Convenio sobre Ciberdelincuencia, Descripción del Acuerdo

Materia de Ciberdelincuencia
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II. Descripción del Acuerdo.

A. Objeto del Acuerdo

El Convenio del Consejo de Europa tiene por objeto la materialización de una política criminal común en materia de ciberdelincuencia mediante la adopción de los siguientes lineamientos:

  • Intensificación de la cooperación entre Estados y su relación con el sector privado con el fin de prevenir la comisión de ilícitos en las redes informáticas.
  • Adopción de la legislación interna pertinente, que permita combatir las amenazas a bienes jurídicos tutelados como la confidencialidad. La integridad y la disponibilidad de los datos y de los sistemas informáticos. Protegiendo en general los intereses vinculados al desarrollo de las tecnologías de la información.

(Lea También: Derechos Constitucionales del Hábeas Data)

Encuesta sobre Vehículos en Colombia 🚘 🛣️

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1. Ciudad de residencia*

Si no aparece su ciudad, por favor especifique cuál. 

1. Ciudad de residencia*

Si no aparece su ciudad, por favor especifique cuál. 

2. Género   *

2. Género   *

3. Edad*

3. Edad*

4. Estrato socioeconómico (NSE)*

4. Estrato socioeconómico (NSE)*

5. ¿Cuál es la primera marca que viene a su mente cuando piensa en vehículos?

5. ¿Cuál es la primera marca que viene a su mente cuando piensa en vehículos?

6. ¿Qué otras marcas de vehículos vienen a su mente?

6. ¿Qué otras marcas de vehículos vienen a su mente?

7. ¿Qué otras marcas de vehículos (Camionetas, SUV, automóviles, pickups / camionetas de platón) vienen a su mente?

7. ¿Qué otras marcas de vehículos (Camionetas, SUV, automóviles, pickups / camionetas de platón) vienen a su mente?

8. De las siguientes marcas de vehículos, ¿cuáles recuerda haber visto o escuchado?*

8. De las siguientes marcas de vehículos, ¿cuáles recuerda haber visto o escuchado?*

9. ¿Qué tanto conoce cada una de estas marcas de vehículos?*

Por favor responda sobre cada marca.

9. ¿Qué tanto conoce cada una de estas marcas de vehículos?*

Por favor responda sobre cada marca.

Nada Conocido
Algo conocido
Muy conocido
Chery
Changan
Deepal
BYD
Geely
Great Wall
Jetour
MG
Zeekr

10. ¿De qué marca de vehículos recuerda haber visto, escuchado o leído publicidad recientemente?*

10. ¿De qué marca de vehículos recuerda haber visto, escuchado o leído publicidad recientemente?*

11. ¿De qué otras marcas de vehículos ha visto publicidad?

11. ¿De qué otras marcas de vehículos ha visto publicidad?

12. ¿En qué lugar o medio recuerda haber visto, leído o escuchado sobre estas marcas?

Chery - Changan - Deepal - BYD - Geely - Great Wall - Jetour - MG - Zeekr

12. ¿En qué lugar o medio recuerda haber visto, leído o escuchado sobre estas marcas?

Chery - Changan - Deepal - BYD - Geely - Great Wall - Jetour - MG - Zeekr

13. ¿Qué tanta publicidad ha visto de cada marca?*

Por favor responda sobre cada marca.

13. ¿Qué tanta publicidad ha visto de cada marca?*

Por favor responda sobre cada marca.

Nada
Poca
Mucha
Chery
Changan
Deepal
BYD
Geely
Great Wall
Jetour
MG
Zeekr
14. ¿Qué tan familiarizado(a) está con estas marcas?

Chery*

Chery*

Changan*

Changan*

Deepal*

Deepal*

BYD*

BYD*

Geely*

Geely*

Great Wall*

Great Wall*

Jetour*

Jetour*

MG*

MG*

Zeekr*

Zeekr*

15. ¿Qué palabras o atributos asocia con estas marcas?

