El ALA y la sanidad aviar

Los avicultores latinoamericanos piden la creación de un comité de emergencia para encarar la Influenza aviar y el Newcastle.

EL DÍA 9 DEL MES PASADO, SE REUNIÓ EN BOLIVIANA ciudad de Santa Cruz de la Sierra, el Comité de Sanidad Aviar de la Asociación Latinoamericana de Avicultura, ALA, con el objeto de examinar la situación actual de la región frente al riesgo de que se propaguen la Influenza aviar y el Newcastle.

Un espacio especial se le abrió a Chile, para que presentara un informe sobre la evolución de la primera de las citadas patologías en su territorio. Asistieron, además del mencionado país austral, Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia (representada por María Piedad Vargas, directora del Programa Técnico de Fenavi-Fonav), Costa Rica, Cuba, Ecuador, México y Perú. Al término de la reunión, el Comité expidió la siguiente declaración:

Teniendo en cuenta los recientes brotes de Influenza Aviar y Newcastle, que se han reportado en diferentes partes del mundo, el Comité de Sanidad Aviar de la Asociación Latinoamericana de Avicultura, reunido en Santa Cruz de la Sierra, Bolivia, el día 9 de agosto del 2002, durante el Quinto Seminario Internacional Amevea de Ciencias Avícolas, después de evaluar la situación y los riesgos para los países socios, decidió hacer las siguientes recomendaciones:

1. Que las Asociaciones de los respectivos países se dirijan a las autoridades oficiales correspondientes para establecer criterios y uniformar medidas por tomar para la vigilancia epizootiológica, y establecer programas de alerta para prevenir la aparición de brotes de la enfermedad de Newcastle y de Influenza aviar.

2. Para hacer posibles los programas mencionados, es indispensable contar con un censo avícola, conforme al fin zootécnico y la ubicación geográfica. El censo sirve para realizar las evaluaciones de riesgo y establecer los programas de monitoreo y vigilancia.

3. Constituir en cada país un Comité de Emergencia, a escala nacional, el cual debe estar integrado por miembros de la autoridad sanitaria competente y del sector privado, con poderes para implantar y coordinar programas de control y eliminación de focos o brotes de estas enfermedades. El Comité será responsable de la organización y entrenamiento de los equipos regionales y de toda la información oficial que el país difunda sobre la situación de la enfermedad, a través de boletines, periódicos u otra vía.

4. Tener una legislación específica con validez en todo el país, sobre vigilancia o reacción ante brotes, tanto para Newcastle como para Influenza aviar.

5. Contar con laboratorios oficiales y privados acreditados, con instalaciones, equipamientos y personal, que puedan realizar monitoreos y diagnósticos de las enfermedades, utilizando metodología internacional reconocida.

6. Disponibilidad de fondos para la implementación y operación de los programas de vigilancia epizotiológica, de emergencia y para indemnización ante el eventual sacrificio de aves, en caso de brotes.

7. Ante la presencia de un brote, el Comité recomienda la erradicación, por eliminación, de las aves afectadas.

8. En el caso de que no sea posible la erradicación por eliminación en forma inmediata, evaluar la utilización de programas de vacunación como una herramienta complementaria y transitoria a los programas de vigilancia y bioseguridad que permitan lograr la erradicación de la enfermedad.

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