Procesos del Servicio Farmacéutico

Artículo 2.5.3.10.14 Procesos del servicio farmacéutico.

Los procesos del servicio farmacéutico se clasifican en generales y especiales:

  1. Dentro de los procesos generales se incluyen como mínimo:

Selección, adquisición, recepción y almacenamiento, distribución y dispensación de medicamentos y dispositivos médicos; participación en grupos interdisciplinarios; información y educación al paciente y la comunidad sobre uso adecuado de medicamentos y dispositivos médicos; y, destrucción o desnaturalización de medicamentos y dispositivos médicos.

  1. Pertenecen como mínimo a los procesos especiales:

Atención farmacéutica; farmacovigilancia; preparaciones: magistrales, extemporáneas, estériles; nutriciones parenterales; mezcla de medicamentos oncológicos; adecuación y ajuste de concentraciones para cumplir con las dosis prescritas; reempaque; reenvase; participación en programas relacionados con medicamentos y dispositivos médicos; realización o participación en estudios sobre el uso de medicamentos y dispositivos médicos, demanda insatisfecha, farmacoepidemiología, farmacoeconomía, uso de antibióticos, farmacia clínica y cualquier tema relacionado de interés para el paciente, el servicio farmacéutico, las autoridades y la comunidad; monitorización de medicamentos; preparaciones extemporáneas, control, dispensación y distribución de radio-fármacos; investigación clínica; y, preparación de guías para la dación o aceptación de donaciones de medicamentos y dispositivos médicos. 

Artículo 2.5.3.10.15  Características de la prescripción.

Toda prescripción de medicamentos deberá hacerse por escrito, previa evaluación del paciente y registro de sus condiciones y diagnóstico en la historia clínica, utilizando para ello la Denominación Común Internacional (nombre genérico) y cumpliendo los siguientes requisitos:

  1. Solo podrá hacerse por personal de salud debidamente autorizado de acuerdo con su competencia.

  1. La prescripción debe ser en letra clara y legible, con las indicaciones necesarias para su administración.
  1. Se hará en idioma español, en forma escrita ya sea por copia mecanográfica, medio electromagnético y/o computalizado.
  1. No podrá contener enmendaduras o tachaduras, siglas, claves, signos secretos, abreviaturas o símbolos químicos, con la excepción de las abreviaturas aprobadas por el Comité de Farmacia y Terapéutica de la Institución.
  1. La prescripción debe permitir la confrontación entre el medicamento prescrito y el medicamento dispensado (en el caso ambulatorio) y administrado (en el caso hospitalario) por parte del profesional a cargo del servicio farmacéutico y del Departamento de Enfermería o la dependencia que haga sus veces.
  1. La prescripción debe permitir la correlación de los medicamentos prescritos con el diagnóstico.
  1. La dosis de cada medicamento debe expresarse en el sistema métrico decimal y en casos especiales en unidades internacionales cuando se requiera.
  1. Cuando se trate de preparaciones magistrales, además de los requisitos de prescripción, se debe especificar claramente cada uno de los componentes con su respectiva cantidad.

Artículo 2.5.3.10.16 Contenido de la prescripción.

La prescripción del medicamento deberá realizarse en un formato el cual debe contener, como mínimo, los siguientes datos cuando estos apliquen:

  1. Nombre del prestador de servicios de salud o profesional de la salud que prescribe, dirección y número telefónico o dirección electrónica.
  2. Lugar y fecha de la prescripción.
  3. Nombre del paciente y documento de identificación.
  4. Número de la historia clínica.
  5. Tipo de usuario (contributivo, subsidiado, particular, otro).
  6. Nombre del medicamento expresado en la Denominación Común Internacional (nombre genérico).
  7. Concentración y forma farmacéutica.
  8. Vía de administración.
  9. Dosis y frecuencia de administración.
  10. Período de duración del tratamiento.
  11. Cantidad total de unidades farmacéuticas requeridas para el tratamiento, en números y letras.
  12. Indicaciones que a su juicio considere el prescriptor.
  13. Vigencia de la prescripción.
  14. Nombre y firma del prescriptor con su respectivo número de registro profesional. 

