Jurisdicción de las Cámaras de Comercio, 1 Parte

Artículo 2.2.2.45.28. La Jurisdicción de la Cámara de Comercio de Magangué.

La jurisdicción de la Cámara de Comercio de Magangué comprende los municipios de Magangué, Achí, Altos del Rosario, Barranco de Loba, Cicuco, Córdoba, El Peñón, Hatillo de Loba, Margarita, Mompós, Montecristo, Pinillos, San Fernando, San Jacinto del Cauca, San Martín de Loba, Talaigua Nuevo, Tiquisio y Zambrano en el departamento de Bolívar y Buenavista, Caimito, Guaranda, Majagual y Sucre, en el departamento de Sucre. 

Artículo 2.2.2.45.29. La Jurisdicción de la Cámara de Comercio de Magdalena Medio y Nordeste Antioqueño.

La jurisdicción de la Cámara de Comercio del Magdalena Medio y Nordeste Antioqueño comprende los municipios de Puerto Berrío, Amalfi, Anorí, Caracolí, Cisneros, El Bagre, La Magdalena, Maceo, Nechí, Puerto Triunfo, Puerto Nare, Remedios, San Roque, Segovia, Vegachí, Yalí, Yolombó, Yondó y Zaragoza, en el departamento de Antioquia.

Artículo 2.2.2.45.30. La Jurisdicción de la Cámara de Comercio de Manizales por Caldas.

La jurisdicción de la Cámara de Comercio de Manizales por Caldas comprende los municipios de Manizales, Aguadas, Anserma, Aranzazu, Belalcázar, Filadelfia, La Merced, Marmato, Marulanda, Neira, Pácora, Riosucio, Risaralda, Salamina, San José de Risaralda, Supía, Villamaría y Viterbo, en el departamento de Caldas.

Artículo 2.2.2.45.31. La Jurisdicción de la Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia.

La jurisdicción de la Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia comprende los municipios de Medellín, Abriaquí, Amagá, Andes, Angelópolis, Angostura, Anzá, Armenia, Barbosa, Bello, Belmira, Betania, Betulia, Briceño, Buriticá, Cáceres, Caicedo, Campamento, Caramanta, Carolina, Caucasia, Cañasgordas, Ciudad Bolívar, Concordia, Copacabana, Don Matías, Ebéjico, Entrerríos, Fredonia, Frontino, Giraldo, Girardota, Gómez Plata, Guadalupe, Heliconia, Hispania, Ituango, Jardín, Jericó, La Pintada, Liborina, Montebello, Murindó, Olaya, Peque, Pueblorrico, Sabanalarga, Salgar, San Andrés, San Jerónimo, San José de la Montaña, San Pedro, Santa Bárbara, Santa Fe de Antioquia, Santa Rosa de Osos, Santo Domingo, Sopetrán, Támesis, Taranza, Tarso, Titiribí, Toledo, Uramita, Urrao, Valdivia, Valparaíso, Venecia, Vigía del Fuerte y Yarumal, en el departamento de Antioquia. 

Artículo 2.2.2.45.32. La Jurisdicción de la Cámara de Comercio de Montería.

La jurisdicción de la Cámara de Comercio de Montería comprende todos los municipios del Departamento de Córdoba. 

Artículo 2.2.2.45.33. La Jurisdicción de la Cámara de Comercio de Neiva.

La jurisdicción de la Cámara de Comercio de Neiva comprende todos los municipios del departamento del Huila. 

Artículo 2.2.2.45.34. La Jurisdicción de la Cámara de Comercio de Ocaña.

La jurisdicción de la Cámara de Comercio de Ocaña comprende los municipios de Ocaña, Ábrego, Cachira, San Calixto, Hacarí, El Carmen, El Tarra, La Esperanza, La Playa, Convención, Teorama y Villa Caro, en el departamento de Norte de Santander. 

Artículo 2.2.2.45.35. La Jurisdicción de la Cámara de Comercio del Oriente Antioqueño.

La jurisdicción de la Cámara de Comercio del Oriente Antioqueño comprende los municipios de Rionegro, Abejorral, Alejandría, Argelia, Carmen de Viboral, Cocorná, Concepción, Granada, Guarne, Guatapé, La Ceja, La Unión, Marinilla, Nariño, El Peñol, Retiro, San Carlos, San Francisco, San Luis, San Rafael, San Vicente, Santuario y Sonsón, en el departamento de Antioquia.

Artículo 2.2.2.45.36. La Jurisdicción de la Cámara de Comercio de Palmira.

La jurisdicción de la Cámara de Comercio de Palmira comprende los municipios de Palmira, Candelaria, Florida y Pradera, en el departamento del Valle del Cauca. 

Artículo 2.2.2.45.37. La Jurisdicción de la Cámara de Comercio de Pamplona.

