Estructura del estudio de Comercio Electrónico

estructura del comercio electrónico

Introducción al Comercio Electrónico

Los capítulos iniciales del estudio (capítulos II y III). Constituyen una introducción general al tema del comercio electrónico, basada en diversas fuentes, en especial procedentes de la UIT y la OCDE.

En el capítulo II se describen las características y usos más destacados de ese comercio. En el capítulo III se examina la economía del comercio electrónico y de Internet, comprendidos los modos en que la propia naturaleza del instrumento está cambiando la estructura y los niveles de eficiencia de algunos mercados, los costos de varios insumos del proceso productivo y los modos de operar en el comercio.

La competencia se identifica como el principal factor que contribuye al aumento y difusión de los beneficios de las nuevas tecnologías de comunicaciones.

Crecimiento del Comercio Electrónico

El capítulo IV trata del crecimiento del comercio electrónico, destacando la rápida expansión que se ha producido en unos pocos años, y recoge pronósticos de que ese rápido desarrollo continuará. Algunas estimaciones parecen indicar que, dentro de cinco años, el comercio electrónico por Internet podría representar el 2 por ciento de todas las transacciones comerciales. Tales estimaciones son riesgosas, dada la muy escasa experiencia en que se basan, pero pocos dudan de que el comercio electrónico crecerá de manera vigorosa y sostenida.

Aunque la mayor parte de ese comercio tiene lugar en los Estados Unidos, se prevé que en los próximos años experimentará una mayor dispersión geográfica. Es probable que el empleo de Internet en las transacciones comerciales aumente en muchos sectores, entre ellos los de los servicios financieros, las telecomunicaciones, la publicidad, los servicios de esparcimiento y de agencias de viajes y los servicios profesionales.

Se transformará el comercio entre empresas y el comercio al por menor en algunos sectores, y se pronostica una intensa demanda en todos los vinculados con el suministro de infraestructura para el comercio electrónico.

Normativa del Comercio Electrónico

En el capítulo V se pasa a examinar problemas de política, centrándose en lo que parecen ser los problemas más importantes con que se enfrentan las instancias normativas en relación con el comercio electrónico.

El estudio indica que aunque los gobiernos puedan estar decididos a garantizar la plena realización de los beneficios potenciales del comercio de que se trata, y estén convencidos de que una combinación de las fuerzas del mercado y la autorregulación de las empresas puede contribuir mucho a alcanzar ese objetivo, existen aún ciertos campos en los que ellos mismos tendrán una función que desempeñar.

Es imposible indicar por adelantado el grado preciso de intervención gubernamental directa que se necesitará para alcanzar objetivos determinados, y en el estudio se evita cuidadosamente formular cualquier prescripción a ese respecto.

No obstante, entre los aspectos de probable interés se cuentan los siguientes:

i) normas para la infraestructura mundial de telecomunicaciones que se está creando;

ii) inversión suficiente en la infraestructura;

iii) acceso amplio y fácil para los usuarios;

iv) un entorno legal y reglamentario previsible, que permita exigir el cumplimiento de los contratos y el respeto de los derechos de propiedad;

v) la seguridad y el carácter confidencial de la información;

vi) reglas relativas a lo que constituye un contenido inaceptable o sólo condicionalmente aceptable;

vii) un marco previsible de imposición y de regulación financiera, y

viii) la igualdad de oportunidades gracias a un mejor acceso y formación de quienes estén en posición menos favorable para adaptarse al nuevo entorno.

Parámetros para la reglamentación

Ninguna de estas cuestiones es nueva, pero debido a la velocidad con que se transforma la tecnología de las comunicaciones, es importante asegurar que la reglamentación no quede rezagada ni interfiera innecesariamente con el desarrollo del comercio examinado.

Aunque algunas de las cuestiones de política mencionadas se relacionan esencialmente con la creación de las condiciones básicas apropiadas para el desenvolvimiento de las actividades comerciales, otras incidirán directamente en las transacciones concretas que se efectuarán por conducto de Internet.

De particular interés en este último contexto es la reglamentación o imposición del contenido, que se cuenta entre las cuestiones más delicadas que deberán abordarse. No obstante, en todos los casos, el hecho de que el comercio electrónico a través de Internet tenga tan claramente ramificaciones interjurisdiccionales, parece indicar la necesidad de que los gobiernos examinen el ámbito apropiado para la cooperación internacional.

El capítulo VI se centra más concretamente en cuestiones de política que parecen tener una relación directa con la labor de la OMC. La primera parte de este examen trata de los aspectos de política comercial que presentan el acceso a la infraestructura, y pone de relieve la importancia de un suministro eficiente y a bajo costo de las «materias primas» esenciales para que el comercio electrónico sea posible.

El estudio informa sobre los progresos realizados ya en la OMC en cuanto a la apertura de los mercados de servicios de telecomunicaciones básicas y de productos de tecnología de la información y al fomento de la competencia en ellos.

Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios (AGCS)

Seguidamente se analiza brevemente el marco jurídico del Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios (AGCS), en la medida en que tiene repercusiones sobre el acceso a algunas infraestructuras básicas de interés para el comercio electrónico. En esta parte del capítulo VI también se examina si están comprendidos, en los compromisos sobre servicios de telecomunicaciones básicas asumidos por los Miembros, los servicios de acceso a Internet.