Artículo 2.5.3.10.17 Distribución de medicamentos.

La distribución física de medicamentos estará regulada por las normas técnicas que expida el Ministerio de Salud y Protección Social. El embalaje y/o trasporte de productos farmacéuticos forman parte de la distribución intra-hospitalaria o física y deberán ser tenidos en cuenta en el desarrollo del modelo de gestión del servicio farmacéutico.

El servicio farmacéutico deberá determinar el sistema o los sistemas de distribución intrahospitalaria de medicamentos y dispositivos médicos que deban implementarse en la Institución Prestadora de Servicios de Salud, para garantizar la oportunidad, seguridad, eficiencia y calidad de los medicamentos y dispositivos médicos que deban suministrarse a los pacientes.

Los servicios farmacéuticos de las instituciones de segundo y tercer nivel de complejidad deberán implementar el Sistema de Distribución de Medicamentos en Dosis Unitaria, de acuerdo con las condiciones, criterios y procedimientos establecidos en la normatividad vigente y los que se establezcan en el modelo de gestión del servicio farmacéutico.

Los servicios farmacéuticos del primer nivel de complejidad podrán adoptar el Sistema de Distribución de Medicamentos en Dosis Unitaria, sometiéndose a las condiciones, criterios y procedimientos señalados. El Sistema de Distribución de Medicamentos en Dosis Unitaria podrá operar en una Institución de Salud con otro u otros sistemas intra-hospitalarios de distribución.

(Lea También: Monitoreo de Glicemia con Equipo por Punción)

Artículo 2.5.3.10.18 Obligaciones del dispensador.

Son obligaciones del dispensador:

  1. Verificar que la prescripción esté elaborada por el personal de salud competente y autorizado y que cumpla con las características y contenido de la prescripción, establecidos en el presente Capítulo.
  1. Verificar que las preparaciones: magistrales, extemporáneas, estériles; nutrición parenteral; y, mezclas de medicamentos oncológicos, contengan en el rótulo o etiquetas la información sobre el paciente hospitalizado o ambulatorio, según el caso; de la preparación o de la mezcla; y, la firma del responsable.
  1. Exigir la prescripción para aquellos medicamentos en los que aparezca en la etiqueta la leyenda “Venta Bajo Fórmula Médica”.
  1. No dispensar y consultar al prescriptor cuando identifique en una prescripción posibles errores, con el fin de no incurrir en falta contra la ética profesional.
  1. Verificar y controlar que los medicamentos dispensados correspondan a los prescritos.
  1. Informar al usuario sobre los aspectos indispensables que garanticen el efecto terapéutico y promuevan el uso adecuado de los medicamentos, tales como: condiciones de almacenamiento, cómo reconstituirlos, cómo medir la dosis, qué cuidados debe tener en la administración, interacciones con alimentos y otros medicamentos, advertencias sobre efectos adversos, contraindicaciones y la importancia de la adherencia a la terapia. Cuando la dirección técnica de la Droguería, esté a cargo de persona que no ostente título de Químico Farmacéutico o Tecnólogo en Regencia de Farmacia la información que debe ofrecer al paciente está señalada en el artículo 2.5.3.10.3 del presente decreto.
  1. Brindar a los usuarios pautas sobre el uso adecuado de los medicamentos de venta sin prescripción facultativa o de venta libre.
  1. Recibir la capacitación ofrecida por las entidades oficiales o de otros actores del Sector Salud y/o capacitarse continuamente en los conocimientos teóricos y destrezas necesarias en el ejercicio del cargo u oficio, a fin de ir aumentando progresivamente las competencias laborales.

Artículo 2.5.3.10.19 Prohibiciones del dispensador.