La jurisdicción de la Cámara de Comercio de Pamplona comprende los municipios de Pamplona, Bochalema, Cácota, Chitagá, Cucutilla, Labateca, Mutiscua, Pamplonita, Silos y Toledo, en el departamento de Norte de Santander. 

Artículo 2.2.2.45.38. La Jurisdicción de la Cámara de Comercio de Pasto.

La jurisdicción de la Cámara de Comercio de Pasto comprende los municipios de Pasto, Albán, Ancuyá, Arboleda, Belén, Buesaco, Chachagüí, Colón, Consacá, Cumbitara, El Peñol, El Rosario, El Tablón, El Tambo, Funes, Guaitarilla, Imués, La Cruz, La Florida, La Llanada, La Unión, Leiva, Linares, Los Andes, Mallama, Nariño, Ospina, Policarpa, Providencia, Samaniego, San Bernardo, Sandoná, San Lorenzo, San Pablo, San Pedro de Cartago, Santa Cruz, Sapuyes, Taminango, Tangua, Túquerres y Yacuanquer, en el departamento de Nariño. 

Artículo 2.2.2.45.39. La Jurisdicción de la Cámara de Comercio de Pereira.

La jurisdicción de la Cámara de Comercio de Pereira comprende los municipios de Pereira, Apía, Balboa, Belén de Umbría, Guática, La Celia, La Virginia, Marsella, Mistrató, Pueblo Rico, Quinchía y Santuario, en el departamento de Risaralda. 

Artículo 2.2.2.45.40. La Jurisdicción de la Cámara de Comercio de Piedemonte Araucano.

La jurisdicción de la Cámara de Comercio del Piedemonte Araucano comprende los municipios de Saravena, Arauquita, Tame y Fortul. En el departamento de Arauca y el municipio de Cubará, en el departamento de Boyacá. 

Artículo 2.2.2.45.41. La Jurisdicción de la Cámara de Comercio de Putumayo.

La jurisdicción de la Cámara de Comercio de Putumayo comprende los municipios de Puerto Asís, Mocoa, Orito, Puerto Caicedo, Puerto Guzmán, Puerto Leguízamo, San Miguel, Villagarzón, Valle del Guamuez, Colón, Sibundoy, San Francisco y Santiago, en el departamento del Putumayo. 

Artículo 2.2.2.45.42. La Jurisdicción de la Cámara de Comercio del Chocó.

La jurisdicción de la Cámara de Comercio del Chocó comprende todos los municipios del departamento del Chocó, excepto el de San José del Palmar. 

Artículo 2.2.2.45.43. La Jurisdicción de la Cámara de Comercio de La Guajira.

La jurisdicción de la Cámara de Comercio de La Guajira comprende todos los municipios del departamento de La Guajira. 

Artículo 2.2.2.45.44. La Jurisdicción de la Cámara de Comercio de San Andrés, Providencia y Santa Catalina Islas.

La jurisdicción de la Cámara de Comercio de San Andrés, Providencia y Santa Catalina Islas comprende todos los municipios del archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina. 

Artículo 2.2.2.45.45. La Jurisdicción de la Cámara de Comercio de Santa Marta para el Magdalena.

La jurisdicción de la Cámara de Comercio de Santa Marta para el Magdalena comprende los municipios de Santa Marta, Aracataca, Ariguaní, Ciénaga, Chivolo, El Banco, El Piñón, El Retén, Fundación, Guamal, Pijiño del Carmen, Pivijay, Plato, Pueblo Viejo, Salamina, San Sebastián de Buenavista, San Zenón, Santa Ana y Tenerife, en el departamento del Magdalena. 

Artículo 2.2.2.45.46. La Jurisdicción de la Cámara de Comercio de Santa Rosa de Cabal.

La jurisdicción de la Cámara de Comercio de Santa Rosa de Cabal comprende el municipio de Santa Rosa de Cabal, en el departamento de Risaralda. 

Artículo 2.2.2.45.47. La Jurisdicción de la Cámara de Comercio de Sevilla.

La jurisdicción de la Cámara de Comercio de Sevilla comprende los municipios de Sevilla y Caicedonia, en el departamento del Valle del Cauca. 

Artículo 2.2.2.45.48. La Jurisdicción de la Cámara de Comercio de Sincelejo.

La jurisdicción de la Cámara de Comercio de Sincelejo comprende los municipios de Sincelejo, Colosó, Corozal, Chalán, Galeras, La Unión, Los Palmitos, Morroa, Ovejas, Palmito, Sampués, San Benito Abad, San Juan Betulia, San Marcos, San Onofre, San Pedro, Sincé, Tolú y Toluviejo, en el departamento de Sucre. 

Artículo 2.2.2.45.49. La Jurisdicción de la Cámara de Comercio de Sogamoso.

