Con el objetivo de garantizar el éxito del proyecto de desarrollo de un circuito turístico en la cuenca baja del río Magdalena, se lleva a cabo un mapeo y análisis exhaustivo de los actores relacionados con el turismo en la zona. Este análisis se centra específicamente en actores vinculados a los municipios priorizados, así como aquellos con especial énfasis en turismo, cultura y naturaleza. Para facilitar el análisis, se segmentan los actores en dos categorías: institucionales y comunitarios o sociales.
A partir del análisis de estos actores, se generarán recomendaciones y estrategias sobre cómo deben ser considerados y coordinados, para unificar esfuerzos y lograr una implementación exitosa del proyecto.
Para este apartado, se hace un mapeo de actores potenciales para la participación. A continuación, se muestran algunos ejemplos:
Tabla 1. Actores de posible relacionamiento
3.1 Actores interesados de orden institucional
El circuito turístico desarrollado a lo largo de esta consultoría implica la acción de diversas entidades públicas del orden nacional, departamental y municipal, así como la articulación con diferentes actores privados, comunitarios, gremiales e incluso sin ánimo de lucro.
Partiendo entonces de que la República de Colombia se encuentra organizada en forma de república unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, esta sección se enfocará en las competencias de las diferentes entidades adscritas a la rama ejecutiva del poder público en sus 3 niveles: nacional; departamental; y municipal. Así las cosas, se realizará un proceso de identificación y caracterización de los diferentes actores que tengan influencia en la zona. A partir de este proceso, se realizará una identificación de las barreras y limitaciones en la coordinación de las acciones entre entidades públicas y en la articulación con otros actores relevantes.
Ilustración 3. Diagrama de Gobernanza
Orden Nacional
En el orden nacional, se ha identificado que, en relación con proyectos turísticos, las siguientes entidades tienen influencia en la zona del diagnóstico: 1) Ministerio de Comercio, Industria y Turismo (MinCIT) y su Viceministerio de Turismo y sus direcciones adscritas; 2) Fondo Nacional del Turismo (FONTUR); 3) Fondo de promoción de Exportaciones (Procolombia); 4) Ministerio de Cultura; 5) Dirección General Marítima y Portuaria – DIMAR; 6) Corporación Autónoma Regional del Río Grande de la Magdalena (CORMAGDALENA); 7) La Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (Aerocivil);8) el Servicio nacional de Aprendizaje (SENA); y 9) otras entidades con competencias complementarias.
3.1.1.1Ministerio de Comercio, Industria y Turismo
De acuerdo con el artículo 206 de la Constitución Política (CP), el número, denominación y orden de precedencia de los ministerios y departamentos administrativos serán determinados por la Ley. Asimismo, el artículo 208 de la CP establece que los ministros y los directores de los departamentos administrativos son
jefes de la administración en su respectiva dependencia, a los cuales, bajo la dirección del presidente de la República, les corresponde formular las políticas atinentes a su despacho, dirigir la actividad administrativa y ejecutar la Ley.
Para el caso particular del MinCIT, su creación se realizó a través del artículo 4 de la Ley 790 de 20022 mediante el cual se fusionaron el Ministerio de Comercio Exterior y el Ministerio de Desarrollo Económico, conformando el MinCIT. Esta misma ley estableció que el presidente de la República, en ejercicio de facultades extraordinarias, determinaría los objetivos y estructura orgánica del MinCIT, lo cual se realizó por medio del Decreto 210 de 20033.
El artículo 1 del Decreto 210 de 2003 establece que el objetivo del MinCIT es: “ Adoptar, dirigir y coordinar las políticas generales en materia de desarrollo económico y social del país, relacionadas con la competitividad, integración y desarrollo de los sectores productivos de la industria, la micro, pequeña y mediana empresa, el comercio exterior de bienes, servicios y tecnología, la promoción de la inversión extranjera, el comercio interno y el turismo; y ejecutar las políticas, planes generales, programas y proyectos de comercio exterior”
Tabla 2. Funciones del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo
Dentro de la estructura orgánica del MinCIT, de acuerdo con el artículo 6 del Decreto 210 de 2003, se ubica el Despacho del viceministro de Turismo. Sus funciones se encuentran establecidas a través del Decreto 2785 de 2006, dentro de las cuales se destacan:
Tabla 3. Funciones del Viceministerio de Turismo
Con base en lo anterior, corresponde al MINCIT la formulación general de políticas públicas en materia de turismo, buscando alinear a las demás entidades del orden nacional y siendo quien debe concurrir a, por ejemplo, la presentación de proyectos de ley en materia turísticas, así como a participar en la adopción de documentos adoptados por el Consejo Nacional de Política Económica y Social (CONPES).
Es importante tener en cuenta que, por su carácter de rector de la política pública sectorial, el MinCIT no tiene a cargo la ejecución directa de proyectos, aspecto en el que se apoya en sus entidades adscritas, como se detalla más adelante.