El dispensador no podrá:

  1. Adulterar o modificar en cualquier forma la prescripción.
  2. Cambiar el principio activo, concentración, forma farmacéutica, vía de administración, frecuencia, cantidad y la dosis prescrita.
  3. Dispensar medicamentos alterados o fraudulentos.
  4. Violar la reserva a que está obligado por razón de la función que desempeña.
  5. Recomendar a los usuarios la utilización de medicamentos.
  6. Tener muestras médicas de medicamentos.
  7. Tener envases y empaques vacíos, en el servicio farmacéutico, o en aquellos establecimientos farmacéuticos que no estén autorizados para realizar los procesos de reenvase o reempaque de medicamentos.
  8. Inducir al paciente o consumidor a la compra de un medicamento que reemplace o sustituya al prescrito o al solicitado.

Artículo 2.5.3.10.20 Medicamentos de  control  especial. 

Los  medicamentos de control especial estarán sometidos a lo establecido en el presente Capítulo y en la Resolución 1478 de 2006 de 2003 y las demás normas que los modifiquen, adicionen o sustituyan. 

Artículo 2.5.3.10.21 Procedimiento de inyectología en farmacias- droguerías y droguerías.

Las farmacias-droguerías y droguerías podrán ofrecer al público el procedimiento de inyectología, en las condiciones siguientes:

1. Infraestructura y dotación.

Contar con una sección especial e independiente, que ofrezca la privacidad y comodidad para el administrador y el paciente, y que cuente con un lavamanos en el mismo sitio o en sitio cercano; Tener una camilla, escalerilla y mesa auxiliar; Contar con jeringas desechables, recipiente algodonero y cubetas; Tener toallas desechables; Contar con los demás materiales y dotación necesaria para el procedimiento de inyectología.

2. Recurso humano.

El encargado de administrar el medicamento inyectable debe contar con formación académica y entrenamiento que lo autorice para ello, de conformidad con las normas vigentes sobre la materia.

3. Normas de procedimientos.

Deberán contar y cumplir con normas sobre limpieza y desinfección de áreas, bioseguridad, manejo de residuos y manual de procedimientos técnicos.

4. No se podrán administrar medicamentos por vía intravenosa ni practicar pruebas de sensibilidad.

5. Solicitud de la prescripción médica.

La prescripción médica será requisito indispensable para la administración de cualquier medicamento por vía intramuscular.

Preguntas frecuentes

¿Cuáles son los procesos generales del servicio farmacéutico en Colombia?

En Colombia, el servicio farmacéutico sigue procesos generales que incluyen la adquisición, almacenamiento, dispensación y seguimiento de medicamentos. Estos procesos están diseñados para garantizar la seguridad y eficacia de los productos farmacéuticos, así como para brindar un adecuado acompañamiento al paciente.

Selección y adquisición de medicamentos

Los farmacéuticos y profesionales de la salud seleccionan los medicamentos que serán adquiridos por la institución de salud, teniendo en cuenta su eficacia, seguridad, calidad y costo.

Almacenamiento

Los medicamentos se almacenan siguiendo las buenas prácticas de almacenamiento, asegurando condiciones adecuadas de temperatura, humedad y seguridad para preservar su integridad y eficacia.

Dispensación

Los medicamentos son dispensados a los pacientes siguiendo las indicaciones médicas y las normativas legales, asegurando la correcta identificación del paciente, dosificación adecuada y proporcionando la información necesaria sobre su uso, posibles efectos secundarios y precauciones.

Información y educación al paciente

Se brinda información y educación al paciente sobre el uso adecuado de los medicamentos, incluyendo posología, horarios de administración, interacciones medicamentosas, y cualquier otra información relevante para garantizar su cumplimiento terapéutico y minimizar riesgos.

Seguimiento farmacoterapéutico

Se realiza un seguimiento periódico de los pacientes para evaluar la eficacia y seguridad de los medicamentos, detectar posibles efectos adversos o interacciones medicamentosas, y realizar ajustes en el tratamiento según sea necesario.

