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Título XVII
Causales de nulidad en el proceso penal militar
Artículo 596.
Son causales de nulidad en el proceso penal militar, las siguientes:
- La falta de competencia del juez.
- La violación al Derecho de Defensa, o el Debido Proceso, en aspectos sustanciales.
Los recursos de apelación pendientes de definir al momento de iniciarse la audiencia de la Corte Marcial, salvo lo relacionado con la negativa o admisión de pruebas, no invalidan el procedimiento. (Lea También: Ejecución de Sentencias Militares)
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Principio de taxatividad.
Artículo 597. Principio de taxatividad.
No podrá decretarse ninguna nulidad por causal diferente a las señaladas en este título.
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