Generalidades del Sistema Presupuestal
El sistema presupuestal es un conjunto de herramientas dirigido a organizar la información financiera en los entes públicos para optimizar la utilización de los recursos y la satisfacción de las necesidades de la población de acuerdo con las competencias que le han sido asignadas constitucional y legalmente.
El sistema presupuestal está conformado por el Plan de Desarrollo, el Plan Financiero, el Plan Operativo Anual de Inversiones, el Presupuesto y el Plan Anual de Caja.
Sistema Presupuestal
Los gobernantes establecerán su Programa de Gobierno que deberá corresponder al documento presentado durante la campaña y que con tendrá los objetivos y metas pretendidas en su período de gobierno. Una vez posesionados, dicho Programa deberá ser la base para la conformación del Plan de Desarrollo que será expuesto, según el caso, ante la Asamblea o Concejo para su consideración, y una vez aprobado será la directriz de la acción de esa administración.
El soporte financiero del Plan de Desarrollo es el Plan Financiero Plurianual, el cual estima en el mediano plazo los ingresos esperados y los confronta con las necesidades de gasto e inversión identificadas, estableciendo en su diferencia las necesidades de financiación.
Los proyectos de inversión para cada año, a través de los cuales los entes territoriales cumplirán con Su Plan de Desarrollo, conforman el Plan Operativo Anual de Inversiones, POAI.
Los recursos disponibles para financiar la cantidad de bienes y servicios que ofrecerá el ente territorial a la comunidad en cada año, constituyen el Presupuesto Anual. El presupuesto debe entonces elaborarse con base en el Plan de Desarrollo y el POAI. La programación mensual de los recaudos de los ingresos incluidos en el Presupuesto y de los pagos correspondientes a los gastos del Presupuesto, conformarán el Plan Anualizado de Caja, PAC.
Marco legal
La base para la preparación del presupuesto es el Estatuto Orgánico de Presupuesto General de la Nación. La estructura presupuestal, las definiciones y conceptos utilizados se fundamentan en la siguiente reglamentación:
- Estatuto Orgánico del Presupuesto General de la Nación (Decreto111de1996).
- Decreto 568 de 21 de marzo de 1996, Decreto 630 de abril 2 de 1996, Decreto 2260 de diciembre 13 de 1996.
- Ley General de Presupuesto.
- Decreto de liquidación del Presupuesto General de la Nación.
Para la formulación del presupuesto del sector educativo, además de las anteriores normas, deben ser consideradas las siguientes:
• Ley 152 del 15dejuliode1994, orgánica del plan de desarrollo.
• Ley 715 del 21 de diciembre de 2001.
Decretos y normas por las cuales se rigen los sueldos y prestaciones sociales del personal docente y administrativo que se pagan con recursos del Sistema General de Participaciones (Decretos 3020 de 2002, 3222 de 2003, 3621 de 2003, 3752 de 2003).
El 9 de Julio de 2003 el Congreso de la República promulgó la Ley 819, la cual relaciona normas orgánicas en materia de presupuesto, responsabilidad y transparencia fiscal y otras disposiciones como el establecimiento de un marco fiscal a mediano plazo.
Actualmente se encuentra en curso ante el Congreso de la República la reforma al estatuto orgánico de presupuesto vigente, a través de la Dirección Nacional del Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y la Dirección de Inversiones y Finanzas Públicas del Departamento Nacional de Planeación. Esta norma puede cambiar la estructura presupuestal y los procedimientos descritos en la presente cartilla.
Componentes del presupuesto general de la entidad territorial y etapas del proceso de presupuestación.
El presupuesto general de la entidad territorial está constituido por el Presupuesto de Ingresos y Recursos de Capital precisando la fuente de los mismos, especialmente aquellos que tienen característica de destinación específica y el Presupuesto de Gastos.
El proceso de pre-supuestación contempla tres etapas: programación, ejecución y cierre.
Programación del presupuesto
Ingresos y recursos de capital
El presupuesto de ingresos y recursos de capital contiene la estimación de los ingresos corrientes, las transferencias, los fondos especiales, los recursos de capital y los ingresos de los establecimientos públicos de la entidad territorial.
Los ingresos corrientes se clasifican en tributarios y no tributarios. Los ingresos tributarios se clasifican en impuestos directos e indirectos, y los ingresos no tributarios comprenderán las tasas y las multas.
Entre las transferencias que reciben las entidades territoriales, la más significativa es la que corresponde a los recursos del SGP para la prestación de los servicios de educación y salud, que se distribuyen en desarrollo de lo establecido en los Artículos 356 y 357 de la Constitución Política de 1991, el Acto Legislativo 01 de 2001 y la Ley 715 de 2001.
Los recursos de capital comprenden: los recursos del balance, los recursos del crédito interno y externo con vencimiento mayor a un año, las donaciones, los rendimientos y excedentes financieros.
Básicamente los ingresos del sector educación están conformados por los corrientes que les asignan el ente territorial y las transferencias que recibe de la Nación, por los fondos del Sistema General de Participaciones. Otros ingresos que están disponibles para el sector educación se deben gestionar mediante las unidades administrativas (Secretarías de Educación) responsables del sector educación y que al obtenerlos, deberán conformar su presupuesto de ingresos.
Las bases para la estimación de los ingresos provenientes del SGP, así como su asignación para cubrir gastos, serán las que resulten del análisis del comportamiento que la metodología tiene para su asignación.
Excelente compilación del Presupuesto Público