamentación cautelar y la supervisión incluyeron una clasificación de riesgos y un sistema de alerta inmediata para la adopción de normas cautelares, una nueva ley bancaria y un sistema racionalizado de seguro de los depósitos. Actualmente existe en Chile un sistema financiero abierto y estable que ha contribuido considerablemente a su éxito económico.

b) Estonia (1992-1994). Las liberales políticas de concesión de licencias aplicadas tras la independencia de Estonia permitieron la proliferación de bancos comerciales sin capital apropiado ni personal calificado, que tampoco contaban con métodos de contabilidad o procedimientos de control internos. La falta de disciplina de mercado y de una supervisión ancaria efectiva en el nuevo entorno económico aumentó las posibilidades de adopción de riesgos, malas políticas crediticias y fraude.

La primera crisis, que se produjo en 1992, tuvo hasta cierto punto raíces externas, ya que los activos de los dos principales bancos de Estonia quedaron bloqueados en el extranjero. En 1994 el derrumbamiento del segundo principal banco de Estonia provocó otra crisis. El gobierno respondió de manera terminante.

Se consolidó el sector bancario con una mezcla de liquidaciones, fusiones y limitadas operaciones de rescate. Con el fin de restablecer la confianza del público en el sistema bancario, los depositantes recibieron cierta compensación y se reforzó la capacidad de supervisión y aplicación de las disciplinas.

c) Ghana (1983-1989). La intervención del gobierno en forma de tipos de interés reales negativos, controles crediticios y concesión de créditos con fines políticos había venido creando una seria represión financiera y una situación de desintermediación en el sistema bancario hasta el decenio de 1980. Las graves deficiencias de la legislación bancaria y la capacidad de supervisión contribuyeron a la acumulación de créditos fallidos y pérdidas bancarias.

La inestabilidad macroeconómica y la debilidad de los precios de exportación ejercieron presión sobre el sector empresarial y también, indirectamente, sobre el sistema financiero. Con ayuda del Banco Mundial y de otras fuentes, se reestructuraron bancos con dificultades financieras. Los bancos adoptaron nuevos sistemas cautelares en materia de presentación de informes y nuevas normas de contabilidad, con inclusión de normas de auditoría internacionalmente aceptadas para las auditorías externas.

Se restableció la estabilidad macroeconómica mediante la reducción del déficit del sector público y el endurecimiento de las políticas monetarias, lo que contribuyó a reducir la inflación.

d) Malasia (1985-1988). Malasia registró un considerable auge de capital y activos en la primera mitad del decenio de 1980. Los grandes déficit fiscales y las restricciones monetarias ejercieron presión sobre los tipos de interés reales y el tipo de cambio. Cuando la «burbuja» de los precios de los activos estalló en 1985, el sector financiero sufrió graves pérdidas, los créditos morosos aumentaron muy por encima de la reserva para fallidos, y una serie de instituciones financieras se declararon insolventes.

La debilidad de la gestión y los controles internos había encubierto antes la magnitud del problema. El descenso de los precios de exportación y el aumento de los costos del servicio de la deuda resultantes de la subsiguiente devaluación agravaron las dificultades de las instituciones financieras. El gobierno respondió con la recapitalización de los bancos en dificultades. Se reforzaron sustancialmente la reglamentación cautelar y la supervisión, y el ahorro fiscal y la depreciación de la moneda contribuyeron a restablecer la estabilidad macroeconómica.

e) Países nórdicos (finales del decenio de 1980-principios del decenio de 1990). Tras la desreglamentación del sistema financiero sin un fortalecimiento adecuado del marco de reglamentación y supervisión, surgieron crisis financieras. Esto, unido a una gestión de riesgos inadecuada, incentivos fiscales y políticas de bajos intereses, se tradujo en una imprudente concesión de créditos y una «burbuja» de los precios de los activos y los bienes inmuebles.

En los tres países nórdicos los gobiernos respectivos procedieron a la recapitalización o absorción de una serie de grandes bancos, prestaron garantías, y mejoraron la gestión y los controles internos. También se reforzó el marco normativo: Noruega, por ejemplo, hizo más rigurosas las normas en materia de divulgación y la supervisión cautelar, y estableció indicadores cautelares y macroeconómicos de alarma inmediata de posibles problemas. Fuentes: De Castello Branco y otros (1996); Drees y Pazarbasioglu (1995); Flemming y otros (1996); Lindgren y otros (1996); Sheng (1996 y 1996a); Sheng y Tannor (1996); Velasco (1992).

