El “Consentimiento Informado”, La Capacidad de Comprensión del Paciente

Aún están por definirse y clarificarse los criterios, estándares y protocolos de evaluación de la capacidad individual de cada paciente para comprender en forma adecuada y fiable nuestras informaciones.

Lo que es muy claro es que, como ya se anotó antes, cuando en nuestro consultorio nos enfrentamos a un paciente claramente incapaz –lo que puede tener repercusiones legales muy importantes-, debemos recurrir a un familiar o a un acudiente, con lo cual entramos de lleno en el complejo campo de la ética de las decisiones de sustitución y representación39.

Decisión sobre el procedimiento

Finalmente, el paciente, después de un proceso de deliberación, toma una decisión, la cual puede ser de aceptación o de rechazo de la medida diagnóstica o terapéutica propuesta: con frecuencia se convierte éste en el punto de partida de un nuevo proceso de toma de decisiones.

El punto final de la nota de información en la Historia Clínica debe constituirlo la frase “Acepto el procedimiento”, refrendada con la firma autógrafa del paciente o de su acudiente y el número de identificación correspondiente (cédula, cédula de extranjería o Pasaporte).

En esta forma, se puede afirmar, sin riesgo de equivocarse, que el “consentimiento informado” se puede catalogar como uno de los más importantes derechos de la persona humana: lex artis medica.

Si la decisión del paciente cumple con todos los requisitos previamente analizados, así sea negativa, debe serle respetada a ultranza.

A una decisión de rechazo no debe seguirse un abandono del paciente por parte del facultativo: se debe reiniciar el proceso de información para buscar una decisión más aceptable para ambos.

Si la decisión del pacientes es inaceptable, en conciencia, para el médico, éste tiene la obligación de remitir al paciente a otro profesional que pueda continuar el proceso de atención, asegurándose así la no interrupción de la atención en salud39. (Lea también: Fin de Lucro en Salud, La Salud Siempre ha sido un Negocio)

Importancia del “consentimiento informado”

En la medicina de hoy prima el derecho de autonomía, de acuerdo con lo dispuesto en la Constitución Política de Colombia de 199140.

En el ejercicio profesional de la medicina, sin excepciones, es de crucial importancia realizar un adecuado, oportuno, claro y completo “consentimiento informado”, paso sin el cual no se debe ejercer ninguna acción médica, a riesgo de faltar contra el derecho de autonomía de nuestros pacientes.

Requiere, ciertamente, una mayor inversión de tiempo de consulta, pero es altamente gratificante para nuestra relación médico-paciente. En toda especialidad, como en muchos otros campos de la práctica médica, no sólo debemos informar: adicional y fundamentalmente, el objetivo es formar.

