Modalidades de Pago del Subsidio en Especie

Artículo 2.2.7.4.5.1. El subsidio familiar en especie.

Las Cajas de Compensación Familiar, conforme al artículo 5 de la Ley 21 de 1982, podrán reconocer subsidio familiar en especie, consistente en alimentos, vestidos, becas de estudio, textos escolares, drogas y demás frutos o géneros diferentes al dinero. 

(Lea También: Recursos, Inversiones y Presupuesto de Las Cajas de Compensación Familiar )

Artículo 2.2.7.4.5.2. Forma de reconocimiento del subsidio familiar en especie.

El subsidio en especie podrá ser reconocido y entregado directamente en artículos, productos, elementos y demás bienes dispuestos en el reglamento general que adopte cada institución, o mediante órdenes para que sean entregados por terceros según los términos de la contratación efectuada por la respectiva entidad.

Las órdenes o cualquier otro medio que fuere utilizable para estos efectos, no serán redimibles en dinero, ni transferibles. 

Artículo 2.2.7.4.5.3. Modalidades del subsidio en especie.

El subsidio familiar en especie, podrá consistir en el suministro de:

  1. Medicamentos, cuando no son suministrados por otra entidad de seguridad social.
  1. Aparatos ortopédicos, prótesis y demás implementos de rehabilitación, no suministrados por otra entidad de seguridad o previsión social.
  1. Ajuares, vestidos y demás efectos relacionados con el nacimiento de los hijos de los afiliados.
  1. Leche, alimentos enriquecidos, medicamentos y demás artículos relacionados con el nacimiento de los hijos del afiliados.
  1. Textos, útiles escolares y demás material para la educación y formación de los hijos de los afiliados
  1. Semillas, abonos, vestidos de labor y elementos de trabajo para el trabajador afiliado del sector primario de la economía y sus personas a cargo
  1. Materiales de instrucción, capacitación y orientación para los adolescentes hijos de los afiliados y los demás miembros de su familia
  1. Becas, créditos y demás mecanismos para la formación y capacitación de los afiliados y las personas a su cargo.
  1. Productos o elementos que formen parte de programas de alimentación y nutrición que se organicen para las madres embarazadas, los hijos y los ancianos desprotegidos.
  1. Cursos, folletos, exámenes clínicos y de laboratorio, elementos de educación y preparación para el matrimonio de los afiliados y de las personas a cargo.
  1. Boletos de viaje, excursiones, créditos y demás aspectos relacionados con el establecimiento de la familia del afiliado o de las personas a cargo.
  1. Elementos de recreación y posibilidad de utilización de servicios sociales para el trabajador y su familia en el trabajo activo, en caso de incapacidad, vacaciones o en situaciones de retiro.
  1. Suministro de servicios y elementos funerarios, de inhumación o de cremación en caso de muerte del afiliado y de las personas a su cargo.

Artículo 2.2.7.4.5.4. Igualdad en los Subsidios en especie.

Los Subsidios en especie deberán brindarse en forma general y en igualdad de condiciones para los beneficiarios.

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