El Gobierno Nacional mediante el decreto 1500 de 2007; establece el reglamento técnico a través del cual se crea el sistema oficial de inspección, vigilancia y control de la carne; productos cárnicos comestibles y derivados cárnicos, destinados para el consumo humano.

Así como los requisitos sanitarios y de inocuidad que se deben cumplir en su producción primaria; beneficio, desposte, desprese, procesamiento, almacenamiento, transporte, comercialización, expendio, importación o exportación; informó el ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, Andrés Felipe Arias Leiva.

Sistema oficial de inspección

El jefe de la cartera señaló que conforme a este decreto, las plantas de sacrifico de carne tendrán que presentar planes graduales de cumplimiento, que tendrán unos plazos específicos para que se adapten a los requisitos establecidos en el decreto. “Si no presentan los planes y no cumplen con los requisitos establecidos, no podrán operar”, dijo Arias.

De acuerdo con Arias Leiva, se tiene un número aproximado de 1.644 establecimientos dedicados al sacrificio de bovinos. El volumen aproximado de sacrificio de bovinos en 2006 fue de 3.926.628 animales. En 47 plantas de beneficio se concentra el 54.12% del total de animales sacrificados a nivel nacional, lo que corresponde a 2.124.947 animales.

Las anteriores cifras determinan que aproximadamente el 46%, o sea 1.801.681 animales, son sacrificados en plantas de beneficio, de muy bajo volumen de operación, principalmente establecimientos de orden municipal.

TRANSITORIEDAD

Una vez aprobado el PGC las plantas tendrán un plazo de 3.5 años, tiempo en el cual cumplirán con la totalidad de los requisitos del Decreto y del Reglamento Técnico.

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