Recuadro 6: Principios básicos de Basilea para una supervisión bancaria efectiva: función del BISEl gran número de crisis bancarias registradas tanto en países desarrollados como en países en desarrollo desde el decenio de 1980 ha inducido a los bancos centrales y otras autoridades de supervisión a mejorar la calidad de la supervisión bancaria mediante el establecimiento de normas bancarias internacionales.

El Banco de Pagos Internacionales (BIS) ha desempeñado una función fundamental en este proceso, que culminó en la adopción, por los miembros del BIS y varias otras autoridades de supervisión de países en desarrollo, de los Principios básicos de Basilea para una supervisión bancaria efectiva.El BIS fue fundado en Basilea (Suiza) en 1930, como organización financiera internacional encargada de resolver el problema de los pagos de Alemania en concepto de reparación tras la primera guerra mundial.

El BIS se convirtió en un foro donde en los decenios de 1970 y 1980 los bancos centrales examinaban y coordinaban las reglamentaciones bancarias y promovían la estabilidad financiera internacional. Como el BIS es propiedad y está bajo el control de bancos centrales, se le llama a menudo el «banco central de los bancos centrales».

Hasta hace poco el BIS tenía 32 miembros, entre los que figuraban las economías industrializadas, la mayoría de los países de Europa Oriental, Turquía y Sudáfrica. En reconocimiento de la creciente importancia de los países en desarrollo, el BIS invitó en 1996 a otros nueve bancos centrales -entre ellos los de Rusia y varias economías de Asia y América Latina- a participar como accionistas. Aparte de ser un foro de cooperación financiera internacional, el BIS es también un banco con el 7-8 por ciento de las reservas mundiales en oro y divisas en 1997.

Los gobernadores de los bancos centrales del G-10 establecieron en 1974, a raíz de las graves perturbaciones de los mercados monetarios y bancarios internacionales, el Comité de Supervisión Bancaria (Comité de Basilea). Su objetivo era formular amplias normas y directrices en materia de supervisión con el fin de cubrir las lagunas de la red de supervisión y mejorar la comprensión y la calidad de la supervisión bancaria.

Con la iniciación de la crisis de la deuda a principios del decenio de 1980, su función adquirió mayor importancia. En 1983 el Comité de Basilea publicó el Concordato de Basilea sobre la manera de dividir la responsabilidad de supervisión con respecto a los bancos cuyas actividades atraviesan fronteras nacionales. Para el año 1988 estableció normas (voluntarias) en materia de suficiencia de capital, conocidas por el nombre de «coeficientes de capital de Basilea» o «Acuerdo de Basilea». En 1992 se elaboró una primera serie de normas mínimas de supervisión transfronteriza.

En octubre de 1996 el Comité de Basilea y el Grupo Extraterritorial de Autoridades de Supervisión Bancaria (en el que figuran autoridades de supervisión de importantes centros extraterritoriales) publicaron un informe sobre la supervisión de los servicios bancarios transfronterizos. Contiene 29 recomendaciones para mejorar la supervisión de los bancos que operan más allá de sus fronteras nacionales por las autoridades bancarias del país de origen y del país huésped.

El informe (que se basa en las normas mínimas de 1992) trata, en particular, de la necesidad de que las autoridades de supervisión del país de origen tengan pleno acceso a la información pertinente. Establece procedimientos para la realización de inspecciones transfronterizas por las autoridades de supervisión del país de origen en sucursales o filiales de bancos con sede en su país de jurisdicción.

Además, el informe está encaminado a aumentar la eficacia de la supervisión por el país de origen y el país huésped de todas las operaciones bancarias transfronterizas. Contiene también recomendaciones para determinar la eficacia de la supervisión por el país de origen, vigilar las normas de supervisión de los países huésped y hacer frente a estructuras empresariales que puedan crear lagunas en la supervisión.

En abril de 1997 el Comité de Basilea, en estrecha colaboración con las autoridades de supervisión de 15 países en desarrollo de Europa Oriental, América Latina y Asia, publicó los Principios básicos de Basilea para una supervisión bancaria efectiva. Están destinados a servir de punto de referencia básico a las autoridades competentes de todos los países en la supervisión de los bancos situados en sus jurisdicciones.

