Código Sustantivo del Trabajo

Código del Trabajo
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Título Preliminar Principios Generales

Artículo 1o. Objeto del Código Sustantivo del Trabajo

La finalidad primordial de este Código es la de lograr la justicia en las relaciones que surgen entre {empleadores} y trabajadores, dentro de un espíritu de coordinación económica y equilibrio social.

Artículo 2o. Aplicación Territorial

El presente Código rige en todo el territorio de la República para todos sus habitantes, sin consideración a su nacionalidad.

Encuesta sobre Vehículos en Colombia 🚘 🛣️

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Gracias por participar en esta encuesta. Su opinión es muy valiosa para conocer la percepción que tienen los consumidores sobre diferentes marcas de vehículos en Colombia. La encuesta es anónima y sus respuestas serán utilizadas únicamente con fines de investigación de mercado.

⏰ Duración estimada: 5 minutos.

Por favor, responda con sinceridad.

1. Ciudad de residencia*

Si no aparece su ciudad, por favor especifique cuál. 

1. Ciudad de residencia*

Si no aparece su ciudad, por favor especifique cuál. 

2. Género   *

2. Género   *

3. Edad*

3. Edad*

4. Estrato socioeconómico (NSE)*

4. Estrato socioeconómico (NSE)*

5. ¿Cuál es la primera marca que viene a su mente cuando piensa en vehículos?

5. ¿Cuál es la primera marca que viene a su mente cuando piensa en vehículos?

6. ¿Qué otras marcas de vehículos vienen a su mente?

6. ¿Qué otras marcas de vehículos vienen a su mente?

7. ¿Qué otras marcas de vehículos (Camionetas, SUV, automóviles, pickups / camionetas de platón) vienen a su mente?

7. ¿Qué otras marcas de vehículos (Camionetas, SUV, automóviles, pickups / camionetas de platón) vienen a su mente?

8. De las siguientes marcas de vehículos, ¿cuáles recuerda haber visto o escuchado?*

8. De las siguientes marcas de vehículos, ¿cuáles recuerda haber visto o escuchado?*

9. ¿Qué tanto conoce cada una de estas marcas de vehículos?*

Por favor responda sobre cada marca.

9. ¿Qué tanto conoce cada una de estas marcas de vehículos?*

Por favor responda sobre cada marca.

Nada Conocido
Algo conocido
Muy conocido
Chery
Changan
Deepal
BYD
Geely
Great Wall
Jetour
MG
Zeekr

10. ¿De qué marca de vehículos recuerda haber visto, escuchado o leído publicidad recientemente?*

10. ¿De qué marca de vehículos recuerda haber visto, escuchado o leído publicidad recientemente?*

11. ¿De qué otras marcas de vehículos ha visto publicidad?

11. ¿De qué otras marcas de vehículos ha visto publicidad?

12. ¿En qué lugar o medio recuerda haber visto, leído o escuchado sobre estas marcas?

Chery - Changan - Deepal - BYD - Geely - Great Wall - Jetour - MG - Zeekr

12. ¿En qué lugar o medio recuerda haber visto, leído o escuchado sobre estas marcas?

Chery - Changan - Deepal - BYD - Geely - Great Wall - Jetour - MG - Zeekr

13. ¿Qué tanta publicidad ha visto de cada marca?*

Por favor responda sobre cada marca.

13. ¿Qué tanta publicidad ha visto de cada marca?*

Por favor responda sobre cada marca.

Nada
Poca
Mucha
Chery
Changan
Deepal
BYD
Geely
Great Wall
Jetour
MG
Zeekr
14. ¿Qué tan familiarizado(a) está con estas marcas?

Chery*

Chery*

Changan*

Changan*

Deepal*

Deepal*

BYD*

BYD*

Geely*

Geely*

Great Wall*

Great Wall*

Jetour*

Jetour*

MG*

MG*

Zeekr*

Zeekr*

15. ¿Qué palabras o atributos asocia con estas marcas?

