Sociedad en el Nuevo Código Civil Colombiano
De la Sociedad en el Nuevo Código Civil Colombiano
Reglas Generales
Artículo 2079. Definición de sociedad
Artículo2080. Mayorías en las de liberaciones
Artículo2081. Requisitos para la existencia de la sociedad
Artículo 2082. Sociedad a titulo universal
Artículo 2083. Sociedad de hecho
Artículo 2084. Nulidad del contrato de sociedad frente a terceros
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- Del Principio y Fin de la Existencia de las Personas
- De las Personas Jurídicas
Diferentes Especies de Sociedad en el Nuevo Código Civil
Artículo 2085. Sociedades civiles y comerciales
Artículo 2086. Sociedades civiles sujetas a las normas de la sociedad comercial
Artículo 2087. Sociedades colectivas, en comandita o anónimas
Artículo 2088. Prohibiciones a los socios comanditarios
Artículo 2089. Socios comanditarios en sociedades colectivas
Artículo 2090. Régimen de las sociedades comanditarias anónimas
Cláusulas Principales del Contrato de Sociedad
Artículo 2091. Fecha de inicio y terminación de la sociedad
Artículo 2092. División de ganancias y perdidas
Artículo 2093. División de ganancias y pérdidas por arbitrio ajeno
Artículo 2094. División a prorrata
Artículo 2095. Determinación de la cuota por contribución de industria, servicio o trabajo
Artículo 2096. Criterios para la distribución de pérdidas y beneficios
Administración de la Sociedad Colectiva en el Nuevo Código Civil
Artículo 2097. Administración de la sociedad colectiva
Artículo 2098. Renuncia y remoción del administrador designado en la constitución de la sociedad
Artículo 2099. Justa renuncia o remoción
Artículo 2100. Renuncia y remoción del administrador designado con posterioridad a la constitución de la sociedad
Artículo 2101. Actuaciones del administrador
Artículo 2102. Pluralidad de administradores
Artículo 2103. Límites de la administración
Artículo 2104. Obligaciones respecto al capital fijo de la sociedad
Artículo 2105. Actos del administrador que obligan a la sociedad
Artículo 2106. Rendición de cuentas del administrador
Artículo 2107. Ausencia de designación de administrador
Obligaciones de los Socios entre si
Artículo 2108. Aportes en propiedad o en usufructo al fondo social
Artículo 2109. Retardo en el aporte
Artículo 2110. Riesgo en la pérdida del aporte
Artículo 2111. Saneamiento por evicción del aporte en especie
Artículo 2112. Pago por aporte en industria
Artículo 2113. Límites a la obligación de aportar
Artículo 2114. Inclusión de tercero en la sociedad
Artículo 2115. Derecho a reembolse e indemnización
Artículo 2116. Cuotas de créditos recibidas
Artículo 2117. Propiedad sobre el producto de las gestiones de los socios
Artículo 2118. Imputaciones del pago de créditos
Artículo 2119. Responsabilidad de los socios por perjuicios a la sociedad
Obligaciones de los Socios respecto de Terceros
Artículo 2120. Contratación del socio administrador a nombre de la sociedad
Artículo 2121. Obligaciones de la sociedad colectiva frente a terceros
Artículo 2122. Acreedores de los socios frente a la sociedad
Artículo 2123. Responsabilidad de los socios comanditarios o accionistas
Disolución de la Sociedad
Artículo 2124. Disolución de la sociedad
Artículo 2125. Disolución de la sociedad por cumplimiento del negocio por el que fue constitución
Artículo 2126. Disolución por insolvencia o extinción del objeto
Artículo 2127. Disolución por incumplimiento en los aportes
Artículo 2128. Disolución por perdida de aportes
Artículo 2129. Disolución por muerte de los socios
Artículo 2130. Continuación de la sociedad con los herederos
Artículo 2131. Derechos de los herederos de socio
Artículo 2132. Disolución por incapacidad sobreviniente o insolvencia
Artículo 2133. Disolución por consentimiento unánime
Artículo 2134. Disolución por renuncia de socio
Artículo 2135. Requisitos de la renuncia
Artículo 2136. Renuncia de mala fe o intempestiva
Artículo 2137. Concepto de renuncia de mala fe
Artículo 2138. Concepto de renuncia intempestiva
Artículo 2139. Retiro sin renuncia
Artículo 2140. Disolución oponible a terceros
Artículo 2141. División del haber social
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