Cambios en Política de Vivienda: Ley 158
Si estás pensando en invertir en Finca Raíz en Colombia debes conocer los cambios que trae la Ley 158. El sueño de muchos colombianos de acceder a vivienda propia subsidiada por el Estado ya es un hecho. Recientemente en el año 2020, el Congreso de la República de Colombia, aprobó el proyecto de ley de vivienda y hábitat.
Esta decisión trae cambios en la política habitacional que ya existía, ya que, elimina la restricción de enajenación a las viviendas de interés social. Con esta legislación, los ciudadanos colombianos de distintas zonas, rurales y urbanas, podrán solicitar financiamientos estatales para vivienda.
¿Qué dice la ley 158 sobre Finca Raíz en Colombia?
Esto fue un proyecto de ley que se introdujo en el Congreso, para dictar lo referente a la adquisición de vivienda o Finca Raíz en Colombia. Fue impulsado desde el Ministerio de Vivienda y aprobado por el Congreso con 75 votos.
Esta nueva política de vivienda permitirá a los colombianos adquirir una casa nueva simplificando los requisitos para el subsidio; claro está, la Ley 58 tiene sus condiciones.
Para acceder a una vivienda subsidiada, el solicitante no debe tener un título de propiedad. Con esta Ley los nuevos propietarios tendrán un plazo de hasta 30 años para pagar el crédito. Por otro lado, la Ley 158 puede ser revisada cada cierto tiempo para ajustar las condiciones según las necesidades que se presenten en la población.
Casa propia, un sueño hecho realidad
De acuerdo con la nueva ley sobre Finca Raíz en Colombia, la adquisición de vivienda propia se ha convertido en una política de Estado. Es decir, que este se encargará de proporcionarles a los ciudadanos todas las facilidades para adquirir su casa propia.
Desde el gobierno nacional se explicó que una condición para acceder al subsidio es que no hayan sido beneficiados por el programa “Mi Casa Ya”. Pero su inmueble podrán venderlo en cualquier momento sin restricciones de plazos.
Sin embargo, las familias que obtuvieron su casa mediante el programa “Viviendas gratis”, tendrán que esperar al menos de 5 a 10 años para poder negociarla. Con este subsidio se beneficiarán cerca de 600.000 familias.
¿Quiénes tienen prioridad?
La prioridad en este caso la tiene la población de los sectores rurales, eso no quiere decir que los urbanos no. Sin embargo, las zonas más desatendidas en el aspecto habitacional serán las primeras en ser beneficiadas.
Con esta ley se busca mejorar la distribución de los municipios y la planificación de políticas públicas más eficientes. De igual manera, se pretende con esta ley, el ordenamiento de las ciudades para aprovechar económicamente los lugares públicos.
¿Qué instituciones intervienen para la ejecución de esta ley?
Para la ejecución de la Ley 158, intervendrá el Instituto Geográfico Agustín Codazzi. Ente encargado de la parte de suministro de información sobre el ordenamiento de los espacios. De esta manera, se podrá planificar, formular y revisar ajustes en términos reales.
También se creará la “Vivienda de interés cultural”, una categoría que dará personalidad a las nuevas casas. Esa personalidad tendrá que ver con el estilo de las viviendas de acuerdo con la región. Sus costumbres, clima, tradiciones y estilos de vida. Por su parte, el Ministerio de la Vivienda, priorizará las zonas de difícil acceso ya sea fluvial o terrestre.
De esta manera, el sector de Finca Raíz en Colombia seguirá creciendo y más colombianos tendrán la oportunidad de tener vivienda propia.
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