Modalidad de Contratación Médica en las IPSS de Cundinamarca y otros Aspectos Relevantes

Durante el segundo sementre del año 2001 el Colegio Médico de Cundinamarca realizó un estudio de investigación en las IPS, EPS y ARS privadas y públicas que funcionan en el Departamento de Cundinamarca y la capital del país con el objeto de conocer las condiciones de contratación laborar en que se encuentran los médicos vinculados a estas Instituciones.

Material y Métodos

El trabajo consistió en enviar un derecho de petición a las Instituciones prestadoras de servicios de salud y entidades promotoras de salud del departamento, públicas y privadas, dentro y fuera de la capital.

El documento solicitaba información respecto a algunos de los aspectos más importantes en lo que tiene que ver con la relación laboral con el personal médico (tipo de contratación) y el cumplimiento de la normatividad vigente respecto a otros aspectos de tipo administrativo y científico (la existencia de manual de funciones, la constitución y funcionamiento de comités de ética, historias clínicas, infecciones, farmacia y salud ocupacional). (Ver cuadro1)

Los datos del estudio fueron analizados por el Doctor Sergio Robledo:

Miembro de la Junta Directiva del Colegio Médico de Cundinamarca, cuyo informe se presenta a continuación.

Hasta la fecha, los resultados, que fueron remitidos por el CMC a la instancia competente, es decir, al Ministerio de Trabajo, han rebotado de dependencia en dependencia por supuesta falta de competencia, según aducen repetidamente; así que esperamos que el esfuerzo invertido por el Colegio Médico de Cundinamarca no se pierda por falta de competencia gubernamental.

Adjuntamos las comunicaciones relacionadas con este estudio, primeramente la presentación de los datos obtenidos que le hace el Dr. Sergio Robledo Riaga a la Dra. Mabel Lozano, Presidente del Colegio Médico de Cundinamarca. En segundo lugar, y cumpliendo con el objetivo fundamental del estudio, dentro de la competencia de la Federación Médica Colombiana, la comunicación enviada al Sr. Ministro de Trabajo, Angelino Garzón, en la cual se le informa sobre la naturaleza, el propósito y los resultados de dicha investigación.

Por último, publicamos la carta del Jefe de la Unidad Especial de Inspección, Vigilancia y Control del Trabajo que lega la responsabilidad de la petición de las visitas de inspección a las IPSS al Director territorial de Cundinamarca del MinTrabajo por considerarlo de su competencia.

Heraldo Médico


BOGOTÁ MAYO 3 2000

Doctora
MABEL LOZANO
Presidente del Colegio Medico de Cundinamarca
E:S:D.

Referencia: estudio de respuestas al derecho de petición.

Estimada doctora Lozano le estoy haciendo llegar a través de esta carta los resultados de la revisión de las respuestas al derecho de petición enviado por el colegio medico a las IPS en el departamento.

  • Se recibieron un total de 75 respuestas y están pendientes 35
  • De las 75 respuestas 46 IPS contestaron el derecho de petición en su totalidad.
  • 29 IPS contestaron negando la información por diversos motivos los cuales se unificaron.
  • En cuanto a las instituciones que contestaron la mayoría cumple los requisitos en cuanto a los comités y manuales de funciones del personal medico.
  • Se observa que en casi todas las instituciones el pago por honorarios y evento concomitantemente con manuales de funciones, solo una institución no informó que poseía estas, lo cual indica el alto grado de desconocimiento del cuerpo medico de sus derechos laborales y la fragilidad de todas estas instituciones ante demandas de tipo laboral.
  • Es importante resaltar que la mayoría de las negaciones se dieron por instituciones de tipo privado, aduciendo que estas informaciones son de carácter reservado, pero todas ellas deben enviar informes de estos items tanto a la supersalud como a la secretaria de salud lo cual deja un interrogante sobre, la manipulación de la información ante las entidades oficiales y el saber que no están haciendo las cosas correctas por lo cual se escudan en simples leguleyadas.

Atentamente,

SERGIO ROBLEDO RIAGA
Miembro junta directiva.