Notas y Referencias

1. SIMÓN LORDA, Pablo y JÚDEZ GUTIÉRREZ, Javier. Consentimiento informado. Medicina Clínica. Barcelona, 2001. Nº 117. p. 100.
2. NIGHTINGALE, Florence. Notas sobre enfermería. Barcelona, 1990. Masson – Salvat. Citada por SIMÓN LORDA, P. y JUDEZ GUTIÉRREZ, J. Consentimiento informado. Op. Cit. Nº 117. pp. 100 y 106.
3. GRACIA GUILLÉN, Diego y Colaboradores. La liberación moral: el método de la ética clínica. Medicina Clínica. Barcelona,2001. Nº 117. p. 22.
4. KANT, Emmanuel. Fundamentación de la metafísica de las costumbres. Barcelona, 1996. Ariel. p. 117.
5. STUART MILL, John. Sobre la libertad. Madrid, 1985. Orbis. p. 32. Citado por SIMÓN LORDA, P. y JUDEZ GUTIÉRREZ, J. Consentimiento informadoOp. Cit. p. 100.
6. SIMÓN LORDA, P. y JUDEZ GUTIÉRREZ, J. Consentimiento informado. Op. Cit. Nº 117. p. 101.
7. CASO SCHLOENDORFF versus Society of New Cork Hospitals 211 N. Y. Nueva York, 1914. 125, 105 N. E. pp. 92 – 96. Citado por SIMÓN LORDA, P. y JUDEZ GUTIÉRREZ, J. Consentimiento informado. Op. Cit. Nº 117. p. 101.
8. FADEN R., Beauchamp TL. A history and theory of informed consent.Nueva York, 1986. Oxford University Press. pp. 91 – 96. Citado por SIMÓN LORDA, P. y JUDEZ GUTIÉRREZ, J. Consentimiento informado. Op. Cit. Nº 117. p. 101.
9. MIRANDA, Francisco. Algunas consideraciones en relación con el denominado consentimiento informado. Capítulo 3 de la obra La desconfi anza de los impacientes. ISBN: 956 – 220 – 254 – 2. CHOMALI GARIB, May y MAÑALICH MUXI,Jaime. Editorial Mediterráneo Ltda. Santiago de Chile, 2006. p. 39.
10. MIRANDA, Francisco. Algunas consideraciones en relación con el denominado consentimiento informado. Op. Cit. p. 40.
11. LEY 23 DEL 18 DE FEBRERO DE 1981. Artículo 15º.
12. LEY 23 … Op. Cit. Artículo 16º.
13. DECRETO REGLAMENTARIO Nº 3380 DEL 30 DE NOVIEMBRE DE 1981. Artículo 10º.
14. DECRETO REGLAMENTARIO Nº 3380 … Op. Cit. Artículo 11º.
15. DECRETO REGLAMENTARIO Nº 3380 … Op. Cit. Artículo 12º.
16. VÁSQUEZ PIÑEROS, María Mercedes. Comunicación personal vía e-mail.
17. MANUAL DE ÉTICA DEL COLEGIO AMERICANO DE MÉDICOS.
18. DECLARACIÓN DE LISBOA DE LA ASOCIACIÓN MÉDICA MUNDIAL.
19. DECLARACIÓN DE LISBOA DE LA ASOCIACIÓN MÉDICA MUNDIAL. Nº 3.
20. MIRANDA, F. Algunas consideraciones en relación con el denominado consentimiento informado. Op. Cit. p. 41.
21. LEY 41 DEL 2002 DE ESPAÑA. Ley Básica Reguladora de la Autonomía del Paciente. Artículo 3º. Citado por MIRANDA, F. Algunas consideraciones en relación con el denominado consentimiento informado. Op. Cit. p. 41.
22. MIRANDA, F. Algunas consideraciones en relación con el denominado consentimiento informado. Op. Cit. p. 42.
23. TRIBUNAL SUPERIOR ESPAÑOL. Sentencia del 23 de abril de 1992. Citada por MIRANDA, F. Algunas consideraciones en relación con el denominado consentimiento informado. Op. Cit. p. 42 y por VÁSQUEZ FERREIRA, R. Daños y perjuicios en el ejercicio de la medicina. Buenos Aires, 2002.Hammurabi. P. 59.
24. VÁSQUEZ FERREIRA, R. Daños y perjuicios en el ejercicio de la medicina. Buenos Aires, 2002. Hammurabi. P. 59. Citado por MIRANDA, F. Algunas consideraciones en relación con el denominado consentimiento informado. Op. Cit. p. 42.
25. CASTAÑO de RESTREPO, M. P. El consentimiento informado del paciente en la responsabilidad médica. Bogotá, 1997. Editorial Temis. pp. 43, 65, 70 y 74. Citada por MIRANDA, F. Algunas consideraciones en relación con el denominado consentimiento informado. Op. Cit. p. 42.
26. MIRANDA, F. Algunas consideraciones en relación con el denominado consentimiento informado. Op. Cit. p. 43.
27. CÓDIGO CIVIL CHILENO. Artículo 1.445. Citado por MIRANDA, F. Algunas consideraciones en relación con el denominado consentimiento informado. Op. Cit. p. 43.
28. LEY 19.451 SOBRE TRASPLANTES Y DONACIÓN DE ÓRGANOS. Artículos 6, 10 y 11. Citada por MIRANDA, F. Algunas consideraciones en relación con el denominado consentimiento informado. Op. Cit. pp. 43 y 44.
29. MIRANDA, F. Algunas consideraciones en relación con el denominado consentimiento informado. Op. Cit. pp. 43 y 44.
30. REGLAMENTO PARA LA INTERNACIÓN DE LAS PERSONAS CON ENFERMEDADES MENTALES. Diario Ofi cial. Santiago de Chile, 14 de julio de 2000. Citado por MIRANDA, F. Algunas consideraciones en relación con el denominado consentimiento informado. Op. Cit. p. 44.
31. MIRANDA, F. Algunas consideraciones en relación con el denominado consentimiento informado. Op. Cit. p. 44. 32. LEY Nº 19.799 SOBRE EL VIRUS DE INMUNODEFICIENCIA HUMANO. Artículo 5º. Citada por MIRANDA, F. Algunas consideraciones en relación con el denominado consentimiento informado. Op. Cit. p. 44.
33. CONVENIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS Y LA DIGNIDAD DEL SER HUMANO CON
RESPECTO A LAS APLICACIONES DE LA BIOLOGÍA Y LA MEDICINA O “CONVENIO DE OVIEDO”. OVIEDO, 4 DE ABRIL DE 1997. Citado por SIMÓN LORDA, P. y JUDEZ GUTIÉRREZ, J. Consentimiento informado. Op. Cit. Nº 117. p. 101.
34. LEY GENERAL DE SANIDAD DEL 25 DE ABRIL DE 1986. Artículo 10º, apartados 5 y 6. Citada por SIMÓN LORDA, P. y JUDEZ GUTIÉRREZ, J. Consentimiento informado. Op. Cit. Nº 117. p. 101.
35. REAL DECRETO 63 DEL 20 DE ENERO DE 1995 SOBRE ORDENACIÓN DE PRESTACIONES SANITARIAS DEL
SISTEMA NACIONAL DE SALUD. Artículo 6º y Anexo 1.5. Citado por SIMÓN LORDA, P. y JUDEZ GUTIÉRREZ, J.
Consentimiento informado. Op. Cit. Nº 117. p. 101.
36. GRACIA GUILLÉN, Diego. Fundamentación y enseñanza de la Bioética. ISBN: 958 – 9482 – 16 – 3. 2ª Edición. Bogotá, 2000. Editorial El Buho. Vol. 1. p. 15.
37. SIMÓN LORDA, P. y JUDEZ GUTIÉRREZ, J. Consentimiento informado. Op. Cit. Nº 117. p. 102.
38. MINISTERIO DE SANIDAD Y CONSUMO. Grupo de expertos en información y documentación clínica. Documento final de noviembre de 1997. Madrid, 1998. p. 13.
39. SIMÓN LORDA, P. y JUDEZ GUTIÉRREZ, J. Consentimiento informado. Op. Cit. Nº 117. p. 103.
40. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA DE 1991. Artículo

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