Farmacovigilancia

Se lleva a cabo la vigilancia de la seguridad de los medicamentos, reportando y evaluando eventos adversos o efectos no deseados, con el fin de prevenir riesgos para la salud pública y mejorar la calidad de la atención farmacéutica.

Gestión de residuos farmacéuticos

Se gestionan adecuadamente los residuos generados en el proceso de dispensación y administración de medicamentos, siguiendo las normativas ambientales y de bioseguridad para prevenir impactos negativos en el medio ambiente y la salud.

¿Cuáles son los 4 objetivos del servicio farmacéutico?

Los cuatro objetivos principales del servicio farmacéutico son:

Optimización del uso de medicamentos

El servicio farmacéutico busca garantizar que los medicamentos sean utilizados de manera eficaz, segura y adecuada para cada paciente. Esto implica proporcionar información y educación sobre el uso correcto de los medicamentos, así como realizar un seguimiento para evaluar su efectividad y seguridad.

Promoción de la salud pública

El servicio farmacéutico contribuye a la promoción de la salud pública mediante la prevención y el control de enfermedades a través del suministro adecuado de medicamentos, la vigilancia de la seguridad de los productos farmacéuticos y la participación en programas de salud pública, como la vacunación y la educación sanitaria.

Aseguramiento de la calidad de los medicamentos

El servicio farmacéutico se encarga de garantizar la calidad, eficacia y seguridad de los medicamentos, desde su selección y adquisición hasta su dispensación y seguimiento. Esto incluye la verificación de la autenticidad de los productos, el cumplimiento de las normativas de fabricación y distribución, y la vigilancia de posibles efectos adversos.

Mejora de la accesibilidad y equidad en la atención sanitaria

El servicio farmacéutico tiene como objetivo asegurar que todos los pacientes tengan acceso a los medicamentos que necesitan, independientemente de su situación económica o geográfica. Esto implica la disponibilidad de una amplia gama de medicamentos a precios asequibles, así como la implementación de programas de acceso a medicamentos para poblaciones vulnerables o desatendidas.

¿Qué es un manual de procesos y procedimientos farmaceúticos?

Un manual de procesos y procedimientos farmacéuticos es un documento que describe detalladamente los diferentes procesos y procedimientos que se llevan a cabo en una institución o establecimiento farmacéutico. Este manual proporciona una guía clara y sistemática para el personal farmacéutico sobre cómo realizar sus tareas de manera efectiva, eficiente y segura.

En términos generales, un manual de procesos y procedimientos farmacéuticos puede incluir lo siguiente:

Descripción de los procesos farmacéuticos

Detalla los procesos generales que se realizan en el establecimiento farmacéutico, como la adquisición de medicamentos, el almacenamiento, la dispensación, el seguimiento farmacoterapéutico, entre otros.

Procedimientos operativos estándar (POE)

Son instrucciones detalladas sobre cómo realizar cada tarea específica dentro de los procesos farmacéuticos. Por ejemplo, cómo recibir y verificar un pedido de medicamentos, cómo etiquetar y almacenar los medicamentos, cómo dispensarlos correctamente, etc.

Responsabilidades del personal

Define las responsabilidades y funciones de cada miembro del equipo farmacéutico en relación con los procesos y procedimientos establecidos.

Normativas y regulaciones

Incluye información sobre las normativas legales y regulaciones que deben cumplirse en el manejo de medicamentos, como las buenas prácticas de almacenamiento, las normas de dispensación, la farmacovigilancia, entre otras.

Formularios y registros

Proporciona modelos de formularios y registros que deben completarse durante la realización de los diferentes procesos farmacéuticos, como registros de recepción de medicamentos, registros de dispensación, registros de seguimiento farmacoterapéutico, etc.

¿Cuáles son los procesos generales que debe realizar los servicios farmacéuticos de baja complejidad?