Se anexa resumen de los resultados y carpetas de respuestas CONTRATACIÓN

Cuadro 1
Resultados de la revisión de las respuestas al derecho de Petición
IPS
CONTRATACIÓN A TÉRMINO INDEFINIDO
CONTRATACIÓN POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS
PAGO POR EVENTOS
EXISTENCIA DEMANUAL DE FUNCIO-
NES
REMUNE-
RACIONES
CIONES
COMITÉ DE SALUD OCUPACI-
ONAL
COMITÉ DE FARMA-
CIAS
FECHA
DE RESPU-
ESTA
TABIO

x

x

 

x

x

PEND

PEND

PEND

PEND

x

12/03/01

MADRID

x

   

x

x

NO

x

x

x

x

06/03/01

GUACHETÁ

x

   

x

x

NO

x

NO

x

x

07/03/01

SESQUILE

x

   

x

x

NO

x

NO

x

x

06/03/01

ZIPAQUIRÁ

x

x

 

x

x

NO

NO

NO

x

x

06/03/01

EL COLEGIO

x

x

 

x

x

x

x

x

x

x

27/03/01

SOPÓ

x

   

x

x

NO

x

x

x

x

01/03/01

GIRARDOT

x

x

x

DECRETO
135/90

x

x

x

x

x

JUNTA

01/03/01

GACHETÁ

x

x

 

x

x

x

x

VIG EPIDM

x

COM-
PRAS Y
FAR-
MA-
CIAS

14/03/01

VIOTA

x

   

x

x

x

x

VIG
EPIDEM

x

x

02/03/01

FUSAGASUGA

x

x

 

x
(NO ENVIO

x

x

x

x

x

x

10/03/01

UBATÉ

x

x

x

x

x

NO

x

VIG
EPIDEM

x

x

13/03/01

LA MESA

x

x

 

x

x

NO

x

x

x

x

20/03/01

GUATAVITA

x

   

x

x

x

NO

NO

x

x

08/03/01

VILLETA

x

x

x

 

x

x

x

VOG EPIDEM

x

x

08/03/01

LA VEGA

x

x

 

x

x

NO

NO

NO

x

x

08/03/01

TENJO

x

x

 

x

x

AUDT MED

NO

NO

x

x

09/03/01

FACATATIVA

x

x

x

REVISIÓN
POR
MINSALUD

x

NO

x

NO

x

x

16/03/01

FOMEQUE

x

x

 

x

x

x

x

x

x

x

07/03/01

CHOCONTÁ

x

x

x

DEC 1335/90

x

x

x

x

x

x

14/03/01

ARVELAEZ

x

x

 

X (NO NVIO)

x

x

x

x

x

x

01/03/01

BOSA PAULO VI

x

x

 

x

x

x

x

x

x

x

12/03/01

CAFAM IPS

x

   

x

x

x

x

x

x

x

14/03/01

HOSPITAL SAMARITANA

x

x

x

x

x

x

x

x

x

x

16/03/01

HOSPITAL CENTRAL DE LA POLICÍA

x

   

x

x

x

x

x

x

x

21/03/01

CLÍNICA CARLOS LLERAS ISS

x

x

 

PEND

x

CALIDAD

x

x

x

x

15/03/01

HOSPITAL DE MEISSEN

x

x

 

x

x

x

x

x

   

20/03/01

HOSPITAL SAN BLAS II NIVEL

x

x

 

x

x

NO

NO

NO

NO

NO

15/03/01

KENNEDY II NIVEL

x

x

 

 x SOLO
MEDICOS
CONTRA-
TADOS

x

x

x

x

x

x

06/03/01

SIMÓN BOLIVAR

x

x

 

x

x

x

x

x

x

x

13/03/01

CLÍNICA MANDALAY

x

x

x

x

x

x

x

x

x

x

28/03/01

CLÍNICA DEL OCCIDENTE

x

x

x

NO

x

x

x

x

x

x

27/03/01

HOSPITAL DE SUBA I NIVEL

x

x

 

x

x

x

x

 

x

x

16/03/01

HOSPITAL DE BOSA II NIVEL

x

   

x

x

x

x

 

x

x

12/03/01

HOSPITAL SAN JOSÉ

x

x

x CON
SOCIDAD
DES DE
ESPECIA-
LISTAS

x

x

x

x

 

x

x

27/03/01

CENTRO MÉDICO GAMA

NO

NO

POR ARRIENDO

x

x

x

x

x

x

 x (NO
ESPE-
CIFICA
PROFE-
SION)

27/03/01

HOSPITAL MILITAR

x

x

 

x

x

x

x

x

x

x

20/03/01

HOSPITAL EL TUNAL

x

x

 

x

x

x

x

x

x

x

20/03/01

CLÍNICA DE SANTA ROSA DE LIMA
 

x

x

x

x

x

x

x

x

x

03/03/01

ISS EPS

x

x

 