Las anteriores funciones se canalizan principalmente a través de las 2 direcciones adscritas al despacho del Viceministro de Turismo: la Dirección de Calidad y Desarrollo Sostenible del Turismo y la Dirección de Análisis Sectorial y Promoción, cuyas competencias se describen a continuación, destacándose algunas como: (i) brindar asistencia técnica a las entidades territoriales en la elaboración de los planes de desarrollo turístico, (ii) la inclusión del turismo en los planes de ordenamiento territorial y el diseño de productos turísticos, así como brindar asistencia técnica a los prestadores de servicios turísticos en materia de calidad y certificación turística, (iv) elaborar estudios e indicadores sobre el comportamiento del sector turístico a nivel nacional e internacional que permitan la definición de políticas, planes y programas y (v) dirigir la elaboración de estudios y proponer estrategias tendientes a mejorar el acceso al crédito y el financiamiento del sector turístico.
Dirección de Calidad y Desarrollo Sostenible del Turismo
La Dirección de Calidad y Desarrollo Sostenible del Turismo tiene como función principal acordar, ejecutar y evaluar el Plan Sectorial de Turismo, en conjunto con los diferentes actores que conforman este sector, con el fin de mejorar la competitividad y sostenibilidad de los productos y destinos turísticos en todo el país. Sus funciones se encuentran dispuestas en el artículo 7 del Decreto 2785 de 20064 , dentro de las que se destacan, entre otras, las siguientes:
Tabla 4. Funciones de la Dirección de Calidad y Desarrollo Sostenible del Turismo
Dirección de Análisis Sectorial y Promoción
La segunda de estas direcciones adscritas al despacho del viceministro de turismo es la Dirección de Análisis Sectorial y Promoción, la cual se encarga de analizar el sector turístico a nivel nacional e internacional para así definir políticas, planes y programas que ayuden a mejorar el sector turismo. Sus funciones se encuentran establecidas en el artículo 8 del Decreto 2785 de 2006, dentro de las que se destacan, entre otras, las
siguientes:
Tabla 5. Funciones de la Dirección de Análisis Sectorial y Promoción
Consejo Superior de Turismo
Es un órgano de coordinación, sin personería jurídica ni patrimonio propio, dispuesto para adoptar y liderar programas y proyectos en armonía con la política turística formulada por el MINCIT, creado mediante la Ley 1558 de 2012.
Conforme a dicha ley y al Decreto 1873 de 20135, se encuentra integrado por el MINCIT, los Ministerios del Interior, Relaciones Exteriores, Ambiente y Desarrollo Sostenible, Transporte, Cultura y de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, así como por el Viceministro de Turismo y los directores de la AEROCIVIL, Migración Colombia, Parques Nacionales, Policía Nacional y SENA; a las sesiones del consejo podrán ser invitados, con voz pero sin voto, representantes de entes territoriales, empresas y otras entidades públicas, al igual que personas relacionadas con los temas que en la respectiva sesión se traten.
De entre sus funciones, se destacan las siguientes:
Tabla 6. Funciones del Consejo Superior de Turismo
Se trata entonces de una instancia natural de coordinación entre las principales entidades del orden nacional con injerencia en el Proyecto, en aras de lograr una unidad de dirección y criterios en las políticas e inversiones sectoriales.
3.1.1.1.1 Plan Sectorial De Turismo 2022- 2026: Turismo en armonía con la vida
El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo es la entidad encargada de la formulación del Plan Nacional Sectorial de Turismo, cuya última edición es la planteada para ejecución entre el año 2022 y 2026. En este se resalta la necesidad de mostrar interés en nuevos segmentos y productos, ya que los viajeros están priorizando las actividades al aire libre, así como el turismo en entornos naturales y rurales6, donde se
promuevan temas como la sostenibilidad a través de prácticas más conscientes con menos impactos ambientales y sociales También, se identifica que los viajeros están despertando mayor interés por viajes largos, donde tengan posibilidad de teletrabajar. Así mismo, la salubridad e higiene del destino han tomado mayor relevancia.
Con estos resultados y desde el hecho de que el turismo contribuye a la reducción de las desigualdades territoriales a través de la promoción del desarrollo económico local en destinos estratégicos (OMT, 2005), el turismo sostenible puede contribuir a mejorar los medios de vida, la inclusión y la protección del patrimonio cultural y los recursos naturales, al tiempo que demanda una gran cantidad en mano de obra.
Ante esto el Plan Sectorial De Turismo 2022- 2026 reconoce las debilidades actuales que presenta el turismo a nivel nacional y propone como vía de desarrollo la implementación de 4 ejes estratégicos que están alineados la consecución del objetivo principal, el cual es “Construir capacidades para consolidar el desarrollo sostenible y responsable del turismo en el país, mejorando las prácticas de inclusión e innovación que realizan los entes gubernamentales, las empresas, las comunidades y los territorios, incrementando las oportunidades para la creación de valor social y económico en la oferta turística, para aumentar la demanda de viajeros y el reconocimiento turístico del país ”
A continuación, se presentan los ejes estratégicos:
Democratización del turismo como fuerza transformadora para una cultura de paz:
Busca facilitar el disfrute de esta actividad para todos los colombianos, vinculando dentro de la cadena de valor regiones ricas en diversidad natural y cultural que han vivenciado el conflicto armado, como herramienta para la construcción de una cultura de paz. Así mismo, a través de este eje se promoverá la función social y transformadora del turismo, el fortalecimiento de las capacidades y el desarrollo humano de las personas.
