Subsistema Nacional de Formación y Capacitación para la Innovación Agropecuaria

Capítulo II

Artículo 19. Subsistema Nacional de Formación y Capacitación para la Innovación Agropecuaria.

Créase el Subsistema Nacional de Formación y Capacitación para la Innovación Agropecuaria como parte integral del SNIA. Definido como el conjunto de políticas, instrumentos y actores. Así como las relaciones que estos promueven, para coordinar la planificación, implementación, financiación y evaluación de las acciones de formación y capacitación que impacten directamente el proceso de I+D+I en el sector agropecuario.

Este subsistema velará por la calidad y pertinencia de los programas de formación y capacitación dirigidos a generar competencias para la investigación, el desarrollo tecnológico, la extensión agropecuaria y la innovación. A través de la expedición de lineamientos y políticas orientadas a dichos objetivos, entre otras acciones.

Además, el Ministerio de Educación será el coordinador del Subsistema Nacional de Formación y Capacitación para la Innovación Agropecuaria. Para lo cual se articulará con los demás actores del SNIA. Principalmente con el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural a través de las instancias que se definan para ello.

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  1. Sistema de Innovación Agropecuaria
  2. Sistema Nacional de Innovación Agropecuaria
  3. Subsistema Nacional de Investigación y Desarrollo Tecnológico Agropecuario

Artículo 20. Actores del Subsistema Nacional de Formación y Capacitación para la Innovación Agropecuaria.

Serán actores del subsistema:

1. Primero, el Departamento Nacional de Planeación (DNP).

2. Segundo, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural (MADR).

3. Tercero, el Ministerio de Educación Nacional (MEN).

4. El Departamento Administrativo Nacional de Ciencia y Tecnología (Colciencias).

5. El Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena).

6. La Corporación Colombiana de Investigación Agropecuaria (Corpoica).

7. También el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA).

8. El Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior (Icetex).

9. Los colegios o asociaciones de profesionales relacionadas con el sector agropecuario.

10. Las Secretarías de Educación y Agricultura Departamentales y Municipales, o las que hagan sus veces.

11. Además las Instituciones de Educación Superior.

12. Las instituciones o entidades del Sistema Nacional de Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano (SIET) que tengan programas de educación técnica, tecnológica, profesional y de posgrado dirigidos a atender necesidades del sector agropecuario.

13. Los colegios agropecuarios que responden a la formación media técnica en este ámbito.

14. Las instituciones de educación no formal que impartan programas educativos relacionados con el sector agropecuario.

15. Las personas o entidades que desarrollen actividades de educación informal agropecuaria, según los criterios a reglamentar en la presente ley.

16. Los docentes y estudiantes de programas relacionados con el sector agropecuario y rural.

17. La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC).

18. Los demás que ejecuten acciones en el marco de este subsistema.

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