TLC de Colombia con Estados Unidos

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EL TLC DE COLOMBIA CON ESTADOS UNIDOS EN LA PRÁCTICA

En el TLC de Colombia con Estados Unidos los grandes bloques negociados fueron: industria, agricultura, agroindustria y servicios.

En industria, gracias al Tratado, Colombia obtiene acceso inmediato a prácticamente la totalidad de su oferta: 99,9 por ciento; Entre tanto, el 81,8 por ciento de los productos industriales estadounidenses, lo tendrá en el país. De esta última cifra, el 92,5 por ciento corresponde a materias primas y bienes de capital no producidos en Colombia.

Uno de los sectores más beneficiados por el acuerdo será el de textiles y confecciones, dado que las preferencias obtenidas van mucho más allá de las concedidas por el Atpdea, como es el caso de la ropa interior femenina, vestidos de baño y moda en general. Adicionalmente, quedaron cubiertas líneas que antes no lo estaban, como las confecciones para el hogar, con lo cual se abrirán nuevas líneas de exportación.

Similar situación ocurre con las cerámicas para baños y cocinas, que han venido ganando mercado en Estados Unidos y que, bajo las nuevas condiciones, podrán lograr más espacio comercial.

En otros productos, como el calzado y los artículos de cuero, se consolidaron y ampliaron las preferencias que venían con el Atpdea. La importancia de ello radica en que esta industria está compuesta por pequeñas y medianas empresas, que son grandes generadoras de empleo.

Las desgravaciones negociadas por Colombia, no serán inmediatas para todos los productos industriales. Algunas se cumplirán a cinco años, como es el caso del papel, las tintas, los productos de hierro y acero, los vidrios y las partes para vehículos, entre otros. A siete años se cumplirá la de la cadena petroquímica – plástico.

En cuanto al sector agroindustrial, unos de los principales ganadores serán los productores de grasas y aceites. Estos tienen gran potencial, gracias a que muchos de ellos son elaborados a partir de palma, lo cual significa que tienen menores contenidos grasos nocivos para la salud, condición valorada por los consumidores de Estados Unidos.

EL AGRO EN EL TLC

El agro será también un jugador importante, por cuanto se lograron mecanismos para asegurar el acceso real, así como esquemas de protección para los productos sensibles. En tal sentido, para las frutas, hortalizas, lácteos, productos cárnicos y tabaco se abre un campo de acción.

También para flores, azúcar y sus derivados, etanol, aceite de palma y sus derivados, preparaciones alimenticias, pastas y galletería, cacao y chocolate, panela, hierbas aromáticas, café y algodón, productos para los cuales se obtuvieron mejores condiciones de acceso. Es importante destacar que esta última gama de productos genera el 74 por ciento del empleo en el sector agropecuario.

Sin embargo, para aquellos productos sensibles que pudieran verse afectados por la puesta en marcha del Tratado, se establecieron mecanismos de protección, en forma de salvaguardias automáticas, amplios plazos de desgravación, contingentes arancelarios y plazos de gracia.

Tal es el caso del arroz, para el cual se pactó una desgravación de 19 años con 6 años de gracia, que partirá de un arancel de 80%, y con un contingente inferior al 3.5% de la producción nacional.

Los cuartos traseros de pollo recibieron igualmente un tratamiento especial, que se traduce en una desgravación a 18 años que partirá en un arancel de 164.4% para cuartos de pollo frescos, refrigerados y congelados, con 5 años de gracia; 70% para cuartos traseros sazonados, con 10 años de gracia; y un contingente arancelario cuya cantidad es inferior al 3.5% de la producción nacional.

SERVICIOS TRATADOS EN EL TLC DE COLOMBIA CON ESTADOS UNIDOS

Colombia ha venido trabajando para fortalecer la exportación de servicios. E incluso, varios de éstos hacen parte del Programa de Transformación Productiva. Que lidera el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.

Gracias al Tratado, se eliminaron barreras de acceso que distorsionan el comercio e imponen trato discriminatorio. Así como los aranceles para productos digitales, entre los que se encuentran: software, video, imágenes y grabaciones de sonido, entre otros.

En temas específicos como los servicios financieros, se amplía la competencia. Mediante el establecimiento de bancos y compañías de seguros a través de sucursales, con capital incorporado en el país. También se permitirá el comercio transfronterizo, con excepción de los seguros obligatorios. Los relacionados con la seguridad social, y los que deban tomar las entidades públicas.

USADOS Y REMANUFACTURADOS

En el tema de los bienes usados se mantuvo el régimen de licencia previa. Que se ha venido aplicando con éxito desde 1995. Y que ha impedido la llegada masiva, al mercado colombiano, de esta clase de productos.

En cuanto a los remanufacturados, se acordó una definición que permite diferenciarlos de los bienes usados. Y defender, a través de una desgravación lenta, las sensibilidades que fueron identificadas con el sector privado. Ese fue el caso de autopartes, electrodomésticos y del sector metalmecánico.

Como, de todas formas hay consumidores que, por costos u otras razones, optan por este tipo de bienes, éstos deberán gozar de garantías similares a las establecidas para una mercancía nueva.

PROPIEDAD INTELECTUAL

Incentivar y proteger le generación de conocimiento e investigación. Y al tiempo, garantizar un acceso adecuado a la tecnología. Fue lo que se logró en el Tratado, en materia de propiedad intelectual.

De esta forma, quedaron protegidos la biodiversidad y los conocimientos tradicionales asociados a ella. Y se establecieron mecanismos para evitar el otorgamiento de patentes indebidas que versen sobre el tema.

En medicamentos, uno de los tópicos que más expectativa originó, específicamente en cuanto tiene que ver con patentes y datos de prueba. Colombia mantuvo su estándar de protección, sin crear nuevos obstáculos para el acceso a medicamentos. Al tiempo que se preservaron los instrumentos de flexibilidad que rigen en defensa de la salud pública.

MINORÍAS

Los pueblos indígenas y ROM (gitanos), las comunidades afrocolombianas y raizales podrán recibir del Estado colombiano trato preferencial. Y en ese contexto, se hizo una reserva expresa sobre el derecho de Colombia para adoptar o mantener medidas relacionadas con las tierras comunales de los grupos étnicos.

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