El objetivo de este eje consiste en “fortalecer la inclusión y participación de las comunidades y los territorios en el desarrollo turístico del país, promoviendo la función social del turismo como instrumento para la garantía de derechos y el desarrollo humano” sí pues, este primer eje está compuesto por diferentes programas y proyectos entre los que se encuentra:
- Derecho al disfrute del tiempo libre a través del turismo
- Democratización del conocimiento
- Territorios turísticos de paz
Territorios turísticos para la equidad y el bienestar
El eje estratégico “territorios turísticos para la equidad y el bienestar” busca consolidar el Sistema Nacional de Turismo, y los instrumentos de gestión de manera eficiente como mecanismo para ordenar la actividad turística en el país, promoviendo una mayor y mejor conectividad, calidad, gobernanza y política, información e infraestructura turística en los destinos.
El objetivo de este eje estratégico es impulsar el desarrollo territorial a través del turismo mediante el fortalecimiento de la gobernanza, la infraestructura y la conectividad. Este eje está compuesto por diferentes programas y proyectos entre los que se encuentra:
- Gobernanza y política para el turismo.
- Fortalecimiento de las políticas públicas para el sector
- Redefinición de los instrumentos y herramientas de planificación turística.
- Fomentar el programa Nacional de Calidad Turística
- Infraestructura turística
- Conectividad para los territorios
Turismo alternativo para la transición económica y protección de la naturaleza
Promueve una visión estratégica del sector, que armonice los objetivos de desarrollo social y económico del turismo con la necesidad de proteger los recursos naturales, su biodiversidad, el medio ambiente, y los ecosistemas que hacen de Colombia, un destino interesante para la atracción de nuevos mercados, promoviendo la productividad, aumentando los flujos turísticos de visitantes para continuar posicionando turísticamente al país.
El objetivo de este eje estratégico es: 1) impulsar el desarrollo sostenible del sector en sus atractivos, servicios, empresas y destinos turísticos del país, para el aprovechamiento efectivo de su riqueza natural y cultural. Al tiempo que 2) busca convertir el turismo en una fuente de crecimiento económico de las comunidades con el menor impacto sobre sus ecosistemas, mejorando la calidad de vida de la población y de quién la visita, al crear destinos que protegen el medio ambiente y sus recursos. El tercer eje está compuesto por 2 programas y/o proyectos:
- Turismo como estrategia para la conservación de la biodiversidad y la transición económica.
- Desarrollo Sostenible del Turismo
Turismo dinamizador de la economía para la vida y la justicia social
Busca fomentar el desarrollo productivo del sector, y de los prestadores de servicios turísticos, de las economías populares, de las nuevas formas de trabajo comunitario en el territorio y demás actores vinculados al sector, para elevar la competitividad, mejorar las estrategias de mercadeo y promoción; y con ello alcanzar el posicionamiento turístico del país promoviendo la justicia social.
El objetivo de este eje es fomentar el desarrollo productivo del sector, mediante estrategias de dinamización que eleven la competitividad y el posicionamiento turístico del país promoviendo la justicia social. Este último eje se compone de 6 programas o proyectos, los cuales se mencionan a continuación:
- Economía popular, comunitaria y solidaria para la cadena ampliada de valor del turismo.
- Desarrollo productivo.
- Inclusión y transformación digital para el turismo.
- Cooperación Público Privada y garantías para la inversión del sector.
- Organización de la oferta turística del país para mercados nacionales e internacionales.
- Estrategias de mercadeo y promoción para el posicionamiento de Colombia en el mapa global del turismo.
En conclusión, se encuentra que Plan Nacional sectorial de turismo se encuentra alineado con el circuito turístico propuesto debido a que tiene como propósito fomentar la recuperación y reactivación del sector turismo; desarrollar nuevos segmentos y productos turísticos como el turismo en entornos naturales y rurales que promuevan la sostenibilidad; trabajar de cara a la reducción de las desigualdades territoriales e impulsar el desarrollo económico local mejorando la calidad de vida; proteger el patrimonio cultural y los recursos naturales; fomentar el relacionamiento entre entes gubernamentales, empresas y comunidades para el fortalecimiento de capacidades; e impulsar el desarrollo territorial a través del turismo mediante el fortalecimiento de la gobernanza, la infraestructura y la conectividad.
3.1.1.2 Fondo Nacional del turismo – FONTUR
La ejecución de proyectos turísticos específicos y la destinación de recursos públicos para el efecto, se canaliza en el orden nacional a través de los organismos adscritos al MinCIT. Así, la Ley 300 de 1996, a través de su artículo 42, creó el Fondo de Promoción Turística -hoy Fondo Nacional del Turismo – FONTUR7– como un instrumento para el manejo de los recursos provenientes de la contribución parafiscal dispuesta por el artículo 40 de esta misma ley8. La norma dispuso que este manejo se ceñirá a los lineamientos de la política turística definidos por el MinCIT, y sus procesos de contratación se adelantarán de conformidad con el derecho privado.
Con la entrada en vigencia de la Ley 1558 de 20129, la denominación del Fondo de Promoción Turística cambió por la del Fondo Nacional de Turismo – FONTUR, y se ordenó su constitución como un patrimonio autónomo con personería jurídica, por lo que su administración y vocería fue asumida por la sociedad Fiduciaria Colombiana de Comercio Exterior S.A. – FIDUCOLDEX S.A. en virtud del Contrato de Fiducia Mercantil No. 137 de 2013, entre el MinCIT y la mencionada fiduciaria, quien asumió la administración y vocería del Fondo a partir del 1 de septiembre de 2013.
