Aspectos Institucionales del TLC entre Colombia y Canadá

 Aspectos Institucionales del TLC firmado  entre Colombia y Canadá

El tratado contiene diversos aspectos institucionales del TLC orientados a garantizar que el proceso de implementación, desarrollo y modificaciones futuras se realicen sin tropiezos.

Para todas las labores de administración del tratado se estableció la Comisión Libre Comercio, conformada por el Ministro de Comercio, Industria y Turismo, en representación de Colombia, y el Representante Comercial de Canadá, en representación de los Canadá.

Por su parte, le corresponde a la Comisión, entre otras responsabilidades, supervisar el proceso de implementación del tratado.

Así como supervisar su desarrollo, buscar la solución a las controversias que surjan y supervisar la labor de todos los comités, consejos y grupos de trabajo creados en el tratado.

 Aspectos Institucionales del TLC

Estos aspectos abarcan las declaraciones de tipo político y mecanismos de administración del Tratado, provisiones para promover la transparencia, mecanismos para recoger observaciones y mecanismos para solucionar controversias y los artículos que abarcan son:

Capítulo 1. Disposiciones Iníciales y Definiciones Iníciales: Su objetivo es establecer una zona de libre comercio y la definición de conceptos generales y específicos de las partes.

Capítulo 20. Administración del Tratado: Su objetivo es establecer la Comisión de Libre Comercio y el Comité para el fortalecimiento de las capacidades comerciales.

Capítulo 21. Solución de Controversias: Tiene como objetivo Crear un mecanismo que se aplicará a la prevención o la solución de las controversias entre las Partes relativas a la interpretación o aplicación del Acuerdo.

Capítulo 23. Disposiciones Finales: Definir anexos, apéndices, enmiendas, modificaciones, adhesiones como parte integrante del Acuerdo.

Acceso a los mercados de bienes no agrícolas:

En materia de acceso a los mercados de bienes no agrícolas, se benefician de los programas de liberación aquellas mercancías que hagan uso de los instrumentos de promoción de exportaciones como Plan Vallejo y Zonas Francas.

También, se incorporaron en el Acuerdo algunos productos remanufacturados como maquinaria y equipo que permitirán el desarrollo de la industria nacional y la reconversión industrial a un menor costo.

De esta manera, se permite mantener la política nacional de ingreso de bienes usados, desechos, desperdicios y vehículos fríos.

Acceso a los mercados de bienes agrícolas:

En bienes agrícolas, Colombia consolidó las preferencias del SGP en el Acuerdo y obtuvo asimetría en las modalidades de desgravación a su favor, teniendo en cuenta de manera especial el impacto sobre la producción.

Sin embargo, excepcionalmente, en productos avícolas y productos lácteos se ofrecen desgravaciones sobre los contingentes que ese país mantiene bajo los compromisos en la OMC.

Otros temas de los Aspectos Institucionales del TLC:

Se establecieron reglas de origen favorables para productos claves como agropecuarios, textil-confección, calzado, y siderurgia, entre otros.

También se negociaron disposiciones sobre transparencia y agilidad en los procedimientos de retiro de mercancías antes del pago de impuestos; esquemas de cooperación entre autoridades aduaneras; y despacho rápido mercancías de bajo riesgo; entre otros en el capítulo de procedimientos de origen y facilitación del comercio.

En el Capítulo de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias, se pactaron disposiciones (ej. reconocimiento mutuo, equivalencia, evaluación de riesgo, etc.,) e instancias (Comité) para facilitar el acceso de productos agropecuarios y alimentos.

Para los Obstáculos Técnicos al Comercio se acordaron disposiciones sobre normas, reglamentos técnicos y procedimientos de evaluación de la conformidad para fomentar el comercio y evitar barreras encubiertas.

En materia de Defensa Comercial se convino establecer la posibilidad de aplicar salvaguardia bilateral de naturaleza arancelaria para facilitar el reajuste de sectores determinados.

Y finalmente en materia de Inversiones se pactaron reglas que ofrecerán mayor certidumbre, y protección a los inversionistas de ambas partes mediante compromisos en materia de trato nacional; nación más favorecida; estándar mínimo de trato; expropiaciones sin compensación; y transferencias de capitales, entre otros.

Temas transversales:

Por otra parte, el capítulo sobre Política de Competencia contiene disposiciones para proscribir prácticas anticompetitivas que restrinjan el comercio y la inversión.

Según las legislaciones nacionales, con el fin de evitar que los beneficios del Acuerdo puedan perderse en presencia de prácticas anticompetitivas. Posibilidad de negociar un instrumento de cooperación entre autoridades.

Para la Contratación Pública se establecieron reglas sobre no discriminación en las Compras Públicas que cubre las entidades del ámbito central en ambos países.

También, cabe anotar que con estas disposiciones se obtuvo acceso para los empresarios colombianos a un mercado de US$17.000 millones.

En cuanto a Comercio Electrónico se estableció una regulación para evitar pago de aranceles y cargos al comercio de productos por medios electrónicos.

En asuntos laborales y medio ambiente se convino no estimular el comercio o la inversión a través del debilitamiento o reducción de la protección de las legislaciones nacionales. (Se desarrollan mayores compromisos en los Acuerdos sobre estas materias).

Finalmente, en Cooperación se diseñó un mecanismo permanente para fortalecer capacidades comerciales y lograr el aprovechamiento del Acuerdo.

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