Los servicios farmacéuticos de baja complejidad generalmente se encuentran en farmacias comunitarias o establecimientos de salud de menor tamaño, y sus procesos suelen ser más simples en comparación con los de establecimientos de mayor complejidad, como hospitales.

Adquisición de medicamentos: este proceso implica la selección y compra de medicamentos para mantener un inventario adecuado según la demanda y las necesidades de los pacientes.

Almacenamiento de medicamentos: los medicamentos adquiridos deben ser almacenados correctamente, siguiendo las buenas prácticas de almacenamiento para garantizar su integridad y seguridad.

Dispensación de medicamentos: los farmacéuticos y personal técnico dispensan los medicamentos prescritos por médicos u otros profesionales de la salud, asegurándose de proporcionar la cantidad correcta y brindar la información necesaria sobre su uso.

Asesoramiento al paciente: los pacientes suelen requerir asesoramiento sobre el uso adecuado de los medicamentos, incluyendo dosis, posología, efectos secundarios y posibles interacciones con otros medicamentos.

Gestión de inventario: se lleva a cabo un control de inventario para asegurar que haya suficientes existencias de medicamentos y productos relacionados, evitando tanto la escasez como el exceso de stock.

Registro y documentación: se mantiene un registro de las transacciones relacionadas con los medicamentos, incluyendo entradas y salidas del inventario, dispensaciones realizadas, así como registros de reclamaciones y devoluciones.

Seguridad y calidad: se implementan medidas para garantizar la seguridad y la calidad de los medicamentos. También se incluye la verificación de la autenticidad de los productos, el cumplimiento de las normativas legales y la vigilancia de posibles efectos adversos.

¿Qué dice la resolución 1403 del 2007 en Colombia?

La Resolución 1403 de 2007 en Colombia es una normativa emitida por el Ministerio de la Protección Social (ahora Ministerio de Salud y Protección Social) que establece las condiciones mínimas que deben cumplir las instituciones prestadoras de servicios de salud para garantizar la prestación de servicios farmacéuticos y la adecuada atención farmacéutica en el país.

Esta resolución es fundamental para regular el funcionamiento de los establecimientos farmacéuticos y promover prácticas seguras y de calidad en el manejo de medicamentos.

Entre los aspectos más relevantes que aborda la Resolución 1403 de 2007 se encuentran:

Definición de servicios farmacéuticos

Establece los servicios farmacéuticos que deben ofrecer las instituciones prestadoras de servicios de salud. Se incluye la adquisición, almacenamiento, dispensación y control de medicamentos, así como la promoción del uso racional de los mismos.

Requisitos para la prestación de servicios farmacéuticos

Establece los requisitos mínimos que deben cumplir las instituciones para prestar servicios farmacéuticos, tales como contar con personal idóneo, infraestructura adecuada, sistemas de información, y además, protocolos de atención farmacéutica.

Control de calidad de los medicamentos

Establece medidas para garantizar la calidad, seguridad y eficacia de los medicamentos. Incluyendo la adquisición de medicamentos autorizados por el Invima (Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos). Así como el cumplimiento de las Buenas Prácticas de Almacenamiento y Dispensación, y la realización de actividades de farmacovigilancia.

Registro y documentación

Establece la obligación de llevar registros y documentación adecuada de las actividades relacionadas con los servicios farmacéuticos. Incluyendo registros de entrada y salida de medicamentos, registros de dispensación, y registros de reclamaciones y devoluciones.

Responsabilidades del personal farmacéutico

Establece las responsabilidades y funciones del personal farmacéutico en la prestación de servicios farmacéuticos. Incluyendo la atención y orientación al paciente, la supervisión del almacenamiento y dispensación de medicamentos. Y la participación en actividades de educación y promoción de la salud.

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VER 2 comentarios

  1. Richard Steven dice:

    El contenido es muy valioso y enriquecedor para todos aquellos que necesitan retomar ciertos conceptos y tener la información para futuras consultas

  2. Isvelis Correa Ponce dice:

    Muy enriquecedor.