FONTUR, destinará los recursos del fondo a la ejecución de proyectos de competitividad, promoción y mercadeo con el fin de incrementar el turismo interno y receptivo, de acuerdo con la política de turismo que presente el MinCIT al Comité Directivo del Fondo de Promoción Turística, la cual tendrá en cuenta los proyectos previamente incluidos en el banco de proyectos10 creado en Ley 300 de 199611.
Con el fin de ejecutar los recursos, se establecieron las siguientes condiciones generales:
- Los recursos del Patrimonio Autónomo se asignarán a los proyectos que sean aprobados por el Comité Directivo de FONTUR.
- Los recursos asignados no serán reembolsables, excepto los recursos aprobados para la ejecución de los proyectos relacionados con los bienes de la Sociedad de Activos Especiales S.A.S (“SAE”), de conformidad con lo señalado en el Decreto 1074 de 201512. No obstante, no se exonera de responsabilidad a los beneficiarios de estos recursos.
- Los recursos se asignarán sobre la base de cofinanciación en porcentajes que se definen en el Manual para Destinación de Recursos y Presentación de Proyectos de FONTUR, salvo las excepciones contempladas en la ley.
- FONTUR podrá presentar proyectos relacionados con los bienes pertenecientes a la extinta Corporación Nacional de urismo (“CNT”) y los bienes inmuebles con vocación turística con medida cautelar de incautación o con extinción de dominio entregados por la SAE al Fondo, para su administración, venta y operación.
- Los recursos aprobados por el Comité Directivo de FONTUR para la ejecución de los proyectos serán contratados y ejecutados por FONTUR, conforme a su manual de contratación. Para la ejecución de proyectos de promoción internacional, FONTUR suscribirá convenio con Procolombia, de conformidad con lo previsto en la Ley 1101 de 2006.
- Si el presupuesto ejecutado llegase a ser inferior al proyectado, la cofinanciación o contrapartida debe ser ajustada proporcionalmente, garantizando la contrapartida mínima exigida para cada programa. Por otro lado, si el presupuesto surte alguna adición presupuestal asumida por la contrapartida, este no afectará la distribución porcentual proyectada.
- Para los proyectos presentados por entidades, organizaciones, instituciones o empresas, el representante legal, directivos o los miembros de Junta Directiva que tengan participación en el Comité Directivo de FONTUR, se abstendrán de participar en la deliberación y en las decisiones sobre el (los) respectivo(s) proyecto(s), debiendo quedar constancia del hecho en el acta respectiva y no se
afectará el quórum decisorio por esta circunstancia. En caso de que el proyecto sea presentado por el MinCIT, Viceministerio de Turismo o por Procolombia, estos si podrán votar sus propias iniciativas. - Para los proyectos que cuentan con una fecha cierta de realización, se tendrá que surtir el proceso de radicación, con al menos tres (3) meses de anticipación al inicio de la primera actividad programada para el determinado proyecto.
A su vez, el Manual para Destinación de Recursos y Presentación de Proyectos de FONTUR regula quiénes pueden presentar proyectos para consideración del fondo:
- MinCIT – Viceministerio de Turismo.
- Entidades Territoriales, esquemas asociativos, otras formas de organización territorial, y comunidades étnicas, en cabeza de su autoridad, alcalde/gobernador, representante o autoridad de turismo, cuando esta última exista.
- Corporaciones y fondos mixtos regionales de turismo con el aval de la respectiva entidad territorial donde se desarrolle el Proyecto.
- Cámaras de Comercio con el aval de la respectiva entidad territorial donde se desarrolle el proyecto.
Del mismo modo, para el uso de los recursos de fuente parafiscal, podrán presentar proyectos:
- MinCIT – Viceministerio de Turismo.
- Aportantes de la contribución parafiscal, en un grupo mínimo de cinco (5), que no pertenezcan a un mismo grupo empresarial.
- Gremios turísticos o integrados por aportantes de la contribución parafiscal para la promoción del turismo.
- Burós de convenciones, que tengan como mínimo diez (10) miembros aportantes de la contribución parafiscal, con el aval de la respectiva entidad territorial donde se desarrolle el proyecto.
El Fondo tendrá por objeto financiar la ejecución de políticas de prevención y campañas para la erradicación del turismo asociado a prácticas sexuales con menores de edad, las cuales serán trazadas por el MinCIT en coordinación con el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar. Un porcentaje de los recursos del FONTUR que será definido anualmente por el Consejo Directivo y el monto total de las multas que se imponga a los prestadores de servicios turísticos en ejecución de la Ley 679 de 200113, se destinarán a este propósito. El gobierno reglamentará la materia en lo que sea necesario.
Podrán ser apoyados con recursos destinados al turismo aquellos proyectos que se enmarquen en los programas descritos en las líneas estratégicas que se indican en el Manual para Destinación de Recursos y Presentación de Proyectos de FONTUR. Los recursos de contrapartida deben ser únicamente en efectivo, en moneda colombiana incluyéndose en cada valor el costo del IVA y todos los demás impuestos a que haya lugar, y se relacionarán en cada rubro por separado según la fuente de financiación. No podrán existir rubros compartidos, es decir, una misma actividad no podrá ser cofinanciada por el proponente y FONTUR al mismo tiempo, a excepción de las referidas en cada uno de los programas.