PEND

x

PEND

PEND

PEND

PEND

PEND

21/03/01

JAVESALUD
 

x

 

x

x

x

x

x

x

NO ENTRE-
GA
MEDICA-
MENTOS

02/03/01

HOSPITAL SAN IGNACIO

NO

 

CONTRATO
CON U.
JAVERIANA

NO

NO

x

x

   

x

11/04/01

CAJANAL EPS

NO

NO

NO

NO

NO

NO

NO

NO

NO

NO

28/03/01

CAPRECOM EPS

x

   

PEND

x

PEND RESP
MINSALUD

x

   

x

07/03/01

VIRREY SOLIS

x

x

x

NO ENVIO

NO ENVIO

x

x

   

x

14/03/01

CENTRO POLICLÍNCO DEL OLAYA

x

x

x

NO ENVIO

NO ENVIO

x

x

   

x

13/03/01

CONVIDA EPS

x

x

x

x

x

NO

NO

NO

NO

NO

13/03/01

PUERTO SALGAR

NO

NO

NO

NO

NO

NO

NO

NO

NO

NO

22/03/01

CLÍNICA NUEVA

x

x

x

NO

x

x

x

x

x

x

07/03/01

HOSPITAL DE LA VICTORIA

x

x

 

x

x

x

x

x

x

x

15/03/01

CLÍNICA DE MAGDALENA

x

x

x

x

x

x

x

x

x

x

05/03/01

CLÍNICA CENTRO MÉDICO ORMES

x

x

x

x

x

x

x

x

x

x

01/03/01

FUNDACIÓN SANTA FE
 

x

x

x

 

x

x

x

x

x

01/03/01

CLÍNICA BOCHICA

x

x

x

x

x

AUD MED

AUD MED

x

x

x

15/03/01

CLÍNICA SAN RAFAEL

x

x

x

x

x

x

x

x

x

x

20/03/01

COLPATRIA EPS

NO

NO

NO

NO

NO

NO

NO

NO

NO

NO

07/03/01

TOTAL

46

                   

 

Instituciones que Enviaron Datos de cómo Pagaban por Evento Y Honorarios

PÚBLICA 

29 

PRIVADAS 

17

CUNDINAMARCA 

22

BOGOTÁ 

24

Lea También: Resolución de la Asociación Médica Mundial sobre Derechos Humanos

Lista de las Instituciones a las que se les Envió Derecho de Petición

EPS
IPS
HOSPITALES
1. CAFESALUD
2. CAJANAL
3. CAPRECOM
4. COLSEGUROS
5. COMPENSAR
6. COOMEVA
7. CONVIDA
8. CRUZ BLANCA
9. FAMISANAR
10. HUMANA VIVIR S.A.
11. INSTITUTO SEGUROS SOCIALES
12. SALUD COLPATRIA
13. SALUD COOP
14. SALUD COLMENA
15. SALUD TOTAL
16. SANITAS
17. UNIMEC
1. DINAMICA IPS
2. JAVESALUD
3. MEDI EXPRE IPS
4. PREVISANAR
5. VIRREY SOLIS[/column]
1. HOSPITAL DE BOSA
2. HOSPITAL DE NAZARETH
3. HOSPITAL DE LA MISERICORDIA
4. HOSPITAL DE SAN JOSE
5. HOSPITAL DE LA POLICIA
6. HOSPITAL DE LA SAMARITANA
7. HOSPITAL EL TUNAL
8. HOSPITAL DE LA VICTORIA
9. HOSPITAL MEISSEN
10. HOSPITAL MILITAR CENTRAL
11. HOSPITAL OCCIDENTE DE KENNEDY
12. HOSPITAL PABLO VI BOSA
13. HOSPITAL SAN BLAS
14. HOSPITAL SAN CARLOS
15. HOSPITAL SANTA CLARA
16. HOSPITAL SAN IGNACIO
17. HOSPITAL SAN JUAN DIOS
18. HOSPITAL SIMON BOLÍVAR
19. HOSPITAL DE SUBA