El documento establece 25 principios que representan los elementos básicos de un sistema de supervisión eficaz y que abarcan siete amplios temas: 1) condiciones previas de una supervisión bancaria eficaz; 2) régimen de licencias y estructura de las instituciones; 3) reglamentaciones y prescripciones cautelares; 4) métodos de supervisión bancaria vigentes; 5) prescripciones en materia de información; 6) facultades formales de las autoridades de supervisión; y 7) servicios bancarios transfronterizos.

Los Principios básicos son prescripciones mínimas y en muchos casos quizás necesiten el complemento de otras medidas para hacer frente a condiciones y riesgos particulares de los sistemas financieros de los distintos países. Se espera que para octubre de 1998 hayan sido adoptados por las autoridades de supervisión de todo el mundo. Fuente: Banco de Pagos Internacionales (1996, 1997a y 1997b).

Otro elemento importante de la reglamentación cautelar es la evaluación de los créditos morosos y el establecimiento de la correspondiente reserva. Ni siquiera el mejor banco puede garantizar que se atiendan plenamente todos los créditos en todo momento. Una vez descubiertos los créditos morosos, deben establecerse reservas suficientes para cubrirlos.

Sin embargo, en muchos países no existen directrices sobre cómo evaluar esos créditos y hacer la correspondiente reserva o, si existen, son confusas (Goldstein, 1997). El cuadro 8 revela que muchos países con mercados financieros relativamente desarrollados y liberales tienen un sólido coeficiente de cobertura en torno a la paridad (uno). Ello significa que la reserva cubre todos los créditos morosos identificados.20

Cobertura, mediante reserva de créditos morosos

También puede causar dificultades a las instituciones financieras el exponerse a riesgos excesivos con respecto a deudores individuales. Si el riesgo relativo a un determinado deudor es grande y ese deudor resulta insolvente, puede producirse el efecto «dominó» y traducirse en la insolvencia del propio banco.

Como consecuencia, muchos países han establecido normas por las que se limita el riesgo máximo con respecto a un deudor. Ese límite suele ser igual o inferior al 25 por ciento del capital, pero no es superior al 5 por ciento en Chile (cuadro 9).

También está restringido el crédito a partes vinculadas, por ejemplo directores o empleados del banco (el llamado «crédito vinculado»). Goldstein y Turner (1996) informan de que el «crédito vinculado » ha sido una de las razones de los problemas del sector financiero en una serie de países en desarrollo y países industrializados.

Normas sobre riesgo máximo con un prestatario

La supervisión de las instituciones transnacionales plantea especiales problemas tanto en el país de origen como en el país huésped de tales instituciones. Habitualmente, debe aplicarse la «norma del país de origen»; en virtud de la cual realiza la supervisión de las operaciones efectuadas en todo el mundo el país de registro.

Por consiguiente; la supervisión consolidada global requiere la aplicación de normas cautelares tanto a las operaciones interiores como a las operaciones exteriores de las instituciones financieras.

En el país huésped; las operaciones exteriores deben estar sujetas a inspección cautelar y prescripciones en materia de presentación de informes similares a las de las instituciones nacionales; teniendo en cuenta diferencias obvias, como que las sucursales no están constituidas en sociedad por separado.

Para que la supervisión transfronteriza sea satisfactoria; es de importancia crucial que las autoridades de supervisión del país de origen y del país huésped mantengan contactos e intercambio de información (BIS, 1996).

Dadas las especiales dificultades que planteaba la supervisión de las principales instituciones mundiales; el «Grupo de los 30» –foro de banqueros; funcionarios gubernamentales y eruditos– ha elaborado una lista de normas de supervisión destinadas especialmente a ese grupo de instituciones financieras.

Una supervisión eficaz requiere información fiable sobre las condiciones financieras de la institución de que se trate. El Comité de Basilea ha establecido una serie de prescripciones fundamentales (Banco de Pagos Internacionales, 1997b).

Entre ellas figuran la disponibilidad de informes y la publicación regular de estados financieros sobre la base de normas de contabilidad aceptadas. La información presentada debe ser «exacta, completa y oportuna».

Debe también constituir una «visión verdadera y justa de la posición financiera » (Banco de Pagos Internacionales, 1997b). Los controles internos y las auditorias externas deben facilitar la vigilancia de la exposición a riesgos.

