TLC Colombia – Chile, Programas de Desgravación Arancelaria Acordados
Se establecieron 5 Anexos y programas de Desgravación Arancelaria Acordados del ACE 24 así:
Programas de Desgravación Arancelaria Acordados
Nómina Inmediata:
Anexo 2 (Art.4) los productos negociados en el Acuerdo de Alcance Parcial AAP-14 se profundizo la desgravación al 100% a partir del 1° de enero de 1994, y Anexos 4 y 5 sector automotor (Art.10)
Nómina a 5 años:
Anexo 1, productos con algunas sensibilidades desgravados a partir del 1° enero de 1994 a diciembre de 1998 y 100% a partir de 1999 (Art:3, literal b).
Nómina de exclusiones:
Anexo 3 (Art.5) productos sensibles, principalmente productos agrícolas. Los más sensibles son del SAFP.
Como parte de los programas de desgravación arancelaria, estos productos fueron negociados mediante el Sexto Protocolo del ACE 24 en 1997, fueron desgravados a 15 años, 10 años de gracia y 5 de desgravación a partir del 31 de julio de 2007 a 31 de diciembre de 2011, a partir del 1° de enero de 2012 quedaron libres del arancel fijo, y continúa la aplicando del arancel variable del SAFP.
Los productos sujetos al Sistema Andino de Precios (SAFP):
Dentro de los programas de desgravación arancelaria, también hace parte la carne y despojos de cerdo, de pollo, lácteos, maíz y harina de maíz, arroz, sorgo, semillas de oleaginosas, aceites y grasas, azucares, tortas y demás residuos de la extracción del aceite y grasas, dextrina y demás almidones, ácido esteárico y oleico, y demás ácidos grasos.
Nómina de desgravación general:
Son todos los demás productos que no se encuentran señalados en ninguno de los 5 anexos del Capítulo II del ACE 24. Los cuales fueron desgravados 3 años que llegaron al 100% a partir del 1° de enero de 1997 (Art. 3 literal a).
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