Convención-Interamericana Sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores

Exposición de Motivos del Proyecto de Ley “POR MEDIO DE LA CUAL SE APRUEBA LA «Convención-Interamericana Sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores», adoptada en Washington, el15 de junio de 2015″.

Honorables Senadores y Representantes:

En nombre del Gobierno Nacional y en cumplimiento de los artículos 150 No. 16, 189 No. 2, y 224 de la Constitución Política, presentamos a consideración del Honorable Congreso de la República el Proyecto de Ley “Por medio de la cual se aprueba la «Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores», adoptada en Washington, el 15’de junio de 2015″.

1.Antecedentes

La “Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores” tuvo origen en la reunión de Jefes de Estado y de Gobierno de las Américas, realizada en Puerto España, Trinidad y Tobago, en abril de 2009. En esta reunión se suscribió una Declaración de Compromiso que buscó, entre otros. Incluirlos temas de vejez en la agenda de las políticas públicas de la región, y exponer el interés de elaborar una convención interamericana sobre derechos de las personas adultas mayores1.

A partir de ese momento, los Estados Miembros de la Organización de Estados Americanos -OEA iniciaron un proceso de diálogo, que se reflejó en sucesivas resoluciones de la Asamblea General adoptadas entre 2009 y 2013.

Adicionalmente, desde 2011, la OEA configuró un Grupo de Trabajo sobre la protección de los derechos de las personas mayores. Su primer resultado fue la entrega, en 2011 j de un Informe en el que se analizó la situación de las personas mayores en las Américas. Así como la efectividad de los instrumentos universales y regionales de derechos humanos vinculantes, relacionados con este grupo social. Una vez alcanzada esta meta, el Grupo de Trabaj9 preparó un borrador de la Convención Interamericana para la Promoción y Protección de los Derechos de las Personas Adultas Mayores2.

El Grupo, bajo la Presidencia Pro Témpore de Argentina, realizó seis reuniones formales de trabajo para elaborar la primera versión del proyecto de la Convención. La cual se llevó al Consejo Permanente de la OEA. La Organización Panamericana de la Salud -OPS -y la Comisión Económica para América Latina y el Caribe -CEPAL -ofrecieron asistencia técnica permanente. Hasta que la labor del Grupo de Trabajo finalizó en2015. (Lea También: Convención Interamericana sobre los Derechos Humanos de las Personas Mayores)

Las negociaciones del proyecto de Convención se dividieron en tres etapas:

i) La primera ronda de negociaciones se adelantó entre septiembre de 2012 y mayo de 2013. Tiempo en el cual se realizaron 19 reuniones formales y 8 reuniones informales del Grupo de Trabajo. Luego en la cuadragésima segunda Asamblea General de la OEA. Se extendió el mandato del Grupo de Trabajo para continuar con la negociación del proyecto de Convención3 

ii) La segunda etapa de negociaciones, del 5 de septiembre de 2013 al 9 de mayo de 2014. Se caracterizó por un nuevo examen a profundidad de los contenidos del proyecto de Convención y por la organización interna para el debate del texto. Con la Presidencia Pro Témpore de Panamá, se realizaron 12 reuniones formales y 2 informales, y se contó además con la revisión del proyecto de Convención por parte del Departamento de Derecho Internacional de la OEA y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos – CIDH -. Sin embargo, pese a los avances en la negociación, países como Chile, Colombia y Perú plantearon una presunta duplicidad de contenidos dentro del proyecto de Convención con respecto a la “Convención Americana de Derechos Humanos”. Así como con otros tratados internacionales4.

iii) La tercera etapa inició el 17 de octubre de 2014, con la Presidencia Pro Témpore de Chile. Y concluyó el 15 de mayo de 2015, con la Presidencia Pro Témpore de Panamá. Durante este período se trabajó un texto que procuraba subsanar las duplicidades previamente identificadas, con el propósito de facilitar la aprobación del proyecto de instrumento en el marco de la Asamblea General de la OEA a realizarse en Asunción, Paraguay.

A fin de debatir la nueva propuesta:

Se realizaron 19 reuniones formales, 2 reuniones informales y una reunión de expertos en abril de 2015, en Washington D.C. Al concluir el período de sesiones de la Asamblea, todos los artículos del proyecto de Convención quedaron cerrados y aprobados, aunque algunos de ellos se mantuvieron ad referéndum de algunos Estados. El 19 de mayo de 2015, el Consejo Permanente estableció el Comité de Redacción para revisar el texto en los cuatro idiomas oficiales de la OEA. Un mes después, la “Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores” fue aprobada por la Asamblea General de la OEA5.

El proceso al interior de Colombia, que inició en 2012, estuvo liderado por el Ministerio de Relaciones Exteriores que realizó un trabajo de consultas interinstitucionales para la negociación del texto de la Convención. A través de la mesa interinstitucional, se adelantó un trabajo altamente productivo que se extendió hasta 2015. Una vez aprobada la Convención en el seno de la OEA, el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia adelantó un proceso de consultas interinstitucionales sobre la pertinencia y viabilidad de proceder con la adhesión de Colombia a la Convención.

En el marco del cual fueron requeridas las siguientes 21 entidades del orden nacional:
  • Ministerio de Hacienda y Crédito Público (consultado en 2015 y 2018),
  • Ministerio de Justicia y del Derecho (consultado en 2015 y 2018),
  • De la misma manera el Ministerio del Interior (consultado en 2015 y 2018),
  • Ministerio de Salud y Protección Social (consultado en 2015 y 2018),
  • Ministerio del Trabajo (consultado en 2015 y 2018),
  • También el Ministerio de Educación Nacional (consultado en 2015 y 2018),
  • Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio (consultado en 2015 y 2018),
  • Ministerio de las TIC (consultado en 2015 y 2018),
  • Asimismo, el Ministerio de Cultura (consultado en 2015 y 2018),
  • Ministerio del Transporte (consultado en 2015 y 2018),
  • Departamento Nacional de Planeación (consultado en 2015 y 2018),
  • Departamento Administrativo Nacional de Estadística (consultado en 2015 y 2018),

  • Unidad de Atención y Reparación de Víctimas (consultada en 2015 y 2018)
  • Defensoría del Pueblo (consultada en 2015 y 2018)
  • Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado (consultada en 2015 y 2018)
  • Consejería Presidencial para los Derechos Humanos (consultada en 2015 y 2018)
  • Ministerio de Defensa Nacional (consultado en 2018),
  • Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural (consultado en 2018),
  • Igualmente, el Ministerio de Minas y Energía (consultado en 2018),
  • Ministerio de Comercio, Industria y Turismo (consultado en 2018),
  • Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (consultado en 2018)

Como resultado de las consultas interinstitucionales realizadas, el Ministerio de Relaciones Exteriores concluyó que no obraban objeciones por parte de ninguna entidad frente al proceso de adhesión de Colombia a la “Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores” 6


  • 1 Organización de Estados Americanos. (2009). Declaración de Compromiso de Puerto España.
  • 2 CEPAL. (2013). Perspectivas globales sobre la protección de los derechos humanos de las personas mayores, 2007-2013.
  • 3 Huenchuan, S. (2018). Envejecimiento, personas mayores y Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible: Perspectiva regional y de derechos humanos.
  • 4 Idem
  • 5 Ibid
  • 6 Cancillería. (2019). Comunicación a Ministerio de Salud y Protección Social, radicado S-GAS-19-014496.

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