Mecanismo de Protección al Cesante

Normas Referentes al Empleo

Disposiciones Generales

Artículo 2.2.6.1.1.1. Objeto de reglamentación.

Este capítulo tiene como objeto la reglamentación del Mecanismo de Protección al Cesante creado por la Ley 1636 de 2013.

Específicamente en los componentes relacionados con el Servicio Público de Empleo. La capacitación para la inserción laboral y el reconocimiento de las prestaciones económicas de seguridad social.

(Lea También: Servicio Público de Empleo)

Artículo 2.2.6.1.1.2. Asignación de subsidios al desempleo.

A partir del 27 de septiembre de 2013. Las Cajas de Compensación Familiar no podrán asignar nuevos subsidios al desempleo ni microcréditos con cargo a los recursos señalados en el artículo 6° de la Ley 789 de 2002.

PARÁGRAFO.

Los beneficiarios del subsidio al desempleo que se encuentren activos al 27 de septiembre de 2013. Seguirán recibiendo el subsidio en los términos y condiciones previstos en la Ley 789 de 2002, hasta la terminación o pérdida del beneficio.

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