Chery

Chery

Changan

Changan

Deepal

Deepal

BYD

BYD

Geely

Geely

Great Wall

Great Wall

Jetour

Jetour

MG 

MG 

Zeekr

Zeekr

16. ¿Cuál es su percepción general de estas marcas?*

16. ¿Cuál es su percepción general de estas marcas?*

Negativa
Neutral
Positiva
Chery
Changan
Deepal
BYD
Geely
Great Wall
Jetour
MG
Zeekr

17. ¿Ha comprado vehículos de estas marcas anteriormente?*

17. ¿Ha comprado vehículos de estas marcas anteriormente?*

No
Chery
Changan
Deepal
BYD
Geely
Great Wall
Jetour
MG
Zeekr

18. ¿Qué tan probable es que compre un vehículo de estas marcas en el futuro?*

18. ¿Qué tan probable es que compre un vehículo de estas marcas en el futuro?*

Muy improbable
Algo probable
Muy probable
Chery
Changan
Deepal
BYD
Geely
Great Wall
Jetour
MG
Zeekr

Artículo 3o. Relaciones que Regula el Código Sustantivo del Trabajo

El presente Código regula las relaciones de derecho individual del Trabajo de carácter particular, y las de derecho colectivo del Trabajo, oficiales y particulares.

Artículo 4o. Servidores Públicos

Las relaciones de derecho individual del Trabajo entre la Administración Pública y los trabajadores de ferrocarriles, empresas, obras públicas y demás servidores del Estado, no se rigen por este Código, sino por los estatutos especiales que posteriormente se dicten.

Artículo 5o. Definición de Trabajo

El trabajo que regula este Código es toda actividad humana libre, ya sea material o intelectual, permanente o transitoria, que una persona natural ejecuta conscientemente al servicio de otra, y cualquiera que sea su finalidad, siempre que se efectúe en ejecución de un contrato de trabajo.

Artículo 6o. Trabajo Ocasional

Trabajo ocasional, accidental o transitorio, es el de corta duración y no mayor de un mes, que se refiere a labores distintas de las actividades normales del {empleador}.

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Artículo 7o. Obligatoriedad del Trabajo

El trabajo es socialmente obligatorio.

Artículo 8o. Libertad de Trabajo

Nadie puede impedir el trabajo a los demás, ni que se dediquen a la profesión, industria o comercio que les plazca, siendo lícito su ejercicio, sino mediante resolución de autoridad competente encaminada a tutelar los derechos de los trabajadores o de la sociedad, en los casos que se prevean en la ley.

Artículo 9o. Protección al Trabajo por el Código Sustantivo del Trabajo

El trabajo goza de la protección del Estado, en la forma prevista en la Constitución Nacional y las leyes. Los funcionarios públicos están obligados a prestar a los trabajadores una debida y oportuna protección para la garantía y eficacia de sus derechos, de acuerdo con sus atribuciones.

Artículo 10. Igualdad de los Trabajadores y las Trabajadoras

<Artículo modificado por el artículo 2 de la Ley 1496 de 2011. El nuevo texto es el siguiente:> Todos los trabajadores y trabajadoras son iguales ante la ley, tienen la misma protección y garantías, en consecuencia, queda abolido cualquier tipo de distinción por razón del carácter intelectual o material de la labor, su forma o retribución, el género o sexo salvo las excepciones establecidas por la ley.

Artículo 11. Derecho al Trabajo

Toda persona tiene derecho al trabajo y goza de libertad para escoger profesión u oficio, dentro de las normas prescritas por la Constitución y la Ley.

Artículo 12. Derechos de Asociación y Huelga

El Estado colombiano garantiza los derechos de asociación y huelga, en los términos prescritos por la Constitución Nacional y las leyes. (Lea También: Derecho Individual del Trabajo)

Artículo 13. Mínimo de Derechos y Garantías en el Código Sustantivo del Trabajo

Las disposiciones de este Código contienen el mínimo de derechos y garantías consagradas en favor de los trabajadores. No produce efecto alguno cualquiera estipulación que afecte o desconozca este mínimo.

Artículo 14. Carácter De Orden Público. Irrenunciabilidad

Las disposiciones legales que regulan el trabajo humano son de orden público y, por consiguiente, los derechos y prerrogativas que ellas conceden son irrenunciables, salvo los casos expresamente exceptuados por la ley.

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Artículo 15. Validez de la Transacción

Es válida la transacción en los asuntos del trabajo, salvo cuando se trate de derechos ciertos e indiscutibles.