Del mismo modo, no se aceptan como contrapartida los aportes de seguridad social, parafiscales, impuestos, y/o gastos administrativos. Ningún proyecto recibirá recursos en cuantía superior al 10% de los recursos destinados para el Banco de Proyectos Turísticos en la respectiva anualidad. El MinCIT podrá presentar proyectos que combinen recursos de diferentes líneas estratégicas con el fin de desarrollar programas de desarrollo integral de destinos.
Por último, el FONTUR se encuentra administrado por un Comité Directivo14, el cual será compuesto de acuerdo con las reglas establecidas en el artículo 46 de la Ley 300 de 1996. Dentro de las funciones de este Comité, se incluyen:
Tabla 7. Funciones del Comité Directivo del FONTUR
FONTUR es la principal entidad en el orden nacional a cargo de la estructuración, financiación e inversión en proyectos de infraestructura, pudiendo ser estos formulados tanto por las autoridades nacionales, como por los entes territoriales.
De este modo, para que un proyecto pueda ser financiado por el FONTUR necesita ciertos requerimientos.
Los cuales se muestran a continuación:
Ilustración 2. Requerimientos de aceptación de proyectos FONTUR
FONTUR ha recibido varias ofertas de diferentes proyectos, algunos aprobados, contratados, otros que se encuentran en ejecución y otros han sido rechazados. A continuación, se mencionan unos ejemplos de proyectos que han sido presentados ante FONTUR, con sus respectivas características.
Ilustración 3. Proyectos FONTUR
Dichos proyectos son importantes debido a que están alineados con las propuestas realizadas para el circuito turístico y resaltan la importancia que tiene FONTUR en los procesos de financiación para la construcción de infraestructura turística; el mejoramiento de la competitividad turística, en especial para el turismo comunitario; y el fortalecimiento de la promoción y mercadeo gastronómico y turístico.
3.1.1.3 Fondo de Promoción de Exportaciones – Procolombia
Procolombia fue creado a través de la Escritura Pública No. 8851 del 5 de noviembre de 1992 de la Notaría Primera de Bogotá, a través de un contrato de fiducia mercantil celebrado entre el Banco de Comercio Exterior en representación de la Nación y la Fiduciaria de Comercio Exterior, como un fideicomiso o patrimonio autónomo para la promoción de las exportaciones. Su naturaleza jurídica se encuentra definida en el artículo 33 del Decreto 210 de 200315, el cual indica que Proexport -hoy Procolombia- es un patrimonio autónomo integrado con los recursos destinados al fomento de las exportaciones y por los recursos provenientes de los servicios remunerados por sus usuarios, en desarrollo del literal d del artículo 282 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero16.
Se entiende por fomento de las exportaciones, las actividades asignadas al mencionado fideicomiso por el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, las acciones necesarias para ejecutar el Plan Estratégico Exportador y las labores dirigidas al fortalecimiento de la estrategia de competitividad y productividad del país y al desarrollo de los instrumentos de apoyo a la oferta exportable.
Procolombia se encuentra administrado por una Junta Asesora que estará integrada por el Ministro de Comercio, Industria y Turismo o su delegado, quien la presidirá; el Presidente del Banco de Comercio Exterior S.A., en cuya ausencia podrá actuar como suplente el representante legal del Banco que su presidente designe; dos (2) personas designadas por el Presidente de la República, de libre nombramiento y remoción, en cuya ausencia actuarán los suplentes que él designe; y dos (2) representantes del sector privado o sus respectivos suplentes, designados por el Presidente de la República de ternas presentadas por los gremios exportadores y de la producción nacional inscritos en el MinCIT y de una lista de empresarios presentada por los Comités Asesores Regionales del MinCIT.
Procolombia se encarga de17:
- Identificación de oportunidades de mercado.
- Diseño de estrategias de penetración de mercados.
- Internacionalización de las empresas.
- Acompañamiento en el diseño de planes de acción.
- Contacto entre empresarios a través de actividades de promoción comercial, inversión y turismo internacional.
- Servicios especializados a empresarios extranjeros interesados en adquirir bienes y servicios colombianos o en invertir en Colombia.
Alianzas con entidades nacionales e internacionales, privadas y públicas, que permitan ampliar la disponibilidad de recursos para apoyar diferentes iniciativas empresariales y promover el desarrollo y crecimiento del portafolio de servicios.
Si bien en el ámbito de la formulación de política pública las actividades están lideradas por el MinCIT, a la vez que la formulación y ejecución recae sobre FONTUR, tratándose de proyectos turísticos con un impacto o proyección internacional (sea por sus inversores o por los visitantes), la articulación con ProColombia resulta relevante.
3.1.1.4Ministerio de Cultura
El Ministerio de Cultura (“MinCultura”) encargada de la coordinación, regulación y emisión de normas, políticas y disposiciones relacionadas con la conservación y fomento de la riqueza cultural de Colombia. Fue creado mediante Ley 397 de 1997 y sus objetivos y estructura orgánica fueron determinados mediante Decreto 1746 de 2003.
