Obligaciones del Personal de Mantenimiento de la Paz, de Policía Civil, Humanitario y Diplomático

Directriz 10

La participación directa o indirecta de personal de mantenimiento de la paz, consolidación de la paz, policía civil, humanitario o diplomático en la trata de personas plantea problemas especiales.

Los Estados y las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales son responsables. Por los actos de quienes trabajan bajo su autoridad y tienen por lo tanto la obligación de adoptar medidas eficaces. Para prevenir que sus nacionales y empleados realicen actividades de trata de personas o actos conexos de explotación.

Tienen asimismo la obligación de investigar minuciosamente todas las denuncias de trata de personas o actos conexos de explotación y establecer y aplicar sanciones adecuadas a quienes sean declarados culpables de haber participado en ella.

(Lea También: Cooperación y Coordinación entre Estados y Regiones de la Trata de Personas)

Los Estados y, cuando proceda, las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales deberían considerar la posibilidad de:

  1. Cerciorarse de que los programas de capacitación previos y posteriores al despliegue. Para todo el personal de mantenimiento de la paz, consolidación de la paz, policía civil, humanitario o diplomático. Tengan debidamente en cuenta la cuestión de la trata de personas y enuncien claramente el comportamiento que se espera de él. La capacitación debe prepararse desde el punto de vista de los derechos humanos y estar a cargo de instructores con experiencia adecuada.
  2. Cerciorarse de que los procedimientos de reclutamiento, colocación y traslado (incluso para contratistas y subcontratistas privados) sean estrictos y transparentes.
  3. Cerciorarse de que el personal empleado en el contexto de misiones de mantenimiento de la paz, consolidación de la paz, policía civil, humanitarias o diplomáticas. No realicen actividades de trata de personas o actos conexos de explotación ni utilice los servicios de personas respecto de las cuales haya motivos suficientes. Para sospechar que puedan haber realizado actividades de trata de personas. Esta obligación comprende también la complicidad en la trata de personas mediante la corrupción o la asociación a una persona o un grupo de personas. Respecto de los cuales puede haber sospechas razonables de que se dediquen a la trata de personas o a actos conexos de explotación.
  4. Formular y aprobar reglamentos y códigos de conducta especiales en que se indiquen las normas de comportamiento previstos y las consecuencias de su incumplimiento.
  5. Exigir que todo el personal empleado en el contexto de misiones de mantenimiento de la paz, consolidación de la paz, policía civil, humanitarias o diplomáticas. Denuncie los casos de trata de personas y actos conexos de explotación que lleguen a su conocimiento.
  6. Establecer mecanismos para la investigación sistemática de todas las denuncias de trata de personas y actos conexos de explotación relativas a personas empleadas. En el contexto de misiones de mantenimiento de la paz, consolidación de la paz, policía civil, humanitarias o diplomáticas.
  7. Imponer sistemáticamente las sanciones penales, civiles y administrativas que procedan al personal respecto del cual se demuestre que ha participado o ha sido cómplice en actividades de trata de personas o actos conexos de explotación.

    Las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales deberían, en los casos en que procediera. Imponer sanciones disciplinarias a sus funcionarios respecto de los cuales se determine que han participado en actividades de trata de personas. Y actos conexos de explotación además y en forma separada de las sanciones penales o de otra índole que imponga el Estado de que se trate.

    No se podrán hacer valer los privilegios e inmunidades que tenga un empleado para protegerlo de la imposición de sanciones. Por delitos graves como la trata de personas y los delitos conexos.

CLIC AQUÍ Y DÉJANOS TU COMENTARIO

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *