Teoría Económica y la Inversión Extranjera

economia

Luis Alfonso Moreno Corredor

1.1 CONCEPCIÓN DEL LIBERALISMO.

La existencia de unas libertades naturales del hombre, pregonadas por los ideólogos de la burguesía pre-revolucionaria que da origen con su lucha política al estado liberal burgués, encuentra complemento en lo económico en las teorías de economía desarrolladas por Smith, Ricardo, Mills, entre otros, abanderados de lo que hoy conocemos como teoría económica clásica o liberal, cuyo objeto era eliminar los monopolios y privilegios feudales y absolutistas, asegurar la libre competencia y conseguir que los factores de producción se desplazarán con libertad y fueran orientados exclusivamente por las fuerzas del mercado hacia aquellos usos u objetivos donde recibiera la renta más alta.

El liberalismo así planteado da paso a la lucha política enfrente de los poderes del monarca, quien era considerado amo y señor de vidas y hacienda y quien no tenía ninguna limitación en cuanto al ejercicio de su poder. Frente a esa concepción del absolutismo del monarca. Esos derechos, básicamente son los de libertad, de propiedad y de igualdad.

De estas concepciones y teorías económicas se establece lo que hoy denominamos los supuestos del Estado liberal.

Reconocimiento, protección a la propiedad privada.

Libertad de empresa, que trae como consecuencia la libertad de iniciativa privada y que apareja otros derechos como el de la libertada de escoger profesión u oficio y todos los demás derechos contenido económico.

El Individualismo económico como base y garantía para que la fuerzas del mercado actúen.

Los derechos que se refieren los anteriores supuestos económicos son en la concepción clásica del liberalismo, en principio, de carácter absoluto y sobre ellos el único ser que tiene capacidad y voluntad de decisión es el individuo.

No pueden ser tales derechos, restringidos, limitados, desconocidos, o en fin, vulnerados por el Estado, salvo algunas limitaciones eminentemente excepcional, que se mantienen como rezago de los poderes absolutos del monarca, en cabeza del Estado.

Sin detrimento de la concepción ideológica que convierte al individuo en soberano, el estado liberal burgués, aún en su etapa de liberalismo clásico, se reserva la posibilidad de afectar los derechos fundamentales de los particulares mediante unas formas de limitación, que históricamente validadas, son necesarias por la conveniencia social y para el funcionamiento mismo del Estado. Hay que decir sin embargo, que estas limitaciones son excepcionales y que su ejercicio está rodeado de toda clase de salvaguardias a los derechos de que alguna manera debe resultar afectada.

Históricamente algunos modos de afectación se pueden establecer en varias regiones, que por sus decisiones han consolidado la teoría liberal. La vulnerabilidad a la propiedad privada es uno de los factores que afectan a los principios básicos desarrollados en la teoría de los clásicos; tal situación se presento en Inglaterra.

“En 1215, entre el Rey y sus súbditos generaron inconvenientes por que estos últimos se sientes afectados por la voracidad económica del Rey. Es cuando Juan sin tierra se ve sometido a una especie de revuelta social para cuya solución se ve obligado a establecer el principio fundamental; que tiene trascendencia histórica planteado por muchos autores y desarrollado en derecho Constitucional; de que los impuestos no dependerán de la voluntad exclusiva del monarca sino que dependerá de lo que los súbditos determinan libremente”(1)

Así que en adelante, para que pueda imponerse un tributo debe mediar en consentimiento del afectado, del contribuyente; el tributo es un Gravamen que se impone a la propiedad, es algo que pesa sobre ella, que limita y recorta el derecho de propiedad.

Otra forma de afectar el derecho de propiedad es mediante la imposición de la pena de confiscación, en algunos ordenamientos jurídicos y modernos ha existido o existe la posibilidad que la persona que ha cometido un delito o violación al orden jurídico, pueda ser sancionada, a titulo de pena principal o pena accesoria, con la perdida de sus bienes en favor del estado.

La confiscación es un instrumento legal para la sanción del delito, es una apropiación que se realiza por medio de la ley y como resultado de una sentencia judicial que la impone como pena.

Existe también, dentro de la concepción puramente liberal; algunas formas tradicionales de afectar el derecho de la libertad de empresa que básicamente son rezago de la legislación colonial y absolutista. De una parte como posibilidades de conceder a determinadas personas patentes y privilegios y de otra el establecimiento de monopolios estatales.

Estos aspectos son reforzados por el profesor Miltón Friedman cuando determina que el estado intervencionista considera inconveniente; cuando actúa en el proceso económico con manejos fiscales, monetarios, cambiarios, de comercio exterior entre otros.

La Política fiscal según el profesor Miltón Friedman “La política fiscal no debe utilizarse como herramienta de estabilización económica; que los gastos e ingresos públicos deben ser moderados para dejarles la máxima libertad al sector privado”. (2)

En Materia monetaria, “El estado no debe intervenir en esta y tan solo debe limitarse a mantener un ritmo moderado y constante en el crecimiento de la oferta de dinero a través de un mecanismo legal rígido, que le quite discrecionalidad a las autoridades monetarias”(3). (Ver también: La Teoría de la Ventaja Comparativa de David Ricardo: Análisis y su Impacto en la Economía Global)

1.2 CAMBIOS A LOS SUPUESTOS LIBERALES.

A partir de la década de los treinta, empiezan a construirse modelos económicos en accidentes basados en la nueva ideología y en los nuevos postulados económicos.

A partir de entonces es que se advierten cambios importantes en la concepción del derecho de propiedad y en el tratamiento al derecho de libertad de empresa, esto es, que aparecen nuevos supuestos económicos del estado liberal o, para ser mas exactos, se reconvierten, se modifican los supuestos económicos existentes para aparecer ahora como los fundamentos económicos propios del estado liberal intervencionista.

Dichos cambios fundamentales son:

La Propiedad deja de ser un derecho absoluto y se relativaza en la medida en que ya no es un valor que el individuo tiene sin ninguna limitación sino que ella puede ser afectada por el estado mediante unos procedimientos nuevos y por unas razones y motivos más amplios que los tradicionales que atrás dejamos reseñados.

Aunque continúa siendo la propiedad o derecho fundamental del individúo, ahora se estima que tiene la obligación de cumplir una finalidad social. La propiedad privada es individual pero como la función social debe servir a toda la comunidad y no sólo y exclusivamente a su titular, como antes se concebía.

Se consagra en las normas constitucionales que van apareciendo bajo en influjo de la nueva concepción que el derecho de la propiedad es un derecho relativo y que el entrenamiento del interés público o social y el interés del individuo titular del derecho, debe primar el interés de la comunidad.

Así que esta nueva concepción ideológica la propiedad y todos los derechos que ella deriva, es derecho del individuo que le pertenece a él en tanto en cuanto no entre en conflicto con el interés general o de la sociedad.

Así mismo el derecho de la libertad de empresa, que en la concepción ideológica clásica se podría definir como el derecho lo que uno quiera con su propiedad, deja de ser absoluto y se convierte también en un derecho relativo en la medida que su ejercicio puede ser limitado por el estado mediante una amplia gama de modalidades de intervención.

1.3 EL MODELO NEOLIBERAL

La aparición del modelo Neoliberal obedece a la crisis generada por el modelo intervencionista donde causó inflación por todas partes, inestabilidades monetarias y cambiarias empinadas y repentinas, las sucesivas recesiones en mayor o menor grado que se extendieron a casi todos los países del orbe.

Este nuevo modelo que trae consigo; “la evolución de la productividad y el control de la inflación como preocupaciones prioritarias de todos los gobiernos y así misma la vía recomendada para ambos propósitos es la regulación del mercado, la supresión del déficit fiscal, la eliminación de subsidios, la disminución de los impuestos directos, la desestatización del estado, la modernización del estado el pleno respeto a las reglas del mercado y de la competencia y el abandono a las viejas políticas paternalistas que otorgan estabilidad al empleo, el ingreso de las clases trabajadoras y el suministro de asistencia social a manos de los particulares”. (4).

Las vías principales mediante las cuales el estado garantiza las condiciones para el funcionamiento del mercado son:

* La desregulación y el restablecimiento de las condiciones de neutralidad frente a las reglas del mercado se traducen en el desmonte de la políticas e instituciones públicas que incidían en los precios relativos de los factores de producción y de los bienes y servicios de consumo.

Son principalmente políticas laborales, de precios, de impuestos, de créditos y de tasas de interés, de tasas de cambio, de comercio exterior, de inversión extranjera y de compras estatales. En sí la desregulación consiste en la expedición de complejas y enmarañadas reglas de competencia para los distintos actores económicos, públicos o privados, y en la Creación de instituciones que, como las comisiones reguladoras, velen por la vigencia de tales reglas.

* Modernización del Estado, en la realidad, otra vía de aproximación al mercado opera por el camino de la asimilación del desarrollo y del comportamiento institucional del sector público a los que prevalecen en el sector privado.

Se trata centralmente, de introducir una cultura gerencial dirigida a la satisfacción del cliente o del ciudadano.

• La privatización es también una vía de aproximación al mercado para el capitalismo moderno, la privatización no es un fin en sí mismo; su aplicación está condicionada a una cuidadosa evaluación de las ventajas o desventajas que profesen los sectores públicos y privados para conseguir eficacia y eficiencia en la asignación de los recursos.

• La descentralización del aparato estatal no es más que otra vía, quizá la más conocida y discutida hasta ahora en Colombia, para lograr aproximaciones a las reglas del mercado.

Dicho de otra manera la gran limitación de la descentralización del aparato estatal en cuanto a herramienta para el restablecimiento del mercado, estriba en que ello garantiza la soberanía del consumidor.

• La desestatización del Estado, no es más sino volver a los planteamientos efectuados por los clásicos, en el orden en que el estado deben preocuparse de oficios que den lugar a las externalidades como (Justicia, defensa, orden público), que permitan tan solo garantizar los aspectos y importantes en las nuevas reglas del mercado.

• Apertura Económica. Es la Herramienta básica de los nuevos planteamientos de la teoría neoliberal, en los cuales se deben tomar acciones inmediatistas, generando garantías como “Equilibrio en la balanza de pagos mediante tipos de cambio flexibles según los movimientos de demanda y oferta de divisas; debe eliminarse el uso de todo tipo de proteccionismo estatal sobre las actividades de comercio exterior tanto a las restricciones a las importaciones (aranceles y otros impuestos a las importaciones, cuotas, licencias previas, prohibiciones, depósitos previos y otras medidas para- arancelarias) como los incentivos a las exportaciones, debe evitarse los mecanismo de emisión de dineros por parte de las autoridades monetarias”. (5).

1.4 ALGUNAS APLICACIONES EN AMÉRICA LATINA EN MATERIA DE INVERSIÓN EXTRANJERA.

Esta teoría se aplicó en países Latinoamericanos, como Argentina, Chile, Colombia; cada uno de ellos dependiendo las exigencias de organismo multilaterales, generó cambios a su estructura económica.

Bajo la dirección de la Economía chilena del Ministro de Sergio de Castro en el año de 1984, se aplicaron medidas como “ rebajas en los aranceles, estableciéndose una tasa uniforme del 10%, y se eliminaron todas restricciones para-arancelarias; la tasa de interés se liberó, permitiendo que su nivel se determinará por el libro juego de la oferta y demanda de dinero; se saneo el presupuesto público, con la eliminación de todo tipo de subsidio a empresas estatales y, desde luego, a las privadas, hasta lograr el pleno equilibrio presupuestal; se estableció un principio, una tasa de cambio flexible.

Estas políticas inicialmente permitieron reducir los ritmos inflacionarios acelerados a unos niveles muy racionales, pero trajo consigo elevados índices de desempleo, exagerado crecimiento de la deuda externa, déficit de la balanza comercial y bajo ritmo de crecimiento económico, fueron las causas de su aplicación.”(6).

1.4.1 El Caso Colombiano

La década de los ochenta, marcado por la crisis de endeudamiento, y el modelo proteccionista, trae consigo reformar en todos los ámbitos económicos, normativos y sociales, de ellos podemos destacar, una nueva carta magna (Constitución de 1991), un modelo económico Neoliberal que, en los inicios de su aplicación por el presidente Gaviria, tan solo se da la apertura económica, la desregulación del estado y la privatizaciones y efectos sociales por su aplicación.

Veamos los dos primeros, en lo referente al la liberación de los movimientos de capitales, después de la constitución, modifican las normas para dar paso al acceso de los recursos foráneos (8), generando un ámbito jurídico de garantías para los inversores extranjeros

Ciertamente, el Gobierno del presidente Gaviria redujo el entendimiento del Neoliberalismo como la reducción de personal y el desmonte y/o privatizaciones estatales. Pero la presión de los organismos internacionales y de capital privado impone gradualmente la concepción verdadera la apertura económica con las mismas reglas aplicadas al modelo chileno.

En el campo económico Colombia ha mejorado sus indicadores económico, (Según UNCTAD, En el año 2005 ocupada el quinto lugar más favorable de América latina, Pág. 57 de informe proexport, Adicionalmente, en el reporte Doing Business 2005, del Banco Mundial, Colombia ocupa el segundo puesto entre 145 economías en mejoras en el clima de los negocios al facilitar determinadas regulaciones y políticas que incentivaron la inversión, la productividad y el crecimiento.

En a última publicación de la Revista BusinessWeek destaca a Colombia en su carátula y páginas interiores, haciendo especial énfasis en los importantes atractivos que tiene el país para que las empresas internacionales realicen inversiones.

La publicación señala que Colombia tiene fundamentos fuertes que lo dejan muy bien parado como país para la atracción de capitales extranjeros. Destaca entre otros aspectos, que es líder del mundo en la producción de café, petróleo, textiles y flores. Así mismo, hace referencia al acelerado crecimiento de su economía, más rápida que el promedio latinoamericano.

Continúa la publicación mencionando que en los últimos 10 años, Colombia ha reducido radicalmente su tasa de inflación llegando al 5 por ciento. De igual manera, hace referencia al tema del desempleo que ha descendido del 16 al 13 por ciento, por todo ello, califica a Colombia como un aliado estratégico.

Esta publicación de BusinessWeek es resultado del esfuerzo realizado por PROEXPORT a través del Vicepresidente de Inversiones, Federico Jimeno quien al escuchar los propósitos del periodista en conocer a Colombia, construyó una agenda de nueve días en la que tuvo reuniones en Bogotá y Medellín con el Gobierno Nacional y el sector privado, grandes bancos, banca de inversión, agencias de promoción de inversiones que le permitieron al periodista ver la realidad que está viviendo Colombia en este momento en cuanto a negocios.

Colombia es un mercado emergente muy estratégico que está hoy por hoy recibiendo la presencia cada vez mayor de multinacionales como la Philip Morris, Toyota y Renault y eso refleja una percepción de Colombia que está cambiando, puntualiza la publicación.

De acuerdo con la balanza de pagos; -el registro de todas las entradas y salidas de dólares al país en el primer semestre, que hace el Banco de la República-; podemos destacar, la importancia de la a inversión extranjera que en un solo semestre llegó a los 4.109 millones de dólares; con un aumento del 43%, frente al año 2006 ($ US 2.876 millones), destacándose en sectores, petrolero, establecimientos financieros, manufacturas, comercio, restaurantes., entre otros (9)

Y de los US$ 2.113 millones recibidos en el segundo trimestre del año; US$ 417 Millones se concentraron en el sector Comercio, Restaurantes y Hoteles, Petróleo,Establecimientos financieros, Manufactureras, Transportes, Almacenamiento y Comunicaciones, Explotación de Minas y Canteras y Electricidad, Gas y Agua

De los países que invirtieron, en orden de importancia en inversión extranjera directa, en el Segundo Trimestre de 2007, podemos destacar; Estados Unidos ($38%), Anguila (26%), Francia (11%) Panamá y México (11%).

Es importante precisar algunos sectores donde se adquirieron empresas como, la compra de la principal del acero, Acerias paz del Rió, por el grupo Votorantim; y los planes de expansión y de nuevos lanzamientos de Hyundai, (10)

1.5 VISIONES SOBRE LA IED EN COLOMBIA

La economía colombiana se encuentra en un boom, y la seguridad del país ha mejorado sustancialmente. Sin duda, estos factores han mejorado las expectativas del país y han atraído IED,

Sin embargo, es necesario tener en cuenta que en el contexto internacional hay un boom de IED hacia economías emergentes y que, de hecho; la participación de América Latina y el Caribe en este boom de IED han descendido.

Este hecho sugiere; que se debe realizar una combinación de políticas macroeconómicas y de seguridad internas que permite que el contexto internacional sea favorable en incremento de la IED en Colombia: para ello se hace necesario pensar en políticas más proactivas y focalizadas que cautiven IED hacia Colombia.

En el índice 2006 de; “Doing Business” del Banco Mundial que mide el ambiente regulatorio para facilitar los negocios sitúa a Colombia en el puesto 75 entre 79 países del mundo; en donde sobresalen, Singapur, y países como Puerto Rico, Chile y México ocupan los puestos 9, 28 y 43 respectivamente.

Entre trece (13) países de América Latina, Colombia ocupa el puesto 6, precedido de países como Uruguay, Perú, Nicaragua y El Salvador. El índice para Colombia en 2006 empeoró en 3 puntos comparado con 2005.

Este índice indicativo sugiere que Colombia debería mejorar sus condiciones de negocios para atraer la IEDE.

Para ello, el organismo encargado de la promoción de inversión extranjera es Proexport, cuya infraestructura en el exterior ha sido fundamental para la adopción de una estrategia más preactiva, cuyos objetivos son romper con los problemas de asimetrías en la información con la que cuentan los extranjeros sobre el país, y asesorar la toma de decisiones capacitando sobre los requisitos y procedimientos para invertir en Colombia.

Otro aspecto va dirigido a los incentivos, tributarios , con los cuales también cuenta Colombia. Por último, se encuentran las políticas focalizadas y estratégicas que busquen atraer IED complementaria a políticas internas de desarrollo del país.

Las políticas pasivas para atraer IED deben centrar en posibilidad lleguen; gracias a las ventajas comparativas del país, a ciertos aspectos estructurales que generen confiabilidad en el inversionista extranjero; y a un marco jurídico que facilite la entrada de IED.

Las políticas activas incluyen medidas específicas destinadas a atraer tipos de inversión que tienen un mayor potencial para traducirse en externalidades positivas para el país; (i.e. encadenamientos productivos, generación de valor, conocimientos y empleo, entre otros).

Adicionalmente; si se focaliza la IED que el país busca atraer en inversiones integradas con su plan de desarrollo, se logran unos mejores resultados de la IED.

Colombia está entrando en la focalización; identificando los destinos de la IED en el mundo y verificando el efecto de la IED en cada uno de estos sectores en Colombia con el fin de priorizar ciertos sectores.

Otro semblante importante será el tratado de libre comercio con EEUU; amplía la posibilidad de poder acceder a la inversión extranjera por parte de los capitales norteamericanos.

CITAS BIBLIOGRÁFICAS

(1) Chain Lizcano Guillermo, Presidente Consejo de Estado Colombia. ESAP-1995, Seminario Economía, Pág 3

(2) Friedman, Milton. Libertad de Elegir. Edit. Orbis Barcelona 1966, pág. 58 y 120

(3) Op Cit, pág. 60.