Chery

Chery

Changan

Changan

Deepal

Deepal

BYD

BYD

Geely

Geely

Great Wall

Great Wall

Jetour

Jetour

MG 

MG 

Zeekr

Zeekr

16. ¿Cuál es su percepción general de estas marcas?*

16. ¿Cuál es su percepción general de estas marcas?*

Negativa
Neutral
Positiva
Chery
Changan
Deepal
BYD
Geely
Great Wall
Jetour
MG
Zeekr

17. ¿Ha comprado vehículos de estas marcas anteriormente?*

17. ¿Ha comprado vehículos de estas marcas anteriormente?*

No
Chery
Changan
Deepal
BYD
Geely
Great Wall
Jetour
MG
Zeekr

18. ¿Qué tan probable es que compre un vehículo de estas marcas en el futuro?*

18. ¿Qué tan probable es que compre un vehículo de estas marcas en el futuro?*

Muy improbable
Algo probable
Muy probable
Chery
Changan
Deepal
BYD
Geely
Great Wall
Jetour
MG
Zeekr

B. Explicación del Articulado

El articulado del “Convenio de Budapest” está separado en las siguientes secciones:

  1. Legislación sustantiva

    Con el objeto de construir una Política Criminal común, encaminada a sancionar la criminalidad en el ciberespacio. El “Convenio de Budapest” estipula en los artículos 2 a 12 los tipos penales pertinentes para enfrentar este fenómeno. Los Estados Parte adquieren la obligación de adecuar su legislación interna a las exigencias estipuladas en dichos instrumentos, relativas a los temas de acceso ilícito, interceptación ilícita, ataques a la integridad de los datos, ataques a la integridad del sistema, abuso de los dispositivos, falsificación informática, fraude informático, delitos relacionados con la pornografía infantil, delitos relacionados con infracciones de la propiedad intelectual, y responsabilidad de las personas jurídicas. En el Anexo I, se establece un cuadro comparativo con los tipos penales establecidos en el Convenio y con legislación promulgada al respecto.

    En este tipo de conductas el sujeto pasivo, es decir, la víctima del ilícito, puede ser cualquier persona natural o jurídica que sea dueña de un sistema de procesamiento de información.
  2. Legislación procesal

    En los artículos 16 a 21 del Convenio, se estipulan procedimientos y poderes para las autoridades públicas, que también deben ser adoptados por los Estados parte en su legislación procesal interna. En el Anexo II se establece un cuadro comparativo que a la fecha tiene Colombia con lo establecido en el Convenio.

    Las obligaciones impuestas por la normatividad en mención, se resumen en los siguientes 4 puntos:

    a) Adoptar medidas para garantizar la conservación inmediata de “datos informáticos almacenados” y la divulgación de los denominados “datos de tráfico”;
    b) Otorgar facultades a las autoridades competentes, para que puedan solicitar a los proveedores de servicios y demás particulares la entrega de datos almacenados en su poder;
    c) Disponer de medios idóneos para interceptar y compendiar en tiempo real “datos de tráfico” asociados con una comunicación particular;
    d) Expedir la regulación pertinente, que habilite a sus autoridades a acceder y decomisar, cualquier sistema o soporte de almacenamiento informático.

  3. Cooperación internacional

    El Convenio estipula la aplicación de instrumentos “para luchar de forma efectiva contra dichos delitos(1), facilitando su detección, investigación y sanción. Tanto a nivel nacional como internacional, y estableciendo disposiciones que permitan una cooperación internacional rápida y fiable”. Tomando como base los acuerdos de legislación uniforme o recíproca de los Estados, y el propio derecho interno de las partes a efectos de investigar o realizar procedimientos conjuntos relativos a los delitos relacionados con sistemas y datos informáticos o para obtener pruebas en formato electrónico de delitos.

    Se busca entonces, instar a los Estados Parte a cooperar de la manera más amplia posible. Por lo que Colombia se comprometería a dar trámite a las solicitudes de asistencia para la investigación y recolección de materia probatoria. Asimismo, adquiriría las obligaciones para conservar y comunicar datos informáticos almacenados de interés para los Estados Partes. Prestar asistencia concerniente al acceso trasfronterizo de los mismos y a establecer un punto de contacto localizable las 24 horas del día, los siete días de la semana.


1 “Actos dirigidos contra la confidencialidad, la integridad y la disponibilidad de los sistemas informáticos, redes y datos informáticos, así como el abuso de dichos sistemas; redes y datos, mediante la tipificación de esos actos”

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