Problemas de Reglamentación en la OMC
La necesidad de reglamentaciones en algunas circunstancias es indudable. Lo que importa es cómo se elaboran y administran las reglamentaciones.
Un importante reto con que se enfrenta el sistema de comercio es la necesidad de garantizar el marco jurídico de la liberalización; sin violar la libertad de los gobiernos para tratar de alcanzar objetivos nacionales legítimos.
Habitualmente; habrá tres razones de carácter general por las que los gobiernos intentarán adoptar reglamentaciones basadas en motivos de política pública.
En primer lugar, la mayor parte de los gobiernos asumen la responsabilidad de proteger a los consumidores. Esa protección puede ser necesaria en distintas circunstancias; desde casos relativamente leves de vulnerabilidad del consumidor ante la falta de información o la información errónea a situaciones más graves; que representan una amenaza para la vida o la salud.
Como segundo lugar; los gobiernos pueden adoptar reglamentaciones por razones de suprema importancia relacionadas con el interés público o la seguridad nacional.
En tercer lugar; la reglamentación puede tener la finalidad de contrarrestar situaciones insatisfactorias del mercado, como el poder monopolista de uno o varios proveedores.
Ni el GATT ni el AGCS intentan pronunciarse acerca de la legitimidad de los objetivos de la reglamentación como tales; siempre que el fin no sea la protección de la producción nacional.
La OMC se centra, en cambio, en la manera en que se alcanzan esos objetivos; tratando de que las reglamentaciones no se conviertan en un medio sustitutivo de discriminación o protección.
Una norma fundamental es que la intervención reglamentaria no debe ser más gravosa ni restrictiva del comercio de lo necesario para alcanzar su objetivo.
Este requisito de que las normas restrinjan el comercio lo menos posible tiene la finalidad de asegurar que la reglamentación no se haga sentir excesivamente.
Esto es especialmente importante en la esfera del comercio electrónico, en la que quizá resulte difícil identificar las transacciones, por lo que los gobiernos pueden sentirse tentados de establecer controles demasiado generales, que limiten las transacciones legítimas o incluso aquéllas que no tengan que reglamentarse en absoluto.
En la búsqueda de un equilibrio que garantice que la reglamentación sea lo menos invasora posible, es importante determinar quién deberá ser responsable de las normas que hayan de adoptarse.
El gobierno no tiene que cumplir necesariamente una función normativa de primera instancia. En muchos casos, la autorreglamentación de uno u otro tipo puede ser la solución.
Si existe un problema debido a la desigualdad del acceso a la información, lo cual ocurre con frecuencia, la intervención necesaria consiste simplemente en suministrar información, y no es preciso que el gobierno lo haga en forma directa.
La tarea puede encomendarse a los productores o desempeñarse mediante algún tipo de acuerdo en el que participe una entidad no gubernamental.
La decisión final de hacer o no una compra quedaría entonces en manos de los consumidores (que ya estarían bien informados), y el gobierno se limitaría prácticamente a proporcionar la posibilidad de recurso contra el suministro de información falsa.
En otros casos, el gobierno podría ordenar que se pusiera determinada información a disposición de los consumidores, sin tomar parte en su suministro. O quizá podría establecer un centro de coordinación, al que se dirigirían los consumidores para obtener información.
Sea cual fuere la naturaleza exacta de esas disposiciones, lo importante es que los consumidores, los productores o los proveedores pueden actuar como agentes de facto o de jure de los gobiernos en lo relativo a la reglamentación, desempeñando una función de difusión de información, concesión de licencias, emisión de certificados o supervisión, con lo cual sólo quedarían a cargo de los gobiernos mismos ciertas funciones normativas fundamentales.
El equilibrio entre las funciones reglamentarias gubernamentales y no gubernamentales en una determinada jurisdicción dependería en parte de la disposición y la capacidad técnica de los organismos no gubernamentales o las entidades del sector privado.
Además, al equilibrar las opciones, será útil distinguir entre la determinación del contenido de una reglamentación o una norma y la responsabilidad de su aplicación.
CLIC AQUÍ Y DÉJANOS TU COMENTARIO