Para efectos del proyecto y dentro de las funciones generales de MinCultura se destacan las siguientes:
Tabla 8. Funciones Generales del Ministerio de Cultura
Concretamente respecto del Departamento de Bolívar, el Ministerio de Cultura tiene a su cargo la promoción y protección de tres manifestaciones declaradas por la UNESCO como Patrimonio Histórico y Cultural de la Humanidad: el Puerto, fortalezas y conjunto monumental de Cartagena de Indias, el Centro Histórico de Santa Cruz de Mompox y San Basilio de Palenque. Adicional a lo anterior, cabe destacar que el Carnaval de Barranquilla también cuenta con declaratoria como Patrimonio Inmaterial de la Humanidad y el Centro Histórico y el Barrio El Prado cuentan con declaratoria en el ámbito nacional. En la Sección [*] del entregable [*] se realiza un listado de los elementos patrimoniales reconocidos en cada municipio y distrito dentro del área de influencia del circuito.
Como autoridad de nivel nacional encargada de la promoción, fomento y desarrollo del patrimonio cultural del país, y en coordinación con las entidades departamentales, distritales y municipales, MinCultura desarrolla e implementa políticas para la gestión, protección y salvaguardia del patrimonio cultural que en todo caso fomentan el turismo.
3.1.1.5 Dirección General Marítima y Portuaria – DIMAR
La DIMAR fue creada mediante Decreto Ley 2349 de 1971 como una dependencia del Ministerio de Defensa, agregada al Comando de la Armada Nacional. De conformidad con el Artículo 4 del Decreto Ley 2349 de 1971. Así, la DIMAR es la autoridad marítima que ejecuta la política del Gobierno en materia marítima y tiene como objetivos la dirección de la marina mercante, la investigación marítima y la regulación y control del transporte marítimo internacional y de cabotaje, así como de los puertos del país.
Entre las zonas y áreas que comprenden la jurisdicción de la DIMAR se encuentra el Río Magdalena, desde la desembocadura en Bocas de Ceniza hasta 27 kilómetros aguas arriba. Por esta razón, entre la estructura orgánica de la entidad se encentra la dependencia de Señalización del Río Magdalena, que comprende las siguientes funciones:
Tabla 9. Funciones de la Dependencia de Señalización del Río Magdalena – DIMAR
Adicionalmente, la Resolución 2142 de 2010 del Ministerio de Defensa, reorganizó la estructura de la DIMAR creando Grupos de Intendencia Regional, entre ellos, el Grupo de Intendencia Regional de Barranquilla, ubicado sobre la desembocadura del Río Magdalena. De acuerdo con el artículo 1 de la resolución, los Grupos de Intendencia Regional también tienen a su cargo las siguientes funciones:
Tabla 10. Funciones de los Grupos de Intendencia Regional – DIMAR
Para efectos estrictamente referidos a la navegación en el tramo final del rio Magdalena, la DIMAR es un actor relevante en lo que se refiera al tránsito de embarcaciones.
3.1.1.6 Corporación Autónoma Regional del Río Grande de la Magdalena
CORMAGDALENA fue creada a través del artículo 331 de la CP como una corporación autónoma regional encargada de la recuperación de la navegación, de la actividad portuaria, la adecuación y la conservación de tierras, la generación y distribución de energía y el aprovechamiento y preservación del ambiente, los recursos ictiológicos y demás recursos naturales renovables del Río Magdalena.
Por medio de la Ley 161 de 199418, se organizó a CORMAGDALENA como un ente corporativo especial del orden nacional con autonomía administrativa, presupuestal y financiera, dotado de personería jurídica propia, el cual funcionará como una Empresa Industrial y Comercial del Estado sometida a las reglas de las Sociedades Anónimas, en lo no previsto por esta ley.
El artículo 3 de la Ley 161 de 1994 determina que CORMAGDALENA tendrá jurisdicción en el territorio de los municipios ribereños del Río Magdalena, desde su nacimiento en el Macizo colombiano, en la colindancia de los departamentos de Huila y Cauca, jurisdicción de los municipios de San Agustín y San Sebastián respectivamente, hasta su desembocadura en Barranquilla y Cartagena, sobre esto último, se deberá tener en cuenta que la DIMAR tiene jurisdicción en el Río Magdalena desde la desembocadura en Bocas de Ceniza hasta 27 kilómetros aguas arriba.
Su jurisdicción, además incluirá los municipios ribereños del Canal del Dique y comprenderá además los municipios de Victoria, en el departamento de Caldas, Majagual, Guaranda y Sucre en el departamento de Sucre, Achí en el departamento de Bolívar y Puerto Colombia, en el departamento del Atlántico.
El artículo 6 de la Ley 161 de 1994 determina las funciones de CORMAGDALENA, dentro de las que se destacan, entre otras, las siguientes:
Tabla 11. Funciones de CORMAGDALENA
CORMAGDALENA es una entidad fundamental en el desarrollo del circuito, en la medida en que tiene injerencia directa en la definición de los planes y programas de desarrollo de las entidades territoriales en el ámbito de su jurisdicción, la cual incluye a los municipios y distritos incluidos en el circuito y que serán tratados en la Sección 3.1.3. Del mismo modo, CORMAGDALENA se erige como una entidad con capacidad de coordinación y asesoría administrativa, técnica y financiera para el desarrollo del turismo sostenible en el Río Magdalena.