Artículo 16. Efecto

1. Las normas sobre trabajo, por ser de orden público, producen efecto general inmediato, por lo cual se aplican también a los contratos de trabajo que estén vigentes o en curso en el momento en que dichas normas empiecen a regir, pero no tienen efecto retroactivo, esto es, no afectan situaciones definidas o consumadas conforme a leyes anteriores.

2. Cuando una ley nueva establezca una prestación ya reconocida espontáneamente o por convención o fallo arbitral por el {empleador}, se pagará la más favorable al trabajador.

Artículo 17. Órganos de Control

La vigilancia del cumplimiento de las disposiciones sociales está encomendada a las autoridades administrativas del Trabajo.

Artículo 18. Norma General de Interpretación

Para la interpretación de este Código debe tomarse en cuenta su finalidad, expresada en el artículo 1o.

Artículo 19. Normas de Aplicación Supletoria en el Código Sustantivo del Trabajo

Cuando no haya norma exactamente aplicable al caso controvertido, se aplican las que regulen casos o materias semejantes, los principios que se deriven de este Código, la jurisprudencia, la costumbre o el uso, la doctrina, los Convenios y Recomendaciones adoptados por la Organización y las Conferencias Internacionales del Trabajo, en cuanto no se opongan a las leyes sociales del país, los principios del derecho común que no sean contrarios a los del Derecho del Trabajo, todo dentro de un espíritu de equidad.

Artículo 20. Conflictos de Leyes

En caso de conflicto entre las leyes del trabajo y cualesquiera otras, prefieren aquéllas.

Artículo 21. Normas mas Favorables.

En caso de conflicto o duda sobre la aplicación de normas vigentes de trabajo, prevalece la más favorable al trabajador. La norma que se adopte debe aplicarse en su integridad.

Preguntas frecuentes

¿Qué es el Código Sustantivo de Trabajo en Colombia?

El Código Sustantivo del Trabajo es la principal legislación laboral en Colombia. Fue promulgado en 1950 y ha experimentado varias reformas desde entonces. Este código establece los derechos y obligaciones tanto de los empleadores como de los trabajadores en el país.

Contiene disposiciones relacionadas con contratos laborales, salarios, jornadas laborales, vacaciones, seguridad social, terminación de contratos, entre otros aspectos fundamentales de las relaciones laborales. Su objetivo es regular las condiciones de trabajo y promover la protección de los derechos de los trabajadores en Colombia.

¿Qué dice el Código Sustantivo del Trabajo en Colombia?

El Código Sustantivo del Trabajo en Colombia aborda una amplia gama de temas relacionados con las relaciones laborales. Algunos de los puntos principales que abarca incluyen:

Contratos laborales: establece los requisitos y condiciones para la celebración de contratos laborales entre empleadores y trabajadores, incluyendo términos de duración, salario, jornada laboral, lugar de trabajo, entre otros.

Derechos y deberes de los trabajadores: define los derechos fundamentales de los trabajadores, como el derecho a un salario mínimo, seguridad social, vacaciones remuneradas, licencias por enfermedad o maternidad, y protección contra la discriminación y el acoso laboral.

Seguridad y salud en el trabajo: establece normas para garantizar un ambiente laboral seguro y saludable, incluyendo la obligación de los empleadores de proporcionar equipos de protección, realizar evaluaciones de riesgos laborales y ofrecer capacitación en seguridad laboral.

Terminación de contratos laborales: regula los procedimientos y causas legales para la terminación de contratos laborales, ya sea por renuncia voluntaria del trabajador, despido justificado o injustificado, o terminación por mutuo acuerdo.

Derecho colectivo del trabajo: se refiere a la regulación de las relaciones laborales entre los empleadores y los sindicatos, incluyendo la negociación colectiva, los conflictos laborales y el derecho a la huelga.

Protección de grupos vulnerables: contiene disposiciones especiales para proteger los derechos de grupos vulnerables como los menores de edad, las mujeres embarazadas, los trabajadores discapacitados y los migrantes.

Inspección y vigilancia laboral: establece la estructura y funciones de las autoridades encargadas de supervisar el cumplimiento de las disposiciones laborales y de imponer sanciones en caso de infracciones.

