Organización y Funcionamiento del Sistema General de Regalías

 Ley 2056 30 septiembre 2020

“Por la Cual se Regula La Organización y el Funcionamiento del Sistema General de Regalías” 

El Congreso de Colombia 

Decreta: 

Título I Objetivos y Fines del Sistema General de Regalías

 Artículo 1. Objeto.

Conforme con lo dispuesto por el artículo 360 361 de la Constitución Política, la presente ley tiene por objeto determinar la distribución, objetivos, fines, administración, ejecución, control, el uso eficiente y la destinación de los ingresos provenientes de la explotación de los recursos naturales no renovables precisando las condiciones de participación de sus beneficiarios. Este conjunto de ingresos, asignaciones, órganos, procedimientos y regulaciones constituye el Sistema General de Regalías. 

(Lea También: Órganos del Sistema General de Regalías)

Artículo 2. Objetivos y fines. 

Conforme con lo dispuesto por los artículos 360 361 de la Constitución Política. Son objetivos y fines del Sistema General de Regalías los siguientes: 

  1. Crear condiciones de equidad en la distribución de los ingresos provenientes de la explotación de los recursos naturales no renovables. En orden a generar ahorros para épocas de escasez. Promover el carácter contracíclico de la política económica y mantener estable el gasto público a través del tiempo. 

  2. Propiciar la adopción de mecanismos de inversión de los ingresos minero­energéticos que prioricen su distribución hacia la población más pobre por encima de otros criterios y contribuya a la equidad social y la promoción de la diversidad étnica cultural. 

  3. Promover el desarrollo y competitividad regional de todas las entidades territoriales dado el reconocimiento de los recursos del subsuelo como una propiedad del Estado. 

  4. Fomentar la estructuración de proyectos que promuevan el desarrollo y la formalización de la producción minero-energética. En particular la minería pequeña, mediana y artesanal.
  1. Fortalecer la equidad regional en la distribución de los ingresos minero­energéticos, a través de la integración de las entidades territoriales en proyectos comunes; promoviendo la coordinación y planeación de la inversión de los recursos y priorización de grandes proyectos de desarrollo. 

  2. Propiciar los mecanismos de participación ciudadana, las prácticas de buen gobierno y la gobernanza territorial. 



  3. Implementar mecanismos que hagan efectiva la inclusión, igualdad, equidad, participación y desarrollo integral de las Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras, del Pueblo Rrom o Gitano y de los Pueblos y Comunidades Indígenas. De acuerdo con sus planes de etnodesarrollo, planes de vida respectivos y demás instrumentos propios de planificación y contextos étnicos y culturales. 
  4. Incentivar o propiciar la inversión prioritariamente en la restauración social y económica de los territorios donde se desarrollen actividades de exploración y explotación de recursos naturales no renovables. Así como en la protección y recuperación ambiental, sin perjuicio de la responsabilidad ambiental que le asiste a las empresas que adelanten dichas actividades. En virtud de la cual deben adelantar acciones de conservación y recuperación ambiental en los territorios en los que se lleven a cabo tales actividades. 

  5. Propender por la generación de conocimiento del subsuelo colombiano. Así como que la exploración y explotación de recursos naturales no renovables promuevan los procesos de la transición energética, la protección ambiental y los derechos humanos. Een el marco de la normativa vigente y los estándares internacionales reconocidos por el Estado colombiano.

  6. Fomentar la estructuración y aprobación de proyectos de inversión que permitan la implementación del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera, en los términos establecidos en las normas vigentes. 

  7. Promover la estructuración de proyectos de emprendimiento que de manera progresiva generen fuentes de ocupación alternativas de la mano de obra local de las zonas donde se desarrollan actividades de exploración y explotación de recursos naturales no renovables. 

  8. Fomentar y promover la formulación de proyectos de inversión por parte de los esquemas asociativos de las entidades territoriales en el marco del Sistema General de Regalías. 

  9. Propiciar el dialogo entre las comunidades locales y las empresas que exploten recursos naturales no renovables. Que promueva el restablecimiento socioeconómico y ambiental de los territorios donde se desarrollen las actividades de exploración y explotación. 

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