Normas de Información Financiera

Etica y finanzas

Bogotá, enero 4 de 2012. Con la expedición del Decreto 4946 del 30 de diciembre de 2011; que permite a las empresas colombianas acoger, de manera voluntaria e integral, las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF); el Gobierno Nacional dio un paso más hacia la conformación de un sistema único de normas de información financiera, estandarizado con el mundo.

Habrá una etapa de prueba de un año

Así lo informó el Ministro de Comercio, Industria y Turismo, Sergio Díaz-Granados; al indicar que el Decreto 4946 permite a las empresas ir convergiendo hacia los estándares internacionales en materia de NIIF; para medir el impacto de éstos en su competitividad.

Asimismo, lo anterior concuerda con el propósito del Gobierno, de contar a la mayor brevedad con estos estándares internacionales; ya que, según el ministro, hablar un mismo lenguaje en materia de normas de información financiera; es un atractivo para los inversionistas y para las empresas colombianas que invierten en el exterior.

“También este proceso conlleva ampliar el campo de acción laboral para los contadores públicos colombianos; y contribuirá al mejoramiento de la productividad, la competitividad y el desarrollo armónico de la actividad empresarial”, dijo.

En virtud al Decreto 4946, los emisores de valores o entidades de interés público correspondientes; así como los entes económicos de tamaño grande y mediano, pueden aplicar las NIIF; para lo cual deberán comunicar su decisión al organismo que de manera exclusiva ejerza inspección, vigilancia y control sobre éstos; o ante la DIAN, a más tardar el día 13 de enero de 2012.

Además, es de destacar que, en esta etapa de prueba; únicamente deberán prepararse y presentarse bajo NIIF los estados financieros de propósito especial; mientras que los estados financieros de propósito general y demás información destinada al público, deberán prepararse y presentarse bajo normas colombianas.

Finalmente la etapa de prueba para la conformación de un sistema único de normas de información financiera; está comprendida entre el primero de enero y 31 de diciembre de 2012; lapso en el cual la información que se reportó solamente se utilizará por las autoridades para medir los impactos; y establecer los requisitos y obligaciones que resulten en el desarrollo de tal aplicación normativa.

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