Código de Integridad del Servicio Público Colombiano – Ley 2016 de 2020

Integridad del Servicio Público
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Ley No. 2016 27 Febrero 2020

Por la cual se Adopta el Código de Integridad del Servicio Público Colombiano y se Dictan otras Disposiciones

El Congreso de Colombia

Decreta:

Encuesta sobre Vehículos en Colombia 🚘 🛣️

1. Ciudad de residencia*

Si no aparece su ciudad, por favor especifique cuál. 

1. Ciudad de residencia*

Si no aparece su ciudad, por favor especifique cuál. 

2. Género   *

2. Género   *

3. Edad*

3. Edad*

4. Estrato socioeconómico (NSE)*

4. Estrato socioeconómico (NSE)*

5. ¿Cuál es la primera marca que viene a su mente cuando piensa en vehículos?

5. ¿Cuál es la primera marca que viene a su mente cuando piensa en vehículos?

6. ¿Qué otras marcas de vehículos vienen a su mente?

6. ¿Qué otras marcas de vehículos vienen a su mente?

7. ¿Qué otras marcas de vehículos (Camionetas, SUV, automóviles, pickups / camionetas de platón) vienen a su mente?

7. ¿Qué otras marcas de vehículos (Camionetas, SUV, automóviles, pickups / camionetas de platón) vienen a su mente?

8. De las siguientes marcas de vehículos, ¿cuáles recuerda haber visto o escuchado?*

8. De las siguientes marcas de vehículos, ¿cuáles recuerda haber visto o escuchado?*

9. ¿Qué tanto conoce cada una de estas marcas de vehículos?*

Por favor responda sobre cada marca.

9. ¿Qué tanto conoce cada una de estas marcas de vehículos?*

Por favor responda sobre cada marca.

Nada Conocido
Algo conocido
Muy conocido
Chery
Changan
Deepal
BYD
Geely
Great Wall
Jetour
MG
Zeekr

10. ¿De qué marca de vehículos recuerda haber visto, escuchado o leído publicidad recientemente?*

10. ¿De qué marca de vehículos recuerda haber visto, escuchado o leído publicidad recientemente?*

11. ¿De qué otras marcas de vehículos ha visto publicidad?

11. ¿De qué otras marcas de vehículos ha visto publicidad?

12. ¿En qué lugar o medio recuerda haber visto, leído o escuchado sobre estas marcas?

Chery - Changan - Deepal - BYD - Geely - Great Wall - Jetour - MG - Zeekr

12. ¿En qué lugar o medio recuerda haber visto, leído o escuchado sobre estas marcas?

Chery - Changan - Deepal - BYD - Geely - Great Wall - Jetour - MG - Zeekr

13. ¿Qué tanta publicidad ha visto de cada marca?*

Por favor responda sobre cada marca.

13. ¿Qué tanta publicidad ha visto de cada marca?*

Por favor responda sobre cada marca.

Nada
Poca
Mucha
Chery
Changan
Deepal
BYD
Geely
Great Wall
Jetour
MG
Zeekr
14. ¿Qué tan familiarizado(a) está con estas marcas?

Chery*

Chery*

Changan*

Changan*

Deepal*

Deepal*

BYD*

BYD*

Geely*

Geely*

Great Wall*

Great Wall*

Jetour*

Jetour*

MG*

MG*

Zeekr*

Zeekr*

15. ¿Qué palabras o atributos asocia con estas marcas?

Chery

Chery

Changan

Changan

Deepal

Deepal

BYD

BYD

Geely

Geely

Great Wall

Great Wall

Jetour

Jetour

MG 

MG 

Zeekr

Zeekr

16. ¿Cuál es su percepción general de estas marcas?*

16. ¿Cuál es su percepción general de estas marcas?*

Negativa
Neutral
Positiva
Chery
Changan
Deepal
BYD
Geely
Great Wall
Jetour
MG
Zeekr

17. ¿Ha comprado vehículos de estas marcas anteriormente?*

17. ¿Ha comprado vehículos de estas marcas anteriormente?*

No
Chery
Changan
Deepal
BYD
Geely
Great Wall
Jetour
MG
Zeekr

18. ¿Qué tan probable es que compre un vehículo de estas marcas en el futuro?*

18. ¿Qué tan probable es que compre un vehículo de estas marcas en el futuro?*

Muy improbable
Algo probable
Muy probable
Chery
Changan
Deepal
BYD
Geely
Great Wall
Jetour
MG
Zeekr

Artículo 1°. Objeto.

La presente ley tiene como objeto la adopción e implementación del Código de Integridad del Servicio Público Colombiano expedido por el Departamento Administrativo de la Función Pública. Por parte de todas las entidades del Estado a nivel nacional y territorial y en todas las Ramas del Poder Público. Las cuales tendrán la autonomía de complementarlo respetando los valores que ya están contenidos en el mismo.

Finalmente, se crea el Sistema Nacional de Integridad para articular todo lo concerniente a la Integridad en el Servicio Público Colombiano.

Parágrafo.

Por implementación de este Código se entenderá la capacitación obligatoria de inducción. Para cualquier cargo del Estado y en cualquier modalidad contractual, la evaluación y seguimiento. La generación de indicadores que permitan verificar su cumplimiento. La inclusión obligatoria del Código en los manuales de funciones y demás métodos, planes y procedimientos que fortalezcan y promuevan la Integridad en el Servicio Público.

Artículo 2°. Sistema Nacional de Integridad.

Confórmese el Sistema Nacional de Integridad en el Servicio Público Colombiano. El cual estará a cargo del Departamento Administrativo de la Función Pública y tendrá un Comité Coordinador conformado por:

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  1. La Comisión Nacional de Moralización;
  2. Las Comisiones Regionales de Moralización.

Artículo 3°. Funciones del Sistema Nacional de Integridad en el Servicio Público.

 El Sistema Nacional de Integridad en el Servicio Público Colombiano tendrá, como mínimo, las siguientes funciones:

  1. Establecer mecanismos de articulación y colaboración entre las entidades nacionales y territoriales que adopten el Código de Integridad del Servicio Público Colombiano;
  2. Planear, definir y evaluar las medidas en materia de promoción y formación de la Integridad en las entidades del Estado;
  3. Difundir la Integridad en los sectores; privados que se relacionan con el servicio público;
  4. Determinar los indicadores para la evaluación y seguimiento de la adopción y la implementación de este Código;
  5. Generar un sistema de seguimiento para que las entidades del Estado realicen los: reportes anuales con base en los indicadores mencionados en el literal d);
  6. Promover la Integridad en el Servicio Público a través de los medios de comunicación;
  7. Desarrollar, en coordinación con la Escuela Superior de Administración Pública (ESAP), estudios e investigaciones sobre la importancia de la Integridad en el Servicio Público Colombiano. 

Parágrafo.

El Departamento Administrativo de la Función Pública junto con el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC) se encargarán de difundir de forma efectiva a la ciudadanía la labor del órgano contemplado en ‘ el artículo 2° de la presente Ley, atendiendo criterios de publicidad y transparencia.

Artículo . Vigencia.

La presente ley rige a partir de la fecha de su publicación.

El Presidente del Honorable Senado de la República
Lidio Arturo García Turbay

El Secretario General del Honorable Senado de la República
Gregorio Eljach Pacheco

El Presidente de la Honorable Cámara de Representantes
Carlos Alberto Cuenca Chaux

El Secretario General de la Honorable Cámara de Representantes
Jorge Humberto Mantilla Serrano

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