Ley del Talento Humano en Salud

Esta Ley del Talento Humano en Salud crea el Consejo Nacional de los Recursos Humanos. Es una instancia plural donde nosotros los profesionales de la salud tenemos asiento propio con voz y voto y donde podemos debatir nuestros problemas y proponer soluciones sentados en la misma mesa con el gobierno, empleadores y educadores.

Muchas dificultades del ejercicio podrán ser resueltas allí. También crea los Comités Asesores, pues por cada profesión de la salud se crea un comité asesor del Consejo.

En estas instancias de dirección y asesoría estarán nuestras sociedades científicas y gremiales al lado del Gobierno. (Protección Social y Educación). De los decanos de facultades, de los gerentes de EPS y de IPS, de los estudiantes, de los trabajadores, entre otros. Diseñando políticas sistémicas en un ambiente pluralista y, sobre todo con capacidad de decisión.

Entre otras funciones del Consejo de Recursos Humanos están las siguientes:

  • Recomendar al Ministerio de Educación las políticas y planes para el mejoramiento de la pertinencia, calidad, cantidad, contenidos e intensidad de los programas educativos del área de la salud.
  • Proponer, con base en los análisis y estudios realizados en las comisiones correspondientes las competencias profesionales y perfiles ocupacionales de las diferentes categorías de formación comprometidas en la prestación de servicios del área de la salud.
  • Dar concepto técnico a la definición que el Ministerio de la Protección Social realice sobre el manual de tarifas.
  • Dar concepto sobre los salarios mínimos para las diferentes profesiones y ocupaciones del área de la salud.

Calidad, cantidad y pertinencia de los programas de formación en el área de la salud.

Establece criterios de cantidad, calidad y pertinencia de los programas de formación de los nuevos profesionales de la salud. Teniendo en cuenta la proyección del desempleo en el sector, que es la siguiente.

Tasa de desempleo – año 2000 y proyección 2020 *

Medicina: 7%………………………….. 22%
Odontología: 14%…………………………….32%
Bacteriología y nutrición: 18%……………..51%
Enfermería profesional: 30%…………………41%
Terapias: 48%…………………………………….67%

* (Fuente: Ruiz Gómez Fernando. Profesor Asociado Pontificia Universidad Javeriana. Consultor Instituto Cendex. En: Desafíos para los Recursos Humanos en el SGSSS. Editado por el Ministerio de Salud. Bogotá octubre 2002)

Hospitales Universitarios y Escenarios de Práctica.

Establece criterios estrictos para elevar la calidad de los escenarios de práctica en general, y en especial para los Hospitales Universitarios. Hoy cualquier “chuzo” es hospital universitario. Como el negocio es educar como sea, no importan profesores, biblioteca real y virtual, salones, bienestar universitario, investigación, si no cobrar matrículas. En el único país del mundo donde se les cobra a los residentes y no se les paga es en Colombia.

Colegios de Profesionales de la Salud.

Ordena taxativamente que los Colegios deben defender, fortalecer y apoyar el desarrollo profesional. Para que lo anterior no sea letra muerta les asigna las siguientes funciones públicas:

Recertificación Obligatoria.

Es un proceso flexible y de acompañamiento de acumulación de créditos, basado en la educación continua. Su base de operaciones son los pares académicos que les corresponderá a las respectivas Sociedades Científicas. Su fin es lograr la excelencia y mantener la idoneidad profesional como garantía de calidad para el paciente.

Registro Único Nacional de los Recursos Humanos en Salud.

Ordena que los Colegios sean las únicas instancias que inscribirán a los profesionales de la disciplina correspondiente en el Registro Único Nacional de los Recursos Humanos en Salud.

Tarjeta Profesional

Esta Ley ordena que sean los colegios de profesionales los que expidan la identificación única (tarjeta profesional), de conformidad con el inciso anterior.

Permisos Transitorios para el Personal Extranjero.

Serán los Colegios los encargados de expedir los permisos transitorios a los profesionales de la salud extranjeros que vengan al país en misiones científicas o humanitarias. Así como la recertificación fortalecerá a las Sociedades Científicas, la expedición de la Tarjeta Profesional, fortalecerá a las regionales del Colegio Medico Colombiano.

En cada capital de nuestros departamentos habrá una casa blanca inmaculada y bonita que administrará estas funciones. No se podrá ejercer medicina, si usted doctor, no se acerca a esa, su casa, donde habrá un letrero grande que dirá “Casa Médica Departamental”.

Allí depositará unos datos, su confianza y su fe, y se le expedirán unos documentos; y usted doctor sabrá entonces cuantos colegas tiene y en qué condiciones ejercen. Será en ese lugar donde usted ya no se sentirá solo, allí recuperará la moral y la profesión le volverá a sonreír.

No se preocupe por erogaciones extremas, la tarjeta profesional tendrá el mismo costo que las secretarías de salud departamentales hoy cobran por ella, con la diferencia que ahora financiará la gestión para recuperar el encanto de la profesión de Hipócrates, porque allí se prenderá la llama de las reivindicaciones. La recertificación, para especialistas y médicos generales no tendrá costo.

Lo costoso es la educación continua, pero si la seguimos haciendo al estilo de las Sociedades Científicas apoyadas por la industria farmacéutica seguro que obviamos esta dificultad. Hoy muchas sociedades científicas re-certifican gratuitamente a sus afiliados. El peligro es que las universidades se apropien también de la educación continua y la conviertan en otro negocio.

Estamos convencidos que esta dinámica regional, acompañada con una buena articulación nacional será el campo de aterrizaje que servirá para aglutinarnos a todos y será el principio de la organización que necesitamos para solucionar nuestras apremiantes dificultades. Tenga en cuenta que las otras profesiones de la salud también harán lo mismo.

Stévenson Marulanda Plata, MD Presidente Colegio Médico Colombiano. Consejo de Recursos Humanos

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