Estos son solo algunos de los aspectos que aborda el Código Sustantivo del Trabajo en Colombia. Es una legislación extensa y compleja que tiene como objetivo proteger los derechos de los trabajadores y regular las relaciones laborales en el país.

¿Cuál es la finalidad del Código Sustantivo del Trabajo?

La finalidad del Código Sustantivo del Trabajo es establecer un marco legal que regule las relaciones laborales entre empleadores y trabajadores, garantizando el respeto a los derechos fundamentales de los trabajadores y promoviendo condiciones laborales justas y equitativas. Entre los objetivos específicos de este código se encuentran:

Protección de los derechos laborales: el código busca proteger los derechos básicos de los trabajadores, como el derecho a un salario justo, condiciones laborales seguras y saludables, vacaciones remuneradas, seguridad social y protección contra la discriminación laboral.

Regulación de las condiciones de trabajo: establece normas y regulaciones que rigen las condiciones de trabajo, incluyendo la duración de la jornada laboral, el salario mínimo, los periodos de descanso, las vacaciones y otros aspectos relevantes para garantizar condiciones laborales dignas.

Promoción de la justicia laboral: busca equilibrar las relaciones entre empleadores y trabajadores, garantizando que exista un marco legal que proteja los derechos de ambas partes y establezca mecanismos para la resolución justa y equitativa de conflictos laborales.

Fomento del desarrollo económico y social: el código contribuye al desarrollo económico y social del país al promover relaciones laborales estables y armoniosas, lo que a su vez puede generar un ambiente propicio para la inversión y el crecimiento empresarial.

Prevención de abusos y explotación laboral: busca prevenir y sancionar cualquier forma de abuso, explotación o discriminación laboral, protegiendo especialmente a los grupos más vulnerables de la sociedad, como los menores de edad, las mujeres embarazadas, los trabajadores discapacitados y los migrantes.

¿Qué dice el artículo 42 del Código Sustantivo del Trabajo?

El artículo 42 del Código Sustantivo del Trabajo en Colombia establece lo siguiente:

“Artículo 42. Duración del contrato de trabajo. Todo contrato de trabajo tiene una duración determinada, la cual puede ser fija o indefinida. En el contrato a término fijo, el trabajador se obliga a prestar un servicio durante un tiempo señalado. Y el empleador a pagarle una remuneración determinada. En el contrato a término indefinido, el empleador se obliga a utilizar la fuerza de trabajo del trabajador. Y a pagarle un salario, y el trabajador a prestar sus servicios personales al empleador.”

¿Qué partes integran el Código Sustantivo del Trabajo en Colombia?

El Código Sustantivo del Trabajo en Colombia está compuesto por varios libros que abordan diferentes aspectos relacionados con las relaciones laborales. Estas partes principales son:

1. Libro Primero – De los principios generales del derecho del trabajo: contiene disposiciones generales sobre el derecho del trabajo, como definiciones, principios fundamentales, ámbito de aplicación y normas generales.

2. Libro Segundo – De las relaciones individuales del trabajo: regula las relaciones laborales entre el empleador y el trabajador, abarcando temas como el contrato de trabajo, las modalidades de contratación, los derechos y deberes de las partes, la jornada laboral, el salario, las vacaciones, la terminación del contrato, entre otros.

3. Libro Tercero – De las relaciones colectivas del trabajo: se refiere a las relaciones laborales entre los empleadores y los sindicatos, tratando aspectos como la libertad sindical, la negociación colectiva, los conflictos colectivos, los sindicatos, entre otros.

4. Libro Cuarto – De la inspección, vigilancia y control: establece las normas sobre la inspección, vigilancia y control de las relaciones laborales por parte de las autoridades competentes, así como los procedimientos para la solución de conflictos laborales.

Además de estos libros principales, el Código Sustantivo del Trabajo puede contener disposiciones adicionales en forma de decretos, resoluciones, circulares u otras normativas complementarias emitidas por las autoridades laborales competentes. Estas partes integran un marco legal completo que regula las relaciones laborales en Colombia.

1 Texto para Comentarios
  • cuando se labora en turnos de 8 horas sucesivos y rotativos y estos son 7 dias consecutivos…. cuantos dias de descanso debe tener el trabajador

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