Sistema Administrativo Nacional de Competitividad e Innovación
Artículo 2.2.1.6.1. Componentes.
El Sistema Administrativo Nacional de Competitividad e Innovación estará integrado por los siguientes componentes:
- El conjunto de leyes, políticas, estrategias, metodologías, técnicas y mecanismos, que implica la gestión de recursos humanos, materiales y financieros de las entidades de la administración pública en coordinación con los del sector privado, en los temas relacionados con la política de competitividad, productividad e innovación.
- Las entidades del Estado responsables de la política y de la acción en las áreas de competitividad e innovación.
- Las fuentes y recursos económicos para el manejo del Sistema Administrativo Nacional de Competitividad e Innovación.
- Las recomendaciones emitidas por los órganos del Sistema Administrativo Nacional de Competitividad e Innovación, de conformidad con los artículos 2.2.1.6.1.1., 2.2.1.6.1.2., 2.2.1.6.1.3, 2.2.1.6.2.1. y 2.2.1.6.3.4. del presente Decreto.
Artículo 2.2.1.6.2. Organización.
Los órganos que hacen parte del Sistema Administrativo Nacional de Competitividad e Innovación son los siguientes:
- Comisión Nacional de Competitividad e Innovación. Es el órgano asesor del Gobierno Nacional y de concertación entre este, las entidades territoriales y la sociedad civil en temas relacionados con la productividad y competitividad del país y de sus regiones, con el fin de promover el desarrollo económico.
- Comisiones Regionales de Competitividad. Son órganos que coordinan y articulan al interior del departamento los principales actores de los sectores público y privado, en temas de competitividad, productividad e innovación.
- Instancia de coordinación nacional de las Comisiones Regionales de Competitividad. El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, en representación del sector público del orden nacional coordinará y hará seguimiento a las Comisiones Regionales de Competitividad, con el apoyo de la Confederación Colombiana de Cámaras de Comercio (Confecámaras).
(Lea También: Comisiones Regionales de Competitividad)
Comisión Nacional de Competitividad e Innovación
Artículo 2.2.1.6.1.1. Composición.
La Comisión Nacional de Competitividad e Innovación estará compuesta por los siguientes miembros:
- 1.El Presidente de la República, quien la presidirá
- 2.El Consejero Presidencial del Sistema de Competitividad e Innovación quien ejercerá la coordinación general
- 3. El Ministro del
- 4. El Ministro de Relaciones Exteriores
- 5. El Ministro de Hacienda y Crédito Público
- 6. El Ministro de Justicia y del Derecho
- 7. El Ministro de Defensa Nacional
- 8. El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural
- 9. El Ministro de Salud y Protección Social
- 10. El Ministro de Trabajo
- 11. El Ministro de Minas y Energía
- 12. El Ministro de Comercio, Industria y Turismo
- 13. El Ministro de Educación Nacional
- 14. El Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible
- 15.El Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio
- 16.El Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones
-
17. El Ministro de Transporte
- 18. El Ministro de Cultura
- 19. El Director del Departamento Nacional de Planeación
- 20. El Director del Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnología e Innovación – Colciencias
- 21. El Director del Servicio Nacional de Aprendizaje – Sena
- 22. Cuatro (4) representantes de las Comisiones Regionales de Competitividad, designados, por la Coordinación Nacional de las Comisiones a que se refiere el artículo 2.2.1.6.3.1. del presente
- 23. Dos (2) representantes de los gremios económicos designados por el Consejo Gremial Nacional
- 24. Dos (2) representantes del sector laboral designados por las centrales obreras
- 25. El Presidente de la Asociación Colombiana de Universidades – ASCUN
- 26. El Presidente de la Asociación Colombiana de Instituciones de Educación Superior con educación tecnológica – ACIET
- 27. El Presidente Ejecutivo de la Confederación Colombiana de Cámaras de Comercio- Confecámaras
- 28. El Presidente del Consejo Privado de Competitividad
- 29. El Presidente de Bancoldex
- 30. El Presidente de Procolombia
- 31. El Director General de la DIAN
- 32. El Presidente de la Federación Colombiana de Municipios
- 33. El Presidente de la Federación Colombiana de Departamentos
- 34. Tres (3) miembros designados por el Presidente de la República
Parágrafo.
La Comisión Nacional de Competitividad e Innovación podrá convocar invitados de los sectores público y privado, cuando su presencia sea requerida en función de los temas a tratar.
Artículo 2.2.1.6.1.2. Comité ejecutivo.
El Comité Ejecutivo será el órgano de coordinación y dirección de la Comisión Nacional de Competitividad e Innovación y estará integrado por:
- El Consejero Presidencial del Sistema de Competitividad e Innovación
- El Ministro de Comercio, Industria y Turismo
- El Director del Departamento Nacional de Planeación
- El Director del Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnología e Innovación- Colciencias
- El Presidente Ejecutivo de la Confederación Colombiana de Cámaras de Comercio
- El Presidente del Consejo Privado de Competitividad
Parágrafo.
El Comité Ejecutivo podrá convocar invitados de los sectores público y privado, del nivel nacional y regional, cuando su presencia sea requerida en función de los temas a tratar.
Artículo 2.2.1.6.1.3. Comité técnico.
El Comité Técnico tendrá como función preparar los diferentes documentos de carácter técnico y político que requieran los miembros del Comité Ejecutivo para la coordinación y dirección de la Comisión Nacional de Competitividad e Innovación y estará conformado por los siguientes miembros:
- Un delegado del Consejero Presidencial del Sistema de Competitividad e Innovación
- Un delegado del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo
- De igual manera, Un delegado del Departamento Nacional de Planeación
- También, Un delegado del Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnología e Innovación- Colciencias
- Un delegado de la Confederación Colombiana de Cámaras de Comercio
- Y Un delegado del Consejo Privado de
Parágrafo.
El Comité Técnico podrá convocar invitados de los sectores público y privado, cuando su presencia sea requerida en función de los temas a tratar.
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