(4) Cano Riaño, Gustavo y Moreno Corredor Luis Alfonso. Elementos para el mejoramiento de la Gestión de las finanzas públicas desde una perspectiva estratégica. Tesis Para optar el título de Especialista en Finanzas Públicas. Sogamoso 1995. Convenio UPTC-ESAP, pág. 3, 6 y 9

(5) Op Cit, pág. 255

(6) Low Multra, Enrique y Gómez Ricardo, Jorge. Teoría y Política Fiscal. Giro Editores. Universidad Externado de Colombia, 1993, pág. 195 y 196

(7) Hace Referencia al nombre que se le dio en el mundo económico a los protagonistas de cada una de las escuelas neoliberales como la de Chicago, Virginia y los Ángeles, cuyos exponentes son Friedman, Arrow y Buchanam

(8) Ley 9 de 1991. principios orientadores a la inversión extranjera; Decreto 2080 de 200. capital extranjero en colombia-capital colombiano en el extranjero, Documento Conpes 3135 de 2001; Decreto 1866 de 2005. Reglas al inversor extranjero, regula en su integridad del régimen extranjero

(9) Moreno C, Luis Alfonso, ensayo intensidad de las relaciones internacionales, Master Integración económica, curso.2007, pág 2

(10) Op cit, pág 3

BIBLIOGRAFIA E INFOGRAFIA

Arrow, J., Kenneth. Historia Económica de Inglaterra, 1999

América Latina, El texto completo del informe especial se puede encontrar en https://www.businessweek.com/magazine/content/07_22/b4036001.htm

Banco Interamericano de Desarrollo, 2002, Inversión extranjera directa en América Latina: el papel de los inversores europeos, idb-books@iadb.org, www.iadb.org/pub

Cano Riaño, Gustavo y Moreno Corredor Luis Alfonso. Elementos para el mejoramiento de la Gestión de las finanzas públicas desde una perspectiva estratégica. Tesis Para optar el título de Especialista en Finanzas Públicas. Sogamoso 1995. Convenio UPTC-ESAP CEPAL, Revista 30. junio de 2007.

Informe Contraloría General de La Nación, Mayo de 1996 CEPAL, La Inversión Extranjera en América Latina y el Caribe, 2003. www.eclac.org

Comisión para el Comercio y el Desarrollo de las Naciones Unidas ( UNCTAD) www.unctad.org

Fedesarrollo, Análisis de la Coyuntura Legislativa. Inversión extranjera Directa como impulso al desarrollo. Mauricio Cardenas. 2007

Friedman, Milton. Libertad de Elegir. Edit. Orbis Barcelona 1966

Low Multra, Enrique y Gómez Ricardo, Jorge. Teoría y Política Fiscal. Giro Editores. Universidad Externado de Colombia, 1993

Ministerio de Comercio, Industria y Turismo de Colombia: ttp://www.mincomercio.gov.co

Proexport. Informe sobre Inversión. Bogotá,2007

Ramírez, Carlos Enrique. Caso: “Bavaria y su Estrategia Internacional con las Cervezas.” 3ª Edición. 2004.

Smith, Adam, Riqueza de la Naciones, Biblioteca de Economía, Ediciones Orbis, Segunda Edición, 1985

Universidad ICSI, Laura Flores y otro. Apuntes No.8. Apuntes de inversión extranjera directa: definiciones, tipología y casos de aplicación colombianos. 2006.

UNCTAD, World Investment Report 2004. www.unctad.org
(*) El Artículo realizado en el curso de Inversión Extranjera Directa y Protección del Inversor, en la Maestría en Integración Económica Global y Regional, de la Universidad Internacional de Andalucía España

(**) LUIS ALFONSO MORENO CORREDOR, Economista, Egresado de la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia, Especialista en Finanzas Publicas de UPTC-ESAP, Estudiante Becario, Maestría en Integración Económica Global y Regional, de la Universidad Internacional de Andalucía España. Profesor Ocasional en la UPTC- Colombia, Seccional Sogamoso, Escuela de Administración de Empresas. Docente Investigador perteneciente al Grupo de Investigación GESTION HUMANA MERCADEO Y ECONOMIA-GESTIOHME.( UPTC-COLOMBIA)

Moreno Corredor, L.A.: “Teoría económica y la inversión extranjera” en Observatorio de la Economía Latinoamericana, Nº 92, 2008.

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