3.1.1.7Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil – Aerocivil
Es la entidad especializada a la que le correspondan las funciones relativas al transporte aéreo, de acuerdo con el artículo 47 de la Ley 105 de 1993. En ese sentido, sus funciones se encuentran incluidas en el artículo 2 del Decreto 823 de 2017, dentro de las que se destacan:
Tabla 12. Funciones de la Aerocivil
La Aerocivil es una entidad clave a la hora de realizar el desarrollo, conexión y expansión del trasporte aéreo a lo largo del circuito, incluyendo dentro de sus funciones el propiciar la participación regional en la administración aeroportuaria e implementar estrategias de mercadeo y comercialización que promuevan el desarrollo de los servicios del sector aéreo y aeroportuario.
Lo anterior en atención a que existen tres (3) aeródromos en la zona de influencia del proyecto (Mompox, Magangué y Corozal), que podrían constituir puertas de entrada para turistas a la región. Se debe anotar igualmente que en las ciudades ancla (Cartagena y Barranquilla) existen aeropuertos internacionales plenamente operativos, los cuales están concesionados19 y, por ende, la entidad pública a cargo es la Agencia Nacional de Infraestructura – ANI.
3.1.1.8 Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA
Es un establecimiento público del orden nacional con personería jurídica, patrimonio propio e independiente, y autonomía administrativa, adscrito al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
Dentro de sus funciones se destacan:
Tabla 13. Funciones del SENA
El SENA es un aliado estratégico a la hora de diseñar, promover y ejecutar programas de formación profesional y técnica que permitan que las iniciativas de la comunidad de la zona de influencia del circuito como restaurantes, hoteles y demás, así como la comunidad misma, se formen para realizar el desarrollo del circuito y contar que habilidades para la atención turística.
3.1.1.9 Otros
Por último, en la presente sección se destacan algunas entidades del orden nacional, que si bien no lideran el sector turismo, en atención a sus competencias y funciones pueden tener injerencia e impacto en aspectos puntuales del Proyecto:
- Agencia Nacional de Infraestructura – ANI: la ANI tiene por objeto planear, coordinar, estructurar, contratar, ejecutar, administrar y evaluar proyectos de concesiones y otras formas de Asociación Público Privada – APP, para el diseño, construcción, mantenimiento, operación, administración y/o explotación de la infraestructura pública de transporte en todos sus modos y de los servicios conexos o relacionados y el desarrollo de proyectos de asociación público privada para otro tipo infraestructura pública cuando así lo determine expresamente el Gobierno Nacional. Para el caso concreto, la ANI es la concedente de vías nacionales como la Ruta del Sol – Sector III, la vía Puerta del Hierro – Cruz del Viso y de los aeropuertos internacionales de Cartagena y Barranquilla.
- INVIAS: el Instituto Nacional de Vías -INVIAS tiene como objeto la ejecución de las políticas, estrategias, planes, programas y proyectos de la infraestructura no concesionada de la Red Vial Nacional de carreteras primaria y terciaria, férrea, fluvial y de la infraestructura marítima, de acuerdo con los lineamientos dados por el Ministerio de Transporte.
- Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible: El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible es la entidad encargada de la promoción de negocios verdes, recuperación, conservación, protección, manejo y uso de recursos naturales con el fin de asegurar el desarrollo sostenible económico y social.
- Autoridad Nacional de Licencias Ambientales: Entidad a cargo de, en el nivel nacional y sin perjuicio de las competencias de las corporaciones autónomas regionales, liderar los procesos de licenciamiento ambiental, con el objetivo de contribuir al desarrollo sostenible del país, con excelencia en la evaluación y el seguimiento de las licencias, permisos y trámites ambientales.
- Ministerio de Trabajo: es la entidad a cargo de la formulación de políticas dirigidas a generar empleos de calidad -con derechos a la protección social-, construir acuerdos con el propósito de lograr una paz laboral duradera, capacitar y formar el talento humano y convertir el trabajo como eje del desarrollo humano. Además, trabaja para erradicar la informalidad, la desprotección social y el trabajo infantil. Precisamente, se destaca que el SENA se encuentra adscrito a este ministerio, siendo entonces dicho establecimiento público uno de los principales brazos ejecutores de loa política sectorial laboral.
- Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicaciones: entidad que se encarga de diseñar, adoptar y promover las políticas, planes, programas y proyectos del sector de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones; buscando incrementar y facilitar el acceso de todos los habitantes del territorio nacional a las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y a sus beneficios. Uno de sus principales brazos ejecutores es el Fondo único de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, entidad adscrita a cargo de desarrollar proyectos de conectividad digital, celular y televisiva a lo largo del país.
- Ministerio de Salud y Protección Social: entidad encargada de conocer, dirigir, evaluar y orientar el sistema de seguridad social en salud, mediante la formulación de políticas, planes y programas, la coordinación intersectorial y la articulación de actores de salud con el fin de mejorar la calidad, oportunidad, accesibilidad de los servicios de salud y sostenibilidad del sistema, incrementando los niveles de satisfacción de los pacientes, familias, comunidades y habitantes del territorio nacional. En ese sentido, tiene un rol preponderante en la identificación de necesidades de la región en materia de salud, así como en la fijación de políticas públicas dirigidas a superarlas.