La jurisdicción de la Cámara de Comercio de Sogamoso comprende los municipios de Sogamoso, Aquitania, Betéitiva, Busbanzá, Corrales, Cuítiva, Firavitoba, Gámeza, Iza, Labranzagrande, Mongua, Monguí, Nobsa, Pajarito, Paya, Pesca, Pisba, Tibasosa, Tópaga y Tota, en el departamento de Boyacá. 

Artículo 2.2.2.45.50. La Jurisdicción de la Cámara de Comercio del Sur y Oriente del Tolima.

La jurisdicción de la Cámara de Comercio del Sur y Oriente del Tolima comprende los municipios de Espinal, Alpujarra, Ataco, Carmen de Apicalá, Coello, Coyaima, Cunday, Chaparral, Dolores, Flandes, Guamo, Icononzo, Melgar, Natagaima, Ortega, Planadas, Prado, Purificación, Rioblanco, Saldaña, San Luis, Suárez y Villarrica, en el departamento del Tolima.

Artículo 2.2.2.45.51. La Jurisdicción de la Cámara de Comercio de Tuluá.

La jurisdicción de la Cámara de Comercio de Tuluá comprende los municipios de Tuluá, Andalucía, Bugalagrande, Bolívar, Riofrío, Trujillo y Zarzal, en el departamento del Valle del Cauca. 

(Lea También: Jurisdicción de Las Cámaras de Comercio, 2 Parte)

Artículo 2.2.2.45.52. La Jurisdicción de la Cámara de Comercio de Tumaco.

La jurisdicción de la Cámara de Comercio de Tumaco comprende los municipios de Tumaco, Barbacoas, El Charco, Francisco Pizarro, La Tola, Magüí, Mosquera, Olaya Herrera, Santa Bárbara y Roberto Payán, en el departamento de Nariño. 

Artículo 2.2.2.45.53. La Jurisdicción de la Cámara de Comercio de Tunja.

La jurisdicción de la Cámara de Comercio de Tunja comprende los municipios de Tunja, Almeida, Arcabuco, Berbeo, Boyacá, Briceño, Buenavista, Caldas, Campohermoso, Chinavita, Chiquinquirá, Chíquiza, Chitaraque, Ciénega, Chivatá, Chivor, Cómbita, Coper, Cucaita, Gachantivá, Garagoa, Guateque, Guayatá, Jenesano, La Capilla, La Victoria, Los Cedros, Macanal, Maripí, Miraflores, Moniquirá, Motavita, Muzo, Nuevo Colón, Oicatá, Otanche, Pachavita, Páez, Pauna, Quípama, Ramiriquí, Ráquira, Rondón, Saboyá, Sáchica, Samacá, San Eduardo, San José de Pare, San Luis de Gaceno, San Miguel de Sema, San Pablo de Borbur, Santa Ana, Santa María, Santa Sofía, Siachoque, Somondoco, Sora, Soracá, Sutamarchán, Sutatenza, Tenza, Tibaná, Tinjacá, Toca, Togüí, Tununguá, Turmequé, Umbita, Ventaquemada, Villa de Leiva, Viracachá y Zetaquirá, en el departamento de Boyacá. 

Artículo 2.2.2.45.54. La Jurisdicción de la Cámara de Comercio de Urabá.

La jurisdicción de la Cámara de Comercio de Urabá comprende los municipios de Apartadó, Arboletes, Carepa, Dabeiba, Chigorodó, Mutatá, Necoclí, San Juan de Urabá, San Pedro de Urabá y Turbo, en el departamento de Antioquia. 

Artículo 2.2.2.45.55. Jurisdicción de la Cámara de Comercio de Valledupar.

La jurisdicción de la Cámara de Comercio de Valledupar comprende los municipios de Valledupar, Agustín Codazzi, Astrea, Becerril, Bosconia, Chimichagua, Chiriguaná, El Copey, El Paso, La Jagua de Ibirico, La Paz, Manaure Balcón del Cesar, Pueblo Bello y San Diego, en el departamento del Cesar. 

Artículo 2.2.2.45.56. Jurisdicción de la Cámara de Comercio de Villavicencio.

La jurisdicción de la Cámara de Comercio de Villavicencio comprende todos los municipios de los departamentos del Meta, Vaupés, Vichada, Guainía y el municipio de Paratebueno, en el departamento de Cundinamarca. 

Artículo 2.2.2.45.57. Jurisdicción de la Cámara de Comercio de San José.

La jurisdicción de la Cámara de Comercio de San José con sede en el municipio de San José del Guaviare comprende todos los municipios del departamento del Guaviare. 

Artículo 2.2.2.45.58. Municipios que se crean a partir de la expedición.

Los municipios que se creen a partir de los que existen en la actualidad pertenecerán a la cámara de comercio a la que pertenezca el municipio base.

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