Los sistemas de seguro de los depósitos pueden constituir una red de seguridad contra la quiebra bancaria

La quiebra de las instituciones financieras puede producirse aunque existan normas adecuadas y una supervisión eficaz. Si un banco quiebra, los depositantes pueden perder también la confianza en los demás bancos.

Ello puede provocar una reacción en cadena y afectar incluso a instituciones sólidas en condiciones normales. Un sistema de seguro de los depósitos puede ayudar a impedir esa reacción en cadena. El seguro de los depósitos tiene también el efecto secundario positivo de facilitar la posibilidad de quiebra de los bancos insolventes.

Ahora bien, el seguro de los depósitos puede causar problemas de riesgo moral. Reduce la probabilidad de que los depositantes vigilen estrechamente a sus bancos y éstos podrían asumir riesgos excesivos al debilitarse la vigilancia de los clientes.

Los sistemas de «coaseguro », que dejan cierto riesgo a los depositantes, podrían limitar ese problema. Cabe citar como ejemplos la aplicación de límites máximos a la cobertura del seguro de los depósitos; o la cobertura de tan sólo cierto porcentaje de los depósitos (por ejemplo, el 90 por ciento) (Banco de Pagos Internacionales, 1997b).21

El desarrollo de los conocimientos tecnoprácticos y la tecnología refuerza el sistema financiero

La liberalización del comercio de servicios financieros puede exigir mejor gestión y supervisión y mayor capacidad técnica. Las técnicas de alta calidad incluyen conocimientos sobre los nuevos instrumentos financieros y su efecto en el riesgo. También aumentan las prescripciones técnicas en materia de proceso electrónico de datos o sistemas de pagos electrónicos.

Los sistemas de pagos, en particular, pueden requerir actualización para facilitar la compensación y liquidación de las transacciones internacionales, en constante aumento (Johnston, 1994). En 1995/96 las transacciones diarias realizadas en todo el mundo ascendían a 6 billones de dólares EE.UU. aproximadamente (Economist, 27 de abril de 1996).

Esta cifra es superior a la del omercio mundial de bienes y servicios durante la totalidad de 1996. Las autoridades de supervisión tienen que disponer de conocimientos y medios adecuados para poder adaptar la supervisión a un nuevo entorno. La asistencia técnica internacional puede ser muy útil a este respecto, especialmente en lo que se refiere al intercambio de experiencias de los distintos países.

La vigilancia internacional basada en los mercados puede complementar la supervisión gubernamental

La vigilancia de las instituciones financieras basada en los mercados puede aumentar su estabilidad y complementar la supervisión gubernamental (Crockett, 1996). Por ejemplo, si las agencias de calificación privadas clasifican regularmente a los bancos; esa clasificación facilitará una valiosa información sobre su solvencia a los clientes y a las autoridades de supervisión.

Los bancos tienen así un incentivo para mejorar sus resultados con el fin de mantener su negocio. Otro método podría ser la emisión regular de bonos por las instituciones financieras; en las que el precio de los bonos reflejara el grado de solvencia observado.

Las instituciones financieras mundiales podrían también convenir voluntariamente en la aplicación de normas más rigurosas a sus operaciones; con el fin de proteger la estabilidad del sistema financiero mundial.

Las presiones recíprocas de las propias instituciones o incluso la imposición de sanciones podrían contribuir a la observancia de esas normas. (Financial Times, 6 de junio de 1997).

La vigilancia y la asistencia internacionales tienen también efectos beneficiosos. Por ejemplo, la vigilancia por parte del FMI de la posición macroeconómica y financiera de los países miembros; y el reciente establecimiento de normas sobre divulgación de datos aumentan la transparencia. Estos mecanismos facilitan la «alerta inmediata» en caso de problemas del sector financiero.


20 Cabe señalar, sin embargo, que en algunos países el coeficiente de cobertura es considerablemente inferior a 1. Además, en algunos casos la proporción de créditos morosos comunicada es inferior a la real, con lo que se da una visión «oficial» excesivamente optimista de la constitución de reservas para créditos morosos (Goldstein, 1997).
21 En Goldstein (1997) se resumen sugerencias más complicadas. El banco central puede también ejercer la función de prestamista de última instancia en caso de que no se pueda disponer del seguro de los depósitos (Edey y Hviding, 1995).

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