El Ingreso e Importación de Azúcar

ingreso e importación de azúcar

El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, Andrés Felipe Arias Leiva anunció que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) dictaminó; a través de la Resolución 13212 del 8 de noviembre de 2007, que el ingreso e importación de azúcar o de remolacha y sacarosa químicamente pura en estado sólido; sólo se podrá realizar por el puerto de Buenaventura.

Además, de acuerdo con el funcionario; esta medida sobre el ingreso e importación de azúcar, obedece a que se necesita reforzar los controles especiales; sobre la importación de azúcar con el fin de evitar la fabricación ilegal de panela a través del derretimiento de azúcar.

Arias Leiva señaló que con esta medida se complementan los controles existentes sobre el azúcar producido domésticamente.

Es importante señalar que, de acuerdo con la mencionada Resolución, la medida estará vigente hasta el 31 de mayo de 2008.

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El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural es una entidad líder en la formulación, gestión y coordinación de las políticas agropecuarías, pesqueras, forestales y de desarrollo social rural; que propendan por su armonización con la política macroeconómica y por una ejecución descentralizada, concertada y participativa.

Entre otras funciones, este Ministerio tiene la función de formular las políticas para el desarrollo del Sector Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.

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