Acceso a Mercados

El capítulo VI aborda seguidamente cuestiones relativas al acceso a los mercados. Hace referencia a recientes iniciativas de los Estados Unidos, y otras adoptadas conjuntamente por ese país y la Unión Europea, encaminadas a promover un entorno exento de derechos de aduana para las transacciones electrónicas.

Se destaca que tales iniciativas sólo versan sobre los derechos de aduana, y no sobre otros impuestos. Se examina después cómo podría caracterizarse el comercio electrónico en términos de la OMC, y cuáles serían las consecuencias de diferentes enfoques para el régimen normativo.

Entre las cuestiones que se plantean a este respecto se cuenta la de si las transacciones de servicios por Internet podrían considerarse comercio de mercancías, comercio de servicios, o un tipo diferente de comercio.

Corrientes de Información

En el estudio se señala que el contenido de algunas corrientes digitalizadas de información parecería a primera vista asemejarse a las mercancías; mientras que una variedad de transacciones de servicios están comprendidas ya en la estructura del AGCS y en los compromisos de liberalización del comercio asumidos en el marco de ese Acuerdo.

En todo examen de la manera de abordar esta cuestión; deberían tenerse en cuenta las considerables diferencias existentes entre las normas del GATT y los del AGCS. Si no se considera apropiada una caracterización como mercancías ni como servicios; se plantea el problema de la formulación de una normativa diferente.

En armonía con el enfoque de este estudio; no se sacan conclusiones en cuanto al mejor modo de garantizar un marco jurídico e institucional apropiado para el comercio electrónico.

No obstante, se formulan observaciones generales acerca de la conveniencia de velar por la neutralidad de las políticas; a fin de que no constituyan un factor de distorsión de las decisiones e incentivos económicos. Lea: Modalidades del Comercio Electrónico

En la tercera parte del capítulo VI se examina la liberalización del comercio derivada del AGCS, teniendo presente que los compromisos sobre acceso a los mercados ya asumidos en el marco de ese instrumento, y los que es posible que se asuman en el futuro, tendrán una repercusión directa en el comercio electrónico.

La cuarta sección se expone brevemente la relación entre este tipo de intercambio y la facilitación del comercio, y se destaca en particular cómo el sistema abierto basado en Internet que sustenta el comercio electrónico puede contribuir a reducir los costos de las operaciones comerciales y a simplificar la administración de aduanas.

Comercio Electrónico y Contratación Pública

Dentro de las secciones quinta y sexta del capítulo VI se estudian, respectivamente; las consecuencias del comercio electrónico en el campo de la contratación pública y en el de los derechos de propiedad intelectual.

Las administraciones públicas están utilizando cada vez más los medios electrónicos para la contratación; lo que plantea la cuestión de cómo podría haber que desarrollar las normas internacionales para facilitar el empleo de esas vías.

Gran parte del comercio electrónico basado en Internet tiene por objeto productos protegidos por derechos de propiedad intelectual; y tales derechos también desempeñan un importante papel en el desarrollo de la infraestructura y de los equipos relacionados con el acceso.

El comercio electrónico e Internet afectarán el modo de administración de los derechos de propiedad intelectual; y pueden plantear ciertos problemas relativos a los derechos de autor y a las marcas comerciales en particular.

Regalmentación del Comercio Electrónico

La parte final del estudio trata de la reglamentación; y en ella se identifican algunas de las cuestiones de jurisdicción, de vigilancia y de aplicación de las leyes que el comercio electrónico plantea. Se distinguen tres categorías de intervención reguladora.

La primera obedece a objetivos de la reglamentación universalmente compartidos, consistentes en excluir tipos determinados de contenidos; tales como la pornografía infantil o las instrucciones para la fabricación de bombas.

La segunda categoría también entraña la prohibición o el control directo del contenido; pero está inspirada en objetivos que no son compartidos por todas las jurisdicciones; debido a diferencias en las normas y valores vigentes en los distintos países.

La tercera categoría se refiere a actividades que no están encaminadas a impedir o desalentar determinados tipos de comercio; sino inspiradas en el propósito de las autoridades de proteger a los consumidores, sea mediante el establecimiento de condiciones previas para la entrada en el mercado; como la de contar con una licencia o reunir ciertas condiciones; sea mediante la difusión de información que permita a los consumidores adoptar decisiones con mayor conocimiento de causa.

Abordaje de la Reglamentación

En el estudio se señala que la manera de abordar la reglamentación puede diferir, según el objetivo que se persiga. Una cuestión fundamental es el grado en que los gobiernos estimen necesario establecer arreglos de cooperación internacional; con el objeto de definir enfoques para la reglamentación y/o para la aplicación de ésta.

Una segunda cuestión es la medida en que se necesitaría una reglamentación directa, en lugar de una autorregulación por el sector privado.

Un tercer problema es el de la viabilidad de intentar una regulación «en las fronteras». Sucede ya, por ejemplo, que gran parte de la regulación del tráfico de mercancías y servicios tiene lugar en el punto de producción o suministro; y no en la frontera.

Por último; tanto el GATT como el AGCS han establecido precedentes para tratar los aspectos de política comercial que presenta la reglamentación atendiendo especialmente al objetivo de aplicar; de una manera transparente y no discriminatoria, las medidas menos restrictivas del comercio que permitan alcanzar un objetivo de política oficial determinado.

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