Hospitales de Cundinamarca
HOSPITAL SAN ANTONIO
HOSPITAL SAN ANTONIO
HOSPITAL SAN RAFAEL
HOSPITAL HABACUC CALDERON
HOSPITAL SAN ANTONIO
HOSPITAL SAN MARTÍN DE PORRES
HOSPITAL NTRA SRA DEL CARMEN
HOSPITAL SAN RAFAEL
HOSPITAL SAN VICENTE DE PAUL
HOSPITAL SAN RAFAEL
HOSPITAL SAN FRANCISCO
HOSPITAL SAN RAFAEL
HOSPITAL SAN JOSE
HOSPITAL SAN JOSE
HOSPITAL SAN ANTONIO
HOSPITAL PEDRO LEON ALVAREZ
HOSPITAL SAN JOSE
HOSPITAL SAN ANTONIO
HOSPITAL SANTA MATILDE
HOSPITAL NTRA SRA. DEL PILAR
HOSPITAL SAN VICENTE DE PAUL
HOSPITAL SAN RAFAEL
HOSPITAL DIÓGENES TRONCOSO
HOSPITAL SAN VICENTE DE PAUL
HOSPITAL HILARIO LUGO
HOSPITAL SAN ANTONIO
HOSPITAL MARIO GAITAN YANGUAS
HOSPITAL DIVINO SALVADOR
HOSPITAL NTRA. SRA. DEL CARMEN
HOSPITAL SANTA ROSA
HOSPITAL MARCO FELIPE AFANADOR
HOSPITAL EL SALVADOR
HOSPITAL SANTA BARBARA
HOSPITAL SANTA BARBARA
HOSPITAL SALAZAR
HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS
Anolaima
Arbeláez
Caquezá
Carupa
Chia
Chocontá
El Colegio
Facatativa
Fomeque
Fusagasugá
Gachetá
Girardot
Guacheta
Guaduas
Guatavita
La Mesa
La Palma
La Vega
Madrid
Medina
Nemocón
Pacho
Puerto Salgar
Rioseco
Sasaima
Sesquilé
Soacha
Sopo
Tabio
Tenjo
Tocaima
Ubaté
Vergara
Villeta
Viot
Zipaquirá
CLÍNICAS
1. CLINICA BARRAQUER
2. CLINICA BOCHICA
3. CLINICA CAFAM
4. CLINICA CARLOS LLERAS RESTREPO
5. CLINICA COLSUBSIDIO
6. CLINICA CORPAS
7. CLINICA DEL OCCIDENTE
8. CLINICA DEL RESTREPO
9. CLINICA DE LA COLUMNA
10. CLINICA DE LA SABANA
11. CLINICA DE MARLY
12. CLINICA DEL BOSQUE
13. CLINICA DEL COUNTRY
14. CLINICA DEL NIÑO JORGE BEJARANO
15. CLINICA DE LA MUJER
16. CLINICA DAVID RESTREPO
17. CLINICA EL CAMPIN
18. CLINICA EMMANUEL
19. CLINICA GAMA
20. CLINICA KENNEDY
21. CLINICA LA CAROLINA
22. CLINICA LA INMACULADA
23. CLINICA DE LA MAGDALENA
24. CLINICA Y CENTRO MEDICO ORMES
25. CLINICA MANDALAY
26. CLINICA MONSERRAT
27. CLINICA NUEVA
28. CLINICA PALERMO
29. CLINICA PARTENÓN
30. CLINICA PREVIMEDIC LTDA
31. CLINICA REINA SOFIA
32. CLINICA SAN DIEGO
33. CLINICA SANTA BIBIANA
34. CLINICA SANTA ISABEL
35. CLINICA SANTA ROSA DE LIMA
36. CLINICA SHAIO
37. CLINICA SAN PEDRO CLAVER
38. CLINICA SAN RAFAEL
39. CENTRO POLICLÍNICO DEL OLAYA
40. FUNDACIÓN CARDIOINFANTIL
41. FUNDACIÓN SANTAFE DE BOGOTA

 

Total Cartas Enviadas
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No contestaron

118
75
46
29
43

 

