Decreto No. 2417 de 2007
Junio 26 – Decreto 2417 de 2007
Por el cual se modifica el decreto 4588 de 2006
El Presidente de la República de Colombia En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo del artículo 59 de la Ley 79 de 1988,.
DECRETA:
Artículo 1º del Decreto 2417 de 2007. Plazo para adecuar estatutos y el régimen de trabajo y compensaciones.
Amplíese hasta el 30 de septiembre de 2007, el plazo establecido para que las Cooperativas y Precooperativas de trabajo asociado ajusten sus estatutos y el régimen de trabajo y compensaciones a lo dispuesto en el Decreto 4588 de 2006, y presenten las solicitudes con el fin de obtener las respectivas autorizaciones del Ministerio de la Protección Social y la Superintendencia de la Economía Solidaria o demás superintendencias que vigilen y controlen la actividad especializada de estas.
Artículo 2º. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. (Ver: Decreto 1466 de 2007)
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá, D. C., a 26 de junio de 2007 – Decreto 2417 de 2007
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
Ministro de la Protección Social
DIEGO PALACIO BETANCOURT
Director Departamento Administrativo Nacional de la Economía Solidaria
ROSEMBERG PABÓN PABÓN
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