- Departamento Nacional de Planeación: organismo nacional que coordina, articula y apoya la planificación de corto, mediano y largo plazo del país, y orienta el ciclo de las políticas públicas y la priorización de los recursos de inversión. Tiene especial injerencia en la formulación del Plan Nacional de Desarrollo, la coordinación y seguimientos de los documentos de política pública económica y social (CONPES) y la estructuración de proyectos de impacto nacional, como las asociaciones público – privadas.
- Departamento Administrativo para la Prosperidad Social: entidad líder de Inclusión Social y Reconciliación, responsable de la formulación, coordinación, implementación y evaluación de políticas públicas que contribuyen a la justicia social, económica y ambiental para la construcción de la Paz Total; mediante la atención con enfoque diferencial a la población en situación de pobreza y de vulnerabilidad.
- Consejo Superior de Microempresa y de la Pequeña y Mediana Empresa – MIPYME: es un órgano de coordinación que surge de la integración en el Sistema Nacional de Competitividad e Innovación, de los Consejos Superiores de la Microempresa y de la Pequeña y Mediana Empresa (PYME). Se encarga de contribuir a la definición y formulación de políticas generales de fomento a microempresas y pymes, apoyar la articulación de los diferentes programas de fomento empresarial y procurar el establecimiento de medidores o indicadores de impacto. Su conformación y funcionamiento está regulada por medios de las Leyes 590 de 2000, 905 de 2004 y 2069 de 2020.
- 2 Por la cual se expiden disposiciones para adelantar el programa de renovación de la administración pública y se otorgan unas facultades extraordinarias al presidente de la República.
- 3 Por el cual se determinan los objetivos y la estructura orgánica del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, y se dictan otras disposiciones.
- 4 Por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, y se dictan otras disposiciones.
- 5 Decreto 87 de 0 , “por el cual se reglamentan las funciones del Consejo Superior de Turismo y se dictan otras disposiciones”.
- 6 El turismo doméstico se vuelve más relevante, según el destino y se convierte en un mercado potencial a corto plazo.
- 7 El cambio de nombre se da a través del artículo 21 de la Ley 1558 de 2012, cambiando el nombre de Fondo de Promoción Turística a Fondo Nacional de Turismo – FONTUR-.
- 8 De la contribución parafiscal para el turismo. Créase una contribución parafiscal con destino a la promoción, sostenibilidad y competitividad del turismo. Esta contribución en ningún caso será trasladada al usuario. El hecho generador de la contribución parafiscal para el turismo es la prestación de servicios turísticos o la realización de actividades por parte de los sujetos que se benefician de la actividad turística según lo dispone el artículo 3 de la Ley 1101 de 2006. El sujeto activo es el Fondo Nacional de Turismo y como tal recaudará la contribución.
- 9 Por la cual se modifica la Ley 300 de 1996 – Ley General de Turismo, la Ley 1101 de 2006 y se dictan otras disposiciones.
- 10 Regulado por el artículo 8 de la Ley 0 de 006, la cual dispone que “Como parte de la Política de Turismo créase el Banco de Proyectos Turísticos en el cual, para cada vigencia anual, deben inscribirse los proyectos de las Entidades Territoriales respecto de los cuales se demanden recursos para promoción provenientes de las fuentes fiscales previstas en esta ley, o del Presupuesto General de la Nación” así como las reglas para la inscripción de los proyectos respectivos y la asignación de los recursos.
- 11 Por la cual se expide la Ley General de Turismo y se dictan otras disposiciones.
- 12 Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo.
- 13 Por medio de la cual se expide un estatuto para prevenir y contrarrestar la explotación, la pornografía y el turismo sexual con menores, en desarrollo del artículo 44 de la Constitución.
- 14 El comité directivo está compuesto por once (11) miembros de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 300 de 1996: (i) El ministro de Comercio, Industria y Turismo quien sólo podrá delegar en el viceministro del ramo. El representante del MinCIT presidirá el Comité; (ii) el presidente de Procolombia o su delegado; (iii) Cinco (5) representantes de organizaciones gremiales de aportantes; (iv) Un (1) gobernador designado por la Conferencia nacional de Gobernadores, elegido por solo un período de un año; (v) Dos (2) alcaldes elegidos por solo un período de un año, que se elegirán de acuerdo a reglamentación que expida el Gobierno Nacional; (vi) Un representante del sector de ecoturismo.
- 15 Por el cual se determinan los objetivos y la estructura orgánica del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, y se dictan otras disposiciones.
- 16 Constituir o hacerse socio de una sociedad fiduciaria; entregarle en fideicomiso, para constituir un patrimonio autónomo, los bienes a los que se refiere la letra a. del numeral 4. del artículo 280 del presente Estatuto, con destino a la promoción de las exportaciones; y ejercer respecto del fideicomiso los derechos que se describen en el artículo 283 este Estatuto, y los que se reserve en el contrato.
- 17 De acuerdo con su página web https://procolombia.co/nosotros/que-es-procolombia
- 18 Por la cual se organiza la Corporación Autónoma Regional del Río Grande de la Magdalena, se determinan sus fuentes de financiación y se dictan otras disposiciones.
- 19 El Aeropuerto Internacional Rafael Núñez, ubicado en el Distrito Especial de Cartagena de Indias, se encuentra actualmente concesionado a través del Contrato de Concesión 0186 de 1996. El Aeropuerto Internacional Ernesto Cortissoz ubicado en el Distrito Especial de Barranquilla se encuentra concesionado a través del Contrato 003 de 2015.