Bogotá, D.C. Octubre 29 de 2001
Doctor
ANGELINO GARZON
MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
La Ciudad
Respetado señor Ministro:
Reciba un cordial saludo en nombre de la Junta Directiva de la Federación Médica Colombiana.
La Federación Médica Colombiana es una entidad sin ánimo de lucro que agrupa a todos los Colegios Médicos del país y es asesora del Gobierno Nacional, según el Artículo 62 de la Ley 23 de 1981.
La Federación Médica Colombiana y sus Colegios Médicos tienen como objetivos la salvaguardia de la ética médica y la defensa de los intereses laborales, científicos, sociales y gremiales de los médicos del pais y de la región correspondiente a cada Colegio Médico.
Por esta razón y en cumplimiento de nuestras obligaciones, esta Junta Directiva se dirige a Usted comedidamente a través de su Presidente y Secretario para informarle sobre la situación laboral actual de los profesionales médicos, esperando encontrar su colaboración y apoyo a soluciones que conduzcan a que el médico tenga un trabajo en condiciones dignas y justas, tal como lo consagra el artículo 25 de la Constitución Política de Colombia.
Acudiendo al Derecho de Petición y con el fin de constatar la realidad, el Colegio Médico de Cundinamarca y Bogotá, como entidad Veedora Ciudadana que es, solicitó a las 118 entidades prestadoras de servicios de salud más representativas de Bogotá y Cundinamarca que hacen parte del Sistema General de Seguridad Social en Salud.
La siguiente información:
  1. Qué tipos de contratación médica mantienen y cuáles son sus respectivas remuneraciones.
  2. Existencia o no de un manual de funciones para los médicos.
  3. Existencia o no, según lo manda la ley, de los comités de ética, de historias clínicas, de enfermedades infecciosas, de farmacia y de salud ocupacional en cada institución consultada.
Mediante este estudio se puede observar que las entidades que contestaron al Derecho de Petición son tanto de carácter privado como público, siendo estas últimas la mayoría; que unas y otras suscriben contratos laborales de duración indefinida, contratos civiles de prestación de servicios y los denominados contratos “por evento”. En encuestas adicionales se pudo comprobar que en la práctica también existen contrataciones por porcentaje de consulta y por horas, como lo podrá ver el Señor Ministro en los resultados de dicho estudio, contenidos en los anexos del presente documento.
Cabe agregar que, conforme al artículo 53 de la Carta Política y salvo los contratos a término indefinido, en las demás formas de contratación no se están teniendo en cuenta los principios fundamentales que deben considerarse en materia laboral, tales como la igualdad de oportunidades para los trabajadores, remuneración mínima vital móvil proporcional a la cantidad y calidad de trabajo, estabilidad en el empleo, irrenunciabilidad a los beneficios mínimos establecidos en normas laborales, garantía a la seguridad social, capacitación, descanso necesario y la primacía de la realidad sobre la forma. También se viola sistemáticamente la reglamentación legal existente para las contrataciones a término fijo, las cuales se repiten por mas períodos que los que la ley contempla.
Es importante hacer énfasis en que, siendo los médicos los principales actores y gestores del Sistema de Seguridad Social en Salud, no tienen para sí mismos seguridad social en salud ni contra los riesgos y contingencias que implica el ejercicio de su profesión, ni el reconocimiento de remuneración especial por trabajo en jornada nocturna y días festivos, así como tampoco vacaciones, salvo los profesionales que tienen una contratación laboral a término indefinido. Por estas razones, la remuneración no se compadece con su nivel profesional altamente especializado.
Como el Señor Ministro bien lo sabe, a pesar de la contratación civil con un solo individuo o persona natural para la prestación de servicios, en la práctica se configura un contrato laboral cuando, indiscutiblemente, se cumplan los tres elementos esenciales que le dan dicha categoría
Como son:
  1. Prestación personal de servicios.
  2. Subordinación o dependencia.
  3. Cancelación de honorarios (salario).
Estas tres condiciones se cumplen en todos los contratos civiles hechos por las instituciones con sus médicos, lo cual es fácilmente constatable en todas y cada una de ellas.
Vemos entonces que, por no cancelar las prestaciones sociales a los médicos y para preservar una fácil y barata disponibilidad de mano de obra médica en el mercado del trabajo, los empleadores propician y mantienen una situación de inestabilidad laboral, dado que los contratos se pactan sólo por uno a tres meses, con las graves consecuencias de diverso orden que esta situación acarrea. Siendo algunas de ellas la dificultad de cumplimiento del compromiso con la entidad contratante y con los pacientes, factores decisivos para el progreso y desarrollo de una empresa; el mantenimiento de la calidad en la atención médica; la mejoría de los pacientes y la realización de trabajos de investigación clínica.
