Disposiciones Finales Ley 1876

Ley 1876 - Innovación Agropecuaria
Publicidad

Título IV

Artículo 46. Reglamentación

Para efectos de la implementación de la Ley 1876, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural reglamentará las materias técnicas objeto de la presente ley.

Recomendamos leer también:

Publicidad
  1. Prestación del Servicio de Extensión Agropecuaria
  2. Unidades Municipales de Asistencia Técnica Agropecuaria y Centros Provinciales de Gestión Agro Empresarial
  3. Usuarios y Prestadores del Servicio de Extensión Agropecuaria

Artículo 47.Vigencia y derogatoria de la Ley 1876

La presente Ley rige a partir de la fecha de su publicación, y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial la Ley 607 de 2000 y sus normas reglamentarias.

Publicidad
Encuesta sobre el uso de correos legales certificados. 📬📥 No le tomará más de 2 minutos ⏰

¿A qué sector pertenece su empresa o actividad principal?*

¿Con qué frecuencia utiliza servicios de correos legales certificados?*

¿Para qué tipo de comunicaciones utiliza los correos legales certificados?*

(Seleccione todas las opciones que correspondan)

¿Qué aspectos considera más importantes al elegir un proveedor de correos legales certificados?*

(Seleccione hasta 3 opciones)

¿Qué mejoras o características adicionales le gustaría que ofrecieran los servicios de correos legales certificados?*

(Seleccione todas las opciones que correspondan)

¿QUIERES DEJAR UN COMENTARIO?

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Ley 1876 - Disposiciones Finales | Sistemas Agropecuarios