Sala de Controversias de los Fondos Marinos

Sala de Controversias de los Fondos Marinos
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Sección 4

Artículo 35: Composición

  1. La Sala de Controversias de los Fondos Marinos mencionada en el artículo 14 de este Anexo estará integrada por once miembros designados por la mayoría de los miembros elegidos del Tribunal de entre ellos.
  2. En la designación de los miembros de la Sala, se asegurará la representación de los principales sistemas jurídicos del mundo. Así como una distribución geográfica equitativa. La Asamblea de la Autoridad podrá adoptar recomendaciones de carácter general respecto de la representación y distribución mencionadas.
  3. Los miembros de la Sala serán designados por tres años y su mandato sólo podrá ser renovado una vez.
  4. La Sala elegirá entre sus miembros a su Presidente, quien desempeñará el cargo mientras dure el mandato de los miembros de la Sala.
  5. Si al concluir un período de tres años para el cual haya sido seleccionada la Sala quedaren aún actuaciones pendientes, la Sala las terminará con su composición inicial.
  6. Si se produjere una vacante en la Sala, el Tribunal designará entre sus miembros elegidos un sucesor por el resto del mandato.
  7. Se requerirá un quórum de siete miembros designados por el Tribunal para constituir la Sala.

Artículo 36: Sala ad hoc

  1. La Sala de Controversias de los Fondos Marinos constituirá una sala ad hoc, integrada por tres de sus miembros, para conocer cada controversia que le sea sometida de conformidad con el apartado b) del párrafo 1 de artículo 188. La composición de dicha sala será determinada por la Sala de Controversias de los Fondos Marinos, con la aprobación de las partes.
  2. Si las partes no llegaren a un acuerdo sobre la composición de una sala ad hoc, cada una de las partes en la controversia designará un miembro y el tercer miembro será designado por ambas de común acuerdo. Si no se pusieren de acuerdo o si cualquiera de las partes no efectuare un nombramiento, el Presidente de la Sala de Controversias de los Fondos Marinos nombrará sin demora los miembros que falten, eligiéndolos de entre los miembros de esa Sala previa consulta con las partes.
  3. Los miembros de una sala ad hoc no podrán estar al servicio de ninguna de las partes en la controversia, ni ser nacionales de éstas.

Artículo 37: Acceso

Tendrán acceso a la Sala los Estados Partes, la Autoridad y las demás entidades o personas a que se refiere la sección 5 de la Parte XI.

(Lea También: Enmiendas al Estatuto del Tribunal Internacional del Derecho del Mar)

Encuesta sobre Vehículos en Colombia 🚘 🛣️

¡Bienvenido(a)!

Gracias por participar en esta encuesta. Su opinión es muy valiosa para conocer la percepción que tienen los consumidores sobre diferentes marcas de vehículos en Colombia. La encuesta es anónima y sus respuestas serán utilizadas únicamente con fines de investigación de mercado.

⏰ Duración estimada: 5 minutos.

Por favor, responda con sinceridad.

1. Ciudad de residencia*

Si no aparece su ciudad, por favor especifique cuál. 

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2. Género   *

2. Género   *

3. Edad*

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4. Estrato socioeconómico (NSE)*

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5. ¿Cuál es la primera marca que viene a su mente cuando piensa en vehículos?

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6. ¿Qué otras marcas de vehículos vienen a su mente?

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7. ¿Qué otras marcas de vehículos (Camionetas, SUV, automóviles, pickups / camionetas de platón) vienen a su mente?

7. ¿Qué otras marcas de vehículos (Camionetas, SUV, automóviles, pickups / camionetas de platón) vienen a su mente?

8. De las siguientes marcas de vehículos, ¿cuáles recuerda haber visto o escuchado?*

8. De las siguientes marcas de vehículos, ¿cuáles recuerda haber visto o escuchado?*

9. ¿Qué tanto conoce cada una de estas marcas de vehículos?*

Por favor responda sobre cada marca.

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Por favor responda sobre cada marca.

Nada Conocido
Algo conocido
Muy conocido
Chery
Changan
Deepal
BYD
Geely
Great Wall
Jetour
MG
Zeekr

10. ¿De qué marca de vehículos recuerda haber visto, escuchado o leído publicidad recientemente?*

10. ¿De qué marca de vehículos recuerda haber visto, escuchado o leído publicidad recientemente?*

11. ¿De qué otras marcas de vehículos ha visto publicidad?

11. ¿De qué otras marcas de vehículos ha visto publicidad?

12. ¿En qué lugar o medio recuerda haber visto, leído o escuchado sobre estas marcas?

Chery - Changan - Deepal - BYD - Geely - Great Wall - Jetour - MG - Zeekr

12. ¿En qué lugar o medio recuerda haber visto, leído o escuchado sobre estas marcas?

Chery - Changan - Deepal - BYD - Geely - Great Wall - Jetour - MG - Zeekr

13. ¿Qué tanta publicidad ha visto de cada marca?*

Por favor responda sobre cada marca.

13. ¿Qué tanta publicidad ha visto de cada marca?*

Por favor responda sobre cada marca.

Nada
Poca
Mucha
Chery
Changan
Deepal
BYD
Geely
Great Wall
Jetour
MG
Zeekr
14. ¿Qué tan familiarizado(a) está con estas marcas?

Chery*

Chery*

Changan*

Changan*

Deepal*

Deepal*

BYD*

BYD*

Geely*

Geely*

Great Wall*

Great Wall*

Jetour*

Jetour*

MG*

MG*

Zeekr*

Zeekr*

15. ¿Qué palabras o atributos asocia con estas marcas?

Chery

Chery

Changan

Changan

Deepal

Deepal

BYD

BYD

Geely

Geely

Great Wall

Great Wall

Jetour

Jetour

MG 

MG 

Zeekr

Zeekr

16. ¿Cuál es su percepción general de estas marcas?*

16. ¿Cuál es su percepción general de estas marcas?*

Negativa
Neutral
Positiva
Chery
Changan
Deepal
BYD
Geely
Great Wall
Jetour
MG
Zeekr

17. ¿Ha comprado vehículos de estas marcas anteriormente?*

17. ¿Ha comprado vehículos de estas marcas anteriormente?*

No
Chery
Changan
Deepal
BYD
Geely
Great Wall
Jetour
MG
Zeekr

18. ¿Qué tan probable es que compre un vehículo de estas marcas en el futuro?*

18. ¿Qué tan probable es que compre un vehículo de estas marcas en el futuro?*

Muy improbable
Algo probable
Muy probable
Chery
Changan
Deepal
BYD
Geely
Great Wall
Jetour
MG
Zeekr

Artículo 38: Derecho aplicable

Además del artículo 293, la Sala aplicará:

  1. Las normas, reglamentos y procedimientos de la Autoridad adoptados de conformidad con esta Convención; y
  2. Las cláusulas de los contratos concernientes a las actividades en la zona, en cualquier asunto vinculado con esos contratos.

Artículo 39: Ejecución de las decisiones de la Sala

Las decisiones serán ejecutables en los territorios de los Estados Partes de la misma manera
que las sentencias o providencias del tribunal supremo del Estado Parte en cuyo territorio se solicite la ejecución.

Artículo 40: Aplicación de las demás secciones de este Anexo

  1. Se aplicarán a la Sala las disposiciones de las demás secciones de este Anexo que no sean incompatibles con esta sección.
  2. En el ejercicio de sus funciones consultivas, la Sala se guiará por las disposiciones de este Anexo relativas al procedimiento ante el Tribunal, en la medida en que las considere aplicables.

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Sala De Controversias De Los Fondos Marinos, Derecho