Además, otros abusos incontrolados en el proceder empresarial como la contratación por porcentaje en las consultas o por horas de trabajo, la cancelación de honorarios por parte de algunas entidades a los 3 ó 4 meses de haber finalizado un contrato de prestación de servicios, cuya paga en algunos casos se hace en parte con bonos de alimentación ó gasolina, resultan inmorales y desmoralizantes y atentan contra la dignidad profesional y personal del médico.
Si a esta situación laboral le adicionamos las restricciones que están imponiendo las entidades de salud con el objeto de disminuir costos en las intervenciones quirúrgicas, el tiempo cada vez más corto de atención a los pacientes, la formulación de medicamentos y la emisión de exámenes clínicos y paraclínicos, el panorama del ejercicio de la profesión médica no puede ser más incierto.
El pais entero ha visto que muchos trabajadores de la salud han tenido que recurrir a la utilización del derecho a la huelga y protesta públicas para ser escuchados y tenidos en cuenta por el gobierno y para hacer valer sus derechos, situaciones no deseables ni para los médicos ni para el gobierno ni, mucho menos, para los pacientes.
La Federación Médica Colombiana y sus Colegios Médicos estamos seguros que mediante la discusión y la negociación, respaldadas con análisis objetivos y comprobables y acompañados de propuestas alternativas viables, así como por las vías jurídicas, también se pueden resolver y solucionar situaciones difíciles como la expresada, antes de llegar a las situaciones extremas de derecho, como son las inicialmente mencionadas.
Por esto hemos recurrido a Usted, porque sabemos que es una persona honesta y justa que se ocupa en combatir las injusticias laborales y trabajar por la estabilidad en el trabajo de todos los colombianos. Por ello estamos seguros que recibiremos su comprensión y apoyo para solucionar un problema que es también de los demás profesionales de la salud, donde se hace impostergable la actuación de la autoridad administrativa del trabajo, orientada al debido y habitual control de las entidades empleadoras del trabajo médico y, si fuere el caso, previniéndoles con las medidas sancionatorias de rigor.
Para este efecto convendría, a más de visitas de inspección a estas entidades, la expedición por parte de su Despacho de una circular alusiva, tal como respetuosamente lo solicitamos.
Sería de inmenso beneficio para el Sistema General de Seguridad Social en Salud la decisión del Gobierno de propiciar el fortalecimiento de los mecanismos de vigilancia y control de la Superintendencia de Salud, para que pueda cumplir la misión que motivó su creación.
Igualmente, las Secretarías de Salud Distritales, Municipales y Departamentales, deben cumplir con su función de vigilancia y control sobre las entidades de salud operantes en sus regiones para lograr el cumplimiento de la normatividad vigente, con el fin de que los servicios de salud se presten en las mejores condiciones y con calidad, para beneficio de los usuarios y de los propios profesionales de la salud.
Sabemos, Señor Ministro, que las consideraciones contenidas en la presente tendrán de su parte el recibo que merecen y quedamos a la espera de su respuesta.
Con sentimientos de admiración y aprecio, estamos a su disposición para hacer las ampliaciones que Usted considere necesarias a estas denuncias.
Respetuosamente,
IDRIS LONDOÑO RESTREPO, M. D. SERGIO ISAZA VILLA, M. D.
Presidente-F. M. C. Secretario-F. M. C.
C. C. Colegios Médicos Departamentales

1115000
Oficio N° 270
Bogotá
Doctor
JOSE ARLEY GUERRERO OROZCO
Director Territorial de Cundinamarca
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Bogotá D.C.
Asunto: FEDERACIÓN MEDICA COLOMBIANA
Apreciado Doctor:
Por tratarse de un asunto de su competencia, remito la comunicación dirigida al señor Ministro de Trabajo, suscrita por la FEDERACIÓN MEDICA COLOMBIANA, quien solicita visitas de inspección a las entidades prestadoras de servicios de salud de Bogotá. (Rad. 204-9343 del 19 de marzo del 2002).
Cordialmente,
HERNAN JAIME ULLOA VENEGAS
Jefe Unidad Especial de Inspección,
Vigilancia y Control del Trabajo.
Copia: Federación Médica Colombiana – Calle 72 N° 6-44 Piso 11
Bogotá D.C.
Anexo: 15 folios
Elisa Ch.
Cumplamos con la Legislación Laboral y de Seguridad Social
Unidad Especial de Inspección, Vigilancia y Control del Trabajo
Cra. 7 # 32-16 – Of. 1706 – Tel: 56134

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