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Cooperación tecnológica y propiedad intelectual en tratados multilaterales

Cooperación tecnológica y propiedad intelectual en tratados multilaterales
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La cooperación tecnológica y la protección de la propiedad intelectual son dos pilares esenciales en el diseño y la implementación de los tratados multilaterales. Estos acuerdos internacionales buscan, por un lado, facilitar el intercambio de conocimientos, la transferencia de tecnología y el desarrollo conjunto de innovaciones; y, por otro, garantizar que los creadores y las empresas reciban un reconocimiento justo por sus invenciones, obras y marcas. Encontrar un equilibrio entre ambos objetivos—promover la colaboración y, al mismo tiempo, fomentar la inversión en investigación y desarrollo—es uno de los grandes retos de la gobernanza global en el siglo XXI. (Lee también: Financiamiento sostenible y responsabilidad social en las pymes exportadoras)

Evolución histórica de la cooperación tecnológica

Orígenes tempranos

Desde finales del siglo XIX, algunos acuerdos bilaterales y conferencias internacionales ya contemplaban mecanismos de intercambio científico, especialmente en materias como la medicina y la agricultura.

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Sin embargo, la verdadera institucionalización de la cooperación tecnológica a escala global tuvo lugar tras la Segunda Guerra Mundial, con la creación de organizaciones como la UNESCO (1945) y la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI, 1967). Estas instituciones sentaron las bases para un diálogo estructurado entre naciones sobre estándares de investigación, acceso a recursos genéticos y libre circulación de expertos.

Expansión en la era digital

Con la revolución informática de las últimas décadas del siglo XX, surgió la necesidad de adaptar los marcos existentes a proyectos de software colaborativo y a infraestructuras compartidas, como las redes de supercomputación y las bases de datos genómicas.

Nuevos tratados, como el Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC o TRIPS), negociado en el marco de la Organización Mundial del Comercio en 1994, incluyeron disposiciones específicas para equilibrar la protección de patentes con la transferencia tecnológica.

El Acuerdo ADPIC: clave en propiedad intelectual y transferencia

Principios generales

El ADPIC estableció estándares mínimos de protección para derechos de autor, patentes, marcas y otros ámbitos de la propiedad intelectual. Su objetivo no era solo homogeneizar las normas entre los países miembros de la OMC, sino también crear incentivos para la innovación al garantizar que los inventores pudieran beneficiarse de su trabajo.

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Flexibilidades para la salud y la agricultura

Uno de los aspectos más relevantes del ADPIC es la introducción de “flexibilidades” para casos de emergencia sanitaria o crisis alimentaria. Por ejemplo, permite que un país sin capacidad de producción local emita licencias obligatorias de una patente farmacéutica durante una epidemia, o que importe genéricos para proteger la salud pública. Estas cláusulas demuestran cómo un tratado multilateral puede combinar la defensa de la propiedad intelectual con objetivos sociales y de desarrollo.

El papel de la OMPI en la armonización de normas

Servicios de mediación y registro

La OMPI ofrece plataformas para el registro y reconocimiento internacional de patentes y marcas, lo que facilita la protección simultánea en múltiples jurisdicciones. Además, funciona como foro de mediación para disputas entre partes que buscan acuerdos de licencia o joint ventures tecnológicos.

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Tratados administrados por la OMPI

Entre los principales convenios están el Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), que simplifica la solicitud de patentes en varios países, y el Tratado de Budapest sobre depósito de microorganismos, clave para biotecnología, pues define reglas para que los investigadores de todo el mundo tengan acceso a cepas bacterianas de referencia.

Cooperación tecnológica en tratados regionales

La Unión Europea y su programa Horizonte

Dentro del bloque europeo, el programa Horizonte (Horizon Europe) ejemplifica cómo un espacio común de investigación impulsa la cooperación tecnológica. Más de 40 000 organizaciones participan cada ciclo, compartiendo infraestructuras, datos y personal. El éxito de este esquema radica en un marco de propiedad intelectual claro, donde los resultados de proyectos se gestionan mediante acuerdos de consorcio previamente establecidos.

Tratados de libre comercio con capítulos tecnológicos

Acuerdos como el CPTPP (Asociación Transpacífico) o el USMCA (entre EE. UU., México y Canadá) incorporan capítulos dedicados a la innovación. Estos contienen disposiciones sobre comercio electrónico, tratamiento de algoritmos protegidos por secreto industrial y reglas para servicios de computación en la nube. Así, no solo se regulan aranceles, sino también cómo las partes comparten avances tecnológicos.

Desafíos actuales y el debate sobre patentes en salud

COVID-19 y las licencias obligatorias

La pandemia evidenció tensiones: mientras que algunos países apoyaron una exención temporal de patentes para las vacunas, otros defendieron mantener la protección completa, argumentando que es crucial para incentivar la I+D. Aunque la propuesta de exención en la OMC no prosperó en todos sus términos, condujo a una discusión global sobre la flexibilidad de ADPIC en emergencias sanitarias.

Acceso desequilibrado a tecnologías limpias

La transición energética requiere difusión rápida de tecnologías verdes (p. ej., baterías avanzadas, celdas solares). No obstante, existe el riesgo de que los derechos exclusivos de patente limiten la adopción en países en desarrollo. En respuesta, algunos tratados están explorando fondos internacionales para financiar licencias o crear bancos de patentes destinados a la energía limpia.

Mecanismos de financiamiento y fondos de licencias

Fondos multilaterales para compartir tecnología

Organismos como el Fondo Verde para el Clima incluyen componentes para subvencionar la transferencia de tecnologías climáticas. Los países receptores pueden recibir apoyo técnico y financiero a cambio de compromisos de uso de patentes bajo licencias preferenciales.

Bancos de patentes y sublicencias

Algunos consorcios académicos y empresariales han creado “bancos de patentes” donde las partes depositan derechos de propiedad intelectual y permiten su uso bajo condiciones comunes. Esto reduce barreras de entrada y promueve la innovación colaborativa en áreas estratégicas, como la biotecnología agrícola.

Futuro de los tratados multilaterales

Incorporación de activos digitales y datos

La explosión de la inteligencia artificial y el big data plantea nuevos retos. ¿Cómo proteger algoritmos y conjuntos de datos sin frenar la investigación abierta? La negociación de normas internacionales para el gobierno de datos y su acceso compartido será un tema central en la próxima década.

Hacia un modelo basado en la confianza

Más allá de sanciones y licencias obligatorias, los países exploran modelos basados en confianza mutua: acuerdos que incluyen auditorías y mecanismos de seguimiento, en lugar de castigos legales estrictos. Esto podría agilizar la cooperación tecnológica si se cumple la promesa de transparencia y beneficio compartido.

Conclusión

La cooperación tecnológica y la protección de la propiedad intelectual en tratados multilaterales han recorrido un largo camino desde sus inicios. Hoy en día, instrumentos como el ADPIC, los tratados administrados por la OMPI y los acuerdos regionales demuestran que es posible equilibrar la protección de los derechos de los innovadores con la necesidad de difundir conocimiento y tecnología.

Sin embargo, los desafíos emergentes—pandemias, crisis climática y la era del dato—exigen la continua adaptación de estos marcos. Solo con un enfoque flexible, que combine incentivos, flexibilidades y fondos específicos, será posible garantizar que la innovación global beneficie a todos.

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